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MINTIC - Manual de Contratación

Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

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Detalles

Título
MINTIC - Manual de Contratación
Autor
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Libertad_Prensa
Año

GESTIÓN DE COMPRAS Y

CONTRATACIÓN Código GCC-TIC-MA003

MANUAL DE CONTRATACIÓN Versión 3.0

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MANUAL DE CONTRATACIÓN

INTRODUCCIÓN................................ ................................ ................................ ................................ 3GESTIÓN DE COMPRAS Y

CONTRATACIÓN Código GCC-TIC-MA003

MANUAL DE CONTRATACIÓN Versión 3.0

Página 2 de 28 Naturaleza del Ministerio/Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones .................... 4 Competencias y delegaciones en materia de contratación ................................ ................................ ..5

CAPÍTULO I: comité asesor de contratación................................ ................................ ........................ 5

CAPITULO II: actividad contractual................................ ................................ ................................ .....5 2.1 Etapa de planeación y selección del contrato ................................ ................................ .......... 6 2.1.1 Elaboración y actualización del Plan Anual de Adquisiciones ................................ ................ 6 2.1.2 Elaboración de Estudios Previos y Análisis Del Sector ................................ ........................... 7 2.1.3 Modalidades de Selección ................................ ................................ ................................ ..8 2.2 Etapa contractual ................................ ................................ ................................ ................ 13 2.2.1 Elaboración del contrato ................................ ................................ ................................ .. 13 2.2.2 Requisitos de ejecución del contrato................................. ................................ ................ 13 2.2.3 Aspectos referentes a la ejecución contractual ................................ ................................ .. 14 2.3 Etapa postcontractual................................ ................................ ................................ .......... 16 2.3.1 Liquidación del contrato................................ ................................ ................................ ... 16 2.3.2 Obligaciones posteriores a la liquidación del contrato................................ ........................ 17

2.3 Etapa postcontractual................................ ................................ ................................ .......... 16 2.3.1 Liquidación del contrato................................ ................................ ................................ ... 16 2.3.2 Obligaciones posteriores a la liquidación del contrato................................ ........................ 17 2.4 Solución de controversias contractuales ................................ ................................ ............... 17

CAPITULO III: supervisión e interventoría de contratos y/o convenios ................................ ............... 18

3. Ejercicio de la función de supervisión ................................ ................................ ....................... 18 3.1 Generalidades ................................ ................................ ................................ ..................... 18 3.2 Designación del Supervisor ................................ ................................ ................................ .. 19 3.3 Procedimiento para el ejercicio de las funciones de supervisión ................................ ............. 19 3.4 Contratación del Interventor. ................................ ................................ ............................... 20 3.5 Prohibiciones a los supervisores e interventores ................................ ................................ ... 20 3.6 Responsabilidades de los supervisores e interventores ................................ .......................... 21 3.7 Obligaciones de los supervisores e interventores ................................ ................................ .. 21 3.7.1 Obligaciones generales. ................................ ................................ ................................ .......... 21 3.7.2 Obligaciones administrativas ................................ ................................ ................................ .. 22 3.7.3 Obligaciones técnicas ................................ ................................ ................................ ............. 23 3.7.4 Obligaciones financieras ................................ ................................ ................................ ......... 23GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 3 de 28 3.7.5 Obligaciones legales ................................ ................................ ................................ ............... 24

CAPITULO IV: información y buenas prácticas de gestión contractual ................................ ................ 24 4.1 Incorporación del Modelo de Responsabilidad Social Institucional ................................ ............... 24 4.1.1 Dimensión Social ................................ ................................ ................................ .................... 25 4.1.2 Dimensión económica ................................ ................................ ................................ ............ 25

4.1 Incorporación del Modelo de Responsabilidad Social Institucional ................................ ............... 24 4.1.1 Dimensión Social ................................ ................................ ................................ .................... 25 4.1.2 Dimensión económica ................................ ................................ ................................ ............ 25 4.1.3 Dimensión ambiental ................................ ................................ ................................ ............. 25 4.2 Compras Públicas Sostenibles ................................ ................................ ................................ .... 26 4.2.1 Antecedentes ................................ ................................ ................................ ........................ 26 4.2.2 Visión estratégica sobre la Compra Pública Sostenible................................ .............................. 26 4.2.3 Principios y Valores de las Compras Públicas Sostenibles ................................ .......................... 27

CAPITULO V: gestión documental ................................ ................................ ................................ .... 27

INTRODUCCIÓN

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993 (Estatuto de la Contratación) y la naturaleza jurídica del Ministerio/ Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el régimen jurídico de contratación aplicable es el consagrado en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás normas enGESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 4 de 28 materia contractual, así como las disposiciones civiles y comerciales que sean aplicables y los lineamentos, guías y/o Manuales expedidos por Colombia Compra Eficiente y demás normas complementarias.

El presente Manual de Contratación, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente y los lineamentos

y/o Manuales expedidos por Colombia Compra Eficiente y demás normas complementarias.

El presente Manual de Contratación, de conformidad con lo previsto en la normatividad vigente y los lineamentos emitidos por Colombia Compra Eficiente, determina y prescribe las actividades y actuaciones que se desarrollarán en el marco de la Gestión Contractual del Ministerio – Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en desarrollo de las etapas precontractual, contractual y postcontractual necesarias para la adquisición de bienes, obras y servicios necesarios para el cumplimiento de los objetivos misionales de la entidad.

El presente Manual de Contratación hace especial énfasis en la planeación de los procesos contractuales, con el fin de mitigar y controlar los riesgos que se puedan derivar para la Entidad, los contratistas y terceros gestores de la contratación. Se seña la de manera general los aspectos más relevantes para tener en cuenta por parte de los funcionarios partícipes o responsables de la gestión contractual del Ministerio/ Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

De acuerdo con lo señalad o por Colombia Compra Eficiente, los manuales de Contratación deben buscar que los procesos de contratación adelantados por las distintas entidades del Estado garanticen los principios de la contratación pública, tales como transparencia, economía, respons abilidad y selección objetiva, con el fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Conforme con lo expuesto, el presente Manual es un instrumento de gestión estratégica que tiene como propósito facilitar y agilizar las actividades y las actuaciones contractuales al interior de la entidad, por lo cual los procesos y procedimientos contractuales se establecerán en el Modelo Integrado de Gestión MIG y se actualizarán de conformidad con la normatividad legal vigente, en el marco del Modelo referido.

procedimientos contractuales se establecerán en el Modelo Integrado de Gestión MIG y se actualizarán de conformidad con la normatividad legal vigente, en el marco del Modelo referido. (https://mintic.sharepoint.com/sites/piloto/ArquitecturaInstitucional/SitePages/comprasycontratacionDC4.aspx).

Naturaleza del Ministerio/Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

De conformidad con los artículos 38 y 58 de la Ley 489 de 1998, los ministerios son entidades de la rama ejecutiv a del poder público del orden nacional, del sector central enca rgados de formular y adoptar las políticas, planes generales, programas y proyectos del sector administrativo que dirigen.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, es la entidad encargada de diseñar, adoptar y promover las políticas, planes, programas y proyectos del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Entre sus funciones está la de incrementar y facilitar el acceso de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y a sus beneficios. De otro lado, el artículo 34 de la Ley 1341 de 2009, “Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones”, define al Fondo de Tecnologías de la información y las Comunicaciones, como una Unidad Administrativa Es pecial del Orden Nacional, con personería jurídica y patrimonio propio adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN Código GCC-TIC-MAlas Comunicaciones, como una Unidad Administrativa Es pecial del Orden Nacional, con personería jurídica y patrimonio propio adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 5 de 28 Las Unidades Administrativas Especiales, en desarrollo de lo establecido en los artículos 67 y 82 de la ley 489 de 1998, se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea, en este caso la norma que determinó la naturaleza jurídica del Fondo, es decir el artículo 34 de la Ley 1341 de 2009.

Competencias y delegaciones en materia de contratación

Los artículos 11 y 26 de la Ley 80 de 1993 disponen que la competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger contratistas, será del jefe o representante de la entidad, según el caso, así como será el competente para asumir la responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y de los procesos de selección.

De conformidad con el Decreto 1414 de 2017, compete al Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ejercer la representación del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y dirigir la actividad contractual del Ministerio.

De acuerdo con lo anterior, el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, delegó mediante acto administrativo en el Secretario (a) General, la representación legal del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como la competencia para adelantar los procesos de contratación requeridos al interior

acto administrativo en el Secretario (a) General, la representación legal del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como la competencia para adelantar los procesos de contratación requeridos al interior del Mintic/Fontic, suscribir los contratos y liquidarlos cuando corresponda, de acuerdo con las funciones señaladas en la Resolución 3363 de 2017 y las normas que la modifiquen o la sustituyan.

CAPÍTULO I: comité asesor de contratación

El Comité Asesor de Contratación de la entidad es el órgano encargado de asesorar al Ordenador del Gasto para el desarrollo de la actividad contractual que adelanta la Entidad, de acuerdo con las funciones señaladas en la Resolución 1045 del 2 de junio de 2015 y las normas que la modifiquen o sustituyan.

CAPITULO II: actividad contractual

2. Etapas de la actividad contractual

Para el desarrollo de las diferentes etapas de la actividad contractual, se han fijado los procesos, procedimientos y formatos a seguir en el desarrollo de la gestión precontractual, contractual y postcontractual de la entidad, los que pueden ser consultados en el Modelo Integrado de Gestión, en adelante MIG

El proceso de adquisición de bienes y servicios tiene tres (3) etapas claramente definidas, que se surten en un orden lógico y secuencial.

Etapa precontractu al: en esta etapa se enmarcan todas aquellas gestiones y actividades necesarias para la correcta planeación, identificación de necesidades, análisis y estudios previos y de sector necesarios para identificar el bien, el servicio o la obra por contratar. En esta misma etapa se encuentran todas las gestiones y trámites administrativos necesarios para lograr el fin propuesto, entendido como el contrato estatal, mecanismo por el cual

el bien, el servicio o la obra por contratar. En esta misma etapa se encuentran todas las gestiones y trámites administrativos necesarios para lograr el fin propuesto, entendido como el contrato estatal, mecanismo por el cual se obtienen los bienes, obras o servicios necesarios para el cumplimiento de los fines de la entidad.GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Etapa contractual : está delimitada por el plazo de ejecución contractual y que se resume en el conjunto de actividades desarrolladas tanto por el contratista como por la Entidad tendientes a lograr el cumplimiento del objeto contractual y todas las obligaciones pactadas en el contrato en los términos del contrato y de la ley y demás normas aplicables.

Etapa de liquidación: en la cual las partes, Entidad y contratista, podrán acordar los ajustes, las revisiones, los reconocimientos y transacciones a que hubiere lugar con el fin de poner fin a las diferencias que con ocasión del contrato surjan y mediante la suscripción del Acta de Liquidación cuando corresponda.

2.1 Etapa de planeación y selección del contrato

Comprende los trámites que van desde la planeación del contrato, p asan por la definición del tipo de contrato, lo que incluye la identificación del bien, servicio u obra, y llega hasta la determinación del proceso de selección que se efectuará para la escogencia del contratista, lo que incluye la etapa de adjudicación o la declaratoria de desierto.

Toda la gestión contractual del Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, parte de un ejercicio obligatorio de planeación que pretende identificar la necesidad, la oportunidad, la pertinencia de la

Toda la gestión contractual del Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, parte de un ejercicio obligatorio de planeación que pretende identificar la necesidad, la oportunidad, la pertinencia de la contratación y buscar el cumplimiento de los propósitos, objetivos, metas y prioridades de la Entidad. Este principio consiste en que cada una de las etapas del proceso de adquisición de bienes, obras y servicios esté enmarcada en los factores de eficiencia gobernados por la calidad, la entrega oportuna de la información y la realización de cada etapa conforme los cronogramas o plazos previstos para su realización. De otro lado, pretende evitar la improvisación en la selección del contratista, la suscripción, ejecución y liquidación del contrato.

La planeación parte por identificar, programar y ejecutar las actuaciones y actividades programadas en el Plan Anual de Adquisiciones de la entidad para cada vigencia, que es instrumento por el que se refleja también el ejercicio de la planeación para la gestión contractual.

2.1.1 Elaboración y actualización del Plan Anual de Adquisiciones

El Plan Anual de Adquisiciones es el instrumento de planeación de la actividad contractual de las entidades públicas y tiene como principal finalidad identificar, registrar, programar y divulgar las necesidades que tiene la entidad en materia de adquisición de bienes, obras y servicios.

De acuerdo con la normatividad vigente, las entidades estatales deben elaborar un Plan Anual de Adquisiciones con el fin de describir los bienes, obras y servicios que se pretendan adquirir durante cada vigencia, de acuerdo con los lineamientos y los formatos que fije Colombia Compra Eficiente.

El plan sirve para identificar la necesidad, así como el bien, la obra o servicio que la debe suplir, el valor estimado

lineamientos y los formatos que fije Colombia Compra Eficiente.

El plan sirve para identificar la necesidad, así como el bien, la obra o servicio que la debe suplir, el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales la entidad pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista y la fecha aproximada de inicio del proceso de selección.

Este plan deberá publicarse a más tardar el 31 de enero de cada año en la página web de la entidad y en el SECOP o en la plataforma que Colombia Compra Eficiente disponga para el efecto.GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 7 de 28 Será obligación de la entidad actualizar el Plan Anual de Adquisiciones a corte 30 de julio de cada año y de manera obligatoria cuando: (i) haya ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; (ii) para incluir nuevas obras, bienes y servicios; (iii) excluir obras, bienes y servicios; o (iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones de conformidad con lo señalados en el artículo 2.2.1.1.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015.

Tanto la publicación inicial del Plan Anual de Adquisiciones como sus actuali zaciones estarán a cargo del Grupo Interno de Trabajo de Contratación de la Entidad.

2.1.1.1 Comité de Seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones De conformidad con lo previsto en el artículo 39 del Decreto 1414 de 2017, que modificó la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Entidad podrá crear comités permanentes o transitorios

De conformidad con lo previsto en el artículo 39 del Decreto 1414 de 2017, que modificó la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Entidad podrá crear comités permanentes o transitorios especiales para estudio, análisis y asesoría en los temas que considere pertinentes.

En consecuencia, seguirá vigente el Comité de Seguimiento del Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad, como el órgano encargado de ejercer control sobre la ejecución de ese Plan, de acuerdo con las funciones señaladas en la Resolución 1125 del 15 de junio de 2016 y las normas que la modifiquen o la sustituyan. 2.1.2 Elaboración de Estudios Previos y Análisis Del Sector

Por estudios previos se debe entender aquel conjunto de documentos que en la etapa precontractual le permiten a la Entidad establecer la conveniencia y oportunidad de realizar una contratación.

Las dependencias que requieren el correspondiente contrato deben elaborar los estudios previos, análisis del sector y demás documentos de acuerdo con la normatividad vigente.

Los Estudios Previos servirán de base para la elaboración de la invitación, pliego de condiciones, o del contrato a suscribir, según corresponda.

En ese sentido, será de competencia de cada área que solicita el bien, obra y servicio, radicar al Grupo Interno de Trabajo de Contratación la solicitud de inicio del proceso con los siguientes documentos: a. Los estudios previos b. Análisis del Sector c. El estudio de mercado d. Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y e. Concepto sobre los Estudios Previos emitido por la Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo, cuando

b. Análisis del Sector c. El estudio de mercado d. Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y e. Concepto sobre los Estudios Previos emitido por la Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo, cuando corresponda, según lo previsto en el artículo 35, numeral 3, del Decreto 1414 de 2017.

Los formatos de estudios previos, análisis del sector y solicitud de CDP se encuentran publicados en el MIG y podrán ser revisados y actualizados en caso de requerirse de acuerdo con la normatividad vigente y a las necesidades del

MINTIC/FONTIC.

Para mayor claridad se presenta un cuadro con actividades de la etapa precontractual y su responsable:GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 8 de 28 ACTIVIDADES RESPONSABLES Estudios previos Área que requiere el bien, obra pública o servicio. Estudio del sector Área que requiere el bien, obra pública o servicio, con el apoyo del área financiera, el área jurídica y el Abogado líder del proceso contractual. Estimación y cobertura de los riesgos Área que requiere el bien, obra pública o servicio. Definición de los requisitos habilitantes Área que requiere el bien, obra pública o servicio. Definición de los criterios de evaluación Área que requiere el bien, obra pública o servicio. Manejo de los documentos del proceso, incluyendo su elaboración, expedición, publicación, archivo, mantenimiento y demás actividades de la etapa precontractual. Abogado líder del proceso contractual del Grupo Interno de Trabajo de Contratación. 2.1.3 Modalidades de Selección

elaboración, expedición, publicación, archivo, mantenimiento y demás actividades de la etapa precontractual. Abogado líder del proceso contractual del Grupo Interno de Trabajo de Contratación. 2.1.3 Modalidades de Selección

La gestión contractual del Ministerio y del FONDO TIC se realiza conforme con lo previsto en la Constitución Política, la Ley 80 de 1993 y las demás leyes y reglamentos que constituyen la normatividad aplicable a la gestión contractual.

Se iniciará con el requerimiento de contratación que realizará el área que requiere satisfacer la necesidad del bien, obra o servicio, dirigido a la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Contratación, y sustentado en los documentos soportes.

En el Modelo Integrado de Gestión del Ministerio/ Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MIG) se definen los procedimientos internos de los procesos de selección, los cuales podrán ser objeto de actualización o modificación, de acuerdo con lo establecido en dicho Sistema y hacen parte integral de este Manual.

Acorde con el objeto y las obligaciones a desarrollar, se realizará la selección del Contratista bajo alguna de las siguientes modalidades:

2.1.3.1 Licitación Pública De conformidad con lo previsto en el artículo 2º, numeral 1, de la Ley 1150 de 2007, la licitación pública es la regla general para seleccionar al contratista, salvo cuando, por las características del bien, obra o servicio a contratar, procedan las modalidades de selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa o mínima cuantía.

2.1.3.2 Selección Abreviada La selección abreviada es la modalidad de selección prevista para los casos en que, por las características del objeto

2.1.3.2 Selección Abreviada La selección abreviada es la modalidad de selección prevista para los casos en que, por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la cuantía o la destinación del bien, obra o servicio, se pueda adelantar procesos simplificados, en los que se garantice la eficiencia de la gestión contractual.

La entidad acude con mayor frecuencia a las siguientes causales de selección abreviada:GESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 9 de 28 • La adquisició n y el suministro de bienes o servicios de características técnicas uniformes y de común utilización.

Se trata de bienes y servicios que contienen las mismas especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos. Esta modalidad opera independientemente de la cuantía de la contratación y se desarrolla mediante el mecanismo de subasta inversa o por adquisición mediante Acuerdo Marco de Precios.

  • Por mandato legal, las entidades estatales de la rama ejecutiva del orden nacional, entre las que se encuentran el Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, están obligadas a adquirir los Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes que requieran al amparo del Acuerdo Marco de Precios existente.
  • Contratación de Menor Cuantía.

Esta modalidad de selección se aplica para aquellos procesos cuya cuantía no supere la menor cuantía, a la luz del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, conforme el presupuesto anual de la entidad.

Esta modalidad de selección se aplica para aquellos procesos cuya cuantía no supere la menor cuantía, a la luz del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, conforme el presupuesto anual de la entidad.

  • Contratación cuyo proceso de Licitación haya sido declarado desierto.

Si el proceso de licitación pública fue declarado desierto y persiste la necesidad de contratar, la Entidad puede optar por no adelantar un nuevo proceso de licitación y, en consecuencia, expedir dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la declaratoria de desierto, el acto de apertura del proceso de Selección Abreviada.

  • Enajenación de bienes del Estado.

Para esta causal de selección abreviada, la entidad debe incluir en los estudios previos el avalúo comercial del bien y el precio mínimo de venta.

2.1.3.3 Concurso de Méritos Esta modalidad ha sido prevista para la selección de consultores o proyectos, la cual se podrá adelantar mediante un procedimiento abierto o de precalificación. En ningún caso el precio de la propuesta constituirá factor de escogencia en la selección.

2.1.3.4 Contratación Directa Las causales de contratación directa de uso más frecuente son:

  • Urgencia Manifiesta

Existe urgencia manifiesta cuando se presenten situaciones relacionadas con los Estados de Excepción, cuando se trate de conjurar situaciones derivadas de calamidad pública, desastres, etc., que demanden actuaciones inmediatas y que impidan acudir a los procesos de selección o concursos públicos. La urgencia manifiesta será declarada mediante acto admi nistrativo. La declaración de urgencia manifiesta pretende la continuidad de la prestación delGESTIÓN DE COMPRAS Y

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mediante acto admi nistrativo. La declaración de urgencia manifiesta pretende la continuidad de la prestación delGESTIÓN DE COMPRAS Y

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Página 10 de 28 servicio y de las funciones públicas mediante el suministro de bienes, la prestación del servicio o la ejecución de obras que en otros casos se haría mediante licitación, concurso o procedimientos de selección abreviada.

  • Contratos o Convenios Interadministrativos

Son los contratos o convenios que se celebran entre las entidades públicas y que se rigen por las normas de contratación estatal. Por tal motivo, requieren de los estudios previos, la disponibilidad y del registro presupuestal definitivo, en caso de que exista afectación presupuestal.

Las entidades podrán suscribir contratos interadministrativos con instituciones públicas, siempre que las obligaciones derivadas de los mismos tengan relación directa con el objeto de la Entidad ejecutora, señalado en la ley o en sus reglamentos.

  • Los contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas.

Son los contratos o convenios para el desarrollo de las actividades de ciencia, tecnología e innovación de los actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación de acuerdo con lo descrito en: (a) El artículo 2 del DecretoLey 393 de 1991; (b) El artículo 2 del Decreto -Ley 591 de 1991; (c) El artículo 18 de la Ley 1286 de 2009, que modificó la Ley 29 de 1990.

Las entidades estatales pueden ejecutar actividades de ciencia, tecnología e innovación mediante la celebración de cualquiera de los siguientes tipos de contratos:

modificó la Ley 29 de 1990.

Las entidades estatales pueden ejecutar actividades de ciencia, tecnología e innovación mediante la celebración de cualquiera de los siguientes tipos de contratos: (a) Convenio especial de cooperación, que es el celebrado para asociar recursos, capacidades y competencias interinstitucionales, y puede incluir el financiamiento y administración de proyectos. El convenio especial de cooperación está regulado en los a

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