MINTRABAJO - Resolución 2525 de 2026
Ministerio de Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 2525 de 2026
- Autor
- Ministerio de Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2026
MINISTERIO DEL TRABAJO
RESOLUCIÓN NÚMERO
( ) DE 2026 PorlacualsedesignanlosRepresentantesdelosTrabajadoresanteelConsejoDirectivo delaCajadecompensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCOANTIOQUIA-parael período2026–2030 EL MINISTRO DEL TRABAJO Enejerciciodelasatribucioneslegales,yenparticularlasqueleconfiereelartículo22dela Ley789de2002yelartículo6delDecreto–Ley4108de2011,endesarrollodelaResolución 0474de2019,y CONSIDERANDO Que la Ley 31 de 1984 en su artículo 1° modificó la Ley 21 de 1982 y estableció que:“Los Consejos Directivos de las Cajas de Compensación Familiar estarán compuestos por diez miembros principales y sus respectivos suplentes integrado así: Cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes en representación de los empleadores afiliados y Cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes en representación de los beneficiarios del subsidio familiar.”Esdecir,delostrabajadoresafiliadosalacajadecompensaciónfamiliar. QueesfacultaddelMinisteriodeTrabajo,segúnloestableceelartículo52delaLey21de1982, modificado por el artículo 3° de la Ley 31 de 1984 y el artículo 22 de la Ley 789 de 2002, la designación de los representantes sindicalizados y no sindicalizados de los consejos directivos delasCajasdeCompensaciónFamiliar. Quelosrepresentantesdelostrabajadoressindicalizadosseránescogidospor elMinisteriodel
Trabajodelaslistaspresentadasporlascentralesobrerasconpersoneríajurídicareconociday en el caso de los trabajadores no sindicalizados, estos serán escogidos a partir de los listados enviadosporlasCajasdeCompensaciónFamiliar,conformeseseñalaenelartículo52delaLey 21de1982,modificadoporelartículo22delaLey789de2002. Que el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 0474 de 2019 estableció el procedimiento para la convocatoria, postulación, selección y designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados al Consejo Directivo de las Cajas de CompensaciónFamiliar,conformealperíodofijadoenlosestatutosdecadaunadeellas. Que los estatutos de la Caja de compensación Familiar de Antioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA, establecen que el Consejo Directivo estará compuesto por cinco (5) consejeros principales en representación de los empleadores, cinco(5) consejeros suplentes, elegidos por laAsambleaGeneral,ycinco(5)consejerosprincipalesenrepresentacióndelostrabajadoresy cinco(5)consejerossuplentes,seleccionadosporelMinisteriodelTrabajo,deconformidadcon lanormatividadvigente,yqueelperiododeduracióndelconsejodirectivoesde4años. Quedando cumplimiento en virtud del levantamiento de la medida cautelar de intervención por partedelaSuperintendenciadeSubsidioFamiliar,porunaparte,conformealaResoluciónNo.
0563del17deJuliode2026,expedidasporlaSuperintendenciadeSubsidioFamiliar. Quela Cajade compensación Familiar deAntioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA, publicó una pautapublicitariaElcolombianoeldía21dejuliode2026,larespectivaconvocatoria,conelfin de garantizar la participación en condiciones de igualdad a la totalidad de los trabajadoresRESOLUCIÓN NÚMERO de 2026 HOJA N° 2
Continuación de la Resolución: por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo deCajadecompensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCOANTIOQUIApara el período 2026-2030 sindicalizadosynosindicalizados,queprestensusserviciosenlasempresasafiliadasa laCaja deCompensación,registrándosecomofechadecierredelaconvocatoriael31dejuliode2026.
Queeldía04deagostode2026,laCajadecompensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCO ANTIOQUIA, allegó al Ministerio del Trabajo a través del correo electrónico juan.morales1@comfenalcoantioquia.com, el listado de los postulados con los documentos soporte, así como el acta de cierre de la convocatoria y demás documentación requerida para efectosdeladesignacióndelosrepresentantesdelostrabajadoresnosindicalizados. Que fueron recibidas las hojas de vida de las postulaciones para la designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados ante el Consejo Directivo de la Caja de
compensación Familiar de Antioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA por parte de las siguientes centralesobreras,así: La Confederación General de Trabajadores (CGT) con personería jurídica reconocida representadaelseñorPERCYOYOLAPALOMÁ,envió lapostulación de cuatro(4)hojas de vida a través del correo electrónicocgtdornacional@gmail.com, el día 31 de julio del 2026. LaConfederacióndeTrabajadoresdeColombia(CTC)conpersoneríajurídicareconocida representadaelseñorJOHNJAIROCAICEDOVILLEGAS,enviólapostulacióndeuna(1) hojas de vida a través del correo electrónicoctc.pres@ctc-colombia.com.co, el día 3 de agostode2026. LaCentralUnitariadeTrabajadoresdeColombia(CUT)conpersoneríajurídicareconocida enviólapostulacióndediez(10)hojasdevida,aallegóalMinisteriodelTrabajomediante oficioradicadoNo.11EE2026214000000101121,el31dejuliodel2026. Queconformeconlomencionado,fueronrecibidosloslistadosydocumentosfísicosydigitales delosaspirantesparaser partedelConsejoDirectivocomorepresentantesdelostrabajadores sindicalizados y no sindicalizados tanto por parte de la Caja de compensación Familiar de Antioquia-COMFENALCOANTIOQUIA,asícomolascentralesobrerasconpersoneríajurídica.
QuedeacuerdoconelactaNo.10desesióndel04deagostode2026,elComitédeAnálisisy Evaluación del Ministerio del Trabajo verificó las hojas de vida con el cumplimiento de los requisitosexigidosporlasnormasvigentes,asaber:laLey21de1982,elDecreto1531de1990, la Ley 789 de 2002 y la Resolución 0474 de 2019, a fin de comprobar la idoneidad de los candidatoshabilitadosparaserdesignadoscomointegrantesdelConsejoDirectivodelaCajade compensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCOANTIOQUIA . Quedandocumplimientoaloindicadoenelartículo15delaResolución0474de2019,referente al control de la Superintendencia del Subsidio Familiar, en el marco del procedimiento para la postulación,selecciónydesignacióndelosrepresentantesdelostrabajadoresantelosConsejos Directivos de la Caja de compensación Familiar de Antioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA, la SecretaríaTécnicadelComitédeAnálisisyEvaluacióndelMinisteriodelTrabajo,remitióoficioa dicha entidad conradicado No. 08SE202621400000044253 el 04 de agosto de 2026, mediante correoelectrónico,adjuntandotodaladocumentación,paralodesucompetencia. QuelaSuperintendenciadelSubsidioFamiliar,medianteOficioNo. 2-2026-017847defecha05 deagostode2026,emitiórespuestaalMinisteriodelTrabajosobreelresultadodelprocesode
validacióndelcumplimientodelosrequisitoslegalesdelosdesignadoscomorepresentantesde lostrabajadores,anteelConsejo Directivo de laCajade compensaciónFamiliar de AntioquiaCOMFENALCO ANTIOQUIA, acorde con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades y demáscriteriosexigidosporlaLey,envirtuddelnumeral5°delartículo16delDecretoLey2595 de2012, indicando que tras laverificación de los documentos aportados, se constató que “(…) los candidatos postulados cumplen con los requisitos para ser designados como consejeros directivos en representación delos trabajadores de la Caja de compensaciónRESOLUCIÓN NÚMERO de 2026 HOJA N° 3
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Antioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA.
Que,enelmarcodelasactuacionesadministrativasadelantadasporesteMinisterio,yatendiendo lacomplejidadtécnicayjurídicadelasverificaciones,análisisyvalidacionesrequeridasparala adecuada adopción de la selección, fue necesario acciones orientadas a garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, debido proceso, eficacia y seguridad jurídica, circunstancias que incidieron en el tiempo requerido para la culminación del trámite
administrativo. En consecuencia, la expedición del presente acto administrativo se realiza una vezconcluidaslasetapasnecesariasparacontarconloselementosdevalidaciónsuficientesque permitenadoptarunadecisióndebidamentemotivadayajustadaalordenamientojurídico. Que habiéndose surtido el procedimiento contemplado en la resolución 0474 de 2019, se procederáentoncesadesignaralosrepresentantesdelostrabajadoresanteelconsejodirectivo delaCajadecompensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCOANTIOQUIA . Enméritodeloexpuesto, RESUELVE: Artículo 1. Designar como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de compensación Familiar de Antioquia -COMFENALCO ANTIOQUIA, para el período estatutario2026–2030,alassiguientespersonas: Principales Cédula Representante de 1 ANAMILENAMEJIALOBO 43.829.190 CUT 2 ANDRESFELIPEVELOSAMONTOYA 8.466.251 CUT 3 JUANCAMILOLOPERAGUTIERREZ 98.707.212 CUT 4 CARLOSMARIOCASTAÑEDAMONSALVE 71.387.261 CUT 5 JOHNEDUARDOMADRIGALESCOBAR 98.672.289 NS Suplentes Cédula Representante de 1 ELKINEVELIOPALACIOHERRERA 1.017.123.776 NS 2 JENIFFERAGUILARPEREA 1.076.330.979 CGT 3 JESUSHERNANDOTOBONJARAMILLO 1.039.689.175 CGT
4 NIDIADELSOCORROGOMEZRAMIREZ 43.430.967 CUT 5 ALEJANDROBERNALTOBÓN 15.389.033 NS Artículo 2.Período.Elperíododelosrepresentantesdelostrabajadoresprincipalesysuplentes será consecuente con el establecido en los estatutos de la Caja de compensación Familiar de Antioquia-COMFENALCOANTIOQUIAcorrespondienteacuatro(4)años. Artículo 3 . Posesión. La posesión de los representantes de los trabajadores principales y suplentesseentenderásurtidaconlaautorizaciónqueimpartalaSuperintendenciadelSubsidio Familiarynorequerirápresentaciónpersonal. Artículo 4. Autorización. La Superintendencia del Subsidio Familiar dará cumplimiento a los trámites de reconocimiento y registro respectivo, que tendrán efectividad a partir de la autorizacióndelosdesignados.RESOLUCIÓN NÚMERO de 2026 HOJA N° 4
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Artículo 5. Publicación. Ordenar la publicación de la presente resolución en el sitio web del MinisteriodelTrabajo. Artículo 6. Comunicación . La Secretaría Técnica del Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo comunicará la presente Resolución a las personas designadas, a las centralesobreras,alaSuperintendenciadelSubsidioFamiliaryaldirector(a)Administrativode
laCajadecompensaciónFamiliardeAntioquia-COMFENALCOANTIOQUIA,haciéndolessaber que, contra el presente acto administrativo, no proceden recursos, de conformidad con los artículos74y76delaLey1437del2011. Artículo 7. Vigencia.LapresenteResoluciónrigeapartirdesucomunicación
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
DadaenBogotá,D.C.,alos
ANTONIO ERESMID SANGUINO PAEZ
MinistrodelTrabajo Proyectó: JuanGuillermoHernándezLombo.–SubdirectorSSF(e).
Revisó: CamilaBohórquezRueda–JefeOficinaAsesoraJurídica
Aprobó: SandraMilenaMuñozCañas-ViceministradeRelacionesLaborales