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MINTRABAJO - Resolución 2319 de 2021

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 2319 de 2021
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2021

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO 2 3 1 SpE 2021 ( 03 SEP 2021 ) Por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA - para el período 2021 - 2024 EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de las atribuciones legales, y en particular las que le confiere el artículo 22 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 6 del Decreto — Ley 4108 de 2011, en desarrollo de la Resolución 474 de 2019, y CONSIDERANDO Que el artículo 22 de la Ley 789 de 2002, que modificó el artículo 52 de la Ley 21 de 1982, señala que los representantes de los trabajadores beneficiarios serán escogidos por el Ministerio de Trabajo de listas que presentarán las centrales obreras con Personería Jurídica reconocida y de los listados enviados por las Cajas de Compensación de todos los trabajadores beneficiarios no sindicalizados. Que el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 0474 de 2019 estableció el procedimiento para la convocatoria, postulación, selección y designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados al Consejo Directivo de las Cajas de Compensación Familiar; procedimiento surtido por las Centrales Obreras y las Cajas de Compensación Familiar, para elaborar y presentar al Ministerio del Trabajo los correspondientes listados de candidatos. Que los estatutos de la Caja de Compensación Familiar de BarrancabermejaCAFABA, señala que el Consejo Directivo estará compuesto por cinco (5) consejeros principales en representación de los empleadores, con sus respectivos suplentes, elegidos por la Asamblea General, y cinco (5) consejeros principales en representación de los trabajadores y sus respectivos suplentes, seleccionados por el Ministerio del Trabajo, de conformidad con la normatividad vigente. Asimismo, su periodo de duración es de tres (3) años contados a partir del momento de su elección = RESOLUCIÓN NÚMERO 2 3 1 9 de 2021 HOJA N° 2

Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA - para el período 2021 — 2024” Que la Secretaria Técnica del Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 16 de marzo de 2021 publicó en la página web de esta entidad, los términos y el mecanismo de recepción digital, a través del correo electrónico

consejosdirectivosccf@mintrabajo.gov.co, relacionado con los documentos que deben presentar los candidatos a representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 0474 de 2019. Que la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA, allegó al Ministerio del Trabajo el pasado 16 de junio del 2021 a través del correo electrónico director@cafaba.com.co, los documentos digitales de la convocatoria de los trabajadores que se postularon, el acta de cierre y los respectivos listados de aspirantes

con la documentación requerida para efectos de la designación de los representantes de los trabajadores no sindicalizados. Que fueron recibidas, vía correo electrónico, las hojas de vida de postulaciones para la selección de los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo, así: o Central Obrera CTU-USCTRAB envió la postulación de hojas de vida el 9 de abril de 2021, a través del correo electrónico vicepresidenciausctrab@gmail.com. o Central Obrera CTC envió la postulación de hojas de vida el 19 de abril de 2021, a través del correo ctc.pres@ctc-colombia.com.co. o Central Obrera CUT envió la postulación de hojas de vida el 23 de junio de 2021, a través del correo electrónico presidenciacutcolombia@gmail.com Que conforme con lo mencionado fueron recibidos los listados y documentos digitales de los aspirantes para ser parte del Consejo Directivo como representantes de los trabajadores sindicalizados. Que el Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 19 de agosto de 2021 verificó las hojas de vida y demás documentos suministrados por la Caja de Compensación Familiar y las Centrales Obreras, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas vigentes y los contemplados en la Resolución 0474 de 2019, con el fin de comprobar la idoneidad de los candidatos habilitados para ser designados como integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar. Que para la designación de los integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA, esta cartera Ministerial remitió oficio el 20 de agosto de 2021 con radicado de salida No. 08SE2021214000000047413,

a la Superintendencia del Subsidio Familiar, con los documentos soporte necesarios para que esa Entidad adelante el proceso de verificación frente al cumplimiento de requisitos legales e idoneidad, acorde con lo regulado en el artículo 15 de la Resolución 474 de 2019. Que el pasado 1 de septiembre de 2021, la Superintendencia del Subsidio Familiar mediante Oficio No. 2-2021-152680 informó a este Ministerio, sobre el proceso de validación del cumplirniento de los requisitos legales por parte de los postulados como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja — CAFABA, acorde con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades y demás criterios exigidos por la Ley, y en virtud del numeral 5 del artículo 16 del Decreto Ley 2595 de 2012. VW RESOLUCIÓN NÚMERO. 9349 dezoza 03 SEP 2021 nouanes Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el malo te de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA - para el período En mérito de lo antes expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Designación de los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de BarrancabermejaCAFABA. Designar como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja -CAFABApara el período 2021 - 2024, a las siguientes personas: Principales Cédula Representante de 1 | Katy Julieth Padilla Rojas 1.096.213.715 | No Sindicalizada

Z Eduardo de Jesús Zúñiga Vásquez 913.438.001 CTC. 3 | Luis Angel Quintana Tolosa 13.571.188 CUT 4 | Bolmar López Madariaga 91.428.480 CTC 5 | Osiris Guzman Paredes 63.468.558 | No Sindicalizada Suplentes Cédula Representante de 1 | Jaime López Gómez 91.041.072 CUT. 2 | Lorena Ramos Mejia 1.096.224.414 | No Sindicalizada 3 | William Mendoza Gómez 13.894.566 CUT 4 | Gloria Inés Melgarejo Carreño 37.579.116 | No Sindicalizada 5 | Karent Patricia Najera Herrera. 1.096.219.343 | No Sindicalizada Artículo 2. Período. El período de los representantes de los trabajadores principales y suplentes será el establecido en los estatutos de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja -CAFABA-, correspondiente a tres (3) años, contados a partir del año 2021 y hasta el año 2024. Artículo 3. Posesión. La posesión de los representantes de los trabajadores principales y suplentes se entenderá surtida con la autorización que imparta la Superintendencia del Subsidio Familiar y no requerirá presentación personal. Artículo 4. La Superintendencia del Subsidio Familiar dará cumplimiento a los trámites de reconocimiento y registro respectivo, que tendrán efectividad a partir de la autorización de los designados. Artículo 5. Comunicar la presente Resolución a las personas designadas; a la Superintendencia del Subsidio Familiar; y, al Director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja -CAFABA-, haciéndoles saber que contra

el presente acto administrativo no procede recurso alguno. L RESOLUCION NUMERO 2319 de 2021 03 SEP 2021 HOJA N° 4

Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar de Barrancabermeja - CAFABA - para el período 2021 -- 2024” Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su comunicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.,alos f 3 CFD ] Ooo NmP

Proyectó: Ccuevas CN,

Reviso: AUribe, imunoz, M Vo. Bueno: A. Pardo IBA ¿ No. Radicado: 08512021120000000013233 "Fecha: 2021-09-03 02:27:08 pm

Remitente: Sede: CENTRALES DT El empleo

Mintrabajoesdetodos

Depen: OFICINA ASESORA JURIDICA

Destinatario SECRETARÍA GENERAL WO. Bogota, D.C., septiembre de 2021 Al responder por favor citar .. número de radicado [a]:

ETE MEMORANDO 4 es

PARA: Dra. EFVANNI PAOLA PALMARINY PEÑARANDA se

Secretaria General e a¡ G E I a o oP p DE: JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURIDICA = i b oA S L ai O Y “O E J ASUNTO: Remite Proyecto de Resolución “Por la cual se designan los Representantes de ci a ]E ios Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación

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I O P UO eI

IN BU De manera atenta estoy remitierdo el proyecto de resolución señalado en el asunto, la cual ha sido ejL S U revisada y trabajada con la Dra. Claudia Patricia Cuevas Ortis y por esta Oficina Asesora, en cuanto J aO d al componente jurídico, lo anterior para trámite de firma, si así lo considera pertinente. oI sS yI oE vU Con sentimientos de respeto y gratitud, o9 9 AS ya dss L AMANDA PARDO OLARTE Anexos: Proyecto de Resolución origiral, en dos (2) folios Total Documentos remitidos 2 folios Revisó/Aprobó:

Elaboró: Claudia M. P.. 03/09'2021

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