MINTRABAJO - Circular 42 de 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Circular 42 de 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
El empleo esdetodos CIRCULAR N? 0 0 á 2 de 2022 Bogotá D.c., 05 AGO 2022
PARA: Cajas de Compensación Familiary las Entidades participantes en el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del FONINEZ DE: Ministro del Trabajo ASUNTO: Lineamientos Técnicos para el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del FONINEZ A través del arrículo 2.2.7.6.6 del Decreto 1072 de 2015, se indicó que el Ministerio del Trabajo teniendo en cuenta las orientaciones técnicas dadas por las entidades que integran la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia; la instancia que corresponda para infancia y adolescencia, en el marco de la Atención Integral; así como, los parámetros adoptados por el Ministerio de Educación Nacional en lo referido a la jornada escolar complementaria (JEC); y, finalmente, en articulación con las Cajas de Compensación Familiar, expedirá los lineamientos técnicos para el desarrollo de los programas financiados con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ).
El Ministerio de Educación Nacional, mediante Circular No. 18 del 14 de julio de 2022, adoptó os Lineamientos del Programa Jornada Escolar ComplementariaJEG. Como consecuencia de lo señalado, en articulación con las Cajas de Compensación Familiar y a partir de las orientaciones dadas desde las entidades que conforman la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia CIP! y con
los aspectos técnicos adoptados por el Ministerio de Educación Nacional en lo relacionado con la Jornada Escolar Complementaria (JEC), en la circular N. 18 del 14 de julio de 2022, el Ministerio del Trabajo coloca a disposición los lineamientos Sede Administrativa Atención Presencial Línea nacional gratuita
Dirección: Carrera 14 No. Sede de Atención al 018000 112518
99-33 Ciudadano Celular Pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13 Bogotá Carrera 7 No. 32-63 120 Teléfonos PBX Puntos de atención www.mintrabajo.gov.co con Trabajo Decente el futuro es de todos (Emintrabajoco É (OMinTrabajolo Y (AMintrabajoCol Mu Ñ n E ( InE iciativa Reg ion
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Y DEL TRADAJO INFANTIL Libre de Trabajo infantil e Us e El empleo esdetodos técnicos para el desarrollo de los programas financiados con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria
(FONINEZ).
Estos lineamientos orientan todo el proceso de planeación e implementación de los programas y servicios a la primera infancia, la infancia y adolescencia en desarrollo del Fondo y de los objetivos previstos en el Decreto 1072 de 2015, como compromiso con la garantía plena de los derechos de la niñez, a través de una oferta enmarcada en la atención integral. Asimismo, la asistencia técnica derivada de estos lineamientos busca lograr una ejecución pertinente y articulada de los recursos del FONIÑEZ, reconociendo la diversidad del territorio, así como propiciar procesos que sumen a la efectiva
atención integral de la niñez, articulando la participación de otros actores, con la experiencia de las Cajas de Compensación Familiar, que redunden en el desarrollo integral de la niños, niñas y adolescentes en todo el territorio nacional. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1786 de 2021, por el cual se modificó el Capítulo 6 del Título 7, Parle 2, Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, que reglamenta el Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria- (FONIÑEZ), los Ministerios de Educación, Salud y Protección Social, Cultura y Deporte, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como entidades líderes técnicas de los temas desarrollados en el lineamiento y como parte de la Comisión Intersectorial para la Atención Integral a la Primera Infancia, brindarán asistencia técnica a las Entidades Territoriales Certificadas y Cajas de Compensación Familiar que lo requieran, en el marco de la implementación de servicio o programa que corresponda.
BRERABÁE s Z (5 AGO 2022
Proyectó: O. PolancoWl
Aprobó: OAJ (e Anexo: Lineamientos foniñez Sede Administrativa Atención Presencial Línea nacional gratuita
Dirección: Carrera 14 No. Sede de Atención al 018000 112518
99-33 Ciudadano Celular Pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13 Bogotá Carrera 7 No. 32-63 120 Teléfonos PBX Puntos de atención www.mintrabajo.gov.co Icon Trabajo Decente el futuro es de todos (Amintrabajoco É OMinTrabajoCo Y) Onintrabajocol
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LINEAMIENTOS PARA LA
IMPLEMENTACION DEL DECRETO FONIÑEZ El futuro es de todos Contenido INTRODUCCIÓN ooccooccococcononcononcanconcnronionos errar rene ””. 3 1 LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ATENCION INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA EN COLOMBIA ....cccccccoocccccoccnccaccnccnaranonccnncarocosos 4 1.1 ANTECEDENTES Y MARCO DE POLÍTICAS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA PRIMERA A O O A 4 1,2 FOCALIZACIÓN sra 5 1.3 ORIENTACIONES Y PRINCIPIOS TÉCNICOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA..... 6
A. APOYAR EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN DE CUIDADO EN SALUD, ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS NIÑAS Y NIÑOS EN PRIMERA INFANCIA, MUJERES GESTANTES Y EN PERIODO DE LACTANCIA CON ÉNFASIS EN LOS MIL PRIMEROS DÍAS DE VIDA PARA POTENCIAR EL DESARROLLO INTEGRAL. ccccccconccncoconanoncnnanonncconanarconanaronenenannnnnnnanannnnnnoss 7
B. PRESTAR EL SERVICIO DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL.
10
O SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL EN EL MARCO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL................ 12
O FORTALECER EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
EDUCACIÓN INICIAL EN EL NIVEL PREESCOLAR. cciiiooioocimrccsmrraci rca 13
C. ACCESO Y DISFRUTE DE LOS DERECHOS CULTURALES EN LA PRIMERA INFANCIA .......... 14
D. PROMOVER EL DERECHO A LA RECREACIlÓN...occccooncncccnonnncccnononncrnnononanonononnnronoconannnnnnnn 16
E. FORMACIÓN DE TALENTO HUMANO ..osomcnccioncononononcnnasocannanoanonnnannnenononanennonnarrrnncnnenranos 16
F INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA .cocoocornncacionononoianacennddacanainnsanneranarnda nacen 17 El futuro es de todos INTRODUCCIÓN La Constitucion Política de Colombia reconoce la prevalencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y define en su artículo 44 que el Estado, la familia y la sociedad son corresponsables de la protección integral de sus derechos y de la promoción de su pleno desarrollo. Así lo reconoce también la Convención Internacional de los Derechos del Niño, adoptada en el país a través de la Ley 12 de 1991. La Ley 1098 de 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, amplía este marco y define el conjunto de normas sustantivas y procesales para asegurar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en condiciones de igualdad y equidad. De acuardo con esta Ley, las políticas públicas constituyen el instrumento para lograr su materialización y por eso es obligatoria su formulación en todos los órdenes
territoriales, desde la gestión de los Consejos de Política Social como escenarios de intersectorialidad. En este contexto la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre, establecida a través de la Ley 1804 de 2016, pone en el centro de la acción del Estado a las niñas y niños en primera infancia, definiendo como propósito esencial el compromiso con la generación de condiciones que aseguren su desarrollo integral. La intersectorialidad se reconoce como mecanismo idóneo para materializar la atención integral, en virtud de lo cual se le encarga su orientación técnica y estratégica a la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia — CIPI. Con base en estos mismos principios, la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018 — 2030, aprobada por el Consejo Nacional de Política Social en 2018, extiende el propósito de promover el desarrollo integral hacia toda la población menor de 18 años, desde un marco de intersectorialidad para configurar y viabilizar la atención integral. Mediante estas políticas, Colombia asume que el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes está estrechamente ligado a las condiciones relacionales, culturales, sociales, políticas, económicas e históricas de los entornos donde se encuentran. Por ello, es imprescindible enfocar los esfuerzos de los diferentes actores de la sociedad para garantizar que cada niña, niño y adolescente cuente, en los diversos escenarios de su vida, con las condiciones y oporunidades que le permitan potenciar sus capacidades, ejercer sus derechos, y configurar y materializar sus proyectos de vida de acuerdo con sus aspiraciones individuales y responsabilidades ciudadanas.
Los principios y postulados que ambas políticas comparten como referentes de su gestión para afianzar y proyectar la responsabilidad con la promoción del pleno desarrollo de las niñas, niños y adolescentes se refieren a: = Elenfoque de derechos y la protección integral, como pilares de la actuación colegiada de los actores = Las realizaciones como condiciones y estados que visibilizan el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El futuro es de todos = La atención integral como vehículo para generar las condiciones que se requieren. = La intersectorialidad como mecanismo de gestión para lograr la implementación de la atención en función del desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. = La Ruta Integral de Atenciones — RIA como herramienta que ordena la gestión de las entidades y favorece la materialización de ofertas pertinentes, oportunas, flexibles, diferenciales, continuas y complementarias. = Los entornos como los escenarios en los que transcurre la vida de las niñas, niños y adolescentes y en los cuales se concretan las acciones de política: hogar, educativo, institucional, comunitario y espacio público, laboral, y virtual. Como se puede evidenciar, el país ha avanzado hacia la transformación de los procesos de formulación, implementación y evaluación de las políticas poblacionales, como resultado de la decisión de enfocar su atención en los sujetos a quienes se dirigen, asumir la integralidad como atributo de sus acciones y profundizar en el carácter intersectorial de la gestión. En tanto la educación es un servicio público que hace parte del andamiaje social que el Estado debe garantizar para que todas las personas en su diversidad, tengan posibilidades
de ejercer sus derechos, desarrollarse de manera plena, aprender a lo largo de la vida y consolidar su proyecto personal y social, la atención integral hace parte de su comprensión de la calidad. Esto se debe a que la atención integral orienta el servicio educativo hacia la generación de condiciones que se requieren para garantizar el ejercicio de los derechos y promover el desarrollo integral sobre la base de trayectorias educativas completas, partiendo de las características particulares de las niñas, niños y adolescentes, así como de sus realidades y contextos. Este lineamiento es una expresión de la intención que se ha trazado el país por promover el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, acudiendo a la atención integral como vía para ello, tanto para la primera infancia a través del componente de Atención Integral a la Primera Infancia, como para la infancia y la adolescencia a través de la Jornada Escolar Complementaria.
1 LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA
ATENCION INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA EN COLOMBIA 1.1 Antecedentes y marco de políticas para el desarrollo integral de la primera infancia Como se señaló anteriormente, la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia De Cero a Siempre pone el énfasis de la actuación de las diferentes entidades y actores de la sociedad al servicio de las niñas y los niños entre los cero (0) y seis (6) años de edad, en función de favorecer su desarrollo integral. Esta Política consolida la intersectorialidad como el mecanismo idóneo para materializar la atención integral. El futuro es de todos El presente documento se enmarca en esta política y se alinea con su propósito de garantizar el derecho al desarrollo integral de las niñas y niños desde la gestación y a lo
largo de la primera infancia. En virtud de ello, promueve la generación de condiciones propicias para la atención integral en todos y cada uno de los entornos de desarrollo de las niñas y niños, que pueder ser fortalecidos con los recursos del Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (Foniñez). Este documento también reconoce a las Cajas de Compensación Familiar como actores fundamentales en el desarrollo y bienestar en los territorios y aliados estratégicos, que por más de 20 años ran brindado una atención de calidad a las niñas, niños y comunidades en las diferentes regiones del país. En esta medida, este primer apartado ofrece orientaciones técnicas para la implementación del Programa de Atención Integral a la Niñez Colombiana, en materia de Atención Integral a la Primera Infancia, de conformidad con lo establecido por las políticas públicas. 1.2 Focalización Conforme a lo señalado en el artículo 2.2.7.6.2 del Decreto 1786 de 2021, se presentan los siguientes crizerios que orientan la priorización de la atención de los niños y niñas con inversión de los recursos del Foniñez. Para el ingreso a cualquiera de los programas financiados se tienen en cuenta, se requerirá que cada niña o niño cumpla con al menos uno de los siguientes criterios, los cuales no se encuentran listados en ningún orden de prioridad: = Población víct ma de hechos violentos asociados al conflicto armado, de acuerdo con las directrices establecidas en la Ley 1448 de 2011, incluida en el Registro Unico de Víctimas RUV. = Población que habita en zonas geográficas de alto riesgo de vulnerabilidad de derechos,
lo cual se validará mediante visita domiciliaria o recibo de servicios públicos. = Niñas, niños, mujeres gestantes o en periodo de lactancia con alguna condición de malnutrición. = Pertenecientes a comunidades étnicas (indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, Palenqueros, Raizales y Rom), que demanden el servicio. = Niños y niñas con discapacidad. = Niñas y niños cuyos padres estén en establecimientos de reclusión. = Población migrante, refugiada o apátrida en condiciones de vulnerabilidad. = Niños y niñas con procesos de restablecimiento de derechos. = Población que se encontraba activa en los servicios de primera infancia antes de entrar en vigencia el Decreto 1786 de 2021. = Niños y niñas nasta los E años, hijos de trabajadores subsidiados, afiliados a la Caja de Compensación Familiar correspondiente. El futuro es de todos = Para convenios con entidades públicas, se podrá incluir el factor de vulnerabilidad del SISBEN, según metodología IV. Si el niño o niña cumple con al menos uno de los criterios de focalización, pero no cuenta con los respectivos soportes, se podrá realizar visita familiar y confirmar las condiciones que sustentan el cumplimiento de alguno de los criterios antes referidos. Otros criterios para tener en cuenta son los siguientes: = En el nivel preescolar se focalizarán los establecimientos educativos con población afiliada y no afiliada para el desarrollo del programa de fortalecimiento de la educación inicial en el marco de la atención integral. = Para el caso de padres, madres o representantes legales de niñas y niños en primera infancia que participarán en los programas, se aplicarán los criterios expuestos, los
cuales se verificarán sobre las niñas y niños. = Para el caso del talento humano que participará en procesos de cualificación o formación, se deben incluir a discreción de la Caja de Compensación Familiar, a aquellas personas vinculadas a los servicios de atención a la primera infancia en cualquiera de los asuntos desarrollados en el lineamiento. 1.3 Orientaciones y principios técnicos para la implementación del programa Teniendo en cuenta el artículo 2.2.7.6.4. del Decreto 1786 de 2021, para la implementación del Programa de Atención Integral para la Primera Infancia es necesario cumplir con uno o varios de los siguientes objetivos que guardan estrecha relación con la Política de Cero a Siempre, en tanto hacen parte de la atención integral y se pueden ofertar de manera concurrente cuando así lo disponga la Caja de Compensación Familiar: a. Apoyar el desarrollo de programas de promoción y prevención de cuidado en salud, alimentación y nutrición para las niñas y niños en primera infancia, mujeres gestantes y en periodo de lactancia con énfasis en los mil primeros días de vida para potenciar el desarrollo integral. b. Prestar el servicio de educación inicial en el marco de la atención integral. c. Generar acceso y disfrute de los derechos culturales en la primera infancia. d. Promover el derecho a la recreación. En coherencia con lo anterior y partiendo de la importancia y transversalidad de los procesos asociados a la formación al talento humano y el fortalecimiento de las infraestructuras en las cuales se brinda educación inicial, se han dispuesto dos apartados en los cuales se desarrollan y amplían los alcances de estos dos temas: e. Formación del talento humano f. Inversión en infraestructura
El futuro es de todos a. Apoyar el desarrollo de programas de promoción y prevención de cuidado en salud, alimentación y nutrición para las niñas y niños en primera infancia, mujeres gestantes y en periodo de lactancia con énfasis en los mil primeros días de vida para potenciar el desarrollo integral. El desarrollo de este objetivo de promoción y prevención de cuidado en salud, alimentación y nutrición para niños y niñas en primera infancia, mujeres gestantes y lactantes con énfasis en los primeros mil días de vida y en la primera infancia; atiende a las dos líneas propuestas: = Procesos de educación para la salud que contribuyan al desarrollo y la salud integral de niños y niñas en primera infancia con énfasis en los mil primeros días de vida. Por lo cual, serán procesos de educación para la salud, orientados a las niñas y niños, y a sus padres, madres, cuidadores. Incluye procesos educativos en salud para las mujeres gestantes, orientados a incidir en el marco de los mil primeros días de vida y en estos primeros años, reconociendo este momento como esencial para el comienzo de la vida y las trayectorias subsiguientes. La educación para la Salud comprende el desarrollo de capacidades en torno al reconocimiento de las niñas y niños en primera infancia con sus particularidades, necesidades e intereses, así mismo el proceso del desarrollo infantil, la promoción de la salud integral con énfasis en la salud materno — infantil, y el cuidado que debe acompañar cada momento de transición en este momento vital. El desarrollo de estas capacidades comprende: potenciar lo propio de los procesos de desarrollo infantil, valorando identificar los hitos como una referencia de ese proceso de
desarrollo; promover incorporación de prácticas de cuidado (que implica entre otras la lactancia materna y el proceso de incorporación de la alimentación complementaria); reconocer signos de alerta en las niñas y niños para gestionar en conjunto con los servicios de salud; conocer mecanismos de exigibilidad y conjunto de atenciones en salud que deben ser garantizadas por el asegurador (especialmente Ruta Integral de Atención en Salud para la Promoción y el Mantenimiento de la Salud y la Ruta Integral de Atención en Salud para población Materno Perinatal); y promover el fortalecimiento de vínculos, redes y relaciones de cuidado para favorecer la protección de niños y niñas y promover su desarrollo. Al ser un proceso se requiere planear, desarrollar y evaluar los ciclos educativos (secuencia de sesiones que apuntan a fortalecer unas capacidades), los cuales tienen como referencia principal las disposiciones de la Resolución 3280 de 2018 (resultados, capacidades y temas propuestos para cada momento de curso de vida y propuestas para abordar a los sujetos en los entornos). La educación para la salud propende por fortalecer una perspectiva dialógica que permita aprendizajes, apropiación y construcción conjunta en relación a la salud infantil, el cuidado y el desarrollo; de tal manera que, si bien se proponen unos resultados y capacidades a promover, se requiere establecer un dialogo reflexivo con las personas, familias y comunidades para perfilar los objetivos del proceso. = Promoción de la salud y prácticas de cuidado de niños y niñas en primera infancia, a través de procesos de fortalecimiento familiar. Donde se asume a la familia como
El futuro es de todos sujeto y fin en sí misma, así como la unidad esencial del cuidado y desarrollo en la primera infancia. Fortalecimiento de las familias que comprende el reconocimiento de saberes y prácticas del cuidado, así como el fortalecimiento de los vínculos, redes y relaciones en torno al cuidado de la primera infancia, unido a procesos de movilización social, que garanticen la participación permanente de las familias y comunidades en la promoción de la salud y prevención de la enfermedad en este momento de vida. La promoción del desarrollo y el cuidado de la salud de niños y niñas en primera infancia, se orientan desde el fortalecimiento a la familia como red de cuidado primario de niños y niñas, pero además como sujeto de atención en salud. Incorpora procesos de fortalecimiento de competencias parentales, cualificación de formas de relacionamiento, promoción del cuidado de las niñas y niños en sus transiciones de vida. Se debe partir de un momento de valoración de la familia en su conjunto, y de manera participativa y concertada con sus integrantes, se establecen procesos de orientación y asesoría; así como reconocimiento de experiencias de cuidado con las familias y sus comunidades. Las acciones a desarrollar en esta línea, se deben concertar siempre con las familias directamente, atendiendo a sus prioridades y particularidades en torno al reconocimiento, fortalecimiento y mejora de las prácticas de cuidado de las niñas y niños en primera infancia. El establecimiento de prioridades marca un camino particular y específico para cada familia de orientación, acompañamiento y asesoría. Igualmente, se pueden promover acciones de conformación y fortalecimiento de redes de apoyo familiar, social y comunitarioPuede apoyarse en acciones de movilización social en
torno a una cultura de cuidado consciente, sensible y amoroso. A continuación, se presentan algunas pistas orientadoras que se podrán consideran en los procesos de fortalecimiento a las familias con niños y niñas en primera infancia. Grupos de Algunas Pistas para la reflexión y acción Capacidades a prioridades fortalecer para empezar Capacidad de la | La calidad | Se consideran importantes los vínculos que se establecen al familia para | afectiva: la familia | interior de las familias entre los miembros de las familias, promover y | establece una | especialmente los relacionados con las parejas o entre los adultos facilitar el | vinculación - cuidadores, la relación padreshijos y parentales. desarrollo infantil. afectiva y segura Se busca promover la reflexión en conjunto con las familias sobre cuáles son y cómo están estos vínculos con el fin de acordar caminos para orientarlos hacia procesos de desarrollo y relaciones de bienestar. Comunicación Se trata de promover la reflexión, la comprensión y las asertiva: las posibilidades de transformación de las formas de comunicaciónfamilias se que pueden asumirse desde modelos de comunicación asertivacomunican que atienden a la lógica de la comunicación en el momento asertivamente oportuno, la pertinencia de lo que se comunica y la capacidad para comunicar —que implica capacidad de escucha, comprensión del mensajeposibilidad de expresar adecuadamenteentre otros. Familias capaces Desde la comprensión del desarrollo como un proceso que implica de reconocer y avances y retrocesos, y no una secuencia lineal de etapas. Se promover el puede promover en conjunto con las familias la reflexión e desarrollo infantil identificación de los mínimos esperados en el proceso de
de manera El futuro es de todos Grupos de Algunas Pistas para la reflexión y acción Capacidades a prioridades fortalecer para empezar oportuna y | desarrollo infantil, los signos de alerta y las posibilidades de adecuada estimulación y promoción del desarrollo. Vale para ello el fortalecimiento de la experiencia que el sector salud tiene en este campo desde la promoción de los cursos psicoprofilácticos y de puericultura, hasta la re significación de los procesos de crecimiento y desarrollo. Capacidad para el | El cuidado y la | Desde esta prioridad de fortalecimiento de capacidades, se busca cuidado y la crianza: prácticas promover espacios y procesos de reflexión conjunta con las generación de culturales que se familias, padres, cuidadores, niños y niñas sobre las creencias, escenarios actualizan y reconcepciones y prácticas propias de cuidado en diálogo de significativos. significan saberes con las recomendaciones del saber científico. Con el fin de identificar y ampliar las posibilidades a las que se puede acudir para fortalecer, transformar o construir las propias de acuerdo a la comprensión y estilos familiares. Importante la consideración del cuidado de la salud, desde una visión integral que incluye el cuerpo, la alimentación y nutrición, la convivencia, la expresión y afianzamiento de los vínculos desde el amor y el límite y las acciones cuando se altera la salud. Familias y Esta prioridad en desarrollo de capacidades, implica reconocer la Comunidades importancia de la función del cuidado y reivindicar el papel que Cuidando a los juegan las personas que se dedican a ello. cuidadores En general tiene que ver con el cuidado que brindan los miembros
al interior de las familias, y en particular se refiere a los padres en su función o de los cuidadores de apoyo a los que se acude para acompañar en especial el proceso de cuidado de las niñas y niños, siendo el más delicado el cuidado de los recién nacidos y en los primeros mil días. El desarrollo de capacidades incluye a todos los actores en relación, siendo la familia el centro de atención y las comunidades colaboradores del proceso. Familias y Esta prioridad hace referencia al papel y reconocimiento de los comunidades que entornos como escenarios en los cuales las personas se generan entornos desarrollan y donde viven su cotidianidad. Por lo cual, se espera significativos. generar reflexión y acción desde las personas, las familias y comunidades con decidida acción estatalgenerada de la intersectorialidaddonde se busque generar condiciones que potencien los entornos como protectores, significativos y promotores para el desarrollo de las niñas y niños en particular, Las acciones pueden apoyarse igualmente en procesos de educación para la salud, dirigidas directamente a las familias, que se plantean en términos de desarrollo de capacidades para el cuidado, el fortalecimiento de los vínculos, la promoción del desarrollo, la exigibilidad de derechos de la salud; en lógica de proceso integral considerando a la familia como sujeto. Igualmente, deben contemplar criterios diferenciales y de diversidad con el fin de hacer énfasis de acuerdo con las particularidades y necesidades ce las familias. 1 Considerando las orientaciones y disposiciones establecidas en el anexo técnico de la Resolución 3280 de 2018 en el apartado correspondiente a esta materia (página 203) es de todos
b. Prestar el servicio de educación inicial en el marco de la atención integral. La educación inicial fue reconocida en el artículo 29 de la Ley 1098 de 2006 “Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”, como un derecho impostergable de las niñas y niños desde la gestación (cero años) hasta los 6 años. A su vez, el artículo 5 de la Ley 1804 de 2016 “Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y se dictan otras disposiciones”, definió la educación inicial como “un proceso educativo y pedagógico intencional, permanente y estructurado, a través del cual los niños y las niñas desarrollan su potencial, capacidades y habilidades en el juego, el arte, la literatura y la exploración del medio, contando con la familia como actor central de dicho proceso.” De acuerdo con lo establecido en la Ley 1804 de 2016, la educación inicial debe enmarcarse en la atención integral, lo cual implica garantizar procesos pedagógicos y educativos con calidad, pertinencia y oportunidad, así como contribuir en la gestión de algunas atenciones relacionadas con el cuidado y la crianza; la salud, alimentación y nutrición; la recreación y ejercicio de la ciudadanía y la participación, de acuerdo con las competencias de los diferentes sectores. Por otra parte, la Ley 115 de 1994 - Ley General de Educación, que desarrolla el artículo 67 de la Constitución Política, establece que el servicio de educación formal es aquel que se imparte en establecimientos educativos aprobados, el cual se encuentra organizado en tres (3) niveles: preescolar, educación básica y educación media. A su vez, el Decreto
1075 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación”, dispone en su artículo 2.3.3.2.2.1.2, que el nivel de educación preescolar está conformado por tres (3) grados: Prejardín, Jardín y Transición, siendo este último el grado obligatorio señalado en la disposición constitucional para las niñas y niños a partir de los cinco (5) años de edad. En consideración de lo anterior, el servicio educativo dirigido a la primera infancia (niños y niñas entre los cero (0) y los seis (6) años), puede corresponder al servicio de educación inicial o al nivel preescolar del sistema educativo formal, que es una de sus formas de prestación. Por tanto, las inversiones previstas para los recursos del Foniñez en educación inicial comprenden tanto la
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