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MINTRABAJO - Circular 14 de 2020

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Circular 14 de 2020
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2020

($) MINTRABAJO V/S CIRCULAR CONJUNTANOo. 00 FÉ kl pE200

PARA: DIRECTORES TERRITORIALES, COORDINADORES E INSPECTORES DE

TRABAJO DEL MINISTERIO DEL TRABAJO, GRUPO DE NORMALIZACIÓN DE

CARTERA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SENA, DIRECTORES

REGIONALES, COORDINADORES DE RELACIONES CORPORATIVAS DEL

SENA Y DESPACHOS DE COBRO COACTIVO DEL SENA

DE: MINISTRO DEL TRABAJO Y DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL

DE APRENDIZAJE - SENA ASUNTO: LINEAMIENTOS SOBRE LA APLICACIÓN DEL ARTICULO 2.2.3.2.10. DEL DECRETO 120 DE 2020 12 FEB 2020

FECHA: En desarrollo del principio de coordinación entre las entidades estatales y conforme a lo dispuesto en el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 7 de la Ley 1610 de 2013 y con el fin de dar cumplimiento al artículo 201 de la Ley 1955 de 2019 mediante la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” y el Decreto 120 de 2020 que reglamentó el Fondo para el Fortalecimiento de la Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo y la Seguridad Social (FIVICOT), nos permitimos impartir los siguientes lineamientos:

1. Entrega de los actos administrativos sancionatorios ejecutoriados a favor del SENA Los actos administrativos que impongan multas por la violación a las normas laborales y

condiciones de trabajo, así como, a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión y del derecho de libre asociación sindical, expedidos por el Ministerio del Trabajo, que hayan quedado ejecutoriadas y en firme antes del 1 de enero de 2020, serán a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA. Los actos administrativos que conforman el título ejecutivo deberán ser entregados por cada Dirección Territorial a la Dirección Regional del SENA respectiva, a más tardar el 31 de marzo de 2020, observando las Circulares Conjuntas 0025 de 2016 y 003 de 2018 emitidas por el Ministerio del Trabajo y el SENA. Carrera 14 N099 - 33 Bogotá D.C., Colombia PBX: 4893900 - FAX: 4893100 www.mintrabajo.gov.co Ñ

MINTRABAJO

2. Actos administrativos sancionatorios ejecutoriados a partir del 1 de enero de 2020

Los actos administrativos que impongan multas por la violación a las normas laborales y condiciones de trabajo, así como, a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión y del derecho de libre asociación sindical, expedidos por el Ministerio del Trabajo, que queden ejecutoriados y en firme a partir del 1 de Enero de 2020, será cobradas y recaudadas por el Ministerio del Trabajo y los recursos se destinarán al Fondo para el fortalecimiento de la Inspección, vigilancia y Control de las normas del Trabajo y de la Seguridad Social — FIVICOT, creado por la Ley 1955 de 2019 para fortalecer la Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo y la Seguridad Social.

Atentamente, 12 FEB 2020 € 4 Hd CARLO ALICIA VICTORÍA ARANGO OLMOS MARIO ESTRADA Ministra del Trabajo Director General del SENA Aprobó: — Dra. Carol Inés Villamil Ardila, Directora de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Ministerio del Trabajo; ep Dr. Carlos Alberto Baena López, Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo; Z4= —— Vo.Bo.: — Dr. Alfredo Jose Delgado Davila, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del “rabajo. pr

Aprobó: — Dr. Óscar Julián Castaño Barreto. Director Jurídico SENA.

Carrera 14 N999 - 33 Bogotá D.C., Colombia PBX: 4893900 - FAX: 4893100 www.mintrabajo.gov.co

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