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MINTRABAJO - Circular 0027 de 2026

Ministerio de Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Circular 0027 de 2026
Autor
Ministerio de Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2026

Trabajo Bogotá D.C.

PARA: ASUNTO: 2 5 FEB 2026CIRCULAR nol 0 2 [A 2026

EMPLEADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS CONTRATANTES DE PERSONALBAJO MODALIDAD DE CONTRATO CIVIL, COMERCIAL OADMINISTRATIVO, TRABAJADORES DEPENDIENTES E INDEPENDIENTES,ORGANIZACIONES DE ECONOMIA SOLIDARIA Y DEL SECTORCOOPERATIVO, AGREMIACIONES O ASOCIACIONES QUE AFILIANTRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIALINTEGRAL, EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES Y TRABAJADORES ENMISIÓN, ESTUDIANTES AFILIADOS AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOSLABORALES, ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES; POLICÍANACIONAL EN LO QUE CORRESPONDE A SU PERSONAL NO UNIFORMADOY AL PERSONAL CIVIL DE LAS FUERZAS MILITARES; QUIENES DEBENIMPLEMENTAR LOS ESTÁNDARES MÍNIMOS DEL SISTEMA DE GESTIÓNDE SST EN EL MARCO DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DELSISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES.

MINISTRO DEL TRABAJO Registro anual de autoevaluaciones de estándares mínimos y planes demejoramiento del SG-SST En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26 de la Resolución 0312 de 2019, “Por /acual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en elTrabajo (SG-SST/’, a partir del año 2020 todas las empresas públicas y privadas, así comolos demás destinatarios de la presente Circular, deben aplicar en el mes de diciembre laautoevaluación conforme a la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos delSG-SST, mediante el diligenciamiento del formulario establecido en el artículo 27 de la citadaresolución. Así mismo, el parágrafo 2 del artículo 28 de la Resolución 0312 de 2019 dispone que lasautoevaluaciones y los planes de mejoramiento deberán registrarse de manera progresiva Ministerio del TrabajoSede administrativaDirección: Carrera 7 No. 31-10Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19,20, 21,22,23,24 y 25 Atención presencial Línea nacional gratuita,Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo:Territorial o Inspección Municipal 018000 112518 Loidel Trabajo. www.mintrabajo.gov.co Página | 1Conmutador: (601) 5185830Bogotá

40027 en la aplicación habilitada en la página web del Ministerio del Trabajo o por el medio que este indique. En consecuencia, el Ministerio del Trabajo informa que para la vigencia 2026, el registro de la autoevaluación correspondiente al año 2025 y del respectivo plan de mejoramientodeberá efectuarse en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de RiesgosLaborales, a través del siguiente enlace: https: //sgrl.mintrabajo.gov.co/ El plazo para realizar dicho registro estará comprendido hasta el 31 de julio de 2026”. Lo expuesto anteriormente debe realizarse en cumplimiento de los siguientes parámetros: 1 Todos los años los empleadores y contratantes, deben realizar la autoevaluación del año inmediatamente anterior y con base en los resultados establecer un plan de mejoramiento de los estándares mínimos y formular el plan anual del año en curso. 2 En consecuencia, todos los empleadores y contratantes deberán efectuar el registro de la autoevaluación de los estándares mínimos correspondientes a la vigencia 2025en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales (https: //sgrl.mintrabajo.gov.co/). 3 Seles recuerda a los empleadores y contratantes y a las Administradoras de Riesgos Laborales -ARLque tienen las siguientes responsabilidades en el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 0312 de 2019: a. Remitir copia de la autoevaluación de los estándares mínimos, correspondiente al año inmediatamente anterior (2025) y del plan de mejoramiento a la Administradora de Riesgos Laborales - ARL - para su

estudio, análisis, comentarios y recomendaciones. b. Rendir informe sobre el avance del plan de mejoramiento en el mes de julio de cada año, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Administradora de Riesgos Laborales -ARL-. Ministerio del TrabajoSede administrativa Atención presencial Ries Linea nacional gratuita,Dirección: Carrera 7 No. 31-10 con a previa en oe Dirección desde teléfono fijo:Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19, Valli E Inspección Municipal 018000 112518 Página | 220, 21,22,23,24 y 25 el Trabajo. www.mintrabajo.gov.coConmutador: (601) 5185830BogotáTrabajo | 0027 a En el mes de diciembre debe formularse el plan anual del SG-SST para lasiguiente vigencia, el cual iniciará su ejecución el primero (1°) de enero delaño siguiente.d. Las Administradoras de Riesgos Laborales -ARLdeberán informar a lasDirecciones Territoriales u Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo, loscasos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del reporte de laautoevaluación y del plan de mejoramiento por parte de sus empresas afiliadas. Es necesario que los empleadores y contratantes tengan en cuenta que al ser un sistemade gestión cíclico y de mejora continua, es indispensable ejecutar su plan anual, realizar,registrar las autoevaluaciones y formular los planes de mejora cada año efectuando elregistro dentro de los plazos establecidos en la presente Circular. La presente circular rige a partir de su publicación y deja sin efecto aquellas disposiciones

que le sean contrarias. Atentamente, DPVG== 26 FEB 2026'TONIO ERE SMID SANGUINO PÁEZsi ERERO DEL TRABAJO Funcionario/Contratista Nombre Cargo y Firma Proyectado por: Jorge Enrique Fernandez Vargas Coordinador Grupo P y P Dirección de eRiesgos Laborales AVRevisado por: Wilmar Julián Rincon Mariño Director de Riesgos Laborales E Aprobado por: Sandra Milena Muñoz Cañas Viceministra de Relaciones Laborales e YInspecciónCamila Andrea Bohorquez Rueda Jefe Oficina Asesora Jurídica € a Declaramos que el documento ha sido elaborado y revisado conforme a las normas y disposiciones legales vigentes, y que su contenido reflejafielmente los criterios jurídicos y técnicos aplicables. Ministerio del Trabajo Atención presencial Línea nacional gratuita,y auye o. 31-10 Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo: :Pisos:3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19 Territorialo Inspección Municipal 018000 112518 PapiEI EGE nt Oa a del Trabajo. www. mintrabajo.gov.co agina | 320, 21,22,23,24 y 25Conmutador: (601) 5185830Bogota

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