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MINTRABAJO - Circular 0095 de 2026

Ministerio de Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Circular 0095 de 2026
Autor
Ministerio de Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2026

Y) Trabajo 095 CIRCULARN” ___ DE 2026 10 AGO, 2026 Bogotá, D.C., 10 agosto 2026.

PARA: Directores (as) Generales o Técnicos, Secretarios (as) Generales, Subdirectores (as), Jefes de Oficina, Asesores (as), Coordinadores (as), Ordenadores del Gasto y demás funcionarios (as) competentes para adelantar procesos de contratación de cualquier naturaleza y vinculación de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, la Administradora Colombiana de PensionesColpensiones-, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, del Fondo de Pensiones Públicas del nivel Nacional, la Superintendencia de Subsidio Familiar incluidos los Agentes Especiales de Intervención y/o vigilancia administrativa y los directores administrativos de cajas de compensación familiar sujetas de medida cautelar de intervención y/o vigilancia administrativa.

ASUNTO: Directriz temporal sobre contratación, prórrogas contractuales y vinculación de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, la Administradora Colombiana de PensionesColpensiones-, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, del Fondo de Pensiones Públicas del nivel Nacional, la Superintendencia de Subsidio Familiar incluidos los Agentes Especiales de Intervención y/o vigilancia administrativa y los directores administrativos de cajas de compensación familiar sujetas de medida cautelar de intervención y/o vigilancia administrativa.

Respetados (as) funcionarios (as): En ejercicio de las competencias constitucionales y legales atribuidas a la Ministra de Trabajo como

sujetas de medida cautelar de intervención y/o vigilancia administrativa. Respetados (as) funcionarios (as): En ejercicio de las competencias constitucionales y legales atribuidas a la Ministra de Trabajo como máxima autoridad del Sector Trabajo y con el propósito de garantizar los principios de transparencia, planeación, responsabilidad, coordinación administrativa y adecuada transición institucional, me permito impartir la siguiente directriz: A partir de la fecha y hasta el día 20 de agosto de 2026 será suspendida toda decisión relacionada con:

1. La celebración de nuevos contratos de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión.

2. La suscripción de cualquier tipo de contrato que implique compromisos presupuestales de las entidades mencionadas, sin excepción de su modalidad o naturaleza.

3. La prórroga, adición, modificación o cualquier otra actuación que implique la extensión, continuidad o variación de contratos ya existentes, incluyendo contratos de prestación de servicios, contratos de apoyo a la gestión y demás contratos estatales (sin perjuicio del régimen jurídico aplicable).

Ministerio del Trabajo ini i Atención presencial Línea nacional gratuita, Sede administrativa A A g 7 pint

Dirección: Carrera 7 No. 31-10 eon ers en cada pire ion desde teléfono fijo: Pagina | 1

Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19, ta, nspección Municipa 018000 112518 _ 20, 21,22,23,24 y 25 el Trabajo. www. mintrabajo.gov.co Conmutador: (601) 5185830

Bogota10 AGO. 2026

4. La provisión de empleos, nombramientos, encargos, comisiones o cualquier otra forma de

Conmutador: (601) 5185830

Bogota10 AGO. 2026

4. La provisión de empleos, nombramientos, encargos, comisiones o cualquier otra forma de vinculación o designación de personal en el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, la Superintendencia de Subsidio Familiar, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias y la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, salvo previa autorización expresa.

En consecuencia, ningún funcionario o dependencia podrá adelantar, perfeccionar, formalizar o ejecutar contrataciones, prórrogas contractuales o decisiones de vinculación de personal dentro del período señalado sin contar con dicha autorización. l Excepciones La presente directriz no afecta los trámites estrictamente necesarios para garantizar la continuidad del servicio público, entre ellos: a) El cumplimiento de obligaciones legales y órdenes judiciales. b) Situaciones de urgencia manifiesta debidamente declarada. c) Actuaciones cuya suspensión pueda comprometer el funcionamiento esencial de la entidad. En todo caso, las actuaciones exceptuadas deberán ser informadas -con la debida justificación fáctica y jurídicay sometidas igualmente a consideración de este Despacho. IL Deber de información Todos los funcionarios de las entidades a las que se les imparte la presente directriz deberán adoptar las medidas administrativas necesarias para asegurar el cumplimiento de esta instrucción y llevar un registro consolidado de todas las solicitudes de autorización presentadas, incluyendo aquellas relacionadas con prórrogas contractuales. Cordialmente, . 60. 2026 Na López-Fuentes 3 Ministra de Trabajo.

llevar un registro consolidado de todas las solicitudes de autorización presentadas, incluyendo aquellas relacionadas con prórrogas contractuales. Cordialmente, . 60. 2026 Na López-Fuentes 3 Ministra de Trabajo. Ministerio del Trabajo fa ch Atención presencial Línea nacional gratuita, Página | 2 ense ns 31-10 Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo: : 8 | aa E E Territorial o Inspección Municipal 018000 112518 Pisos: 3, 5, 8, 9, 10, 12, 17, 18, 19, del Trabaj A 20, 21,22,23,24 y 25 el Trabajo. www.mintrabajo.gov.co Conmutador: (601) 5185830 Bogotá

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