MINTRABAJO - Resolucion 1910 del 7 6 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolucion 1910 del 7 6 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
REPÚBLDIECC AO LOMBIA
;fr MINISTERIO DEL TRABAJO 1 9 1
RESOLUCIÓN NÚMERO Q DE 2022
O7 J U2N022 ( ) Por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Direc:ivo de la Caja Santandereana de Compensacion Familiar - CAJASAN - para el período de Subsidio Familiar 2022 - 2025 EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de las atribuciones legales, y en parti:;ular las que le confiere el artículo 22 de la Ley 789 de 2002 y el artículc 6 del Decreto - Ley 4108 de 2011, en desarrollo de la Resolución 474 de 2019, y CONSIDERANDO Que el artículo 52 de la Ley 21 de 1982, modificac'o por el artículo 22 de la Ley 789 de 2002, señala que los representantes de los trabajadores beneficiarios serán escogidos por el Ministerio del Trabajo de listas que presentarán las centrales obreras con Personería Jurídica reconocida y de los listados enviados por las Cajas de Compensación de todos los trabajadores beneficiarios no sindicalizados. Que el Ministerio del Trabajo, mediante la ResolLción No. 0474 de 2019 estableció el procedimiento para la convocatoria, postulación, selección y designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados al Consejo Directivo de las Cajas de Compensación Familiar; procedimiento su1ido por las Centrales Obreras y las Cajas de Compensación Familiar, para elaborar y presentar al Ministerio del Trabajo los correspondientes listados de candidatos.
Que los estatutos de la Caja Santandereana de Compensación Familiar - CAJASAN señala que el Consejo Directivo estará compuesto por cinco (5) consejeros principales en representación de los empleadoras, con sus respectivos suplentes, elegidos por la Asamblea General, y cinco (5) consejeros principales en representación de los trabajadores y sus respectivos suplentes, seleccionados por el Ministerio del Trabajo, de conformidad con la normativ dad vigente. Así mismo, su período de duración es de tres (3) años, contados a partir del momento de su elecdón. Que la Secretaría Técnica del Comité de Análisis f Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 28 de febrero de 2022, publicó en la página web de esta entidad, los términos y el mecanismo de recepción digital, a través del correo electrónico consejosdirectivosccf@mintrabajo.gov.co, relacionado con los documentos que deben presentar los candidatos a representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 0474 de 2019. 191 O O 7 JUN 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2022 HOJA Nº 2
Continuación de la Resolución: por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el - - - Consejo Directivo de Caja Santandereana de Compensación Familiar CAJA SAN para el período 2022
2025
Que la Caja de Compensación Familiar, publicó en el periódico Vanguardia , en la página P11 del 1O de marzo de 2022, la respectiva convocatoria, con el fin de garantizar la
participación en condiciones de igualdad a la totalidad de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, que presten sus servicios en las empresas afiliadas a la Caja Santandereana De Subsidio Familiar - CAJASAN, realizándose la correspondiente acta de cierre de inscripciones, el día veinticinco (25) de marzo del 2022. Que la Caja de Compensación Familiar, allegó al Ministerio del Trabajo, el pasado primero (1) de abril del 2022, a través del correo electrónico consejosdirectivosccf@mintrabajo.gov.co, los documentos en forma digital de los participantes de la convocatoria de los trabajadores que se postularon, el acta de cierre y el respectivo listado de los aspirantes con la documentación requerida para efectos de la designación de los representantes de los trabajadores no sindicalizados. Que fueron recibidas vía correo electrónico las hojas de vida de postulaciones para la designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados ante el Consejo Directivo, así: • La Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) con personería jurídica reconocida, envió la postulación de las hojas de vida el pasado de 5 abril del 2022, a través del radicado 11 EE2022214000000019900. • La Central Obrera CUT con personería jurídica reconocida, envió la postulación de las hojas de vida el pasado de 6 abril del 2022, a través del radicado 11 EE2022214000000020531. • La Confederación General de Trabajadores (CGT) con personería jurídica reconocida, envió la postulación de las hojas de vida el pasado de 5 abril del 2022, a través del correo electrónico cgtdornacional@gmail.com.
- La Organización sindical de trabajadores del sistema nacional ambiental colombiano "ORGASINA" con personería jurídica reconocida, envió la postulación de hojas de vida el pasado de 3 abril del 2022, a través del correo electrónico
orgasina.ambiental@gmail.com. Que conforme con lo mencionado, fueron recibidos los listados y documentos digitales de los aspirantes para ser parte del Consejo Directivo como representantes de los trabajadores sindicalizados. Que el Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 23 de mayo de 2022, verificó las hojas de vida y demás documentos suministrados por la Caja de Compensación Familiar y las Centrales Obreras, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas vigentes y los contemplados en la Resolución 0474 de 2019, con el fin de com. probar la idoneidad de los candidatos habilitados para ser designados como integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar. Que para la designación de los integrantes del Consejo Directivo de la Caja Santandereana de Compensacion Familiar - CAJASAN, esta cartera Ministerial, remitió oficio el 24 de mayo de 2022, con radicado de salida No. 08SE2022214000000023826 a 19 1 O O 7 JUN 2021.
RESOLUCIÓN NÚMERO de2 022 HOJANº 3
Continudaelc aRi eósno lupcoilróac n u:as .ed' e sig,noaRsne presentdaeln otTrsea sb ajadaonrteeels ConsDeijroe cdteCi avjSoaa ntandedreCe oamnpae nsFaacm:'ió-l.Ci""!Aar J AS-ApNa realp erí2o0d2o-2
2025 la Superintendencia del Subsidio Familiar, con los documentos soporte necesarios, para que esa Entidad adelante ej proceso de verificación frente al cumplimiento de requisitos legales e idoneidad, acorde con lo regulado en el artícLlo 15 de la Resolución 474 de 2019. Que el pasado 03 de junio de 2022, la Superintendencia del Subsidio Familiar, mediante Oficio No. 2-2022-082344 informó a este Ministerio, sobre el proceso de validación del cumplimiento de los requisitos legales por parte de los postulados como representantes de los trabajadores, ante el Consejo Directivo de la Caja Santandereana de Compensacion Familiar - CAJAS.AN acorde con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades y demás criterios exigidos por la Ley, y en virtud del numeral 5 del artículo 16 del Decreto Ley 2595 de 2012. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Aríctuol 1. Designadceli oóRsne presendteal noTtsre asb ajaadnoterelCe osn sejo Direcdteli aCv aoj Saa ntandedreCe oamnpae nsacFiaomni lCiAaJrA-SADeNs.ign ar como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo Caja Santandereana de Compensacion Familiar - CAJASAN; para el ¡::eríodo 2022 - 2025, a las siguientes personas: Principales Cédula Represednet ante
1 SAMALIA SANTAMARIA ROMERO 37.535.871 NO
SINDICALIZADA
2 SANDRA LILIANA MORENO GOMEZ 63.513.207 NO
SINDICALIZADA
3 JUAN CARLOS AGUILAR 91.259.704 C.G.T.
HERNANDEZ
4 LUSWING SIERRA ACEROS 91.220.130 C.G.T.
5 SANDRA CECILIA ACOSTA SANCHEZ 37.946.150 C.U.T.
Supenlets Cédula Repersentaen det
1 LUIS ALFONSO DUITAMA SANTOS 91.105.410 NO
SINDICALIZADO
2 RUBEN DARIO MANTILLA GOMEZ 91.262.195 NO
SINDICALIZADO
3 LENOY LOPEZ GALLEGO 73.129.170 C.G.T.
4 JAIME CASTRO OTALORA 18.916.439 C.U.T.
5 OSCAR MAURICIO ESTUPIÑAN 13.723.302 C.U.T.
RAMIREZ Aríctuol 2. PeríoEld poer.íod o de los representantes de los trabajadores principales y suplentes será el establecido en los estatutos de Caja Santandereana de Compensación 19 1 O O 7 JUN 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2022 HOJA Nº 4
Conintuaiócnd el aR esoióln: u pcolrac uasled eigsnalno Rse presendtela onTstr easb ajaadnoterele s - - - ConjsoDe ireivcotd eC ajSaa ntandedreCe oamnpae niósnFa acimliarC AJA SAN parealp erí2o02d2 o
2025 Familiar - CAJASAN, correspondiente a tres (3) años, contados a partir del año 2022 y hasta el año 2025. Artículo 3. La posesión de los representantes de los trabajadores principales
Posesión. y suplentes se entenderá surtida con la autorización que imparta la Superintendencia del Subsidio Familiar y no requerirá presentación personal. Artículo 4. La Superintendencia del Subsidio Familiar dará cumplimiento a los trámites de reconocimiento y registro respectivo, que tendrán efectividad a partir de la autorización de los designados. Artículo 5. Notificar la presente Resolución a las personas designadas, a Notificación. la Superintendencia del Subsidio Familiar y al Director Administrativo de la Caja Santandereana de Compensación Familiar - CAJASAN, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno de conformidad con el contenido del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de su expedición. Vigencia.
NOTFÍIQUESEY CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los O 7 JUN 2022
Proyectó: Ccuevas y SDSF QXO Revisó: AUribe, Muñoz, ..fi Vo. Bueno: JC Angelfifi \ • fi