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MINTRABAJO - Circular 72 de 2021

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Circular 72 de 2021
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2021

El empleo Mintrabajo esdetodos BogotáD.c 30 NOV 2021 cp 0072 Empleadores públicos y privados, contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, trabajadores dependientes e independientes, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, Empresas de Servicios Temporales y Trabajadores PARA en Misión, Estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, Administradoras de Riesgos Laborales; Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos

Laborales. : DE: Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección ASUNTO: Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST El Ministerio del Trabajo informa a todas las empresas públicas, privadas y a los diferentes destinatarios de la presente circular, que de conformidad al parágrafo 2 del artículo 28 de la Resolución 312 de 2019, las autoevaluaciones y los planes de mejoramiento de las empresas se registrarán en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales hasta el 31 de enero de cada año, conforme a las siguientes

indicaciones:

1. Todos los años en el mes de diciembre las empresas públicas, privadas, empleadores y contratantes deben realizar la autoevaluación y como resultado un plan de mejora de los estándares mínimos del año en curso, así mismo deben formular el plan anual del año siguiente así:

Autoevaluación y Plan de Mejora Estándares Mínimos SG-SST A n Registro en la ina dol Fonda oe an E le cpu a laborales: de ta pavmiuación plan de autoevaluación y plan de Boatizar la rip delaño or Realuar da mejora del año anterior Autorvalurción Y Muttoevaluación y Plan de Mejora : Plan de Mejor + del año en corso A 6 del año en curbse ome my ; "Formular plsn s 2 -formular plan 3 : va in gua ul i rmSe el año !, ||R san íu ga ul i end te ol año 1 | 7k y i Diciembre Enero Diciembre Enero l JYA ¡EN! J EJECUCIÓN EJECUCIÓN EJECUCIÓN PLAN ANUAL PLAN ANUAL PLAN ANUAL Sede Administrativa Atención Presencial Línea nacional gratuita

Dirección: Carrera 14 No. Sede de Atención al 018000 112518

99-33 Ciudadano Celular Pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13 Bogotá Carrera 7 No. 32-63 120 ] Teléfonos PBX Puntos de atención www.mintrabajo.gov.co con Trabajo Decente el futuro es de todos Gmintrabajoco F EMinTrabajoCo YY OMintrabajoCol O INTENVACIONAL Inkinti;v a Region»! eq Ñi res YA CUEMAción Arodeles Latina y el Cafe | 97, A DAL ARABAJO MMPANTE Libre de Teañajo tatami A El empleo Mintrabajo: i 0072 esdetodos

2. Enconsecuencia, todas las empresas y entidades destinatarias de la presente circular deberán registrar en la aplicación habilitada en la página web del Fondo de Riesgos Laborales

httos://Awww.fondoriesgoslaborales.gov.co/ antes del 31 de enero de cada año los siguientes documentos: a. Autoevaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo del año inmediatamente anterior. b. Plan de mejora del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo resultado de la autoevaluación del año inmediatamente anterior.

3. Se les recuerda a las empresas o entidades contratantes señaladas en la presente circular y a las Administradoras de Riesgos Laborales-ARL que tienen las siguientes responsabilidades en el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 312 de 2019:

a. Remitir copia de la autoevaluación de los estándares mínimos y del plan de mejoramiento a la Administradora de Riesgos Laborales-ARL para su estudio, análisis, comentarios y recomendaciones. b. Rendir informe sobre el avance del plan de mejoramiento en el mes de julio de cada año, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Administradora de Riesgos Laborales-ARL. c. Formular en el mes de diciembre de cada año el plan anual del sistema de gestión de SST, el cual debe empezar a ser ejecutado a partir del (1?) primero de enero del año siguiente. d. Las Administradoras de Riesgos Laborales-ARL deberán informar a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo, los casos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del reporte de la autoevaluación y plan de mejora por parte de sus empresas afiliadas. Para tener en cuenta por parte de las empresas públicas, privadas, empleadores y contratantes que, al ser un sistema de gestión cíclico, es necesario ejecutar su plan anual, realizar y registrar las autoevaluaciones y los planes de mejora, cada año en las fechas establecidas por el Ministerio del Trabajo en el numeral 1

de la presente Circular, y que al finalizar un ciclo procede con el inicio del siguiente. A Atentamente | i]

ISIS ANDREA MUÑOZ ESPINOSA

Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección Ministerio del Trabajo

Elaboró: Carlos Luis Ayala — Coordinador GrupofMedicina Laboral

Andres Gomez - Contratista DRLÍ,

Aprobó: Jorge Fernández - Coordinador Grupo Plomación y prévencisLZ.

Revisó: Letty Leal — Directora de Riesgos Laboralasge Sede Administrativa Atención Presencial Línea nacional gratuita

Dirección: Carrera 14 No, Sede de Atención al 018000 112518

99-33 Ciudadano Celular Pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13 Bogotá Carrera 7 No. 32-63 120 Teléfonos PBX Puntos de atención www.mintrabajo.gov.co Con Trabajo Decente el futuro es de todos Emintrabajoco F EMinTrabajoCo Y) OMintrabajoCol uWaps:s ¡AL ES | 2021

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