MINTRABAJO - Resolución 2468 de 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 2468 de 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚYVERO ? 4 6 8 DE 2022 (04 JUL 2022) Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo. El MINISTRO DE TRABAJO En uso de sus facultades legales y “eglarientarias, y en particular, las conferidas en el Título lll de la Ley 9 de 1979, el 1ume-al 2 del artículo 22 del Decreto - Ley 4108 de 2011, y SONSIDERANDO Que el artículo 25 de la Constitución Política establece que el trabajo es un derecho y una obligación social que goza de todas sus modalidades, de especial protección del Estado y que así rrismo, toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas. Que los artículos 84, 86 y 111 de la Ley 9 de 1979, referida a salud ocupacional denotan las responsabilidades para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones y lugares de trabajo. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 1? de la Ley 15€2 del 2012, el Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a ¡os trabajadores de los efectos de as enfermedaces y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan y que las disposiciones vigentes de salud ocipacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo, enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos
Laborales. Que el artículo 59 del Decreto Ley 1295 de 1994, establece que todas las empresas están obligadas a adoptar y poner en práctica medidas especiales de prevención de riesgos laborales. Que el Decreto 676 de 2020 modificación del artículo 4% del Decreto 1477 de 2014 incluye la COVID19 como una enfermedad de origen laboral directa desde el momento de su diagnóstico, la contraída por los trabajadores del sector de la salud, incluyendo al personal adrrinistrativo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividades de prevención, diagnóstico y atención de esta enfermedad. 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo que forman tarte del anexo técnico y las cuales son: l, Guía de empresas y contratantes. tl, Guía de trabajadores y/o contratistas
11. Guía de Administradora de Riesgos Laborales
IV. — Guía de Instituciones Prestadoras de Salud — Empresas Prestadoras de Servicio de Salud
V. Guía de SarsCov2COVID/19, Artículo 2. Alcance y ámbito de aplicación. Las guías objeto del anexo técnico serán de obligatoria referencia y deben ser aplicadas por las empresas públicas y privadas, los trabajadores dependientes e independientes, estudiantes y
personas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales, los contratistas independientes; los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo; las Administradoras de Riesgos Laborales; Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y las Fuerzas Militares en lo que hace al personal civil, que realicen actividades u operaciones que impliquen exposición laboral a riesgo biológico. Parágrafo. Las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico adoptadas mediante la presente resolución se utilizarán con enfoque de control integral del riesgo, serán de obligatoria referencia en la prevención de los daños a la salud por causa o con ocasión del trabajo. Las empresas donde se identifique el factor de riesgo biológico deberán seguir las recomendaciones contenidas en las guías que aquí se adoptan y solo habrá lugar para justificar su no aplicación cuando se cuente, existan o evidencien elementos técnicos o estudios que demuestren mayor eficacia en la prevención y contro! de riesgo biológico que los establecidos en las guías adoptadas en la presente resolución. Artículo 3. Actividades de prevención y promoción de la salud. Las empresas donde se evidencie exposición a riesgo biológico deben desarrollar actividades de prevención y promoción de la salud de acuerdo con el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución, en el marco de lo establecido en las normas del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, en especial en el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019 o la norma
que adicione, modifique o sustituya. 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Pc” la cual se adoptan as Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el “rabajo”,
ANEXO TÉCNICO
1. INTRODUCCIÓN Los riesgos laborales son aque los peligros existentes en la ejecución de la actividad laboral, así como en el entorno o lugar de trabajo, susceptibles de originar accidentes o cualquier tipa de eventos que puedan ocasionar algún daño o problema de salud tanto físico como psicológico.
El control y gestión del resgo es responsabilidad del empleador, sin embargo, los actos inseguros, el exceso de confianza, el mal uso de herramientas, entre otros, son factores presentes para corsiderar ea la causalidad de un accidente de trabajo y enfermedad labora!, en este sentido, la prevención es tundamental para evitar o mitigar el impacto negativo de los riesgos presentes durante el desarrollo de las funciones propias de un cargo. Los riesgos y accidentes de trabajo están estrechamente relacionados con las acciones a ejecutar en el desarrollo de una profesión u oficio; por lo tanto, el riesgo biológico se encuentra asociado a cada sector y actividad económica, de acuerdo con su complejidad, razén por la cual es necesario reforzar las medidas de bioseguridad. Entendido lo anterior y con el fin de br ndar herramientas para proteger la Salud y la Seguridad en el Trabajo, tanto de las Empresas como de sus trabajadores ylo contratistas; El Miniszerio del Trabajo presenta las Guías para la Prevención
de la Exposición a Riesco Biológico, brindando instrumentos que permita a las empresas, a los trabajadores y/o contratistas, estudiantes, administradoras de riesgos laborales y a las entidades promotoras de salud, herramientas para fortalecer en los ambientes laborales medidas ce bioseguridad y estrategias del cuidado de la salud, en el marcc del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo; las Guías adopta disposiciones dara desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles, en concordancia con el artículo 2 2,4.6.24 del Decreto 1072 de 2015, o la norma que adicione, modifique o sustituya.
2. OBJETIVOS: a) Objetivo General: Las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo, tienen el objetivo de adoptar acciones tendientes a prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales a los trabajadores y/o contratistas que puedar estar expuestos al riesgo biológico, fortaleciendo las estrategias empresariales para la promoción de la salud. b) Objetivos Específicos: o Ofrecer estrategias gue permitan fortalecer acciones de prevención de la enfermedad y promoción de la salud con relación al riesgo biológico.
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Artículo 4. Actualización. La presente resolución y anexo técnico deben ser
revisados por lo menos cada cinco (5) años para efectos de su actualización, ajustes a los cambios técnicos y medidas de control. El área encargada para adelantar dicha revisión es la Dirección de Riesgos Laborales. Artículo 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de la publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C.a ,lo s UT "JUL 2027
ÁNGEL CUSTÓDIO RERA BÁEZ
Mirfistrod
Proyecto: Grupo deMegNina Ladojal LP
Reviso: C.Ayala/L CH). Hue VoBo: J. Hemárdé E RESOLUCIÓN No. 2468 DE 2022 07 JUL 2022 — hosasdeso Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguricad y Salud en el Trabajo”. e Mitigar la accidentalidad por enfermedad laboral derivada por la exposición a riesgo biológico en el marco de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Tradajo. e Generar las recomendaciones sobe entornos saludables y los mecanismos técnicos de control en las empresas para la prevención del riesgo biológico. e Fortalecer herramientas sobre la evaluación del riesgo biológico. o Brindar Información a las Empresas Promotoras de Salud e Instituciones Prestadcras de Servicio sobre la gestión del riesgo biológico para mitigar los incidentes y accidentes de trabajo derivados de la ejecución de las activicades en las que se presenta exposición a agentes biológicos. e Orientar en la prevención de las enfermedades laborales infecciosas,
así sean secundarias a una exposición regular o derivadas de los accidentes de trabajo con exposición a material biológico. e Fortalecer el ciclo planear — racer — verificar — actuar (PHVA) como un procedimiento lógico y por etapas que permita el mejoramiento continuo de la Gestión del Riesgo biciógico en Entidades Promotoras de Salud (EPS) e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS). e Reforzar los protocolos inter1os de bioseguridad con el fin de disminuir el riesgo de contagio de las enfermedades infectocontagiosas entre sus trabajadores y/o contrat stas.
3. DEFINICIONES Y CONCEPTOS BÁSICOS: Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional c psiquiátrica, una invalidez o la muerte, que se produce durante. la ejecucón de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo, durante el traslado de los trabajadores y/o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleado durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajado” se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función, el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate ce trabajadores y/o contratistas de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. (Artículo 3. Ley 1562
de 2012). 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Agente biológico: Microorganismos, incluidos los genéticamente modificados, los cultivos celulares y los endoparásitos humanos susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.
(https://www.insst.es/documents/94886/327401/807+web.pdt/6ca1a7eea833-47d9-ad82-c86558721e59).
Aislamiento: Separación de una persona o grupo de personas que se sabe o se cree que están infectadas con una enfermedad transmisible y potencialmente infecciosa de aquellos que no están infectados, para prevenir la propagación de una enfermedad, para fines de salud pública puede ser voluntario u obligado por orden de la autoridad sanitaria.
Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa. (Numeral 6. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015
Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presenta con una severidad suficiente y puede causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medios de sustento, la presentación de servicios y los recursos ambientales. (Numeral 7. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. (Numeral 1. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), para lograr mejoras en el desempeño de la organización en la Seguridad y la Salud en el Trabajo de forma coherente con su política. (Numeral 2, Articulo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Acción preventiva: Acción para eliminar o mitigar la(s) causa(s) de una no conformidad u otra situación potencial no deseable. (Numeral 3, Articulo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Aprendizaje: Proceso mediante el cua! se adquiere un conocimiento (tarea), y tiene una incorporación efectiva (rendimiento o acción). La enseñanza incide sobre el aprendizaje “como tarea” y son las tareas de aprendizaje desarrolladas por el persona! de salud las responsables del aprendizaje “como rendimiento”. También es aquel proceso consciente e inconsciente que desemboca en modificaciones mentales, conductuales, emocionales, estéticas y sociales, duraderas en el individuo mediante procesos educativos.
Autoreporte de condiciones de trabajo y salud: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo. (Numeral 8. Artículo 2.2.4.6,2. Decreto 1072 de 2015)
resoLución No. 2 468 pe2022 0,1 JUL E maras Continuación de la Resolución: “Por la cual se..acoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Saguricad y Salud en el Trabajo”.
Biológico: Conjunto de microrganismos, :oxinas, secreciones biológicas, tejidos y órganos corporales humanos y animales, presentes en determinados ambientes laborales, que al entrar en contacto con el organismo pueden desercadenar enfermedades infectocontagiosas, reacciones alérgicas, intoxicaciones o efectos negativos en la salud de los trabajadores.
Bioseguridad: Conjunto de mecidas preventivas que tienen por objeto eliminar o minimizar el factor de riasgo biológico que pueda llegar a afectar la salud, el medio ambiente o la vida de las personas, asegurando que el desarrollo o producto final de dichos procedimientos no afecten la salud y seguridad de los trabajadores (Lineamientos, Orientaciones y Protocolos para enfrentar la CCVID-19 en Colombia, Ministerio de Salud y Protección
Social).
Caso confirmado: Caso cuyo diagnóstico se corrobora por medio de estudios auxiliares, o aquel que no requiere estudios auxiliares, pero presenta signos o síntomas propios del padecimiento o evento bajo vigilancia, o aquel que presente evidencia de asociación epidemiológica con algún caso confirmado por laboratorio, Caso sospechoso: Al individuo susceptible que presenta algunos síntomas o signos compatibles con el padecimiento o evento de vigilancia.
Ciclo PHVA: Procedimiento lógico y por etapas que permite el mejoramiento
continuo a través de los siguientes pasos:
o Planificar: Se cebe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores y/o contratistas, encontrando que se está haciendo de manera ncorrecta o se pueden mejorar y determinar ideas para soluc.onar os problemas encontrados. o Hacer: Implementación de las medidas planificadas. o Verificar:Revisa” que los procedimientos y acciones implementadas están consiguiendo los resultados deseados. o Actuar: Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores y/o contratistas. (Numeral 10. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 2015).
Condiciones de salud: Conjunto de variables objetivas y de autoreporte de condiciones fisiológicas, psicológ cas y socioculturales que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora.
(Numeral 11. Artículo 2.2.4.€.2. Decreto 1072 de 2015).
Cortopunzantes: Instrumentos que por sus características punzantes o cortantes pueden ocasionar un accidente, entre estos se encuentran: limas, lancetas, cuchillas, agujas, restos de ampolletas, pipetas, hojas de bisturí, vidrio o material de laboratorio como tubos capilares, de ensayo, tubos para toma de muestra láminas portaobjetos y laminillas cubreobjetos, aplicadores, citocepillos, cristalería entera o rota, entre otros. (Numeral 5.2.3.
Artículo 5. Decreto 351 de 2014). 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de
Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Cuarentena: Separación de una persona o grupo de personas que razonablemente se cree que han estado expuestas a una enfermedad contagiosa. (Lineamientos para el manejo del aislamiento domiciliario, frente a la introducción del sars-cov-2 (covid-19) a Colombia).
Descontaminación: Proceso de desinfección o esterilización terminal de objetos y superficies contaminadas con microorganismos patogénicos, de tal forma que sea seguro tomarlos para su manipulación. (Manual de esterilización para centros de salud OPS — USAID).
Descripción sociodemográfica: Perfil sociodemográfico de la población trabajadora, que incluye la descripción de las características sociales y demográficas de un grupo de trabajadores, tales como: grado de escolaridad, ingresos, lugar de residencia, composición familiar, estrato socioeconómico, estado civil, raza, ocupación, área de trabajo, edad, sexo y turno de trabajo. (Numeral 13. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Desinfección: Destrucción de microrganismos de una superficie por medio de agentes químicos o físicos. (Lineamientos, Orientaciones y Protocolos para enfrentar la COVID-19 en Colombia, Ministerio de Salud y Protección
Social).
Desinfectante: Germicida que inactiva prácticamente todos los microorganismos patógenos reconocidos, pero no necesariamente todas las formas de vida microbiana, ejemplo esporas. Este término se aplica solo a objetos inanimados. (Lineamientos, Orientaciones y Protocolos para
enfrentar la COVID-19 en Colombia, Ministerio de Salud y Protección Social).
Efectividad: Logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con la máxima eficacia y eficiencia. (Decreto 1072 de
2015).
Eficacia: Capacidad de alcanzar el efecto esperado o deseado tras la reali zación de una acción. (Numeral 15. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de
2015).
Eficiencia: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados.
(Numeral! 16. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Emergencia: Situación de peligro, desastre o la inminencia de este, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud. (Numeral 17. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Enfermedad laboral: Es la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. (Ley 1562 2012).
Enfermedades infecciosas: Son aquellas patologías causadas por microorganismos patógenos que incluyen virus, bacterias, hongos y parásitos, por lo que existen muchos tipos diferentes. Pueden transmitirse RESOLUCIÓN No. 2468 DE 2022 01 JUL 2022 HOJ9A d e 69
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguricad y Salud en el Trabajo”. de persona a persona e] de animal en animal.
(hitos: //www.topdoctors.es/discionario-medico/enfermedades-irfecciosastt).
Enfermedades inmunoprevenibles: Son aquellas patologías transmisibles que se pueden prevenir mediante la aplicación de vacunas
(https: //www.ins.gov.co/Direcciones/Vigilancia/paginas/transmisibles.aspx).
Entorno de trabajo saludakle: Es aquel en el que los trabajadores y jefes colaboran en un proceso de mejora continua para promover y proteger la salud, seguridad y bienestar de los trabajadores y la sustentabilidad del ambiente de trabajo. (httes://wwww.funcionpublica.gov.co/preguntasfrecuentes/- lasset_publ:sher/sgxafjubs"Eu/content/-que-es-un-entornolaboral-saludable-/28585938).
Elementos de protección personal (EPP): Todo equipo. aparato o dispositivo especialmente proyectado y fabricado para preservar el cuerpo humano, en todo o en parte, de riesgos específicos de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales. (Numeral 5. Artículo 2.2.4,6.24, Decreto 1072 de 2015).
Evaluación del riesgo: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa ccncreción. (Numeral 18. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Evento catastrófico: Acontecimiento imprevisto y no deseado que altera
significativamente el funcionamiento normal de la empresa, implica daños masivos al personal que labora en instalaciones, parálisis total de las actividades de la empresa o una parte de ella y que afecta a la cadena productiva, o genera destrucción parcial o total de una instalación. (Numeral
19. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Factores de riesgo biológico: Conjuntc de microorganismos, toxinas, secreciones biológicas, tejidos y órganos corporales humanos y animales, presentes en determinados ambientes laborales que al entrar en contacto con el organismo pueden desencadenar erfermedades infectccontagiosas, reacciones alérgicas, intoxicaciones o efectos negativos en la salud de los trabajadores.
(httos://www.colmenaseguros.com/imagenesColmenaARP/contenido/coron avirus/boletins/GUX%C3ILBDALZLCPARALLOLAS2OIDENTIFICACIACILS 3N%20COVID-19.paf).
Gestión del riesgo: Proceso mediante el cua! se establece el contexto estratégico en el que se identifican los pelgros, se evalúan los riesgos, se realiza el control, monitoreo y se vigila la salud Je los trabajadores, con el propósito de generar una cultura de prevención, soportados en una estructura que se dirige hacia la gestión eficaz de las oportunidades y el control de los efectos adversos garantizandc también la seguridad y previniendo impactos nocivos al medio ambiente.
(https: //www.arlsura.com/files/sgsst/vigilancia/biologico/gestion del riesgo. pat). 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”.
Higiene hospitalaria: Conjunto de medidas establecidas en el medio ambiente hospitalario con el objetivo de prevenir infecciones o combatir los riesgos para la salud de pacientes y profesionales.
(nttos:/Mospitecnia.com/gestion/higiene-y-desinfeccion/higiene-hospitalariaretos-perspectivas/).
Infección: Entrada, desarrollo y multiplicación de un agente infeccioso en el cuerpo de una persona lo) animal.
(httos://www.paho.ora/colldmdocuments/MOPECE2.pdf). inmunización: Proceso por el que una persona se hace inmune o resistente a una enfermedad infecciosa, por lo general mediante la administración de una vacuna. Las vacunas estimulan el propio sistema inmunitario del cuerpo para proteger a la persona contra infecciones o enfermedades posteriores (https: //www.paño.org/es/ftemas/inmunizacion) Limpieza: Procedimiento mecánico que remueve el material extraño u orgánico de las superficies que puedan preservar bacterias al oponerse a la acción de biodegrabilidad de las soluciones antisépticas o desinfectantes. (Limpieza y Desinfección en Servicios de Salud ante la introducción del nuevo coronavirus (SARS-CoV-2) a Colombia).
Matriz legal: Compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa, acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para
desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables. (Numeral 24, Articulo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Modo de transmisión: Forma en que el agente infeccioso se transmite del reservorio al huésped. (Módulo de Principios de Epidemiología para el Control de Enfermedades (MOPECE) Segunda Edición Revisada Salud y enfermedad en la población - OPS).
Mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para lograr mejoras en el desempeño en este campo, de forma coherente con la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización. (Numeral 25. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Microorganismo: Entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético. Incluye virus, bacterias, hongos filamentosos, levaduras y priones (agentes transmisibles no convencionales). (https: //www.insst.es/-/-que-so1%: texi=El%20mismo%20real%20decreto%20define,de%20transferir%20su %20material%20gen4%C3%Atico.) Normas de bioseguridad: Según la OMS es un conjunto de normas y medidas para proteger la salud del personal, frente a riesgos biológicos, químicos y físicos a los que está expuesto en el desempeño de sus 01 JUL 2022
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguricad y Salud en el Trabajo”. funciones, también a os pacientes y al medio ambiente.
(httos://investigacion.uv.cl/bioseguridad/que-es-la-bioseguridad.).
Patogenicidad: Capacidad de um ageme infeccioso de producir la enfermedad en un huésped susceptible.
(hitos//iris.paho.org/bitstrear/han3'e/10865.2/3320/TallerY%20sobre%20pla nificacion%2C%20administracion20y%20avaluacion%20Glosario.pdf?seg uence=13%¡isAllowed=y:-:text=Patogenicidad%20%2D%20Es%20la%20ca pacidad%20de,enfermedad%20er %20un%20hu%wC3%A9sped%20suscept ible.).
Patógenos sanguíneos: Microorganismos infectantes que se trasmiten a través de la sangre humana y otros fluidos corporales, que pueden causar enfermedades(hitps://es.scribd.com/document/557935815/GUIA-1GENERALIDADES-DEL-RIESGO-BIOLOGICO-1).
Peligro: Fuente, situación o acto con potercial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones, (Numeral 27.
Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Peligro biológico: Amenaza fuerte, situación o acción que tiene potencial
de daño causados por agente bio ógico o toxinas. (Lineamientos generales de bioseguridad y biocontención para los laboratorios de la red nacional de laboratorioshttps: //www.minsalud.gov.co'sitesrrid/Lists/BibliotecaDigital/RIETE/VS/ED/Y SP/psps03-lineamiento-bioseguridad-red-nal-lab.oaf). Precauciones estándar o prácticas de rutina: Recomendaciones eficaces para prevenir la transmisión de irfecciones ocasionadas por la mayoría de los agentes biológicos existentes en la prestación de servicios de salud. Son la estrategia principal para el éxito en el control de las infecciones hospitalarias que se adoptan en la atención de cualquier paciente, con independencia de su diagnóstico o su presinto estado de infección. (https://es.scribd.com/document/557935818/GUIA-1-GENERALIDADESDEL-RIESGO-BIOLOGICO-1).
Precauciones universales: Medidas recomendadas para red.cir el riesgo de transmisión de patógenos desde la fuente de infección al trabajador expuesto. Se deben aplicar con todos los pacientes, independientemente de su diagnóstico (o) presunto estado de infección.
(http://gesdoc.iscili.es/gesdozcontroller?action=download8id=29/05/2012d0f0d27170).
Programa de bioseguridad: Programa que contiene los objetivos y normas para lograr un ambiente de trabajo ordenado seguro y que conduzca simultáneamente a mejorar la calidad, redusir los sobrecostos y alcanzar los óptimos niveles de funcionalidad confiable en las instituciones del sector salud. (https: //es.scribd.com/document/557935815/GUIA-1GENERALIDADES-DEL-RIESGC-BIOLOGICO-1).
Requisito normativo: Requisito de Seguridad y Salud en el Trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la JABA RESOLUCIÓN No. ' “Y DE 2022 01 JUL 2022, HOJA 12 de 69
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adoptan las Guías de Prevención de Exposición a Riesgo Biológico en Seguridad y Salud en el Trabajo”. organización. (Numeral 33. Artículo 2.2.4.6.2, Decreto 1072 de 2015).
Reservorio: Animales, personas o medios donde los agentes biológicos pueden crecer multiplicarse y bajo ciertas condiciones, pueden convertirse en fuentes lo focos de infección,
(https://es.scribd.com/document/5579358 15/GUIA-1-GENERALIDADESDEL-RIESGO-BIOLOGICO-1).
Residuos o desechos peligrosos: Desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas O radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente.
Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.
Revisión proactiva: Compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la toma de decisiones para generar mejoras en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). (Numeral 31. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Revisión reactiva: Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. (Numeral 32. Artículo 2.2.4.6.2. Decreto 1072 de 2015).
Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposicio nes o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por est
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