MINTRABAJO - Circular 0042 dl 5 8 2022 LINEAMIENTOS FONIÑEZ
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Circular 0042 dl 5 8 2022 LINEAMIENTOS FONIÑEZ
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
00 4 2
CIRCULAR Nº de 2022
5A G2O0 22 Bogotá o.eO. , PARA: Cajas de Compensación Familiar y las Entidades participantes en el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del FONIÑEZ DE: Ministro del Trabajo ASUNTO: Lineamientos Técnicos para el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del FONIÑEZ A través del ar:ículo 2.2.7.6.6 del Decreto 1072 de 2015, se indicó que el Ministerio del Trabajo teniendo en cuenta las orientaciones técnicas dadas por las entidades que integran la Comisión lntersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia; la instancia que corresponda para infancia y adolescencia, en el marco de la Atención Integral; así como, los parámetros adoptados por el Ministerio de Educación Nacional en lo referido a la jornada escolar complementaria (JEC); y, finalmente, en articulación con las Cajas de Compensación Familiar, expedirá los lineamientos técnicos para el desarrollo de los programas financiados con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ). El Ministerio de Educación Nacional, mediante Circular No. 18 del 14 de julio de 2022, adoptó os Lineamientos del Programa Jornada Escolar Complementaria JEC. Como consecuencia de lo señalado, en articulación con las Cajas de Compensación Familiar y a partir de las orientaciones dadas desde las entidades que conforman la Comisión lntersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia CIPI y con
los aspectos técnicos adoptados por el Ministerio de Educación Nacional en lo relacionado con la Jornada Escolar Complementaria (JEC), en la circular N. 18 del 14 de julio de 2022, el Ministerio del Trabajo coloca a disposición los lineamientos SedAed ministrativa AtencPiróens encial Línenaa ciognraalt uita DireccCiaórnr:1e 4rN ao . Seddee A tencailó n 018010102 518 99-33 Ciudadano Celular Pis6o,7s , 1 01,1 1,2 y 1 3 BogoCtaár r7eN roa3. 2 -63 120 TeléfoPnBoXs Puntdoesa tención www.mintrabajo.gov.co I Con Trabajo Decente el futuro es de todos @ f 'tJ# @mintrabajoco @MinTrabajoCo @MintrabajoCol OO 4 21 técnicos para el desarrollo de los programas financiados con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria
(FONIÑEZ).
Estos lineamientos orientan todo el proceso de planeación e implementación de los programas y servicios a la primera infancia, la infancia y adolescencia en desarrollo del Fondo y de los objetivos previstos en el Decreto 1072 de 2015, como compromiso con la garantía plena de los derechos de la niñez, a través de una oferta enmarcada en la atencién integral. Asimismo, la asistencia técnica derivada de estos lineamientos busca lograr una ejecución pertinente y articulada de los recursos del FONIÑEZ, reconociendo la diversidad del territorio, así como propiciar procesos que sumen a la efectiva
atención integral de la niñez, articulando la participación de otros actores, con la experiencia de las Cajas de Compensación Familiar, que redunden en el desarrollo integral de la niños, niñas y adolescentes en todo el territorio nacional. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1786 de 2021, por el cual se modificó el Capítulo 6 del Título 7, Parle 2, Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, que reglamenta el Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria- (FONIÑEZ), los Ministerios de Educación, Salud y Protección Social, Cultura y Deporte, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como entidades líderes técnicas de los temas desarrollados en el lineamiento y como parte de la Comisión lntersectorial para la Atención Integral a la Primera Infancia, brindarán asistencia técnica a las Entidades Territoriales Certificadas y Cajas de Compensación Familiar que lo requieran, en el marco de la implementación de servicio o programa que corresponda.
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ProyOe.cP toól: a nco"l AproObAóJfi: AnexLoi:n eamife:ntmoisñ ez Sede Administrativa Atención Presencial Línea nacional gratuita Dirección: :::arr1e4rN ao . SeddeeA tencailó n 018010102 518 99-33 Ciudadano Celular Pis6o,7s ,1 01,1 1,2 y 1 3 BogoCtaár r7eN roa3. 2 -63 120
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1 Con Trabajo Decente el futuro es de todos @ f @mintrabajoco @MinTrabajoCo - @MintrabajoCol
LINEAMIEPNATROLASA
IMPLEMENTDAECLID OENC RETO
FONIÑEZ Contenido INTRODUÓCNC. I.......................................................3.. ..................................................... 1 LINEAMIENPTAORAS L AI MPLEMENTÓANC DIELP ROGRAMAAT ENCION INTEGRAAL LA PRIMERAI NFANCEINAC OLOMBI.A. .....................4.. ......................... 1.1AN TECEDEYNM TAERSC DOE P OLÍTPIACRAEASL D ESARROILNLTOE GDREAL LAP RIMERA INFAN.C.I.A. ..........................................................4.. ............................................................. 1.2FO CALIZA.C.I.Ó.N. ...................................................5. ................................................... 1.3OR IENTACYIP ORNIENSC ITPÉICONSI PCAORSLA A I MPLEMENTDAECLPI RÓONG RA.M.A6. ..
A. APOYAERLD ESARRODLEPL ROO GRAMDAEPS R OMOCYIP ÓRNE VENCDIECÓ UNI DAEDNO SALUADL,I MENTAYNC UITÓRNI CPIAÓRLNAA NSI ÑAYNS I ÑOESNP RIMEIRNAF ANMCUIJAE,R ES GESTANYTE ENPS E RIODDELO A CTANCCOINÉA N FASEINLS O SM IPLR IMEDRÍOASDS EV IDA PARPAO TENCEILDA ERS ARROILNLTOE GR.A.L... ...........................7. .................................. ....
B. PRESTEALRS ERVIDCEEI DOU CACIINÓINC EINEA LLM ARCDOE L AA TENCIINÓTNE GRAL.
10 O SERVICDIEOE SD UCACIINÓINC EINAE LLM ARCDOE L AA TENCIIÓNNT EG.R.A.L. ..12. ........ □ FORTALEECNEL RO SE STABLECIMEIDEUNCTAOTSIL VAPO RSE STACDIEÓLSN E RVIDCEI O EDUCACIINÓINC EINAE LLN IVEPLR EESCO.L..A.R. ....................13. ...........................................
C. ACCESYDO I SFRDUETL EO SD ERECHCOUSL TURAELNLE ASP RIMEIRNAF AN.C.I.A.1 .4. ....
D. PROMOVEERL D ERECHAO L AR ECREACI.Ó.N. .....................1.6. ......................................
E. FORMACDIEÓT NA LENHTUOM AN.O. ......................................1...6.. ................................
F. INVERSEINIÓ NNF RAESTRU.C.T.U.R.A. ...................1.7. ...................................................
INTRODUCCIÓN La Constitución Política de Colombia reconoce la prevalencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y define en su artículo 44 que el Estado, la familia y la sociedad son corresponsables de la protección integral de sus derechos y de la promoción de su pleno desarrollo. Así lo reconoce también la Convención Internacional de los Derechos del Niño, adoptada en el país a través de la Ley 12 de 1991. La Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, amplía este marco y define el conjunto de normas sustantivas y procesales para asegurar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en condiciones de igualdad y equidad. De acuerdo con esta Ley, las políticas públicas constituyen el instrumento para
lograr su materialización y por eso es obligatoria su formulación en todos los órdenes territoriales, desde la gestión de los Consejos de Política Social como escenarios de intersectorialidad.. En este contexto la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre, establecida a través de la Ley 1804 de 2016, pone en el centro de la acción del Estado a las niñas y niños en primera infancia, definiendo como propósito esencial el compromiso con la generación de condiciones que aseguren su desarrollo integral. La intersectorialidad se reconoce como mecanismo idóneo para materializar la atención integral, en virtud de lo cual se le encarga su orientación técnica y estratégica a la Comisión lntersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia -CIPI. Con base en estos mismos principios, la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018 -2030, aprobada por el Consejo Nacional de Política Social en 2018, extiende el propósito de promover el desarrollo integral hacia toda la población menor de 18 años, desde un marco de intersectorialidad para configurar y viabilizar la atención integral. Mediante estas políticas, Colombia asume que el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes está estrechamente ligado a las condiciones relacionales, culturales, sociales, políticas, econónicas e históricas de los entornos donde se encuentran. Por ello, es imprescindible enfocar los esfuerzos de los diferentes actores de la sociedad para garantizar que cada niña, ni'io y adolescente cuente, en los diversos escenarios de su vida, con las condiciones y opor:unidades que le permitan potenciar sus capacidades, ejercer sus derechos, y configurar y materializar sus proyectos de vida de acuerdo con sus
aspiraciones individuales y responsabilidades ciudadanas. Los principios y postulados que ambas políticas comparten como referentes de su gestión para afianzar y fioyectar la responsabilidad con la promoción del pleno desarrollo de las niñas, niños y adolescentes se refieren a: ■ El enfoque de derechos y la protección integral, como pilares de la actuación colegiada de los actores ■ Las realizaciones como condiciones y estados que visibilizan el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. ■ La atención integral como vehículo para generar las condiciones que se requieren. ■ La intersectorialidad como mecanismo de gestión para lograr la implementación de la atención en función del desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. ■ La Ruta Integral de Atenciones -RIA como herramienta que ordena la gestión de las entidades y favorece la materialización de ofertas pertinentes, oportunas, flexibles, diferenciales, continuas y complementarias. ■ Los entornos como los escenarios en los que transcurre la vida de las niñas, niños y adolescentes y en los cuales se concretan las acciones de política: hogar, educativo, institucional, comunitario y espacio público, laboral, y virtual. Como se puede evidenciar, el país ha avanzado hacia la transformación de los procesos de formulación, implementación y evaluación de las políticas poblacionales, como resultado de la decisión de enfocar su atención en los sujetos a quienes se dirigen, asumir la integralidad como atributo de sus acciones y profundizar en el carácter intersectorial de la gestión. En tanto la educación es un servicio público que hace parte del andamiaje social que el Estado debe garantizar para que todas las personas en su diversidad, tengan posibilidades
de ejercer sus derechos, desarrollarse de manera plena, aprender a lo largo de la vida y consolidar su proyecto personal y social, la atención integral hace parte de su comprensión de la calidad. Esto se debe a que la atención integral orienta el servicio educativo hacia la generación de condiciones que se requieren para garantizar el ejercicio de los derechos y promover el desarrollo integral sobre la base de trayectorias educativas completas, partiendo de las características particulares de las niñas, niños y adolescentes, así como de sus realidades y contextos. Este lineamiento es una expresión de la intención que se ha trazado el país por promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, acudiendo a la atención integral como vía para ello, tanto para la primera infancia a través del componente de Atención Integral a la Primera Infancia, como para la infancia y la adolescencia a través de la Jornada Escolar Complementaria.
1 LINEAMIEPNATROLASA I MPLEMENTDAECLPI RÓONG RAMA
ATENCIIONNT EGRAA LL A PRIMERIAN FANCEINA COLOMBIA 1.1A ntecedyem natrecdsoe p olítpiacreaalds e sarrionltledoge rl aal primienrfaan cia Como se señaló anteriormente, la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre pone el énfasis de la actuación de las diferentes entidades y actores de la sociedad al servicio de las niñas y los niños entre los cero (O) y seis (6) años de edad, en función de favorecer su desarrollo integral. Esta Política consolida la intersectorialidad como el mecanismo idóneo para materializar la atención integral. El presente documento se enmarca en esta política y se alinea con su propósito de
garantizar el derecho al desarrollo integral de las niñas y niños desde la gestación y a lo largo de la primera infancia. En virtud de ello, promueve la generación de condiciones propicias para la atención integral en todos y cada uno de los entornos de desarrollo de las niñas y niños, que pueder. ser fortalecidos con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (Foniñez). Este documento también reconoce a las Cajas de Compensación Familiar como actores fundamentales en el desarrollo y bienestar en los territorios y aliados estratégicos, que por más de 20 años 1an brindado una atención de calidad a las niñas, niños y comunidades en las diferentes regiones del país. En esta medida, este primer apartado ofrece orientaciones técnicas para la implementación del Programa de Atención Integral a la Niñez Colombiana, en materia de Ai:ención Integral a la Primera Infancia, de conformidad con lo establecido por las políticas públicas. 1. 2F ocalización Conforme a lo señalado en el artículo 2.2.7.6.2 del Decreto 1786 de 2021, se presentan los siguientes cri:erios que orientan la priorización de la atención de los niños y niñas con inversión de los recursos del Foniñez. Para el ingreso a cualquiera de los programas financiados se tienen en cuenta, se requerirá que cada niña o niño cumpla con al menos uno de los siguientes criterios, los cuales no se encuentran listados en ningún orden de prioridad: • Población víct ma de hechos violentos asociados al conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011, incluida en el Registro Único de Víctimas RUV.
- Población que habita en zonas geográficas de alto riesgo de vulnerabilidad de derechos, lo cual se validará mediante visita domiciliaria o recibo de servicios públicos. ■ Niñas, niños, mujeres gestantes o en periodo de lactancia con alguna condición de malnutrición. ■ Pertenecientes a comunidades étnicas (indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, Palenqueros, Raizales y Rom), que demanden el servicio. • Niños y niñas con discapacidad. • Niñas y niños cuyos padres estén en establecimientos de reclusión. • Población migrante, refugiada o apátrida en condiciones de vulnerabilidad. ■ Niños y niñas con procesos de restablecimiento de derechos. ■ Población que se encontraba activa en los servicios de primera infancia antes de entrar en vigencia el Decreto 1786 de 2021. ■ Niños y niñas ,asta los € años, hijos de trabajadores subsidiados, afiliados a la Caja de Compensación Familiar correspondiente. ■ Para convenios con entidades públicas, se podrá incluir el factor de vulnerabilidad del SISBEN, según metodología IV.
Si el niño o niña cumple con al menos uno de los criterios de focalización, pero no cuenta con los respectivos soportes, se podrá realizar visita familiar y confirmar las condiciones que sustentan el cumplimiento de alguno de los criterios antes referidos. Otros criterios para tener en cuenta son los siguientes: • En el nivel preescolar se focalizarán los establecimientos educativos con población afiliada y no afiliada para el desarrollo del programa de fortalecimiento de la educación inicial en el marco de la atención integral. • Para el caso de padres, madres o representantes legales de niñas y niños en primera
infancia que participarán en los programas, se aplicarán los criterios expuestos, los cuales se verificarán sobre las niñas y niños. • Para el caso del talento humano que participará en procesos de cualificación o formación, se deben incluir a discreción de la Caja de Compensación Familiar, a aquellas personas vinculadas a los servicios de atención a la primera infancia en cualquiera de los asuntos desarrollados en el lineamiento. 1.3O rientayc piroinnecsti épcinoispc aorlsaa i mplemendtealc ión programa Teniendo en cuenta el artículo 2.2.7.6.4. del Decreto 1786 de 2021, para la implementación del Programa de Atención Integral para la Primera Infancia es necesario cumplir con uno o varios de los siguientes objetivos que guardan estrecha relación con la Política de Cero a Siempre, en tanto hacen parte de la atención integral y se pueden ofertar de manera concurrente cuando así lo disponga la Caja de Compensación Familiar: a. Apoyar el desarrollo de programas de promoción y prevención de cuidado en salud, alimentación y nutrición para las niñas y niños en primera infancia, mujeres gestantes y en periodo de lactancia con énfasis en los mil primeros días de vida para potenciar el desarrollo integral. b. Prestar el servicio de educación inicial en el marco de la atención integral. c. Generar acceso y disfrute de los derechos culturales en la primera infancia. d. Promover el derecho a la recreación. En coherencia con lo anterior y partiendo de la importancia y transversalidad de los procesos asociados a la formación al talento humano y el fortalecimiento de las infraestructuras en las cuales se brinda educación inicial, se han dispuesto dos apartados
en los cuales se desarrollan y amplían los alcances de estos dos temas: e. Formación del talento humano f. Inversión en infraestructura e _ _____ _ a. Apoyar el desarrollo de programas de promoc1on y prevenc1on de cuidado en salud, alimentación y nutrición para las niñas y niños en primera infancia, mujeres gestantes y en periodo de lactancia con énfasis en los mil primeros días de vida para potenciar el desarrollo integral. Eld esardreeo sltolebo j edtepi rvoom oycp iróenv ednecc iuóinde ansd aol auldi,m entación yn utrpiacrinaói nñ yon si ñeansp rimienrfaa mnucjieagr,ee sst aynl taecst aconn tes énfasis en los primeros mil días de vida y en la primera infancia; atieanl dadeso s línperaosp uestas: ■ Procesos de educación para la salud quceo ntriabdlue ysaanry rl oasl allioun dt egral den iñyon si ñeanps r imienrfaac nocénin af aesnli osms ip lr imdeíradosesv idPaol.ro cuasle,rp árno cedseeo dsu capcairlóasan a lourdi,e natl aandsio ñsya n si ñyoa ss ,u s padrmeasd,r ceusi,d adIonrcelpsur.yo ec eesdousc aetnis vaolspu adrl aam su jeres gestaonrtieesn,at i andcoeisnde ilmr a rdceol omsi plr imdeíraodssev idyea n e stos
primaeñroorsse, c onoecsitmeeon mdeo nctoome os enpcaireaalcl o miednelz vao i da yl atsr ayecstuobrsiiagsuL iaee dnutceaspc.ai rlóaSan a lcuodm preedlne dsea rdreo llo capaciednta odreansrlo e conocdielm ainsei nñytan osi ñeonps r imienrfaac nocsniu as particulnaerciedsaieddi eansdt,ee sra esmsíie ssem,plo r ocdeesdloe sarirnoflallnaot il, promodceil óasn a liundt ecgorénan lf aesnli ass a lmuadt e-rinnof ayne tlci uli,d ado qudee baec ompcaañdamaro mendteto r anseinec sitmóeon m envtiot al. Eld esardreeo sltlcaoas p acicdoamdpersep nodtee:nl copir aordp eil oop sr ocedseo s desarirnoflavlnaotl iolri,ad nednotl iohfsii tccooasmru o n rae ferdeeen scpeir ao cdees o desarprroolmlooiv;ne cro rpdorepa rcáicótdniec c uaisd (aqduioem pleinctoart erl aas lactamnactieyare nlpa r ocdeesi on corpodrela aac liiómne nctoamcpilóenm entaria); reconsoicge1droe as l eerntl aan si ñyan si ñpoasrg ae stieoncn oanrj cuonlntoo s servidcesi aolscu odn;o mceecra nidseme oxsi gibyci olnijdduaenda t toe nceino nes
salquudde e bseengr a rantpiozerala d saesg ur(aedsopre ciRaultmIaen nttedege r al AtenceniS óanl puadrl aaP romoyce ilMó ann tenidmeli aSe anltyuol d aR utIan tegral deA tenceinSó anl puadrp ao blaMcaitóenPr enroi nyap traolm)oe;vlf e orr talecimiento dev íncrueldoyesr s,e lacdieco uniedspa adrfoaa vorlepacr eort edcenc iiñóyonn s i ñas yp romosvude ers arrollo. Als eurn p rocseesr oe qupilearnede easra,r yre ovlallaluroa csircl o s educativos (secudeens ceisai oqnuaeeps u natf aonr taulneaccsae pra cidlaocdsue aslt)ei,se nen comroe ferpernicnilcaaid spi aslp osdiecl iaRo enseosl 3u2c8id0óe2 n 0 1(8r esultados, capaciydt aedmepasrs o puepsatrcoaas dm ao mendteco u rdseov idypa r opuestas paraab oradl aosrsu jeetnlo oses n tornos). Lae ducapcairólanas alpurdo pepnodfreo rtaulneapc eerrs pedcitailvóqagu iec a permaiptrae ndaipzraojpeisyca, oc nisótnr cuocncjieuónnrn te al aacl isaóa nli undf antil, elc uidyae dldo e sardreot lamllao n;e qruaes ,ib i esnep ropounneornse sulyt ados
capaciadp ardoemsos vere erq,u eisetraeb ulnde icaelrro egfol ceoxlnia vpsoe rsonas, famiylc ioamsu nipdaarpdaee sr flioolsba jre dteiplvr oosc eso. ■ Promoción de la salud y prácticas de cuidado de niños y niñas en primera infancia, a través de procesos de fortalecimiento familiar. Dondseea sumale af amciolmioa sujeto y fin en sí misma, así como la unidad esencial del cuidado y desarrollo en la primera infancia. Fortalecimiento de las familias que comprende el reconocimiento de saberes y prácticas del cuidado, así como el fortalecimiento de los vínculos, redes y relaciones en torno al cuidado de la primera infancia, unido a procesos de movilización social, que garanticen la participación permanente de las familias y comunidades en la promoción de la salud y prevención de la enfermedad en este momento de vida. La promoción del desarrollo y el cuidado de la salud de niños y niñas en primera infancia, se orientan desde el fortalecimiento a la familia como red de cuidado primario de niños y niñas, pero además como sujeto de atención en salud. Incorpora procesos de fortalecimiento de competencias parentales, cualificación de formas de relacionamiento, promoción del cuidado de las niñas y niños en sus transiciones de vida. Se debe partir de un momento de valoración de la familia en su conjunto, y de manera participativa y concertada con sus integrantes, se establecen procesos de orientación y asesoría; así como reconocimiento de experiencias de cuidado con las familias y sus comunidades. Las acciones a desarrollar en esta línea, se deben concertar siempre con las familias directamente, atendiendo a sus prioridades y particularidades en torno al
reconocimiento, fortalecimiento y mejora de las prácticas de cuidado de las niñas y niños en primera infancia. El establecimiento de prioridades marca un camino particular y específico para cada familia de orientación, acompañamiento y asesoría. Igualmente, se pueden promover acciones de conformación y fortalecimiento de redes de apoyo familiar, social y comunitarioPuede apoyarse en acciones de movilización social en torno a una cultura de cuidado consciente, sensible y amoroso. A continuación, se presentan algunas pistas orientadoras que se podrán consideran en los procesos de fortalecimiento a las familias con niños y niñas en primera infancia. Grupdose Algunas Pistpaasrl aar elfexiyóa nc ción Capacidaa depsr ioridades fortalecepra ream pezar Capaciddela ad L a calidSaec do nsidiepmroartna nltoevssí ncquuleso ese stablaelc en familipaa raa fectlifava am:i ilnitae dreil oafrs a mielnitalrsoe ms i ebmrodse l afsa milias, promovery estableucneae speciallormsee lnatceic oonlnaa pdsao rseo je anstl roaesd ultos facilitealrv inculaci-ócnu idadlorare elsap,ca idórhnei sjy-po asr entales. desarirnoflalnaotf ielcy.ts ievgau ra Seb uspcrao molvraee rf leenxc iouónnnjtc ool na fsa misloibarse cuálseosync ómeos teásnt voísn ccuolneo lfs i dnea cordar caminpoasro ar ienthaarclipoars o cedseod se saryr ollo
relacdiebo ineense star. ComnuicacióSne tradteap romolvaer re flelxaic óonm,p renys liaósn asertivlaa:sp osibidleti rdaandsefso drelm aafsco irómdnaec s o muni-cación familiasse qupeu edaesnu smeid ersmdoed edleoc so muniacsaecritóinv a comunicanq uea tienad lealn ó gdiecl aac omiucnaceineó nlm omento asertitve amoepnortlupane or,t idneel qnouc seiec a o munyli caca ap acpiadraad comun-iqcuiaemr c palc iapacdieed sacdu cchoam,p rednesli ón menasjpe-osibdieel xipdraaedds eacr uatdeae-mnetonrter os. Familciapaasc Deess ldcaeo mprednedslei sóanr croomulonlp or ocqeusieom plica de reconoyc aevra nycr eest rocyne osu onssa,e cuelnicnideaeea tla pSaes . promovere lp uedper omoevnec ro njucnotnlo a fsa millair aesfl eex ión desarrionlflaiond teinlt ifdielc oamscí inóinme ossp eraedneo lsp rocedseo de manera Grupdoes Algunas Pistpaasrl aar efleyax icócni ón Capaciad adpersi oridades fortalecpearr eam oerz a oportunay desarirnoflallnoosts ii glnd,oe as l eyrl taaps o sibidlei dades
adecuada estimuypl raocmioódcnedi leó sna rrollo. Valpea reale llfoo arltecnitdmoei l eeax perqiueeenls c eicat or saltuidee nnee s tcea mpdoe sldaep romodceil óocnsu rsos psicoproydf eip luáecrtiichcuaolslsttra uaes r iaig,fn icdaelc oisó n procdeesco rse ciymd ieesnatror ollo. CapacpiaderaladE lc uidya dloaD esedsept rai odrefi odlraetdac imdiece anptaoc isdeba udsecsa, cuidayd ol ac riapnrzáac:t pircoamso evsepra cyip orso cedsero elsfe xcioónnj cuonnlt aas generacdieó cnu ltuqruaesle e fsa miplaidarcseu,si ,d andioñryoen ssi ,ñs aosbl raecs r eencias, escenarioasc tuayl irzeacno ncepcyi pornáecstp ircoapdsie ac su ideandd oi áldoeg o siigfnicatisviongsi.f ican sabecroelnsa r seo cmendacdiesolan bceeisre ntífico. Coenlf i dnei dentyai mfpicllaiapraso r s ibiall iaqdsua sede e s pueadceu pdairfrao l retcaterrao,nr smofac ro nsltarpsur iorp ias dea cuearl dcaoo mpreyne ssitfóianlm oisl Iipamorretsla.an te considdeerclau ciiddóaenld saoa ldueds,ud neva i siinótne gral quien celculuy eer lpaaol ,it maecnyin óunt rlicaco inóevnni,cv ia,
leax preyas fiióann zdaeml iovesín ntcodu elsoedslae m oyre l líimtyle a asc cicounaenssde ao l tlesara al ud. Familiays Estpar ioerndi edsaadr dreco alplaoc iidmapdrleeiscc,oa n loac er Comunidadiemsp ordteal nfacu inacd iecólun i dyar deoi vienlpd aipqceualer Cuidaan dloo sj ueglaapsne rsqounseaed s e diace alnl o. cuiddoares Eng enetriaeqlnuv eee cro encl u idqaudbeor inldomasin e omsb r ailn tdeerl iafosar m iyle inpa asr,t siecr uelfaail erorp sea derne s suf uncodi eól noc su idaddeao proeaysl o oq su seea cupdaer a acompeanñe asrp eeclpi raolc deesc ou iddaeld aons i ñya s niñsoise,en lmdá ods e liecclau diodd aeld oors e cniaécni yd os enl opsr immeirdloí sa s. Eld esardreco alplaoc iidnacdlaeu tsyo edl oosas c toerne s relasciieólnnfad,a o m eiclle inadt ear to enycl iacóson m unidades colabodreaoldr oorceess o. Familiays Estpar iohraicdreaee dfr enaclpi aapy er leo cnocimdiele onst o comuniqduaede enst orcnoomesos ceneanrl ioocssu alleasps e rsosnea s geneernatno rdneossa ryrd oolnvldiaevns e ucn od tiianiPdolarcod u .as lee, s pera
singificatigveonser.re eafxrli yóa nc cidóensl daeps e rsolnafasas m,i yl ias comunicdoandd eesc iadcicdiaeó sntl a-gteanerdaedl aa insteecrrtioaldiodnasddee-b usqgueen ecroanrd icqiuoen es potenlcoiesen nt orcnoomsop rotreecsst,io gnifyi cativos promoptaoreradle e ss ardrelo anlsil ñovan si ñeonps a rticular. Las acciones pueden apoyarse igualmente en procesos de educación para la salud, dirigidas directamente a las familias1, que se plantean en términos de desarrollo de capacidades para el cuidado, el fortalecimiento de los vínculos, la promoción del desarrollo, la exigibilidad de derechos de la salud; en lógica de proceso integral considerando a la familia como sujeto. Igualmente, deben contemplar criterios diferenciales y de diversidad con el fin de hacer énfasis de acuerdo con las particularidades y necesidades ce las familias. 1 Considerando las orientaciones y disposiciones establecidas en el anexo técnico de la Resolución 3280 de 2018 en el apartado correspondiente a esta materia (página 203) b. Prestar el servicio de educación inicial en el marco de la atención integral. La educación inicial fue reconocida en el artículo 29 de la Ley 1098 de 2006 "Pola rc auls e expiedlCe ó didgelao I nanfca iyl a Adolesa"cc,eo mnoc uni derecho impostergable de las niñas y niños desde la gestación (cero años) hasta los 6 años. A su vez, el artículo 5 de la
Ley 1804 de 2016 "Pola rc uals ee sabtlelac peo laí dteEi scadtopa ra elDe asrrolIlnot egral dela Priam Ienranfca ideC erao S iempyr seed iacnto tasrdi spoosniec, sdie"finió la educación inicial como "upnr oceedsuoatc iyvpo e adgógiicnot eanl, cpieorannmenyt e estraudcoat, tu arvrédse clua ll onsi ñyola ssn iasñd easrraonls lup otealnc,acp aiciaddeys habialdiedesn e jlu egeolar, t lea l,i atteua ryrl a expalcoiródnem le dicoo,ann tdoc olna famial ciomaoc tcoern altd red icphroo c."e so De acuerdo con lo establecido en la Ley 1804 de 2016, la educación inicial debe enmarcarse en la atención integral, lo cual implica garantizar procesos pedagógicos y educativos con calidad, pertinencia y oportunidad, así como contribuir en la gestión de algunas atenciones relacionadas con el cuidado y la crianza; la salud, alimentación y nutrición; la recreación y ejercicio de la ciudadanía y la participación, de acuerdo con las competencias de los diferentes sectores. Por otra parte, la Ley 115 de 1994 - Ley General de Educación, que desarrolla el artículo 67 de la Constitución Política, establece que el servicio de educación formal es aquel que se imparte en establecimientos educativos aprobados, el cual se encuentra organizado en tres (3) niveles: preescolar, educación básica y educación media. A su vez, el Decreto
1075 de 2015 "Pomre ddioec lau ls ee xpiedlDe e crÚentioRc eoag mlenartidoe Sle ctor Eduacciódnisp"on,e en su artículo 2.3.3.2.2.1.2, que el nivel de educación preescolar está conformado por tres (3) grados: Prejardín, Jardín y Transición, siendo este último el grado obligatorio señalado en la disposición constitucional para las niñas y niños a partir de los cinco (5) años de edad. En consideración de lo anterior, el servicio educativo dirigido a la primera infancia (niños y niñas entre los cero (O) y los seis (6) años), puede corresponder al servicio de educación inicial o al nivel preescolar del sistema educativo formal, que es una de sus formas de prestación. Por tanto, las inversiones previstas para los recursos del Foniñez en educación inicial comprenden tanto la prestación o mejoramiento de los servicios de educación inicial propios de las Cajas de Compensación Familiar, de las Entidades Territoriales y del Instituto Colom
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