MINTRABAJO - Circular 004 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Circular 004 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
' J ' 1
CIRCULACRO NJUNTA
PARA: EMPLEADORESY TRABAJADOREDSE PENDIENTES,
INDEPENDIENTYE S CONTRATISTAISN,S TITUCIONES
PRESTADODREAS SE RVICDIEOS SA LUYD T ALENTHOU MANEON
SALUD.
DE: MINISTDREOS SA LUYDP ROTECCSIOÓCNI YAD LE LT RABAJO
ASUNTOR:E COMENDACIPOANRAE LAS PROTEC.LACBIOÓRNA LD URANTE
ELC UARTPOI CDOE LA PANDEMPÍOARS ARS-Co(VC-O2V ID-19).
FECHA: J3 [ N2E0 22
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pruedbeaa sn tígdeunroal napt aen demia. Tenieenncd uoe nltoaa n teyrl iooisrm pactqousep uedperne senetnae rslee n torno labolraacaslrt ,e ramsi nistdeerT iraalbyeaS sja ol yuP dr oteSccioócnii anlst aaln o s destinadteae rsitcioars c uall aosr i guiente: 1.E xtrelmamasedr i ddaesb ioseguprairadp ardo tleasg aelryu d di smilnadue imra nda dese rvicioyts e cnoloegnsí aalsu d. 2.P ermeilat iisrl amoibelnitgoat teomripory,ad nefo o rmian medtiaanettanpo e rsonas sintomcoámtoia cassi ntomaástíi:c as, 2.1P.e rsonsaisn tomáitnidceapesn,d iseuríe tset'addteveu a sc unaecidóaond , factordese r iesdgeobe,ren a liaziasrl ampioserin et(to7de )í adse sedlien icio del ossí ntoEmsatsae.i slamnioer netqou ideepr reu edbiaa gnóas tica excepcdieól nap se rsondae6s 0a ñoosm ásm,e noredse3 a ñoosp ersonas carrera 13 w 32 -76Cód-igo Postal n0311, Bogotá o.e. Teléfo(n57-o 1:330) 50 00 •U negar at0u1i80009600t20a : •fa x:( 57•330510150 •www .minsalud.gov.co fifE3N2 E0 22
Eelm pleo edse todos con factores de riesgo, aunque en todos los casos el aislamiento debe siempre comenzar desde el inicio de síntomas. ·.-r . fi . . En relación <X>nla expedición del certificado de aislamiento o el certificado de incapacidad se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizarteletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa. En todo caso, debe recordarse que en virtud de la autonomía médica establecida en los artículos 105 de la Ley 1438 de 2011 y 17 de la Ley 1751 de 2015, Estatutaria en Salud, en concordancia con el articulo 50 de la Ley 23 de 1981, este acredita una incapacidad temporal del trabajador para desempeñar su actividad laboral. Tal certificado es producto de un acto médico y su expedición procede como consecuencia de la evaluación que efectúe el profesional tratante sobre el fistado clínico del paciente, sin que sea necesario el diagnó.stico fitiológico (prufiba diagnóstica). ·- •.fi 2.2. Personas asintomáticas, que son contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19, que tienen esquema incompleto de vacunación o sin vacuna, deben aislarse siete (7) días desde el primer día de exposición. Para efectos de la expedición del certificado de incapacidad o del certificado de aislamiento al confirmar un nexo epidemiológico, se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa; de no ser viables estas modalidades se sugiere ordenar la toma de prueba·para Covid19. Si el resultado de la prueba es negativo se suspenderá el aislamiento y podrá el trabajador reintegrarse a las actividades presenciales. Los contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completa no requieren asilamiento ni toma de prueba. Aunque se les recomendará evitar participar en aglomeraciones, eventos, o visitar personas mayores de 60 años menores de 3 años o con algún factor de riesgo durante siete (7) días desde el inicio de la exposición, y mantener el uso estricto de tapabocas.
3. Los empleadores no exigirán una prueba COVID-19 como requisito para regresar a desempeñar las actividades laborales al culminar el aislamiento.
4. Corresponde a empleadores y trabajadores, en virtud de los artículos 49 y 95 de la Constitución Política, ser solidarios y procurar el cuidado integral de su salud y de la comunidad, acatando la normatividad e instrucciones vigentes.
5. Observar las medidas de protección laboral adoptadas por el Ministerio del Trabajo contenidas en las Circulares 0021 de 17 de marzo de 2020, 0022 de 19 de marzo de
Omera 13 N-32 -76 -Código Postal 1103n, Bogotj D.C.
Teléfono: (S7 -1) 330SOOO • Línea gratuita: 018000960020. fax: (S7·1) 3305050 • www.mlnsalud.gov.co l3E N20E2 2
Eelm pleo Las alud edste o dos esd et odos 2020, 0027 de 29 marzo de 2020, 033 de 17 de marzo de 2020, 041 de 02 de junio de 2020, 047 de 5 de agosto de 2021 y 03 de 12 de eqero de 2022 para proteger el
empleo y la actividad productjva debido a la emergencia sanitaria. ·,fi; . fi.
PUBLÍQUYEC SÚEM PLASE
13E N2E0·2 2 Dada en Bogotá o.ae lo.s, FE NANDOR UIZG ÓMfi BRERABÁEZ Mi istro de Salud y Protecci Social o 7
Aprobó: Viceministrad eP lofiónSocial Viceminisbod eSa ludP ública yP res1ación deSe rvicios Directora deR egulaciónde Beneficios, Costos yT arifas del Aseguramiento enS alud Director de Epidemiologla yDem ograffa Directora JurlMdiicanislerio de Saludy P rotección Social VicemindislraeR elaciones Laboralese I nspección Ministerio del Trabajo Jefe Oficina Asesora JurldicaM inisterio deTlrab ajo
carrera 13 N° 32 -76-Cód igo Postal nom,Bogot6 o.e.
Teléfono: (57 -1)330 5000 • Uneag ratutia: 0180009600 20 • fax:( 57·1)33 05050 •www .mlnsalud.gcoov .