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MINTRABAJO - Resolución 5137 de 2024

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 5137 de 2024
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2024

REPUBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Orden MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO 5 13 / DE 2024 ( 20 NOV 2024 > “Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031” LA MINISTRA DEL TRABAJO En ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular las conferidas por el numeral 10 del artículo 2” y el numeral 7” del artículo 6” del Decreto 4108 de 2011

CONSIDERANDO: Que la Resolución No. 3077 de 2022, expedida por el Ministerio del Trabajo el 29 de julio de 2022 “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031”, establece el Sexto Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual fue consensuada con los actores del Sistema General de Riesgos Laborales, revisada, ajustada y validada por el Comité Nacional en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Que la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 "Colombia potencia mundial de la vida", tiene como propósito sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida, a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestra forma de relacionarnos con el ambiente, y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Que el Plan Nacional de Desarrollo está compuesto por cinco ejes de transformaciones: (a) ordenamiento del territorio alrededor del agua, (b)

sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Que el Plan Nacional de Desarrollo está compuesto por cinco ejes de transformaciones: (a) ordenamiento del territorio alrededor del agua, (b) seguridad humana y justicia social, (c) derecho humano a la alimentación, (d) transformación productiva, internacionalización y acción climática, y (e) convergencia regional. Que en el eje de seguridad humana, se trabajará en habilitadores que potencien la seguridad humana y las oportunidades, entre otros, el sistema de protección social como pilar fundamental de la seguridad fortaleciendo instrumentos que cubran los riesgos de desempleo y protección a la vejez, con el propósito de avanzar hacia una protección universal de la población, siendo necesario priorizar la atención de los más pobres y vulnerables de manera gradual y focalizada, bajo principios de integralidad, efectividad y eficiencia. Que, de igual manera, contempla en el habilitador trabajo digno y decente en el eje de seguridad humana, que una de las condiciones para las transformaciones del aparato productivo, es el logro de garantías de trabajo decente en el cual losRESOLUCIÓN NÚMERO 3137 pez024 HOJA 2de 5 2() NOV 2024

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031" trabajadores y las trabajadoras puedan acceder a empleo e ingresos dignos, con seguridad en el lugar de trabajo y la protección social, con entornos laborales en los cuales se propicie el diálogo y el cumplimiento de sus derechos.

Que, para lograr lo anterior, se trabajará en fortalecer las políticas de trabajo digno y decente, teniendo en cuenta las particularidades de diversos sectores y

los cuales se propicie el diálogo y el cumplimiento de sus derechos. Que, para lograr lo anterior, se trabajará en fortalecer las políticas de trabajo digno y decente, teniendo en cuenta las particularidades de diversos sectores y contextos, incluyendo las zonas rurales, con un enfoque de género y cierre de brechas. Asimismo, se implementarán estrategias que fortalezcan la inspección laboral para garantizar el cumplimiento de la normatividad. Además, se buscará extender la seguridad social, poniendo un énfasis especial en los grupos más vulnerables, como las trabajadoras domésticas del hogar y las cuidadoras remuneradas. Que una de las condiciones necesarias para disminuir los niveles de pobreza y de desigualdad, es garantizar el funcionamiento del Sistema de Protección Social que comprende, en términos globales, tres grandes componentes: (1) La seguridad social integral, salud, riesgos laborales y protección al cesante; (1!) La promoción social; y (III) Las políticas y programas de formación de capital humano. Estos componentes se complementan con mecanismos coyunturales para atender a grupos vulnerables en situaciones de crisis, así como con instrumentos que posibiliten el acceso de la población a activos físicos y financieros. Que es esencial garantizar el trabajo decente, lo cual incluye asegurar empleos e ingresos dignos, seguridad en el lugar de trabajo, protección social, y entornos laborales que fomenten el diálogo y el cumplimiento de los derechos laborales. Para mejorar la calidad de vida en el campo colombiano, se desarrollarán lineamientos específicos para el trabajo en zonas rurales en coordinación con las autoridades territoriales. Además, se realizará un estudio para diseñar el modelo de aseguramiento y protección de riesgos laborales.

Para mejorar la calidad de vida en el campo colombiano, se desarrollarán lineamientos específicos para el trabajo en zonas rurales en coordinación con las autoridades territoriales. Además, se realizará un estudio para diseñar el modelo de aseguramiento y protección de riesgos laborales. Que para la definición de este modelo de protección, es necesario el desarrollo de dos estudios técnicos tendientes a: ¡) definir el modelo de protección de riesgos laborales para la población vulnerable del área rural, acorde con sus condiciones sociodemográficas y socioeconómicas, ocupaciones que realizan y las condiciones de trabajo, salud y vida, teniendo en cuenta los contextos específicos de las actividades económicas de la ruralidad, teniendo en cuenta los enfoques diferenciales adoptados por el Ministerio del Trabajo: género, étnico, etario, discapacidad y territorial y, ii) realizar un estudio de viabilidad respecto al incremento del aporte del 1% al 3% del total de la cotización al Fondo de Riesgos Laborales, como mecanismo de financiamiento para garantizar la implementación del modelo. Que la Ley 731 de 2002 tiene como objeto “mejorar la calidad de vida de las mujeres rurales, priorizando las de bajos recursos y consagrar medidas específicas encaminadas a acelerar la equidad entre el hombre y la mujer rural”. Asimismo, se busca proteger a la mujer rural en la prevención de riesgos laborales con enfoque de género dentro del marco de la política de trabajo digno y decente. Estas actividades deben fortalecer a las mujeres rurales que trabajan en actividades agrícolas, pesqueras y artesanales, mediante acciones de fomento y prevención de riesgos laborales.RESOLUCIÓN NÚMERO 5131 DE 2024 HOJA 3 de 5 20 NOV 202

en actividades agrícolas, pesqueras y artesanales, mediante acciones de fomento y prevención de riesgos laborales.RESOLUCIÓN NÚMERO 5131 DE 2024 HOJA 3 de 5 20 NOV 202

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031” Que en virtud de lo anterior, el Ministerio del Trabajo en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 7 del artículo 6 del Decreto Ley 4108 de 2011, considera necesario adicionar estos compromisos al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 20222031, para incluir nuevas líneas operativas en el marco de las lineas estratégicas existentes, definiendo actividades, metas, actores participantes del Sistema General de Riesgos Laborales, indicadores de seguimiento y resultado, y plazo de ejecución, con el fin de garantizar su cumplimiento y beneficiar la población de trabajadores y trabajadoras más vulnerables del país.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Adóptese la Adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031. Adóptese la Adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031, contenido en el anexo técnico que forma parte integral de la presente Resolución con sus indicadores, el cual deberá ser aplicado por todos los actores del Sistema General de Riesgos Laborales, en el ámbito de sus competencias y obligaciones. Artículo 2. Aplicación e Implementación de la Adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031. La implementación de la Adenda

Laborales, en el ámbito de sus competencias y obligaciones. Artículo 2. Aplicación e Implementación de la Adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031. La implementación de la Adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031, deberá ser aplicado por todos los actores del Sistema General de Riesgos Laborales, en el ámbito de sus competencias y obligaciones.

Parágrafo: El cumplimiento de este anexo no exime del cumplimiento técnico de la Resolución No. 3077 de 2022 “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031".

Artículo 3. Adicionar las Líneas operativas del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Adicionar las siguientes líneas operativas y actividades al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031, relacionadas así: 3.1. Línea estratégica 1: Gestionar la transversalidad de la seguridad y la salud en el trabajo y la cultura de la cobertura al Sistema General de Riesgos Laborales en el conjunto de políticas públicas: Línea Operativa 1.5. Desarrollar y fortalecer modelos de protección de riesgos laborales específicos para poblaciones vulnerables en el sector rural, Actividades: 1.5.1. Realizar un estudio técnico con el fin de desarrollar un modelo de aseguramiento de protección de riesgos laborales específico dirigido a la población vulnerable del sector rural en Colombia, considerando sus condiciones sociodemográficas, socioeconómicas y laborales. 1.5.2. Realizar un estudio de viabilidad para evaluar el incremento del aporte del 1% al 3% del total de la cotización al Fondo de Riesgos Laborales, según lo

condiciones sociodemográficas, socioeconómicas y laborales. 1.5.2. Realizar un estudio de viabilidad para evaluar el incremento del aporte del 1% al 3% del total de la cotización al Fondo de Riesgos Laborales, según lo establecido en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley 1562 de 2012, como mecanismo para garantizar la implementación del modelo de protección de riesgos laborales.RESOLUCIÓN NÚMERO 5137 DE2024 HOJA 4 de 5 20 NOV 2024

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031" 3.2. Línea Estratégica 2: Establecer mecanismos para garantizar la salud de los trabajadores y promover el trabajo digno y decente.

Línea Operativa 2.4. Fortalecer a la mujer rural en la prevención de riesgos laborales en el marco de la política de trabajo digno y decente.

Actividades: 2.4.1. Realizar la caracterización sociodemográfica de condiciones de salud y trabajo. 2.4.2. Realizar Capacitación sobre riesgos ocupacionales específicos de la labor que desempeñan. 2.4.3. Realizar sensibilización social para la conformación y fortalecimiento de instancias asociativas. 2.4.4. Realizar asistencia técnica para la implementación de medidas sencillas de control de los riesgos prioritarios, tanto en el trabajo productivo, como reproductivo.

Línea Operativa: 2.5. Desarrollar acciones de promoción de la salud mental, y prevención de riesgos psicosociales dirigidas a los trabajadores del sector informal de la economía.

Actividades:

reproductivo.

Línea Operativa: 2.5. Desarrollar acciones de promoción de la salud mental, y prevención de riesgos psicosociales dirigidas a los trabajadores del sector informal de la economía.

Actividades: 2.5.1. Elaborar instrumentos para la evaluación de factores de riesgo psicosociales en trabajadores del sector informal de la economía. 2.5.2. Realizar la caracterización sociodemográfica y sus efectos en la salud mental de los trabajadores informales. 2.5.3. Implementar acciones de psicoeducación en salud mental y capacitación sobre la prevención de riesgos psicosociales, incluyendo los componentes intralaborales y extralaborales, así como la gestión del estrés y la prevención de trastornos mentales.

Línea Operativa: 2.6. Integrar enfoques diferenciales y territoriales en la identificación de condiciones de trabajo y Seguridad y Salud en el Trabajo - SST en población vulnerable, evaluación y mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad y Salud en el Trabajo - SST.

Actividades: 2.6.1. Caracterizar las condiciones de trabajo y Seguridad y Salud en el Trabajo - SST de los trabajadores formales e informales desde los enfoques diferencial

(etario, género, étnico, discapacidad) y territorial. 2.6.2. Elaborar diagnósticos y/o documentos técnicos sobre las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo - SST de los trabajadores formales e informales por sectores económicos y zonas geográficas. 3.3. Línea Estratégica 4: Fomentar la cultura del autocuidado, promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores y la prevención de los riesgos laborales, para el logro del bienestar y calidad de vida laboral.

3.3. Línea Estratégica 4: Fomentar la cultura del autocuidado, promoción de la seguridad y la salud de los trabajadores y la prevención de los riesgos laborales, para el logro del bienestar y calidad de vida laboral.

Línea Operativa: 4.13, Integrar el enfoque de género en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Actividades: RESOLUCIÓN NÚMERO 5137 DE2024 HOJA 5de5 7) NOV 2024

Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031" 4.13.1 Elaborar una guía técnica con los lineamientos para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) con enfoque de género. 4.13.2, Realizar actividades de capacitación y socialización sobre los lineamientos para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) con enfoque de género.

Artículo 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase, Dada en Bogotá, D. C. a los 2 0 NOV 2024 das lvl GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS Ministra del Trabajo

Proyectó: Gerly Lorena Cortés Lozano?

Jenny Samantha Boyacá 42: Sharon Acosta Moreno. Nina Ximena Suarez , —

Revisó: Jully Carolina Sáenz ras

Jorge Enrique Fernández V. En] Alix del Pilar Sepúlved“ HE .

Vo. Bo: Diana Carolina Galindo Poblador WDC

Nazly Mileth Rodriguez Moren

Nina Ximena Suarez , —

Revisó: Jully Carolina Sáenz ras

Jorge Enrique Fernández V. En] Alix del Pilar Sepúlved“ HE .

Vo. Bo: Diana Carolina Galindo Poblador WDC Nazly Mileth Rodriguez Moren Aprobó: Andrés Felipe Quintero ValenciaGOBIERNO DE COLOMBIA FORMATO MEMORIA JUSTIFICATIVA

TED! DEL TRABA. e MINO ERIO BAJO 113 de Noviembre de 2024 A | “Por la cual se adopta una adenda al Plan Nacional de Seguridad y Salud Jen el Trabajo 2022-2031”

1. ANTECEDENTES Y RAZONES DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA QUE JUSTIFICAN SU

EXPEDICION.

La Resolución 3077 de 2022, expedida por el Ministerio del Trabajo, adoptó el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031, que fue consensuado con los actores del Sistema General de Riesgos Laborales y validado por el Comité Nacional en Seguridad y Salud en el Trabajo. La Ley 2294 de 2023, que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia: Potencia Mundial de la Vida", busca transformar el país en un líder en la protección de la vida mediante un nuevo contrato social que promueva la justicia y la inclusión. El Plan Nacional de Desarrollo incluye el habilitador de trabajo digno y decente en su eje de seguridad humana, para garantizar condiciones de trabajo decente y acceso a seguridad social, especialmente en zonas rurales y con un enfoque de género. Se fortalecerá la inspección laboral y se crearán mecanismos para extender la seguridad social a los grupos más vulnerables, como las trabajadoras domésticas y las cuidadoras remuneradas.

de género. Se fortalecerá la inspección laboral y se crearán mecanismos para extender la seguridad social a los grupos más vulnerables, como las trabajadoras domésticas y las cuidadoras remuneradas. El Plan Nacional de Desarrollo está compuesto por cinco ejes de transformación: (a) ordenamiento del territorio alrededor del agua, (b) seguridad humana y justicia social, (c) derecho humano a la alimentación, (d) transformación productiva, internacionalización y acción climática, y (e) convergencia regional. En el eje de seguridad humana, se fortalecerá el sistema de protección social para cubrir riesgos de desempleo y protección a la vejez, priorizando a los más pobres y vulnerables. Con el fin de reducir la pobreza y la desigualdad, se garantizará el funcionamiento del Sistema de Protección Social, que incluye la seguridad social integral, promoción social y formación de capital humano. Además, se desarrollará un modelo de aseguramiento de protección de riesgos laborales para la población laboral vulnerable en el sector rural, fortaleciendo el campo como base de la seguridad alimentaria y los servicios ecosistémicos. Además, se realizará un estudio técnico para definir este modelo de aseguramiento y evaluar la viabilidad del incremento del aporte al Fondo de Riesgos Laborales. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo busca proteger a la mujer rural en la prevención de riesgos laborales con enfoque de género, en el marco de la política de trabajo digno y decente. Las actividades necesarias para fortalecer a las mujeres rurales que laboran en actividades agrícolas, pesqueras y artesanales incluirán acciones de fomento y prevención de riesgos laborales especificamente diseñadas para ellas.

2. AMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS A QUIENES VA DIRIGIDO

rurales que laboran en actividades agrícolas, pesqueras y artesanales incluirán acciones de fomento y prevención de riesgos laborales especificamente diseñadas para ellas.

2. AMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS A QUIENES VA DIRIGIDO La Resolución tendrá un ámbito de aplicación a nivel nacional y estará dirigida a: e Ministerio del Trabajo,GOBIERNO DE COLOMBIA FORMATO MEMORIA JUSTIFICATIVA | + Actores del Sistema General de Riesgos Laborales (empleadores, contratantes, trabajadores independientes y aseguradoras de riesgos laborales, entre otros). e Población vulnerable, en especial la del sector rural en Colombia. e Trabajadores del sector informal de la economía. e Trabajadores formales e informales desde los enfoques diferencial (etario, género, étnico, discapacidad) y territorial.

3. VIABILIDAD JURÍDICA 3.1 Análisis de las normas que otorgan la competencia para la expedición del proyecto normativo.

En ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular las conferidas por el numeral 10 del artículo 2? del Decreto 4108 de 2011 y el numeral 7 del artículo 6 del Decreto No. 4108 de 2011. 3.2 Vigencia de la ley o norma reglamentada o desarrolladaNo aplica 3.3. Disposiciones derogas, subrogadas, modificadas, adicionadas o sustituidas. No aplica 3.4 Revisión y análisis de la jurisprudencia que tenga impacto o sea relevante para la expedición del proyecto normativo (órganos de cierre de cada jurisdicción) No aplica 3.5 Circunstancias jurídicas adicionales No Aplica 4, pai ECONÓMICO CIÓN se een)

(órganos de cierre de cada jurisdicción) No aplica 3.5 Circunstancias jurídicas adicionales No Aplica 4, pai ECONÓMICO CIÓN se een) JN Tave anal 8] COS 1 d implementación del aclO Sarministrativo La implementación del respectivo acto administrativo no implica costo adicional para las empresas o el Estado.

5. VIABILIDAD 0 DISPONIBILIDAD RRESUPUESTAL mp se requiere)

(Por favor ndíque si cuenta con los recursos presupuestales disponibles para la implementación del proyecto normalivo) No requiere disponibilidad presupuestal.GOBIERNO DE COLOMBIA FORMATO MEMORIA JUSTIFICATIVA

6. IMPACTO MEDIOAMBIENTAL O SOBRE EL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN (Si se requiere) La Resolución no tiene impacto alguno en el medioambiente, ni en el patrimonio cultural de la Nación.

Datrimnr hrs ra la PatiHQraH CONTE 4 a]

7. ESTUDIOS TÉCNICOS QUE SUSTENTEN EL PROYECTO NORMATIVO (Si cuenta con ellos) No hay estudios técnicos.

O a Se Certificación de cumplimiento o requisitos de consulta, "publicidad y de¡ incorporación en la agenda regulatoria (El 19 da pc Y al Servido! pubnec o competente —£ intidad ong nao ra) Concepts) de: Winisteñio de Comercio lui a al evaluación de conforn a de obseraciones 2 respuestas (Ané E 516 del | Mí me cl Ha evalua LL grupos de inter DS c ot re aj pr Uer 16 ' Concepto de AbOgaca de la Competencia E la Superintendencia de Industria y Comercio mercados) Concepto de aprobación nuevos trámites del Departamento Administrativo de la

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ANDRES FELIPE QUINTERO VALENCIA

Jefe Oficina Asesora Jurídica

ALIMEAMNBUES DIANA Dic GALINDO POBLADOR

Directora Dirección de Riésgos Laborales ¡Po Sopa ENRIQUE FERNANDEZ VARGAS rdinador del grupo de promoción y prevención del Ministerio del Trabajo Dirección de Riesgos LaboralesADENDA

PLAN NACIONAL DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

2022-2031 www.mintrabajo.gov.coPRESENTACIÓN 1] Trabajo Ministerio del Trabajo

GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS

Ministra del Trabajo

LUISA FERNANDA GÓMEZ DUQUE

Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección

CARLA ESTEFANIA POVEDA GUTIERREZ

Secretaria General DIANA CAROLINA GALINDO POBLADOR Directora de Riesgos LaboralesEl Decreto 4108 de 2011, establece que es función de la Dirección General de Riesgos Laborales diseñar las políticas, normas, estrategias, programas y proyectos para el desarrollo del sistema general de riesgos profesionales (hoy riesgos laborales). La promoción de la seguridad, la salud en el trabajo y la prevención de los riesgos laborales son las principales y más importantes tareas que tiene la seguridad y salud en el trabajo y el Sistema General de Riesgos Laborales, pues de ellas depende la razón de ser del mismo y el mejoramiento de la calidad

la salud en el trabajo y la prevención de los riesgos laborales son las principales y más importantes tareas que tiene la seguridad y salud en el trabajo y el Sistema General de Riesgos Laborales, pues de ellas depende la razón de ser del mismo y el mejoramiento de la calidad de vida y de trabajo de los colombianos. El Ministerio del Trabajo define construir una política pública en riesgos laborales articulada con las otras políticas públicas relacionadas con el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Educación Nacional, entre otros, bajo las directrices de organismos internacionales como son la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de Salud, la Comunidad Andina de Naciones y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social; de manera consensuada con la participación activa de todos los actores del Sistema General de Riesgos Laborales del país. El trabajo conjunto con todos los actores del Sistema General de Riesgos Laborales permitió identificar, categorizar, planear y elaborar un Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para los próximos 10 años, que contribuya al mejoramiento de las condiciones de salud y de las condiciones de trabajo de todos los trabajadores dependientes, independientes, cuenta propia, informales y de población vulnerable en el territorio nacional. La implementación del Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo basado en la construcción de una cultura de autocuidado con el compromiso de todos los actores para la promoción de la salud en los lugares de trabajo y la prevención de la exposición a peligros laborales, facilitará el cumplimiento de los objetivos de este decenio dirigidos a: tener un trabajo digno y decente, con cobertura en riesgos laborales, que disminuya los accidentes de trabajo y la enfermedad laboral, que genere calidad de vida

de la exposición a peligros laborales, facilitará el cumplimiento de los objetivos de este decenio dirigidos a: tener un trabajo digno y decente, con cobertura en riesgos laborales, que disminuya los accidentes de trabajo y la enfermedad laboral, que genere calidad de vida y bienestar con productividad y sostenibilidad. El Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2022-2031, en su versión actual, presenta siete líneas estratégicas, 36 líneas operativas, 6 objetivos, 36 metas y 112 actividades, que serán monitoreadas anualmente mediante 147 indicadores de gestión y producto. Además, estos serán evaluados cada cinco años utilizando 31 indicadores de resultado. Adaptado a los objetivos del Plan de gobierno "Colombia: Potencia Mundial de la Vida", el plan decenal 2022-2031, en el presente anexo técnico, incluye 5 líneas operativas, 8 metas y 13 actividades, con un seguimiento anual a través de 8 indicadores de gestión y producto. LÍNEAS ESTRATÉGICAS Y LÍNEAS OPERATIVAS DEL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 20222031| Línea Estratégica Línea Operativa Línea 1: Gestionar la transversalidad de la seguridad y la salud en el trabajo y la cultura de la cobertura al Sistema General de Riesgos Laborales en el conjunto de políticas públicas. 1.1 Fomentar el incremento de la cobertura al Sistema General de Riesgos Laborales. 1.2 Fomentar la cultura de la seguridad social en los ciudadanos a nivel nacional y territorial que involucren instituciones privadas y públicas del sector salud, trabajo y de riesgos laborales, colegios, universidades, instituciones del Estado y medios

1.2 Fomentar la cultura de la seguridad social en los ciudadanos a nivel nacional y territorial que involucren instituciones privadas y públicas del sector salud, trabajo y de riesgos laborales, colegios, universidades, instituciones del Estado y medios de comunicación, entre otros, que giren bajo la premisa de fortalecer y cuidar del Sistema General de Riesgos Laborales. 1.3 Fomentar la cultura del aseguramiento y de la protección de los riesgos laborales en empleadores, contratantes y trabajadores. a e Pa o o ——+Y 1.4 Integrar y promover el desarrollo de estrategias de prevención en seguridad y salud en el trabajo y gestión del riesgo e todas las políticas públicas. 1.5 Desarrollar y fortalecer modelos de protección de riesgos laborales específicos para poblaciones vulnerables en el sector rural. Línea 2: Establecer mecanismos para garantizar la salud de los trabajadores ensus oficios y promover el trabajo digno y decente. 2.1 Articular las acciones de vigilancia en salud de los trabajadores para la gestión del riesgo a nivel nacional y territorial. 2.2 Articular las acciones de prestación de servicios por Institución Prestadora de Salud, Entidad Promotora de Salud y Administradora de Riesgos Laborales o quienes hagan sus veces, y el aseguramiento en riesgos laborales. 2.3 Fortalecer las acciones de promoción de la salud, seguridad y gestión en riesgos ocupacionales en poblaciones de trabajadores formales e informales, poblaciones vulnerables y población trabajadora en actividades de alto riesgo. 2.4 Fortalecer a la mujer rural en la prevención de riesgos laborales en el marco de la política de trabajo digno y decente. 2.5 Desarrollar acciones de promoción de la salud mental y prevención de riesgos psicosociales dirigidas a los

2.4 Fortalecer a la mujer rural en la prevención de riesgos laborales en el marco de la política de trabajo digno y decente. 2.5 Desarrollar acciones de promoción de la salud mental y prevención de riesgos psicosociales dirigidas a los trabajadores del sector informal de la economía. 2.6 Integrar enfoques diferenciales y territoriales en la identificación de condiciones de trabajo y Seguridad y Salud en el Trabajo en población vulnerable, evaluación y mejora de las condiciones de trabajo y Seguridad y Salud en el Trabajo - SST. 3.1 Visibilizar la gestión del Consejo Nacional de Riesgos Laborales como órgano consultor del Gobierno nacional.Línea 3: Fortalecer institucionalmente la seguridad y la salud en el trabajo. 3.2 Impulsar el cumplimiento de las responsabilidades otorgadas a la red de comités de seguridad y salud en el trabajo (comité nacional, comités seccionales y locales), Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo/Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo y Comité de Convivencia Laboral en la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, bienestar y calidad de vida laboral y gestión del riesgo ocupacional. 3.3 Fortalecer el liderazgo de las comisiones nacionales de seguridad y salud en el trabajo por sectores económicos como instancias técnicas y operativas para el desarrollo e implementación de los planes, programas y acciones de Promoción y Prevención de la Seguridad y Salud en el Trabajo. 3.4 Empoderar los procesos de inspección, vigilancia y control de la gestión del riesgo ocupacional por empleadores, trabajadores, entidades de la seguridad social (Institución Prestadora de Salud / Entidad Promotora de Salud / Administradora de Riesgos Laborales / Cajas de Compensación Familiar).

trabajadores, entidades de la seguridad social (Institución Prestadora de Salud / Entidad Promotora de Salud / Administradora de Riesgos Laborales / Cajas de Compensación Familiar). 3.5 Articular las acciones de Inspección, Vigilancia y Control de las secretarías de salud y las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo. 3.6 Fortalecer el recurso humano en Inspección, Vigilancia y Control en acciones para la gestión preventiva del riesgo, el seguimiento a la implementación de los Sistemas de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo por los empleadores y al asesoramiento de las Administradora de Riesgos Laborales para la prevenció

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