MINTRABAJO - Resolución 2529 de 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 2529 de 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
REPÚBLICA DE COLOMBIA fi
MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 2 5 2 9
O 7 JUL 2022 ( ) Por medio de la cual se au:oriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, dufiante el mes de mayo de 2022. LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas en el artículo 33 del Decreto Ley 4108 de 2011, aR es-::>lución 5281 del 03 de noviembre de 2011, y en desarrollo de lo previsto en la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la Resolución 080 del 21 de enero de 2022, y CONSIDERANDO: Que el artículo 13 de la Ley 1780 de 2016 contempla que "EGlo bieNrnaoc ioan tarla,v és deMli nisdteelTr riaob ya jeolD epartaAmaemnitnoi sdterl aatF iuvnoc iPóúnb lica, desarryor lelgalraám eunntapao rláíq tuieic nac enftoimveeyn,c t oeo rdliopnsre o gramas dej óventeasl enotroise,. 'a 1qtujaeód voesns eiesnx peripeunecdiraaen a lpirzáacrt icas laborjauldeisc,yar teulraadc oicóenn dciesa e rveince iláo r edael saa leundl ,ae sn tidades
públilcacasus a,l ceosn tacormáe enxo eriepnacreialaac c eso als ervpiúcbilo(i ...c )o". Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, las prácticas laborales son "unaac tivfoirdmaadtd ievsaa rrpoolurln ae dsat udidaepn rotger amdaes formaccoimópnl emeonftraerc.piaod lroa ses s cuenloarsm asluepse riyoe rdeusc ación superdiepo rre grdaudroa,un ntt ei emdpeot ermiennua nda om,b ielnatbeor reaacllo ,n superviyss ioóbanrs eu nrtoesl aficconsnau dá orsed aee stuod dieos empyes ñuto i dpeo formacipóanre;alc umpl!mideeUn .tr'1c e quipsairfitauo } misnuaesrs tuduio obst eunne r títquulleoo a credpiartaae rldá e sempleañboo Proatrlr .a tdaeru sneaa c tivfoirdmaadt iva, lap rácltaibcoanr oca oln strietluaydceeit órna bajo". Que el literal a) del artículo 16 de la Ley 1780 de 2016 estableció la edad mínima para realizar prácticas laborales en Colombia, en los siguientes términos, "aE)d adE:n concordcaonlnceo is at ablpeoecrliC dóod idgelo Ia n faynl ciAaad olescleanpscr iáac,t icas
labornaopl oedsr sáenrr e alipzoaprde arss omneanso rdeeqs u in(c1e5a )ñ odsee daEdn. todcaoso , /os adolesceenntltroeeqss u in(c1e5y d) i eci(s1i7ae)ñt oeds ee darde,q uieren far espeacutitvoar ipzaartcaaiff nló ,c n e a cuecrodlnoar eglamenqtuaseec eixópnip daar a ele fecto." Cf,1 2529 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 O 7 JUL HOJA No _l Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes ª que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8 convocatoria, durante el mes de mayo de 2022.". Que en cumplimiento del parágrafo 3 del artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3546 de 2018, por la cual se regulan las prácticas laborales, modificada parcialmente por la Resolución 623 de 2020. Que el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 amplió los niveles objeto de la regulación de prácticas laborales contemplados por el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, incluyendo a los programas de educación superior de posgrado, de educación para el trabajo y desarrollo humano, así como la formación profesional integral del Sena. Que, en cumplimiento de los mandatos anteriores, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 "Por la cual se establecen medidas para
implementar el programa Estado Joven - prácticas laborales en el sector público.", la cual fue modificada por la Resolución 080 de 2022. Que el artículo 1 °dela Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, indica lo siguiente: "lmpleméntese el programa de incentivos para las prácticas laborales en el sector público "Estado Joven", financiado a través del Presupuesto General de la Nación, con recursos de inversión para la vigencia fiscal 2022, con el objeto de que los estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por /as escuelas normales superiores, la educación superior de pregrado, la educación para el trabajo y desarrollo humano y la formación profesional integral del SENA, adelanten sus prácticas laborales de cinco (5) meses en /as entidades estatales como escenario de práctica, relacionadas con /as necesidades específicas que estas últimas establezcan, recibiendo un auxilio de práctica laboral, para que /os jóvenes adquieran experiencia profesional a la que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, relacionada con su campo de estudio ym ejoren sus niveles de empleabilidad ys u transición al mercado de trabajo." Que en el artículo 2º de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 definió como beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. En el artículo 4° de ese acto administrativo se indica que las prácticas laborales ofertadas por el programa son de tiempo
completo, con intensidad semanal de 38 horas. Que en el artículo 5º de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la Resolución 080 de 2022, establece que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente para el año 2022, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional", código BPIN 2018011000109. Que el artículo 6° de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, expresa que "en caso de que un estudiante postulado al programa sea seleccionado para su vinculación a la práctica laboral, la Entidad Estatal escenario de práctica asumirá la afiliación y cotización en riesgos laborales, conforme con lo establecido en el Decreto 55 de 2015, compilado por el Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo." Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven estableció que, para la 8ª convocatoria a ejecutarse durante el primer semestre del año 2022, se podrían 0(1 2529 7J U2L0 22 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 o HOJA No.-ª Continuación de la Resolución "Por medio de !a ct..al se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes
que cumplieron los requisitos exir;idos por los está.1dares del programa Esta::Jo Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo de 2022.". financiar MIL DOSCIENTOS TRECE (1.213) cupos para plazas de práctica laboral en entidades del sector públ co. Que el 14 de octubre de 2021, el Minis:erio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 8ª convocatoria a Entidades Estatales, recibiendo solicitudes para DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO (2.388) plazas de práctica distribuidas en DOSCIENTAS SETENTA Y DOS (272) Entidades Estatales a rivei nacional. Que el 16 de noviembre de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Fu,ción Pública, publicaron los términos de referencia de la convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de MIL CIENTO CUARENTA(1.140) estudiantes, de los cuales MIL NOVENTA Y UNO (1.091) se vincularon al programa para adelantar prácticas laborales durante el primer semestre de 2022, 8ª convocatoria programa Estado Joven. Que conforme con lo establecido en el numeral 12 ce los términos de referencia de la 8ª convocatoria a estudian:es del pro9"ama Estado Joven, los beneficiarios vinculados iniciaron las prácticas laborales el 1° de febrero de 2022 y finalizan a más tardar el 30 de junio de 2022. Que de acuerdo con el Manual Operativo del programa acoptado mediante Circular 021 de
2021 y modificado a través de la circular 065 de 2022 del Ministerio del Trabajo, los pagos del auxilio de práctica mensual de los beneficiarios se realizarán a través de un operador de pagos, que tiene la responsabilidac de administrar los recursos del programa. Que el Ministerio del Trabajo para la 7ª convocatoria del programa Estado Joven, segundo semestre año 2021, adelantó el proceso de Licitación Pública LP-MT-001 de 2021 para la contratación de un operador de pagos. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante Resolución No. 1042 de 21 de mayo del año 2021, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. Sigla: FIDUAGRARIA S.A. con l"J IT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato No. 485 de 2021 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar a /os estudiantes beneficiarios del programa de prácticas laborales en el sector público "Estado ..,'oven, el auxii.io mensual de :Jráctíca en los fiérminos y condiciones dispuestos en el Manual Operativo del programa." Que el contrato No. 485 de 2021, sus:;rito el 24 de mayo de 2021 entre Fiduagraria S.A. y
el Ministerio del Trabajo, tuvo una modificación y prórroga por 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación del contrato, es decir desde el primero (1 ro) de enero hasta el primero (1ro) de marzo del año 2022 y modificación de la cláusula sexta, indicando que el operador realizará los pagos dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la autorización ce pagos por parte del Ministerio del Trabajo. Que al citado contrato le fueron adicionados los siguientes recursos: i) VEINTE MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TREINTA Y OCHO PESOS M/CTE
O JUL Z02l
RESOLUCIÓN NÚMERO 5 2 9 DE 2022 J HOJA No 4
2 Cq ou n nitce uu a cm óip n d l ei seR al eosrroel oqn cul u óii n "se ix P ti mo og er psi d o d dirlo eo os l s e ca s u t saá eln u a add erot os relpre pli g a z r ga aE o d ms a e at u a xdJ or ipeldi ª cn8e voo áo cn mtv eio ncc saa au td laou olrr s eia sane t,mtl u e e dds ie a n t e s maydoe 2 022.". ($20.995.038,oo) M/CTE, respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! Nº 40022 de fecha 28 de enero de 2022, correspondiente al pago de la comisión fiduciaria,
por los giros que efectivamente se realicen a los estudiantes beneficiarios de la 8ª convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo y abril del año 2022, ii) TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES M/CTE. ($3.231.000.000,oo M/CTE), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 40222 de fecha 28 de enero de 2022, para administración en el marco del encargo fiduciario, los cuales fueron destinados al pago de los auxilios de práctica de los estudiantes de la 8ª convocatoria, durante los mismos meses antes mencionados. Que se amplió el plazo de ejecución del contrato por 151 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación de la primera prórroga, es decir desde el 2 de marzo hasta el 30 de julio de 2022. Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2022 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario llevará a cabo los pagos del auxilio de práctica de los meses de mayo y junio de 2022, para los beneficiarios de la 8ª convocatoria del programa, y los pagos del auxilio de práctica de la 9ª convocatoria correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1645 del 20 de mayo de 2022, adjudicó el contrato al
proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.
FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada.
Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato 542 de 2022 el 23 de mayo de 2022 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar los incentivos a los estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven, en los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021 y la Resolución 080 de 2022, así como las demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia y el Manual Operativo del programa Estado Joven" Que en el marco del contrato 542 de 2022, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.899.000.000, M/CTE), serán transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.0 45622 de fecha 24 de febrero 2022, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que en el marco de las prácticas laborales se realiza una supervisión de la actividad formativa adelantada por el estudiante, de tal manera que estos cuentan con la asignación de un monitor, quien es un docente vinculado a la institución educativa y un tutor designado
por el escenario de práctica. Estos delegados tienen entre sus funciones, elaborar en conjunto el informe de seguimiento mensual del desempeño del estudiante, como requisito para el giro del auxilio de práctica mensual. Que para la operación del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, cuenta con el aplicativo "Estado Joven".
O 7 252 9 JUL 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA Nofi Contindueal caRi eósno lución se a/ os "Por medio de la cual autoriza el pago de euxilio de ap•rá ctica mensual estudiantes /os los mes que cumplieron requisitos exirjdos por estár.dares del programe. Estado Joven convocatoria, durante el de mayo de 2022.". -------------------------------------·--- Que el numeral 6.4 del manual operativo señala que durante el desarrollo de las prácticas se realizan los respectivos pagos dfi auxilio de práctica, para lo cual. cada estudiante presenta informes mensuales, firmad:>s por el tutor y monitor. El Ministerio del Trabajo verifica que los informes se encuentren completos, conforme con los estándares estipulados por el programa y si cump1en los requisitos, autoriza al operador de pagos del programa, el pago del auxilio mensua de práctica, el cual se gira dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la autorización de pagos por parte del Ministerio del Trabajo. Que el auxilio de práctica mensual equivale a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y para el año 2022, de confOímidad con el Decreto 1724 de 2021, corresponde a
la cifra de UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000 M/CTE). Este auxilio se otorga únicamente en el tiempo de duración de la práctica y en ningún caso se considerará un salario. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7. fi del manual operativo del programa, las incapacidades, licencias o ausencias de duración menor a cinco (5) días hábiles no generan alteración en el pago de.l auxiio de práctica mensual. En el evento de situaciones mayores a cinco (5) días hábiles, e inferiores o iguales a quince (15) días hábiles, el auxilio de práctica se pagará pr:>porcional a1t iempo ejecutado. En este último caso, el tutor y monitor de práctica deberán validarla y reportarlo al programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. En el event'.) en que la incapacidad, licencia o ausencia supere los quince (15) días hábiles, el estudiante debe solicitar interrupción de la práctica laboral. Que de acuerdo con lo establecido en el contrato 542 de 2022 el Ministerio del Trabajo pagará al operador la comisión fiduciaria correspondiente a su gestión como administrador del encargo fiduciario, en la modalidad de valor por giro, es decir, se pagará una suma fija por CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 4. 768) por cada giro o pago efectivamente realizado a cada beneficiario del programa Estado Joven. El pago de esta comisión al operador será llevado a cabo mes vencido, una vez el Ministerio del Trabajo verifique el número de pagos realizados por e operador, de acuerdo con los requisitos establecidos en el manual operativo del prcg-ama y el contrato.
Que por medio de oficio No. 10516, FIDUAGRARIA S.A. le solicitó al Ministerio del Trabajo la transferencia de recursos objeto de administración fiduciaria, de acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima cel contrato 542 de 2022, solicitando que dichos recursos fueran consignados en la cuenta de ahor-os No. 256-12995-8, del Banco de Occidente y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la dependencia de Tesorería cel Ministerio del Trabajo gestionó una solicitud de PAC extraordinaria por valor de DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE
($2.050.000.000 M/CTE).
Que la Directora de Movilidad y Formación para el Trabajo, en calidad de supervisora del contrato No. 542 de 2022 suscrito ent-e el Ministerio del Trabajo y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARIA S.A., teniendo en CLenta que el 2 de junio 2022 se cumplió el perfeccionamiento del contrato y con la solicitud de transferencia de recursos objeto de administración remitida por parte de Fiduagraria S.A., dio aval respecto al cumplimiento del total de -equisitos para el perfeccionamiento del contrato, y solicitó el 7 de julio de 2022 a la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, el desembolso de los primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE 2220
O 7 JUL 2 5 2 9
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No .!
Continduela Race isóonl ución a "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual los estudiantes
ª que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8 convocatoria, durante el mes de mayo de 2022.". ($2.050.000.000 M/CTE), los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.0 45622 de fecha 24 de febrero. Concepto Rubro Uso Re Valor Traslaaddmoi nisdter Cac-i3ó6n0 3R-E1C13 100 -3 recupraseroplasa gdoea uxilio mensdueap lr acat ilcoasC -3603-1330002-13A---00-23-6002-02beneficidaer iolsa s0 2(Rduebsraog rega0d0o7)- 0012-00852-242 $8.899.000.000 convocat2o0r2i2ad se l progdreap rmáac ltaibcoarsa les ene ls ectpoúrb l"iEcsot ado Joven" Que la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, a través del memorando con radicado de salida 08Sl2022400000000013681 de fecha 7 de julio de 2022, dirigido a la Subdirectora Administrativa y Financiera del Ministerio del Trabajo, autorizó y ordenó el desembolso, previa verificación de los documentos soporte requeridos, de los primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A. Que en cumplimiento de la cláusula séptima numeral 12 del título de las obligaciones específicas de la fiduciaria del contrato No. 542 de 2021, el operador de pago
FIDUAGRARIA S.A, entregó al Ministerio del Trabajo el manual de procedimientos para la administración y pago de recursos del programa, el cual, en el numeral 4.3 establece que las autorizaciones de pago del programa se gestionarán a través de la plataforma CP SUITE PAGOS - CENTRAL DE PAGOS DE FIDUAGRARIA S.A., la cual permite gestionar órdenes de pago de forma individual y masiva, de forma digital. Los pagos son autorizados en la plataforma mediante el uso de firma digital y claves de autorización, cuya sincronización es realizada previamente entre la Fiduciaria y el Fideicomitente. El Fideicomitente puede administrar la plataforma a través de la asignación de roles y perfiles y adicionalmente puede personalizar sus procesos de pagos. Que la ordenación del gasto se deberá realizar mediante acto administrativo que ordene el giro de los recursos a cada beneficiario del programa Estado Joven, que cumpla con los requisitos. Dichos recursos serán consignados a las cuentas bancarias reportadas por los estudiantes beneficiarios, a través del Formato de inscripción para transferencia del incentivo, registrado en el aplicativo del programa Estado Joven. Que la Fiduciaria FIDUAGRARIA S.A., realizará todos los desembolsos que sean necesarios y que instruya el Fideicomitente, previa presentación de los documentos instruidos a continuación, los cuales deberán contar con el visto bueno o la aprobación del. Supervisor y firma del ordenador del gasto:
1. Instrucción que será remitida previamente por el Ministerio del Trabajo, remitidos vía correo electrónico, indicando el cargue de los pagos en la Central de Pago, detallando cantidad de pagos y valor total.
2. Relación y/o Planilla de pagos con el detalle de los pagos que fueron cargados en la Central de pagos, la cual será cotejada frente a los pagos cargados.
Que la fiduciaria informará al FIDEICOMITENTE, máximo al día siguiente de conocer las inconsistencias que se presenten en la información contenida en los archivos, como cuentas corrientes o de ahorros, o cualquier otra que impidan tramitar los pagos a los 2 5 2 9 2022)
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 e 7 JUL HOJA No 2.
Continuación de la Resolución "Por medio de la cL-al se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes ª que cumplieron los requisitos exigidos por los estt,Jdares del programa Estado Joven 8 convocatoria, durante el mes de mayo de 2022.". -----·---------------------------------- --------------------------------- beneficiarios finales incluyendo los rechazos bancarios del giro realizado, para que se adelanten las gestiones necesarias para subsanar las inconsistencias. Que el 07 de julio de 2022 se desembolsó a FIDUAGRARIA S.A la suma de DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración en el marco del contrato 542 de 2022 Que, de acuerdo con el Manual Operativo del Programa, en el evento en que surjan incapacidades, licencias o ausencias, el auxilio de práctica se pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este último caso, el tutor y monitor ce práctica están en la obligación de validar lo informado por el estudia;ite y reportar cua1quier novedad al Comité Técnico del
programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. Que el numeral 5.4.4., del Manual O;:,erativo del programa Estado Joven, indicó que es responsabilidad de las Ertidades Estatales, "roerptmaern sualamlPer notagemr aa ,t rvaés dealp licdaitusiepvsopt ooer l M inisdteeTlrar iboja oy c onforamlce or nogrqaumseae defipnaar taaf lil nac, o nfiarcmidóendl e sraorldleao c tidveidsde la soe studipaanrltaae s, autozraicidóepn a gdoe a,u'lx iidoe p rácmtiecnas uaaslcí,o mloa nso vedaqdueess e puedparnee sntdaurra netldee sraorldlele a psr áct'i'c as. Que para autorizar el primer pago de auxilio de práctica y conforme con la normatividad de este, además del informe de activicades, el Ministerio del Trabajo valida que cada estudiante presente: 1) Foramtdoei nscrciipópna rtaarn sferedneiclcni eain vtfiorm ado por el estudiante, donde indique la cuen:a bancaria a ;a cual se debe consignar el auxilio mensual, 2) Acta de inicio de actividades, firmada por el tuty o3) rPl an de práctica, firmado por el tutor y monitor. Los documen:os aportados por cada estudiante reposan en el aplicativo del programa. Que la Sociedad Fiduciaria de Desarrol o Agropecuario S.A-Fiduagraria S.A., en ejecución
del contrato 485 de 2021 realizó los tres primeros pagos de auxilio de práctica de la 8ª convocatoria del programa Estado Joven correspondientes al mes de febrero, marzo y abril de 2022, a los estudiantes que cum¡:lieron con los estándares mínimos exigidos por el programa, los cuales se autorizaron a Tavés de las siguientes resoluciones: - A través de la Resolución 0831 de 2022 se autorizaron MIL VEINTISEIS (1.026) pagos del auxilio de auxilio de práctica mensual correspondientes al mes de febrero del año 2022. - A través de la Resolución 1237 de 2022 se autorzaron MIL DIECIOCHO (1.018) pagos del auxilio de práctica n-ensual correspondientes a los meses de febrero y marzo. - A través de la Resolución 1572 de 2022 se autorizaron MIL CINCUENTA Y SIETE (1.057) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril. - A través de la Resolución 1954 de 2022 se autortzaron TREINTA Y NUEVE (39) pagos del auxilio de práctica mensual correspondier;tes a los meses de marzo y abril. - A través de la Resolución 2.166 de 2022 se autorizaron DOS (02) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses :fo marzo y abril. e):, O l JUL 2º22 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 5 2 9 DE 2022 HOJA No -ª Cq ou ne nit uc um óica eilp nr d no al e sol R r óiculose sotisiuqe roP" n digixe
m o s dep oi ro d ol es al e uc áts an s l ad a e ser ud ote zir p l e a gor p lar am ga d o sE a e dat uo d oilix evoJ en p 8 rª m acitcá covnoc ne ota us air a la ud , ol ar sn e et duts m le aie ns etd se mayo de 2022.". Que los pagos del auxilio de práctica mensual de mayo y junio de 2022 de la 8ª convocatoria del programa Estado Joven, deben realizarse con cargo al contrato 542 de 2022. Que, para esta autorización de pagos, el Ministerio del Trabajo validó los documentos para autorizar MIL DIECINUEVE (1.019) pagos, que ascienden a MIL DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 1.017.466.667), detallados así: - UNA (1) estudiante, ANGELICA JULIETH USMA ARIZA, identificada con CC. 1.000.695.425, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 12 de mayo de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 12 días de este mes, equivalente a CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 400.000,oo). - UN (1) estudiante, DUVAN FELIPE RODRIGUEZ BONILLA, identificado con CC. 1.069.767.504, quien tuvo interrupción de la práctica laboral entre el 12 y el 26 de
mayo de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 15 días de este mes, equivalente a QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 500.000,oo). - UNA (1) estudiante, LEIDY CAROLINA RICO OLMOS, identificada con CC. 1.022.984.289, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 17 de mayo de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 17 días de este mes, equivalente a QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 566.667,oo). - MIL DIECISÉIS (1.016) estudiantes que realizaron prácticas laborales durante el mes de mayo de 2022, y presentaron los soportes y verificación de tutores de práctica en las entidades estatales, que son requeridos por el programa Estado Joven conforme al Manual Operativo, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($ 1.000.000,oo), para cada uno de ellos. En total, el valor autorizado para el pago a este grupo de estudiantes asciende a MIL DIECISÉIS
MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 1.016.000.000).
Que a la fecha de expedición de la presente Resolución, la SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.- FIDUAGRARIA S.A. cuenta con DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), de la vigencia presupuesta! 2022, objeto de administración, disponibles para el pago de los auxilios de
práctica aquí autorizados, que se desembolsarán a cada cuenta bancaria de los estudiantes beneficiarios del programa "Estado Joven" en la 8ª convocatoria - primer semestre 2022, de acuerdo con las instrucciones impartidas en la Central de Pagos por el Ministerio del Trabajo.
RESUELVE: Artículo 1. Autorización de pago. Ordenar y autorizar el pago de MIL DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 1.017.466.667), con cargo a los recursos administrados por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., en el marco del contrato No. 542 de
2022. Estos recursos se distribuirán a través de MIL DIECINUEVE (1.019) pagos a los estudiantes vinculados a través de la 8ª convocatoria del programa Estado Joven, que desarrollaron prácticas laborales durante el mes de mayo de 2022 y cumplieron los requisitos establecidos en el Manual Operativo y demás normatividad del programa para
recibir el auxilio de práctica mensual, así:
RESOLUCIÓN NÚMERO 2 5 29 DE 2022 o 7 JUL 2022 HOJA No 9
Continuación de la Resolución "P:Jr medio de la cea/ se autoriza el pago de auxilio de apr•á ctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por J-:;s está-ldares del programa Estado Joven convocatoria, durante el mes de mayo de 2022.". - UNA (1) estudiante, ANGELICA JULIETH USMA ARIZA, ide-,tificada con CC. 1.000.695.425, es autorizada para el pago de 12 dias del mes de 'Tlayo, equivalente
a CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 400.000,oo). - UN (1) estudiante, DUVAN FELIPE RODRIGUEZ BONILLA, identificado con CC. 1.069.767.504, es autorizado para el pago de 15 días del mes de mayo, equivalente a QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 500.000,oo). - UNA (1) estudiante, LEIDY CAROLINA RICO OLMOS, identificada con CC. 1.022.984.289, es autorizada para el pago de 17 días del mes de mayo, equivalente a QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($ 566.667:oo). - MIL DIECISÉIS (1.016) estudiantes que realzaron prácticas laterales durante el mes de mayo de 2022, son autorizados para el pago de UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($ 1.000.000,oo), para cada uno de ellos. En total, el valor autorizado para el pago a este grupo de estudiante
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