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MINTRABAJO - Resolución 2252 de 2023

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 2252 de 2023
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2023

MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 5 ¿ DE 2023

J3 JUL 2-023 ( -- ) Pomre ddieol cau aslea utoerlpi azgado ea uxidelp iroá cmteincsaau l aoles s tudiantes quceu mpllioersre oqnu iesxiitgopisodl roo ses s tánddaeprlre osg rEasmtaaJ doov 1eO ªn convocadturoarlniotamse,e sedsef ebrmearroza,ob ,ry mi aly doe2 023. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Ene jerdceis cufisao c ullteagdaeyles en ps a,rt icluaclsoa nrf eernie dlaa rst í3c3du ello DecrLeet4yo1 0d8e2 01l1aR, e sol5u2c8id1óe 0nl3 d en oviedmeb2 r0e1y 1e ,n desardrelo opl rleov einls atR oe sol4u5cd2ie ó0ln1d em ardzeo2 02m1o,d ifpiocra da laRse solu0c8id0oe n2le1d s e e nedreo2 02y25 34d9e2 l9d ed iciedme2b 0r2ey2 , CONSIDERANDO: Quee la rtí1c3du ell oaL e1y7 8d0e2 01c6o nteqmup"elE aGl o bieNrnaoc ioant arla,v és deMli nisdteeTlrr iaob ya ejloD epartaAmdemnitnoi sdterl aaFt uinvcoiP óúnb lica,

desarryor lelgalraám uennptaoa lríáqt uiiecn ac enftoimveeyn,c t oeo rdliopnsre o gramas dej óvetnaelse notroise,na tq audjeoó sv esnieensx peripeunecdriaeana lpirzáacrt icas laborjauldeiscy,ar teulradaco icóennd cesi earv iecnei láo r edael saa leundl ,ae sn tidades públilcacasus a,lc eosn tacroámenox peripeanrecalai cac easlso e rvpiúcbilo(i. .)c. "o . Qued ec onforcmoilndos a edñ aleaned alor tí1c5du ell oaL e1y7 8d0e2 01l6a,ps r ácticas laborsaoln"e usna ac tivfoirdmaadtd ievsaa rrpoolurln ae dsat uddieap nrotger amdaes formaccioómnp lemeonftraercpiioadlr oa esss cuenloarsm asluepse ryie odruecsa ción supedreip orre grdaudroa,un ntt ei emdpeot ermiennua nda om,b ielnatbeor reaacllo ,n superviyss oibóarnse u nrteolsa cicoonsnau ád roedsae e stuodd ieos empyes ñuto i dpeo formacpiaórnea;lc umplimdieue nrn etqou piasrictauo l msiuneassr t uudo ibotse unne r títquulleooa credpiatreaaldr e ás empleañbooP roatrlr .a tdaeur nsaaec tivfoirmdaatdi va,

lap rácltaibconaro ca oln strietluaydceeti róanb ajo". Quee ll itae)dr eaallrt íc1u6dl eol aL e1y7 8d0e2 01e6s tabllaee dcaimdóí nipmaar a realpirzáacrt liacbaosre anlC eosl omebnil ao,ss i guiteénrtmeis"n )aoE sd,a dE:n concorcdoalnneo cs itaa blpeoecrlCi ó ddoid gelo Ia n faynl cAaid ao lescleapnsrc áicat,i cas labornaopl oedsrs áernre alipzoaprde arss omneanso rdeeqs u in(c1ea5 ñ)o dsee daEdn. todcoa sloo,asd ·o lesecnetnlrtoqeesus i n(c1ey5d )i eci(s1ia7eñ)to dese e darde,q uieren / 2 2 5 2 1_3 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 JUL i.Ü23 HOJA No _f Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023''. la respectiva autorización para tal fin, de acuerdo con la reglamentación que se expida para el efecto." Que en cumplimiento del parágrafo 3 del artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3546 de 2018, por la cual se regulan las prácticas

laborales, modificada parcialmente por la Resolución 623 de 2020. Que el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 amplió los niveles objeto de la regulación de prácticas laborales contemplados por el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, incluyendo a los programas de educación superior de posgrado, de educación para el trabajo y desarrollo humano, así como la formación profesional integral del Sena. Que, en cumplimiento de lo señalado, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 "Por la cual se establecen medidas para implementar el programa Estado Joven - prácticas laborales en el sector público.", la cual fue modificada por la Resolución 080 de 2022. Que el artículo 1° de la Resolución 452 de 2021, modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, indica lo siguiente: "Artículo 1º Objeto. lmpleméntese el programa de incentivos para las prácticas laborales en el sector público "Estado Joven", financiado a través del Presupuesto General de la Nación, con los recursos de inversión para la correspondiente vigencia fiscal, con el objeto de que los estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, la educación superior de pregrado, la educación para el trabajo y desarrollo humano y la formación profesional integral del SENA, adelanten sus prácticas laborales de cinco (5) meses en las entidades estatales como escenario de práctica, relacionadas con las necesidades específicas que estas últimas establezcan, recibiendo un auxilio de práctica laboral, para que los jóvenes adquieran la experiencia profesional a la

que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, relacionada con su campo de estudio, y mejoren sus niveles de empleabilidad y su transición al mercado de trabajo". º Que en el artículo 2 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 modificada por \a Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, definió como beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. Que el artículo 4° de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, expresa que "En el programa existirá una modalidad, a saber, práctica tiempo completo, de treinta y ocho (38) horas a la semana, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 16 de la Ley 1780 de 2016". º Que en el artículo 5 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, establece que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual RESOLUCIÓN NÚMERO 2252 DE 2023 JU202L3 HOJA No 3 fiJ J Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes

que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023". equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional", código BPIN 2018011000109. Que el artículo 6° de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, expresa que "en caso de que un estudiante postulado al programa sea seleccionado para su vinculación a la práctica laboral, la Entidad Estatal escenario de práctica asumirá la afiliación y cotización en riesgos laborales, conforme con lo establecido en el Decreto 55 de 2015, compilado por el Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo". Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven estableció que, para las dos (2) convocatorias a ejecutarse durante la vigencia 2023, se podrían financiar un total de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO (2.225) cupos para plazas de práctica laboral en el sector público. Para la 1 Oª convocatoria a ejecutarse durante el primer semestre del año 2023, se financiarán MIL TRESCIENTOS (1.300) cupos para plazas de

práctica laboral en entidades del sector público. Que el 10 de noviembre de 2022, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 1 Oª convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de MIL CUATROCIENTOS CUATRO (1.404) estudiantes, de los cuales MIL TRESCIENTOS (1.300) se vincularon al programa para adelantar prácticas laborales durante el 1 semestre de 2023. Que conforme con lo establecido en el numeral 12 de los términos de referencia de la 1 Oª convocatoria a estudiantes del programa Estado Joven, los beneficiarios vinculados iniciaron las prácticas laborales el 1° de febrero de 2023 y finalizarán a más tardar el 30 de junio de 2023. Que de acuerdo con el Manual Operativo del programa adoptado mediante Circular 021 de 2021, modificado a través de la Circular 065 de 2021 y la Circular 0035 de 2022 del Ministerio del Trabajo, los pagos del auxilio de práctica mensual de los beneficiarios se realizarán a través de un operador de pagos, que tiene la responsabilidad de administrar los recursos del programa. Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2022 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario llevará a cabo los giros del auxilio de práctica de los meses de mayo y junio de 2022, para los beneficiarios de la 8ª convocatoria del programa, y los giros del auxilio de práctica de la 9ª convocatoria correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre

y diciembre de 2022. l RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 5 2 DE 2023 L JUL 202H3OJA No fi Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023''. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1645 del 20 de mayo de 2022, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. - FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo el 23 de mayo de 2022 suscribió el Contrato 542 de 2022 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar los incentivos a los estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven, en los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021 y la Resolución 080 de 2022, así como las demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia y el Manual Operativo del programa Estado Joven". Que en el marco del Contrato 542 de 2022, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL OCHOCIENTOS

NOVENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.899.000.000), que serían transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45622 de fecha 24 de febrero 2022, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la cláusula segunda del Contrato 542 de 2022, inicialmente estableció que el plazo de ejecución del contrato era hasta el 31 de diciembre de 2022. Que el Contrato No. 542 de 2022, suscrito entre Fiduagraria S.A. y el Ministerio del Trabajo, tuvo una primera modificación y prórroga por 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación del contrato, es decir, desde el primero (1r o) de enero hasta el dos (2) de marzo del año 2023 (inclusive). Que se amplió el plazo de ejecución del contrato en ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la actual fecha de terminación del contrato, es decir, desde el 3 de marzo de 2023 hasta el 30 de junio de 2023, inclusive. Que al citado contrato a través de la prórroga dos (2) adición uno (1) le fueron adicionados los siguientes recursos: i) VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($21.215.216), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45023 de fecha 6 de febrero de 2023, correspondiente

al pago de la comisión fiduciaria, por los giros que efectivamente se realicen a los estudiantes beneficiarios de la 1 Oª convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo y abril del año 2023, y la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.524.000.000), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45323 de fecha 7 de febrero de 2023, para ser administrados en el marco del encargo fiduciario, los cuales serán destinados al pago de los auxilios de práctica de los estudiantes de la 1 Oª convocatoria, durante los mismos meses antes mencionados.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 5 2 DE 2023 J3 JUL 2023 HOJA No 5

Continuaci?n de la Resfilfición "Pfir medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplteron los reqfi1s1tos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023". Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2023 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario llevará a cabo los giros del auxilio de práctica de los estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1689 del 31 de mayo de 2023, adjudicó el contrato al

proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.

FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada.

Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato 442 de 2023 el 8 de junio de 2023 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Constitución de un encargo fiduciario para custodiar y administrar los recursos asignados para el auxilio de práctica del programa Estado Joven y girar los incentivos a los estudiantes beneficiarios del programa, en los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021, la Resolución 080 de 2022 y el Manual Operativo del programa Estado Joven, así como las demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia." Que en el marco del contrato 442 de 2023, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.381.000.000), serán transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.0 14323 de fecha 10 de enero 2023, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que en el marco de las prácticas laborales se realiza una supervisión de la actividad formativa adelantada por el estudiante. Que dicha supervisión, conforme a la Resolución 3546 de 2018, modificada parcialmente

por la Resolución 623 de 2020, es realizada por la Institución Educativa, a través de la designación de un monitor, y la Entidad Estatal escenario de práctica, mediante un tutor que es funcionario del escenario de práctica. Que monitor y tutor tienen dentro de sus funciones elaborar, en conjunto con el estudiante, el informe de seguimiento mensual y dar su aprobación al mismo, como requisito para el giro del auxilio de práctica mensual. Que para la operación del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, cuenta con el aplicativo "Estado Joven". Que el numeral 5.3 del manual operativo señala que el auxilio de práctica se gira al finalizar el mes siguiente al periodo en el cual se desarrollaron las actividades, previa presentación j ,; J; 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 DE 2023 Jl, HOJA No fi 5 '- Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023''. y validación de los documentos requeridos para cada mes, firmados por el estudiante, el tutor y el monitor. Que el numeral 5.4.1 del mismo manual, señala que existe un Comité Técnico, definido como una instancia coordinadora, encargada de velar por el correcto funcionamiento del programa, integrado por la Directora de Movilidad y Formación para el Trabajo del Ministerio del Trabajo, o su delegado(a), quien ejerce la Presidencia del Comité, y el Director de

Empleo Público del Departamento Administrativo de la Función Pública, quienes participan con voz y voto. Esta instancia tiene entre sus funciones avalar los pagos del auxilio de práctica mensual de los estudiantes vinculados al programa e implementar controles que permitan su verificación. Que el auxilio de práctica mensual equivale a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y para el año 2023, de conformidad con el Decreto 2613 de 2022, corresponde a la cifra de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS M/CTE. ($1.160.000). Este auxilio se otorga únicamente en el tiempo de duración de la práctica y en ningún caso se considera un salario. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.1 del manual operativo del programa, las incapacidades, licencias o ausencias de duración menor o igual a cinco (5) días hábiles no generan alteración en el pago del auxilio de práctica mensual. En el evento de situaciones mayores a cinco (5) días hábiles, e inferiores o iguales a quince (15) días hábiles, el auxilio de práctica se pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este caso, el tutor y monitor de práctica deberán validarla y reportarlo al programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. En el evento en que la incapacidad, licencia o ausencia supere los quince (15) días hábiles, el estudiante debe solicitar interrupción de la práctica laboral. Que durante la vigencia fiscal del año 2023 y para dar continuidad a la aplicación de un mecanismo necesario para que los jóvenes estudiantes rompan la brecha de empleabilidad a través de la equivalencia de experiencia profesional previa, a la que se refiere la Ley 2039

de 2020 y la Ley 2043 de 2020, reglamentadas por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, y continuar con la implementación de un mecanismo que incentive la realización de prácticas laborales en el sector público, se asignaron al Ministerio del Trabajo TRECE MIL TRECIENTOS CINCO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE ($13.305.128.370) del Presupuesto General de la Nación, a través del proyecto de inversión "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacionaf', código BPIN 2018011000109, destinados a la implementación del programa "Estado Joven". Que de acuerdo con lo establecido en el contrato 442 de 2023 el Ministerio del Trabajo pagará al operador la comisión fiduciaria correspondiente a su gestión como administrador del encargo fiduciario, en la modalidad de valor por giro, es decir, se pagará una suma fija por SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($6.579) por cada giro o pago efectivamente realizado a cada beneficiario del programa Estado Joven. El pago de esta comisión al operador será llevado a cabo mes vencido, una vez el Ministerio del· 13

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 JlJL 2023 HOJA No 7 2 2 5 2

Continuación de la Resolución a "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oªc onvocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023".

Trabajo verifique el número de giros realizados por el operador, de acuerdo con los requisitos establecidos en el manual operativo del programa y el contrato. Que por medio de oficio No. 10079 del 16 de junio de 2023, FIDUAGRARIA S.A. le solicitó al Ministerio del Trabajo la transferencia de recursos objeto de administración fiduciaria, de acuerdo con lo establecido en la cláusula cuarta del contrato 442 de 2023, solicitando que dichos recursos fueran consignados en la cuenta de ahorros No. 256-143173, del Banco de Occidente y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la Directora de Movilidad y Formación para el Trabajo, en calidad de supervisora del contrato No. 442 de 2023 suscrito entre el Ministerio del Trabajo y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARIA S.A., teniendo en cuenta que el 16 de junio 2023 se cumplió el perfeccionamiento y ejecución del contrato y con la solicitud de transferencia de recursos objeto de administración remitida por parte de Fiduagraria S.A., dio aval respecto al cumplimiento del total de requisitos para el perfeccionamiento del contrato, y solicitó el 16 de junio de 2023 a la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, el desembolso de OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.381.000.000), los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.0 14323 de fecha 10 de enero 2023.

Concepto Rubro Uso Rp Valor Trasaldnamidisot drea ciCó-n3 1600303R--E31C 0 recupraserpolaas dg eo auxmielnisdouep a rlá act iCc-a3 630030--130-201--A3-60033-04-01 lobse nefdielc aisa ri0o3s( Rduebsraog regado) 106023 $8..308010.000 convoc2a0td2oe3rl i as progdrepa rmáac ticas laboerneas lle ecpstú obrl ico "EsJtoavdeon " Que la Secretaría General del Ministerio del Trabajo, a través del memorando con radicado de salida 08Sl2023400000000012049 de fecha 16 de junio de 2023, dirigido a la Subdirector Administrativo y Financiero del Ministerio del Trabajo, autorizó y ordenó el desembolso, previa verificación de los documentos soporte requeridos, de los OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.381.000.000), objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A. Que la ordenación del gasto se deberá realizar mediante acto administrativo que ordene el giro de los recursos a cada beneficiario del programa Estado Joven, que cumpla con los requisitos. Dichos recursos serán consignados a las cuentas bancarias reportadas por los estudiantes beneficiarios, a través del Formato de inscripción para transferencia del incentivo, registrado en el aplicativo del programa Estado Joven. Que la Fiduciaria FIDUAGRARIA S.A., realizará todos los desembolsos que sean necesarios y que instruya el Fideicomitente, previa presentación de los documentos

instruidos a continuación, los cuales deberán contar con el visto bueno o la aprobación del supervisor y firma del ordenador del gasto: l RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 5 2 DE 2023 lJ._ JLIL 2D23 HOJA No -ª Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023''.

1. Instrucción que será remitida previamente por el Ministerio del Trabajo, a través de correo electrónico, indicando el cargue de los giros en la Central de Pago, detallando cantidad de giros y valor total. 2 . Relación y/o Planilla de giros con el detalle de los giros que fueron cargados en la Central de pagos, la cual será cotejada frente a los pagos cargados.

Que la fiduciaria informará al FIDEICOMITENTE, máximo al tercer día hábil siguiente de conocer las inconsistencias que se presenten en la información contenida en los archivos, como cuentas corrientes o de ahorros, o cualquier otra, que impidan tramitar los giros a los beneficiarios finales incluyendo los rechazos bancarios del giro realizado, para que se adelanten las gestiones necesarias para subsanar las inconsistencias. Que conforme a la cláusula novena en su numeral 9.2.2. del Contrato 442 de 2023, FIDUAGRARIA S.A. realizará los giros dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la instrucción de pago por parte del Ministerio del Trabajo.

Que el numeral 5.4.4. del Manual Operativo del programa Estado Joven, indicó que es responsabilidad de las Entidades Estatales, "reportar mensualmente al Programa, a través del aplicativo dispuesto por el Ministerio del Trabajo y conforme al cronograma que se defina para tal fin, la confirmación del desarrollo de actividades de los estudiantes, para la autorización de pago del auxilio de práctica mensual, así como las novedades que se puedan presentar durante el desarrollo de las prácticas". Que para autorizar el primer pago de auxilio de práctica de cada convocatoria y conforme con la normatividad de este, además del informe de actividades, el Ministerio del Trabajo valida que cada estudiante presente: 1) Formato de inscripción para transferencia del incentivo firmado por el estudiante, donde indique la cuenta bancaria a la cual se debe consignar el auxilio mensual, 2) Acta de inicio de actividades, firmada por el tutor y 3) Plan de práctica, firmado por el tutor y monitor. Así como, los documentos aportados por cada estudiante que reposan en el aplicativo del programa. Que a través de la Resolución 0945 del 27 de marzo de 2023 se autorizaron MIL CIENTO OCHENTA Y DOS (1.182) pagos del auxilio de práctica mensual, que constituyen la primera autorización de pagos de la décima convocatoria del programa Estado Joven, por un valor

de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y

SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.364.237.334).

Que a través de la Resolución 1277 del 28 de abril de 2023 se autorizaron CUARENTA Y

OCHO (48) pagos del auxilio de práctica mensual, que constituyen la sexta autorización de pagos de la novena convocatoria del programa Estado Joven por valor de CUARENTA Y

SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y

TRES PESOS ($46.933.333).

Que a través de la Resolución 1278 del 28 de abril de 2023 se autorizaron MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES (1.353) pagos del auxilio de práctica mensual, que constituyen la segunda autorización de pagos de la décima convocatoria del programa RESOLUCIÓN NÚMERO 2 2 5 2 DE 2023 J.3 JLJL 2023 HOJA No J! Contiónnud aelc aRi esolu"Pcor imóednio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes _ que cump/Jeron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023".

Estado Joven, por un valor de MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE

($1.564.182.667). Que a través de la Resolución 1669 del 30 de mayo de 2023 se autorizaron MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN (1.261) pagos del auxilio de práctica mensual, que constituyen la tercera autorización de pagos de la décima convocatoria del programa Estado Joven, por un valor de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES

NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($1.459.976.000).

Que a través de la Resolución 1750 del 6 de junio de 2023 se modificó parcialmente la Resolución 1669 excluyendo un giro de auxilio de práctica laboral y por lo tanto se autorizaron MIL DOSCIENTOS SESENTA (1.260) pagos del auxilio de práctica mensual, que constituyen la tercera autorización de pagos de la décima convocatoria del programa Estado Joven, por un valor de MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES

OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS M/CTE ($1.458.816.000).

Que para la cuarta autorización de pagos de auxilio de práctica a los estudiantes que cumplieron los requisitos mínimos de la 1 Oª convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023, conforme a las indicaciones brindadas po, el Comité Técnico de Estado Joven, los orientadores del programa confirmaron los datos y firmas contenidas en los informes de práctica, y en cuya constancia presentaron un informe de verificación y certificación por orientador, para autorizar el pago a MIL DOSCIENTOS (1.200) estudiantes, por un valor total de MIL TRESCIENTOS

NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE

($1.390.492.000), detallados así:

1. UN (1) estudiante, JULIAN DAVID RAMIREZ ACOSTA identificado con CC 1000465586 quien realizó prácticas laborales durante el mes de febrero de 2023, y presentó los soportes requeridos por el programa Estado Joven, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS M/CTE

($1.160.000).

2. CUATRO (4) estudiantes, que realizaron prácticas laborales durante el mes de marzo de 2023, y presentaron los soportes requeridos por el programa Estado Joven, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS M/CTE ($1.160.000), para cada uno de ellos. En total, el valor autorizado para el pago de este grupo de estudiantes asciende a la suma de CUATRO

MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/CTE ($4.640.000).

3. UN (1) estudiante, DAN ILO HERNAN FLOREZ ROSE RO identificado con CC. 1233191402, quien terminó anticipadamente la práctica laboral el 7 de marzo 2023, por lo tanto, se autoriza el pago de 7 días de este mes, correspondientes

a DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($270.667). fi ¡ Jl J 2D23 ..1Q

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 L HOJA No 2 2 5

Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2023''.

4. UN (1) estudiante, DANIEL CAMILO PARRA MENDIVELSO identificado con CC. 1010126102, quien terminó anticipadamente la práctica laboral el 14 de marzo 2023, po

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