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MINTRABAJO - Circular 0034 de 2026

Ministerio de Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Circular 0034 de 2026
Autor
Ministerio de Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2026

Bogotá., 3 () MAR 2026

CIRCULAR No. 003 4

PARA: ENTIDADES, ORGANIZACIONES, EMPRESAS DEL SECTOR PUBLICO DE: O PRIVADO DEDICADAS A ACTIVIDADES DIFERENTES ALSERVICIO TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR.

MINISTRO DEL TRABAJO ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA EL REPORTE DE AUTOGESTION DEL PLANESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL DE LAS EMPRESAS CONMISIONALIDAD 2 DE ACUERDO CON LA RESOLUCION20223040040595 DE 2022 DEL MINISTERIO DEL TRANSPORTE.

El Ministerio del Trabajo, informa a todas las empresas publicas o privadasdedicadas a actividades diferentes al servicio de transporte terrestre automotorque en el marco de la normatividad vigente sobre el reporte de autogestión delosPlanes Estratégicos de Seguridad Vial (PESV), y teniendo en cuenta loestablecido en las siguientes disposiciones: La Resolución 0312 de 2019 del Ministerio de Trabajo en su artículo 32 define lodispuesto en el Artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el Artículo110 del Decreto Ley 2106 de 2019 que cita:

"ARTÍCULO 110. DISEÑO, IMPLEMENTACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL PLANESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL. El artículo 12 de la Ley 1503 de 2011,quedará así: Artículo 12. Diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico deSeguridad Vial. Toda entidad, organización o empresa del sector público oprivado, que cuente con una flota de vehículos automotores o noautomotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administrepersonal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégicode Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo conla metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con suSistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST (...)”(Subrayado fuera de texto) Pagina|1Atención presencial é Linea nacional gratuita,i Ñ Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo:O iO Po a 1 19, Territorial o Inspección Municipal 018000 112518 ;20, 21,22,23,24 y 25 del Trabajo. www.mintrabajo.gov.coConmutador: (601) 5185830Boaotá Ministerio del TrabajoSede administrativaEyTrabajo 0034 El Artículo 32 de la Resolución 0312 de 2019 del Ministerio del Trabajo: “Plan Estratégico de Seguridad Vial. Todo empleador y contratante que seencuentre obligado a implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial,deberá articularlo con el Sistema de Gestión de SST”. (subrayado fuera detexto)

El Artículo 1 de la Ley 2050 de 2020 “por medio de la cual se modifica y adicionala ley 1503 de 2011 y se dictan otras disposiciones en seguridad vial y tránsito": “Artículo 1. Verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial. Laverificación de la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vialcorresponderá a la Superintendencia de Transporte, los Organismos deTránsito o el Ministerio de Trabajo, quienes podrán, cada una en el marcode sus competencias, supervisar la implementación de los PlanesEstratégicos de Seguridad Vial - PESV. Las condiciones para efectuar laverificación serán establecidas en la Metodología que expida el Ministerio deTransporte en cumplimiento de lo establecido en el artículo 110 del Decreto-Ley 2106 de 2019 o la norma que la modifique, sustituya o derogue”.(Subrayado fuera de texto) Así mismo, en el anexo “METODOLOGIA PARA EL DISEÑO, IMPLEMENTACIÓN YVERIFICACIÓN DE LOS PLANES ESTRATÉGICOS DE SEGURIDAD VIAL PESV" dela Resolución No. 20223040040595 de 2022 en el Capítulo 1. Metodología parael diseño e implementación del PESV que indica: "(...) La misionalidad de las organizaciones para efectos del PESV, se defineen función de la exposición del riesgo se Seguridad Vial y la prestación o nodel servicio de transporte, por lo que está en metodología se establecen dosmisionalidades diferentes:Misionalidad 1: La de las empresas dedicadas a la prestación del serviciode transporte terrestre automotor.Misionalidad 2: La de las organizaciones dedicadas a actividad diferente altransporte.” (Subrayado fuera de texto)

El reporte de autogestión de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial conformea la metodología para el diseño, implementación y verificación de los planesestratégicos de seguridad vial adoptada mediante resolución 20223040040595de 2022 del Ministerio de Transporte en el que se establece en el Paso 20 de suanexo que: “La organización debe realizar un reporte de autogestión, el cual consiste enreportar anualmente por los medios que disponga la entidad verificadora quele corresponda (Ministerio de Trabajo, Superintendencia de Transporte uOrganismo de Tránsito) los resultados de la medición y análisis de losindicadores a los que hace referencia la Tabla 10. Indicadores de Gestión delPESV y la información que se lista a continuación con corte al 31 de diciembre Pagina|2Ministerio del Trabajo Atención presencial Lines nacional oratulia;Sede administrativa A A iDirección: Carrera 7 No. 31-10 Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo:Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19, Territorial o Inspección Municipal 018000 112518 .20, 21,22,23,24 y 25 del Trabajo. ate

Conmutador: (601) 5185830BoaotaTrabajo 0034 de cada año, teniendo en cuenta que el reporte se debe realizar a más tardarel 31 de enero de cada año (...)”.

Dado lo anterior, las entidades, organizaciones, empresas del sectorpúblico o privado dedicadas a actividades diferentes al servicio detransporte terrestre automotor (misionalidad 2) obligadas a diseñar eimplementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial, es decir, empresasque no tienen como objetivo principal el transporte, pero usan vehículosautomotores o no automotores propios o de propiedad de los trabajadores o decontratistas o de terceros para el desarrollo de sus actividades o que tenganpersonal que conduce vehículos al servicio de la organización, deberán realizarel reporte de autogestión del Plan Estratégico de Seguridad Vial en el siguienteformulario, a través del siguiente enlace o escaneando el código QR de ingresoal enlace: Enlace : https: //forms.office.com/r/64rXgTgVv4L Código QR: [m] op Los plazos para la presentación oportuna del reporte de autogestión del PlanEstratégico de Seguridad Vial - PESVse determinan por el último dígito (sincontar el dígito de verificación) del respectivo documento de identificación,conformea las siguientes fechas: PERSONA NATURAL | PERSONA JURÍDICA FECHA (último dígito (sin | (último dígito (sin |LÍMITE contar el dígito de contar el dígito deverificación) del | verificación) delrespectivo documento | respectivo documentode identificación) de identificación)6 de enero Oyl Oyl11 de enero 2y3 2y317 de enero 4y5 4y523 de enero 6y7 6y7Ultimo dia del 8y9 8y9mes de enero

Ministerio del TrabajoSede administrativaDirección: Carrera 7 No. 31-10Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19,20, 21,22,23,24 y 25Conmutador: (601) 5185830Boaotá Atención presencialCon cita previa en cada DirecciónTerritorial o Inspección Municipaldel Trabajo. Página]3Línea nacional gratuita,desde teléfono fijo:018000 112518www.mintrabajo.gov.coTrabajo 0034 Es pertinente señalar por esta cartera ministerial, que el reporte de autogestióndel PESV correspondiente al año 2025, tendrá plazo de presentación hasta elpróximo 30 de mayo de 2026. Para los años sucesivos todo reporte posterior al31 de enero de cada año se considerará extemporáneo, generando la aplicaciónde las sanciones previstas en el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012, y en lasdisposiciones que la adicionen, modifiquen o sustituyan En cumplimiento de la normatividad legal vigente, se convoca aempleadores(as), trabajadores(as) y contratistas(as) a asumir un compromisoactivo con la Seguridad y Salud en el Trabajo, mediante la implementación deacciones orientadas a la prevención y reducción de accidentes laborales ysiniestros viales, con el propósito de garantizar entornos de trabajo seguros ysaludables para toda la fuerza laboral del país.

Cordialmente, + Tp 3 0 MAR 2026TONIO ERESMID SANGUINO PAEZMINISTRO DEL TRABAJO Funcionario/Contratista Nombre Cargo FirmaProyectado por: Adriana Patricia Arevalo Beltran Contratista ES annDirección de Riesgos Laborales alLeydi Liliana Dueñas Arrigui Profesional EspecializadoDirección de IVC y GT aSergio Andrés Franco Reyes ContratistaAgencia Nacional de Seguridad Vial ZeFernando González Martinez ContratistaAgencia Nacional de Seguridad Vial Fernando González MeJulio Hernando Forigua Alfonso Contratista € DrépuaAgencia Nacional de Seguridad Vial 7Revisado por: Jorge Enrique Fernandez Vargas Coordinador PyP DRL yer (A Maira Alejandra Sanchez Bolaños Directora de Inspección, Vigilancia,, Control y Gestión Territorial YaleAprobado por: Wilmar Julian Rincon Marifio Director de Riesgos Laborales PetMaira Alejandra Sanchez Bolafios Directora de Inspección, Vigilancia, , |A Control y Gestión Territorial ya WweSandra Milena Muñoz Cañas Viceministra de Relaciones BMI LALaborales e Inspección -Camila Andrea Bohorquez Rueda Jefe Oficina Asesora Jurídica del peMinisterio del Trabajo WwWDaniel Mauricio Quiceno Archila Asesor Despacho del Ministro 3 .Declaramos que el documento ha sido elaborado y revisado conforme a las normas y disposiciones legales vigentes, y quesu contenido refleja fielmente los criterios jurídicos y técnicos aplicables.

7 Pagina|4o det rave Atención presencial Línea nacional gratuita,Sede administrativa y A a 7A Con cita previa en cada Direccién desde teléfono fijo:Dirección: Carrera 7. No. 31°10 Territorial o Inspección Municipal 018000 112518Pisos: 3, 5, 8, 9, 10,12,17,18,19 ia mapajo nee P : E20, 21,22,23,24 y 25 JO. www.mintrabajo.gov.coConmutador: (601) 5185830Boaota

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