🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRABAJO - Resolución 1511 de 2022

Ministerio del Trabajo

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 1511 de 2022
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2022

.......

REPÚBLIDCEAC OLOMBIA -. i'tfff

T

MINISTERIO DEL TRABAJO 1 1 5 11

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 1 QM A'( 2022 ( ) Polrac uasled esiglnoRasen p resendtela onTstr easb ajaadnoterelCe osn sejo Direcdteli aCv aojd aeC ompensFaacmii::>dlnei Mlae rtaC OFRE-Mp arealp eríodo 202-22 026 EL MINISTRO DEL TRABAJO Ene jerdceil caaisto r ibulceigoanylee esnps a,r tilcacusol nafre proilrdo aassr tículos 52d el aL e2y1 d e1 98y26 d eDle cr-eLteo4y 1 0d8e2 01e1n,d esardreol lal o Resolu4c7id4óe 2n 0 1y9 , CONSIDERANDO Quee la rtí5c2ud lelo aL e2y1 d e1 98m2o,d ifipcoearlda or tí2c2ud lelo aL e7y8 d9e 200s2e,ñ aqluael o rse presendtela ontstr easb ajbaednoerfeissc eiraeársnic oosg idos pore lM inisdteeTlrr iaob adjelo i sqtuaesp resenltaacsre ánnt roablreesrc aosn PersonJeurríírade iccoan oydc eil dolasi steandvoisap doloras Cs a jdaesC ompensación det odbosst rabajbaednoerfeisnci oas riinodsi calizados.

Quee lM inisdteeTlrr iaob amjeod,i alnaRt ees oluNcoi0.ó4 n7d 4e 2 01e9s tabelle ció procedimpiaerlnaa tc oo nvocaptoosrtiual,as ceilóency,c idóens ignadceli oósn represednetl aotnsrt aebsa jsaidnodriecsa yln iosz ianddoisc aallCi oznasdDeoijsro e ctivo del aCsa jdaesC ompensFaacmiiólnpfi rro;c edismuiretpniotldroao Cs e ntrOablreesr as yl aCsa jdaesC ompensFaacmiiólpnia arefial, a byop rraers eanlMt ianri sdteeTlrr iaob ajo locso rrespolnidsitedanedtc oeassn didatos. Quel oess tatduelt aoC sa jdaeC ompensaFcaimóidnle iMlae rt -aC OFRE-Ms eñala quee lC onseDjior ecetsitvacoro ám puepsotrco i n(c5oc) o nsejperrionsc iepna les represendtela ocesim ópnl eadcoornse ussr, e specstuipvloesne tleesg,ip doolrsa AsamblGeean erya cli,n c(oE c)o nsejperrionsc iepnar leepsr esendteal coisó n trabajyas duorsre essp ecstuipvloessn etleesc,c ipooneralM d ionsi sdteeTlrr iaob daej o, conforcmoilndan a odr mat·i,11vgiedAnastdmíe i .s msoun, o mbrameispe onurtn po e riodo

dec uat(r4ao)ñ ocso,n taadp oasrd teimlro mendteso u e lección. 1 S 11

1O MA Y2 022

RESOLUCIÓN NÚMERO de 2022 HOJA Nº 2

Continudaelc aRi eósno lupcoilróac n u:as led esiglnoaRsne presendtela onTstr easb ajaadnoterele s ConsDeijroe cdteli aCv aojd aeC ompensFaacmiiódlnei Mlae rtaC OFREpMa-realp erí2o0d2o-2 fi 026 ------------------------------------------------------------------------------------------- - Que la Secretaría Técnica del Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, publicó, el 28 de febrero de 2022, en la página web de esta entidad, los términos y el mecanismo de recepción digital, a través del correo electrónico consejosdirectivosccf@mintrabajo.gov.co, relacionado con los documentos que deben presentar los candidatos a representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 0474 de 2019. Que la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREM, publicó y divulgó la Convocatoria Pública desde el cuatro (04) de marzo al 15 de marzo de 2022, por un periodo de 11 días en:

  • El diario Extra Llano en la edición No 4.256, en la página 9. • En la emisora Ondas del Meta 1.178 a.m. • En la Voz de los Centauros, de la emisora del llano 1.140 a.m., afiliada a Caracol Radio, en el horario de 7:00 p.m. a 8:00 p.m. de lunes a viernes.
  • En la emisora Radio Uno 98.3 f.m, en el programa "Donde está la Noticia esta Misael", en el horario de 5:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 12:00 m a 2:00 p.m.

Que la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREM, publicó la Convocatoria Pública en la página web de esta Caja de Compensación Familiar, desde el (siete) 07 al quince 15 de marzo de 2022, por un periodo de ocho (08) días. Lo anterior, con el fin de garantizar la participación en condiciones de igualdad, a la totalidad de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, que presten sus servicios en las empresas afiliadas a la Caja de Compensación Familiar del Meta -COFREM. Y se realizó acta de cierre de inscripciones, el día 15 de marzo de 2022 a las 6:00 p.m. Que la Caja de Compensación Familiar, allegó al Ministerio del Trabajo el pasado Veinticinco (25) de marzo del 2022, a través del correo electrónico direccion@cofrem.com.co, los documentos en forma digital de los trabajadores que se postularon, el acta de cierre y los respectivos listados de aspirantes con la documentación requerida para efectos de la designación de los representantes de los trabajadores no sindicalizados. Que fueron recibidas vía correo electrónico las hojas de vida de postulaciones para la designación de los Representantes de los Trabajadores sindicalizados ante el Consejo Directivo, así: • La Central Obrera CTC con personería jurídica reconocida, envió la postulación de hojas de vida el pasado cinco (05) de abril de 2022, en medio digital con radicado

No 11E E2022214000000019942 y mediante enlace de descarga en la plataforma WeTransfer, a través del correo electrónico: ctc.pres@ctc-colombia.com.co. • La Central Obrera CUT con personería jurídica reconocida envió la postulación de hojas de vida el pasado siete (07) de abril del 2022, en medio digital con radicado No 11E E2022214000000020528. • La Confederación General de Trabajadores C.G.T. con personería jurídica reconocida, envió la postulación de hojas de vida el pasado ocho (08) de abril de 2022, a través del correo electrónico: cgtdornacional@gmail.com 151 1

RESOLUCNIÓÚNM ERO de2 022 1 o

MA2Y022

HOJANº 3

Continuacié-n de la Resolución: por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compe'?sac,ón Familiar del Meta -COFREM-para el período 2022 -2026

Que conforme con lo mencicnado, fueron recibidos los listados y documentos digitales de los aspiirantes para ser parte del Consejo Directivo como representantes de los trabajadores sindicalizados. Que el Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el dos (02) de mayo de 2022, verificó las hojas de vida y demás documentos suministrados por la Caja de Compensación Familiar y las Centrales Obreras, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas vigentes y los contemplados en la Resolución 0474 de 2019, con el fin de comprobar la ijoneidad de los candidatos habilitados para ser

designados como integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar. Que par2 la designación de los integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Meta -COFREM, esta cartera Ministerial, remitió oficio el tres (03) de mayo de 2022, con radicado de salida No. 08SE2022214000000019234, a la Superintendencia del Subsidio Fami6ar, con los documentos soporte necesarios, para que esa Entidad adelante el proceso de verificación frente al cumplimiento de requisitos legales e idoneidad, acorde con lo regulado en el artículo 15 de la Resolución 474 de 2019. Que el pasado seis (6) de mayo de 2022, la Superintendencia del Subsidio Familiar, mediante correo remitió oficio infonnando a este Ministerio, sobre el proceso de validación del cumplimiento de los requisitos legales por parte de los postulados como representantes de los trabajadores, ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREM, acorde con el régimen de inhabilidades e incompati:>ilidades y demás criterios exigidos por la Ley, y en virtud del numeral 5 del artículo 16 del Decreto Ley 2595 de 2012. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Aríctul1o.D esignadceloi sóR ne presendtealo nsTt reasb aorjeaasdn teelC o nsoe j Direoc dteil vaC ajdaeC ompensacFiaómni ldieMaler t -aC OFREDMe.sig nar como representantes de los trabajadores arte el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREf\/ - para el pefiíodo 2022 - 2026, a las siguientes personas:

Principales Cédula Representante de 1 JOHN CHICA SOSA 17.342.149 No Sindicalizado

2 HARRY ALEJANDRO HINESTROZA PEREA 17.318.322 C.U.T.

3 SORA GUATIVA BOBADIL A 40.431.302 C.G.T.

4 HARRISON VANEGAS OSPINA 86.076.096 C.T.C.

5 CLAJDIA CONST ANZA G,A.NTI'✓ A ORTEGON 40.390.987 C.G.T.

1O M A2Y 220

1 1S l 1

RESOLUCNIÚÓMNE RO de2022 HOJANº 4

Conintuacdieóla nR esluoci: óponr lac ul ased eigsnalons R epresentadnelot seT rsa bajreasda ontele ConsDerijeoc tdievla oC ajdaeC ompensióancF amliair del Met-aC OFERM-parae l períod20o22 -2026

Suplentes Cédula Representante de 1 LUIS GERMAN RAMIREZ MUÑOZ 79.319.018 No Sindicalizado

2 JAIRO GONGORA CASTRO 17.336.286 C.T.C.

3 GREGORY ENRIQUE MARTINEZ SOLIS 86.054.392 C.U.T.

4 LUZ AYDA ZAPATA MORENO 1.121.824.7 88 C.T.C.

5 GERMAN DIONISIO SANTIAGO PARDO 17.329.334 C.U.T.

Artículo 2. PeríoEdl poe.río do de los representantes de los trabajadores principales y suplentes será el establecido en los estatutos de la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREM, correspondiente a cuatro (4) años, contados a partir del año 2022 y hasta el año 2026.

Artículo 3. PosesiLóa pno.se sión de los representantes de los trabajadores principales y suplentes se entenderá surtida con la autorización que imparta la Superintendencia del Subsidio Familiar y no requerirá presentación personal. Artículo 4. La Superintendencia del Subsidio Familiar dará cumplimiento a los trámites de reconocimiento y registro respectivo, que tendrán efectividad a partir de la autorización de los designados. Artículo 5. NotificNaoctifiicaór nla .pr esente Resolución a las personas designadas, a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al Director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar del Meta - COFREM, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno de conformidad con el contenido del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 6. VigencLai pare.se nte resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., a los 1 O MAY 2.Q22

ProyeCcctuóe: vy a fis S SFfi ReviAsUór:i lbmeu,n o VoB.u enAo.P: a rdJo..Á nge•l fi

Consultar sobre este documento ...