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MINTIC - Circular 00033 de 2025

Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

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Título
MINTIC - Circular 00033 de 2025
Autor
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2025

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

Código Postal: 111711 Bogotá, Colombia

Teléfono Conmutador: (+57) 601 3443460

Línea Gratuita: 01-800-0914014

www.mintic.gov.co

GDO-TIC-FM-025

V 9

Pública

Código TRD: 2300

CIRCULAR No. 00033 de 2025

PARA: Proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones exceptuados de l pago de la contraprestación periódica de conformidad con lo establecido en los parágrafos transitorios d el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009.

ASUNTO: Instructivo de presentación del informe trimestral sobre el avance en el cumplimiento del plan de inversiones y actualizaciones tecnológicas - Excepción del pago de la contraprestación periódica a favor del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009.

FECHA: 20 de octubre de 2025.

A través de los numerales 8 y 11 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, el legislador asignó al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), entre otras , las funciones de administrar el régimen de contraprestaciones y demás actuaciones que impliquen el pago de derechos, adelantando para ello las operaciones de liquidación, cobro y recaudo, así como la de ejercer la inspección, vigilancia y control sobre el sector de Tecnologías

contraprestaciones y demás actuaciones que impliquen el pago de derechos, adelantando para ello las operaciones de liquidación, cobro y recaudo, así como la de ejercer la inspección, vigilancia y control sobre el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Para llevar a cabo la citada función, el artículo 21 del Decreto 1064 de 2020 "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones", atribuye a la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control (DVIC) del MinTIC, las funciones de dirigir los procesos y procedimientos de inspección, vigilancia y control respecto del cumplimiento del régimen de telecomunicaciones, televisión, radiodifusión sonora y postal, de orden legal, reglamentario, contractual y regul atorio de quienes provean dichos servicios y expedir los actos administrativos requeridos en cada proceso.

El mismo Decreto 1064 de 2020 facultó a la DVIC, entre otras, para expedir conceptos, circulares y demás actos administrativos que se requieran con el fin de orientar el ejercicio de las actividades inspección, vigilancia y control.

En observancia de las disposiciones de los artículos 2.2.6.2.1.12 y 2.2.28.6 del Decreto 1078 de 2015 (adicionados, en su orden, por los decretos 1419 de 2020 y 3401 de 2021), y del artículo 3 de la Resolución 3401 de 2021, así como de las establecidas en las resoluciones particulares de autorización del plan de inversiones y actualizaciones tecnológicas, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones beneficiarios de exenci ón del pago de la

de las establecidas en las resoluciones particulares de autorización del plan de inversiones y actualizaciones tecnológicas, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones beneficiarios de exenci ón del pago de la contraprestación periódica de la que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009, están obligados a presentar informes trimestrales al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones detallando los avances en los planes aprobados, las inversiones realizadas, la expansión de los servicios y el cumplimiento de otros requisitos específicos, así como de efectuar los reportes de información al Sistema de Información Integral del Sector de TIC (Colombia TIC) cuando corresponda, sin perjuicio de la facultad de este Ministerio para requerir informaci ón adicional en ejercicio deMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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sus funciones de inspección, vigilancia y control.

Con base en lo anterior , y en ejercicio de sus funciones, la Dirección de Vigilancia, Inspección y Control expidió la Circular 00012 del 10 de febrero de 2025, por medio de la cual emitió las directrices preliminares para avanzar hacia la consolidación de la presentación de informes sobre la ejecución del Plan de Inversión y actualizaciones tecnológicas.

Pues bien, con el fin de fortalecer el proceso de presentación de estos informes , a continuación, se precisan los

la consolidación de la presentación de informes sobre la ejecución del Plan de Inversión y actualizaciones tecnológicas.

Pues bien, con el fin de fortalecer el proceso de presentación de estos informes , a continuación, se precisan los lineamientos que deberán atender los Proveedores que se encuentren exceptuados del pago de la contraprestación periódica a favor del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009.

1. Conformación de los trimestres y fechas de presentación:

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 3401 de 2021, y en los Decretos 1419 de 2020 y 1373 de 2023 los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones exceptuados del pago de la contraprestación, deberán presentar informes trimestrales a este Ministerio, contados a partir de la firmeza de la resolución que aprueba la exención de cada uno, sobre los avances del plan aprobado para proveer el servicio de acceso a Internet , describiendo las inversiones realizadas y la expansión del servicio , sin perjuicio de los informes y requerimientos de información que le solicite el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en ejercicio de sus funciones de vigilancia, inspección y control.

Así mismo, los informes trimestrales de que tratan las citadas normas deberán ser presentados dentro de los quince (15) días calendario siguientes al vencimiento de cada trimestre. Para mayor ilustración se muestra el siguiente evento:

  • Si la firmeza de la Resolución es del 10 de abril de 2025, deberá presentar el primer informe trimestral hasta

quince (15) días calendario siguientes al vencimiento de cada trimestre. Para mayor ilustración se muestra el siguiente evento:

  • Si la firmeza de la Resolución es del 10 de abril de 2025, deberá presentar el primer informe trimestral hasta el 25 de julio y el segundo informe trimestral hasta el 25 de octubre de 2025, y así sucesivamente. • Si la firmeza de la Resolución es del 28 de julio de 2025, el primer informe deberá presentarse hasta el 11 de noviembre de 2025 y el segundo informe trimestral hasta el 11 de febrero de 2026, y así sucesivamente.

2. Mecanismo de presentación del informe trimestral

El informe trimestral de avance se deberá presentar únicamente por medio de la herramienta CMIC (Centro de Monitoreo e Inspección de los Servicios de Comunicaciones), al cual el Proveedor del Servicio de Internet (ISP) podrá acceder con el correo electrónico registrado en el Registro Único de TIC (RUTIC).

Por medio de la mencionada herramienta a la cual se podrá acceder al través del link: http://ispexonerados.mintic.gov.co, el ISP deberá registrar la información requerida para cada trimestre, así como aportar documentos anexos que puedan servir de evidencia del avance del Plan de Inversión.

La información deberá ser registrada en su totalidad y no será posible formalizar el reporte mediante radicado hasta no reportar completamente la información solicitada.

En ningún caso será válido el reporte por un medio diferente al antes mencionado, ni en un formato distinto al que la herramienta requiere.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

al que la herramienta requiere.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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3. Instructivo

En la presentación del avance del Plan de Inversión, el Proveedor deberá reportar la información Técnica y Financiera requerida en cada uno de los módulos de CMIC lo anterior con el fin de verificar el cumplimiento trimestral del plan aprobado.

Mediante el Anexo 1, a esta Circular se adjunta el instructivo a seguir para el registro y diligenciamiento en la plataforma CMIC.

4. Socialización y apropiación de la herramienta:

La Subdirección de Vigilancia e Inspección de este Ministerio realizará los días 11 y 18 de noviembre de 2025, a las 10 am, las jornadas de sensibilización y capacitación de la herramienta destinada para el reporte trimestral sobre el avance en el cumplimiento del Plan de Inversiones y Actualizaciones TecnológicasExcepción del pago de la contraprestación periódica a favor del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009, así mismo, mediante Anexo los ISP dispondrán del paso a paso para su registro.

La comunicación estará destinada al representante legal y al correo electrónico registrado en el Registro

y las Comunicaciones del que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009, así mismo, mediante Anexo los ISP dispondrán del paso a paso para su registro.

La comunicación estará destinada al representante legal y al correo electrónico registrado en el Registro Único RUTIC. Una vez publicada la presente Circular y finalizada la jornada de sensibilización y capacitación, el ISP deberá realizar el reporte del informe trimestral que corresponda de acuerdo con su período de corte, por medio del mecanismo dispuesto en este acto administrativo.

No obstante lo anterior , los destinatarios de la presente Circular podrán solicitar de manera individual o colectiva, en cualquier momento a la Subdirección de Vigilancia e Inspección de Mintic, capacitación, asesoría o acompañamiento frente al uso de la herramienta de reporte (CMIC), si así lo requieren.

5. Verificación del Cumplimiento del Plan

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, de conformidad con lo previsto en el numeral 11 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009 y el artículo 39 de la Ley 1978 d e 2019, verificará el cumplimiento del plan aprobado para hacer aplicable la excepción del pago de la contraprestación al proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones que presta el servicio de acceso a Internet . El incumplimiento del plan aprobado dará lugar a la terminación de la exención del pago de la contraprestación periódica, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar de conformidad con lo previsto en la Ley 1341 de 2009 y sus modificaciones.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

a que haya lugar de conformidad con lo previsto en la Ley 1341 de 2009 y sus modificaciones.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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6. Vigencia

La presente Circular rige a partir del primero (01) de diciembre de 2025 y deja sin efecto lo establecido en la Circular MinTIC 00012 del 10 de febrero de 2025.

Cordialmente,

(FIRMADO DIGITALMENTE)

LUIS EDUARDO AGUIAR DELGADILLO

DIRECTOR DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL

Adjunto: Anexo Circular

Elaboró: Daniel Guauque Cardenas – Profesional Especializado SVI

Revisó: Gina Albarracin barrera – DVIC

Elkin Porras Forero – Subdirector de Vigilancia e Inspección. Luis Leonardo Monguí – Coordinador GIT de Doctrina y Seguridad Jurídica Dirección Jurídica Raul Fernando Nuñez - Director JuridicoREGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS

Escanee el código para verificación

CIRCULAR No. 00033 de 2025

Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones gestionado por: azsign.com.co

Id Acuerdo: 20251020-150948-f12471-65430303

Estado: Finalizado Creación: 2025-10-20 15:09:49

Finalización: 2025-10-20 15:10:22

Firma: DIRECTOR DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL

Luis Eduardo Aguiar Delgadillo 93394384 WA:

DIRECTOR DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL

MinticREPORTE DE TRAZABILIDAD

Escanee el código para verificación

TRAMITE PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA

Y RESPUESTA

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Id Acuerdo: 20251020-150948-f12471-65430303

Estado: Finalizado Creación: 2025-10-20 15:09:49

Finalización: 2025-10-20 15:10:22

Firma Luis Eduardo Aguiar Delgadillo WA:

DIRECTOR DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL

Mintic Aprobado Env.: 2025-10-20 15:09:52

Lec.: 2025-10-20 15:10:12

Res.: 2025-10-20 15:10:22

IP Res.: 190.145.189.98Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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ANEXO 1

El presente anexo, contiene los lineamientos para el reporte de los Informes de Avance Trimestrales del Plan de Inversión y Actualización Tecnológica aprobado por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a los proveedores de redes exceptuados del pago de la contraprestación.

Este reporte deberá hacerse mediante el módulo “Informe trimestral del avance del plan de inversión” habilitado en el Centro de Monitoreo de Inspección de servicios de Comunicaciones (CMIC). El link para acceder a este módulo es:

ispexonerados.mintic.gov.co

1. Registro, asignación de usuario y contraseña

Usuario: La Subdirección de Vigilancia e Inspección informará el usuario y contraseña a cada Proveedor del Servicio de Internet (ISP), en caso de requerir una actualización a la contraseña, lo podrá realizar haciendo uso de la opción ¿Olvidaste tu contraseña?, la cual dirigirá a una pantalla que solicita el correo registrado al que se enviará el enlace correspondiente para la definición de una nueva contraseña.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

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correspondiente para la definición de una nueva contraseña.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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2. Seguridad y verificación de Ingreso

Con el fin de mantener la seguridad en el proceso de registro de la información, el módulo utiliza un sistema de verificación de identidad en dos pasos, esto es una vez digitado el usuario y contraseña, la herramienta pedirá un código de 6 dígitos que será enviado al correo electrónico registrado. Este código tendrá una vigencia de cinco (5) minutos; finalizado este tiempo podrá solicitarse un nuevo código.

3. Perfil PRST

Una vez ingresado a la plataforma, encontrará la pestaña PERFIL DE DATOS ISP. Estos datos son informativos, y no podrán ser modificados directamente por el usuario, en casoMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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V 9 de requerir alguna actualización, ésta deberá ser solicitada a través de la mesa de ayuda, de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto 7 del presente anexo.

4. Informes / Panel de Control

V 9 de requerir alguna actualización, ésta deberá ser solicitada a través de la mesa de ayuda, de acuerdo con el procedimiento descrito en el punto 7 del presente anexo.

4. Informes / Panel de Control

Al lado derecho del botón Perfil PRST, se encuentra el botón INFORMES mediante el cual se tendrá acceso a la totalidad de informes , en el que se encuentra la siguiente información:

a. Fecha Actual b. Nombre del ISP c. Número del informe actual d. Período que comprende el informe actual e. Fecha máxima en que se debe cargar el informe f. Notificaciones vigentes a la fecha g. Zona de trazabilidad de informes en la que se presenta para cada informe el número, período, número de radicado, fecha de radicado, el botón mediante el cual se puede descargar el informe en PDF y su respectivo estado: si fue cargado a tiempo o de manera extemporánea.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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5. Notificaciones

En esta sección el ISP podrá visualizar las alarmas generadas en la herramienta, es una zona de visualización e informativa. Es importante que se revise periódicamente esta sección, toda vez que con base en estas alarmas la Subdirección e Vigilancia e Inspección podría estar realizando requerimientos o visitas de verificación.

6. Radicar Informe

sección, toda vez que con base en estas alarmas la Subdirección e Vigilancia e Inspección podría estar realizando requerimientos o visitas de verificación.

6. Radicar Informe

En la pestaña de INFORMES, se identifican los Informes de Avance que aún no se han diligenciado, en los cuales se presenta el botón

Para iniciar el reporte de avance trimestral, basta con seleccionar en el espacio de PERIODO y pulsar sobre el botón de Radicar Informe:Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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Al realizar esta acción la herramienta lo llevará al primer módulo para su registro; el

CRONOGRAMA DE AVANCE.

Nota: Una vez haya registrado información en cada módulo, ésta será guardada y si lo requiere podrá continuar en un momento distinto para finalizar el proceso, no obstante, sólo hasta finalizar el registro de información en la totalidad de los módulos, podrá realizar la radicación del informe trimestral.

6.1 Cronograma de Avance

En esta sección de manera automática, podrá ver las actividades registradas en el Plan inicial, así como cada uno de los territorios (municipios) que fueron establecidos como objeto del Plan.

En esta parte se deben MARCAR las actividades que fueron ejecutadas para el municipio y en el periodo en referencia; en caso de requerirse agregar

en el Plan inicial, así como cada uno de los territorios (municipios) que fueron establecidos como objeto del Plan.

En esta parte se deben MARCAR las actividades que fueron ejecutadas para el municipio y en el periodo en referencia; en caso de requerirse agregar actividades adicionales, editarlas o eliminarlas lo podrá hacer manualmente con los botones y finalizar con ACTUALIZAR.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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Nota: Recuerde que se debe diligenciar esta sección de acuerdo con el período en referencia únicamente.

6.2 Tecnología y Velocidad

En esta sección el ISP debe seleccionar la ubicación, en caso de que su Plan contemple más de una ubicación deberá realizar el procedimiento por cada una de ellas. Posteriormente a la selección de Ubicación, se deber seleccionar la Categoría Principal de l a Tecnología, dependiendo de esta se habilitará la subcategoría y finalmente la tecnología especifica.

Si una ubicación específica contempla más de una tecnología, se debe realizar el ejercicio por cada tecnología.

Posteriormente, en la casilla de Despliegue, debe indicar la cantidad desplegada en este periodo especifico en la unidad de medida que aplique.

Ejemplo: 20 Kilómetros de Cable de Fibra Óptica.

Seguido, se debe identificar el Porcentaje de despliegue GENERAL. A

desplegada en este periodo especifico en la unidad de medida que aplique.

Ejemplo: 20 Kilómetros de Cable de Fibra Óptica.

Seguido, se debe identificar el Porcentaje de despliegue GENERAL. A diferencia de la información anterior, en esta casilla deberá indicar a nivel GENERAL el porcentaje en que se encuentra el despliegue total de la infraestructura indicada en su Plan de Inversión y Actualización Tecnológica.

Finalmente, y de acuerdo con el despliegue del período específico debe realizar el cargue del archivo KMZ relacionado con el despliegue de este trimestre, seleccionando el botón de SELECCIONAR ARCHIVO o arrastrándolo al recuadro.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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Con relación a velocidad, el ISP debe indicar la ubicación, seguido de la Categoría de Tecnología, Subcategoría y Tecnología específica, como en la anterior sección, finalmente se debe registrar la velocidad máxima en Megabits por segundo (Mbps) tanto máxima de subida (upload) como máxima de descarga (download) que se registra en cada ubicación para el p eriodo en referencia.

6.3 Potencial de Usuarios

En esta sección el ISP debe en primera medida seleccionar la ubicación. Para los casos que tengan más de una ubicación es necesario realizar el proceso

referencia.

6.3 Potencial de Usuarios

En esta sección el ISP debe en primera medida seleccionar la ubicación. Para los casos que tengan más de una ubicación es necesario realizar el proceso por cada ubicación, toda vez que en caso de no realizarlo de esta manera, el sistema registrará una alar ma por falta de información. Seguido se deben registrar dos (2) datos:Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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A. USUARIOS LOGRADOS, esta es la cantidad de usuarios vigentes y activos para la empresa, adicionalmente que sean residenciales y que hagan parte del Plan aprobado.

A. CAPACIDAD ACTUAL, este número hace relación a los usuarios potenciales que podría llegar a tener el ISP con la infraestructura desplegada hasta el momento de este registro. Recordando que al iniciar el Plan el ISP supone un potencial de usuarios con el 100% del despliegue, y de acuerdo con el porcentaje que lleva hasta este período, debe señalar la cantidad de usuarios potenciales que podría llegar a percibir con el Plan que ha ejecutado al momento de este período.

A modo de ejemplo, a continuación, se puede ver como el ISP, en su Plan Inicial indico que con la ejecución completa proyectaba un total de 2.000 usuarios, y que a medida que va desplegando su infraestructura va aumentando desde 0 los usuarios potenciales a beneficiar. Importante

Inicial indico que con la ejecución completa proyectaba un total de 2.000 usuarios, y que a medida que va desplegando su infraestructura va aumentando desde 0 los usuarios potenciales a beneficiar. Importante insistir en que estos datos hacen referencia a datos proyectados de acuerdo con la cobertura que se tenga al momento de realizar cada informe de avance trimestral.

6.4 AVANCE FINANCIERO

En este módulo se debe ingresar el valor en pesos colombianos que fue invertido en cada actividad realizada en el periodo del informe, de acuerdo con cada territorio o municipio. Las actividades que aparecen en la herramienta porMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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V 9 defecto son las registradas en el Plan Inicial, las cuales podrán ser ajustadas o agregar nuevas en caso de ser necesario.

Nota: Recuerde que se debe diligenciar esta sección de acuerdo con el período en referencia únicamente.

6.5 INVERSIÓN

El detalle de inversión, al ser un componente clave en el seguimiento a los Planes de Inversión y Actualización Tecnológica, debe ser una sección de detalle, por lo cual se requiere información específica. Aquí es necesario registrar las inversiones realizadas y que tengan su respaldo mediante factura electrónica.

Inicialmente deberá seleccionar el Tipo de registro el cual podrá ser:

detalle, por lo cual se requiere información específica. Aquí es necesario registrar las inversiones realizadas y que tengan su respaldo mediante factura electrónica.

Inicialmente deberá seleccionar el Tipo de registro el cual podrá ser:

a. SERVICIO: Son las prestaciones o el trabajo realizado por terceros (personas o empresas) para planificar, implementar, mantener o mejorar la infraestructura. No se compra un producto físico o un programa, sino la experiencia, el tiempo y el soporte de un proveedor. b. SOFTWARE: Corresponde a los programas, aplicaciones, sistemas operativos y conjuntos de instrucciones lógicas que se ejecutan en el hardware para que este pueda realizar tareas específicas. Es la parte intangible del sistema.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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V 9 c. HARDWARE: Se refiere a todos los componentes físicos, tangibles y electrónicos que componen la red y permiten su funcionamiento. Son los equipos que se pueden ver y tocar.

Se debe indicar el detalle del gasto o inversión que se desea registrar, posteriormente indicar la ubicación en la fue objeto el gasto.

Se debe registrar información de la factura como proveedor, número de la factura, cantidad (unidad de medida), fecha de la factura, valor total de esta y valor que aplica para el Proyecto o Plan, para esto último es importante aclarar que existen facturas cuyo contenido tiene diferentes productos los cuales no siempre se relacionan con el Plan de Inversión, por eso es importante

valor que aplica para el Proyecto o Plan, para esto último es importante aclarar que existen facturas cuyo contenido tiene diferentes productos los cuales no siempre se relacionan con el Plan de Inversión, por eso es importante diferenciar los valores que sí están inmersos en el Plan aprobado.

Finalmente debe cargar en formato PDF la factura electrónica seleccionando el botón de SELECCIONAR ARCHIVO.

6.6 REGISTRO FOTOGRÁFICO

Aquí, se debe seleccionar inicialmente el Tipo del objeto fotográfico a incluir entre Servicio, Software y Hardware. Seguido deberá describir el detalle información que incluye la fotografía. Finalmente debe subir el archivo en formatos PNG o JPG.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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6.7 DOCUMENTOS ADICIONALES / ANEXOS

Aquí se debe realizar el cargue de documentos adicionales para complementar el informe trimestral, si bien es opcional el agregar documentos adicionales como bases de Excel o Archivos PDF o Documentos WORD, el ISP SI debe cargar al menos DOS ARCHIVOS, los cuales podrá descargar como plantilla en la herramienta y volver a cargar una vez diligenciados, los archivos en mención son:Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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A. Formato de Ingresos por Conceptos: En este archivo el IPS debe registrar los ingresos TRIMESTALES a corte de marzo, junio, septiembre y diciembre, para el servicio de Internet. Para este ejercicio el ISP debe registrar los ingresos del Trimestre inmediatamente anterior, por ejemplo si el corte del trimestre es del 18/08/2025 al 18/11/2025, deberá registrar el formato de Ingresos por conceptos con los ingresos a corte del 3T de 2025, de conformidad con los ingresos contables trimestrales de la empresa.

formato de Ingresos por conceptos con los ingresos a corte del 3T de 2025, de conformidad con los ingresos contables trimestrales de la empresa.

B. Formato de Relación de Suscriptores: Este formato debe ser diligenciado a corte de la presentación del informe de avance y su contenido será de uso para verificación e inspección del avance trimestral, en el marco de las funciones de la Subdirección de Vigilancia e Inspección, por lo que no será divulgado ni publicado su contenido.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12A y 12B

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7. FINALIZAR RADICACIÓN

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