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MINTRABAJO - Resolucion 2594 del 11 7 2022 Septimo pago Estado Joven 8a convocatoria JUNIO primer semestre 20222

Ministerio del Trabajo

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Título
MINTRABAJO - Resolucion 2594 del 11 7 2022 Septimo pago Estado Joven 8a convocatoria JUNIO primer semestre 20222
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2022

MINISTERIO DEL TRABAJO 2 5 9 4

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 lt1t'J U20L 2 2 ( ) Pomre didoel ac uaslea utzoaer lp agdoea uxidlepi roá cmteincsaua la oles s tudiantes i quceu mplileorrseo qnu iesxiitgopisod oros se stánddaeprlre osg rEasmtaaJ doov 8eªn convocadtuorraeinlmat e,es d em ayyoj undie2o 0 22. LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Ene jerdceis cuifsoa cullteagdaeylse e nps a.r tilcacusol nafre ernie dlaa rst í3c3du ello DecrLeet4yo1 0d8e2 01l1aR, e solu5c2i8dó1en 0l 3 d en oviedmeb2 r0e1 y1e ,n desardreol lopl roe veinsl taRo e solu4c5iód2ne 0 l1 d em arzdoe2 02m1o,d ifipcolarad a ResolL0c8id0óe 2nl1 d ee nedreo2 02y2 , CONSIDERANDO: Quee la rtí1c3ud lelo aL e1y7 8d0e20 16c onteqmupe"lE la G obierno Nacional, at ravés del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, desarrollará y reglamentará una política que incentive, fomente y coordine /opsro gramas de jóvenes talentos, orientados aq ue jóvenes sin experiencia puedan realizar prácticas

laborales, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud, en las entidades públicas, las cuales contarán como experiencia para el acceso al servicio público. (.. .) " Qued ec onforcmoilndos a edñ aleaned lao r tí1c5du ell oaL e1y7 8d0e2 01l6a,ps r ácticas laborsaoln"uen as actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos ¡:;or las escuelas normales superiores y educación superior de pregrado, durante un tiempo determinado, en un ambiente laboral real, con supervisión y sobre asuntos re.'acionados con su área de estudio o desempeño y sutip o de formación; para el cumplimiento de ur. requisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditará para el desempeño laboral. Por tratarse de una actividad formativa, la práctica laboral no constituye relación de trabajo". Quee ll itae)rd aeallr tí1c6ud lelo aL e1y7 8d0e 2 01e6s tabllaee cdiamódí nipmaar a realpirzáacrt liacbaosr eanlC eosl ombeinla o,ss i guietnétremsi" na) oEsda,d : En concordancia con lo establecido por el Código de la Infancia y la Adolescencia, /apsrác ticas laborales no podrán serera lizadas por oersonas menores de quince (15) años de edad. En todo caso, los adolescentes er,tre los q:.1ince (15) y diecisiete (17) añodse e dad, requieren

la respectiva autorización para tal fin, de acuerdo con la reglamentación que se expida para el efecto." Quee nc umplimdiepelan rtáog 3rd aefoal r tí1c5u:i lelo aL e1y7 8d0e2 01e6lM, i nisterio deTlr abeaxjpoi ldaRi eós olu3c5i4ód6ne 2 01p8o,lr a c uasler egullaapsnr ácticas labormaoldeisf,ip caardcai aplmoleraRn etseo lu6c2id3óe 2n 0 20. 2594 Ult11JU L RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 2022 HOJA No .l Cq nou nitec u u a cm nói p d l e al oeli eR srr os oe ulnq cu " nói sei x Pi i mo gt er ipo d dos idorl loe es o ca s s u t asá e al n u dd tea olrp re er iplso za g r agE da os em at u aa J xd o dio v pel e8 or i ª cn áo cn tm v ie o cn c as da al u a ut loro s se naeari tt,lm ue se d d ie a n t e s mayyoj undie2o 0 22.". -----------------------------------·------------------------------------------------------------------------- Qpolh eu cár p s mu e cit or na lago cítra al s mar sa , al ed 291 olu etnoc selarob cacude ed sa

mrof al omoc í L mói a epn c yals ói 5591 p sod oirepu orp n ed ro d r sef ee oi 2 lp n 0aoa ma 91 olucítr dargs getni l ol óilp ed 51 e ed ,o ed lar vin s L al acud neS l eeca sel 1 y nói . otejbo ed 087 e arap d 2 t l e0ar ger al cni ,61 y ojab alu yul ed ces óina ndrr oo ed a oll Que, en cumplimiento de los mandatos anteriores, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 "Por la cual se establecen medidas para implementar el programa Estado Joven - prácticas laborales en el sector público.", la cual fue modificada por la Resolución 080 de 2022. Que el artículo 1º de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, indica lo siguiente: "lmpleméntese el programa de incentivos para las prácticas laborales en el sector público "Estado Joven", financiado a través del Presupuesto General de la Nación, con recursos de inversión para la vigencia fiscal 2022, con el objeto de que los estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, la educación superior de pregrado, la educación para el trabajo y desarrollo humano y la formación profesional integral del SENA, adelanten sus prácticas laborales de cinco (5) meses en las entidades estatales como escenario de práctica,

relacionadas con las necesidades específicas que estas últimas establezcan, recibiendo un auxilio de práctica laboral, para que los jóvenes adquieran experiencia profesional a la que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, relacionada con su campo de estudio y mejoren sus niveles de empleabilidad y su transición al mercado de trabajo." Que en el artículo 2 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 definió como º beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. En el artículo 4 de ese acto ° administrativo se indica que las prácticas laborales ofertadas por el programa son de tiempo completo, con intensidad semanal de 38 horas. Que en el artículo 5 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la º Resolución 080 de 2022, establece que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente para el año 2022, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional", código BPIN 2018011000109. Que el artículo 6 de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022,

° expresa que "en caso de que un estudiante postulado al programa sea seleccionado para su vinculación a la práctica laboral, la Entidad Estatal escenario de práctica asumirá la afiliación y cotización en riesgos laborales, conforme con lo establecido en el Decreto 55 de 2015, compilado por el Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo." Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven estableció que, para la 8 convocatoria a ejecutarse durante el primer semestre del año 2022, se podrían ª financiar MIL DOSCIENTOS TRECE (1.213) cupos para plazas de práctica laboral en entidades del sector público. 2594 zonfi --ª RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 11 J UL HOJA No Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se ai,toriza el pago de auxilio de práctica r:-1ensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estáridares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.".

Que el 14 de octubre de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 8 ª convocatoria a Entidades Estatales, recibiendo solicitudes para DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO (2.388) plazas de práctica distribuidas en DOSCIENTAS SETENTA Y DOS (272) Entidades Estai:ales a nivel nacional. Que el 16 de noviembre de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el

Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de MIL CIENTO CUARENTA (1.140) estudiantes, de los cuales MIL NOVENTA Y UNO (1.091) se vincularon al programa para adelantar prácticas laborales durante el primer semestre de 2022, 8 ª convocatoria programa Estado Joven. Que conforme con lo establecido en el numeral 12 ce los términos de referencia de la 8 ª convocatoria a estudiantes del programa Estado Joven, los beneficiarios vinculados iniciaron las prácticas laborales el 1 de febrero de 2022 y finalizan a más tardar el 30 de ° junio de 2022. Que de acuerdo con el Manual Operativo del programa adoptado mediante Circular 021 de 2021 y modificado a través de la circular 065 de 2022 del Ministerio del Trabajo, los pagos del auxilio de práctica mensual de los beneficiarios se realizarán a través de un operador de pagos, que tiene la res¡::onsabilidad de administra los recursos del programa. -- Que el Ministerio del Trabajo para la 7 convocatoria iel programa Estado Joven, segundo ª semestre año 2021, adelantó el proceso de Licitación Pública LP-MT-001 de 2021 para la contratación de un operador de pagos. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante Resolución No. 1042 de 21 de mayo del año 2021, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. Sigla: FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, represen:ado legalmente por Mauricio Ordoñez

Gómez, identificado con la cédula de ciudacanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato No. 485 de 2021 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciar;o para custodiar, administrar y pagar a los estudiantes beneficiarios del programa de prácticas laborales en el sector público "Estado Joven, el auxiJo mensual de oráctica en los términos y condiciones dispuestos en el Manual Operativo del programa." Que el contrato No. 485 de 2021, suscrito el 24 de mayo de 2021 entre Fiduagraria S.A. y el Ministerio del Trabajo, tuvo una modificación y prórroga por 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación ael contrato, es decir desde el primero ( 1 ro) de enero hasta el primero ( 1 ro) de marzo del año 2022 y modificación de la cláusula sexta, indicando que el operador realizará los pagos dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la auto ización de pagos por parte del Ministerio del -- Trabajo. Que al citado contrato le fueron adicionados los siguientes recursos: i) VEINTE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TREINTA Y OCHO PESOS M/CTE ($20.995.038,oo) M/CTE, respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N 40022 de fecha 28 de enero de 2022, correspondiente al pago de la comisión fiduciaria, º por los giros que efectivamente se realicen a los estudiantes beneficiarios de la 8

ª 2 5 9 4 1 1 JUL 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 J HOJA No fi Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.".

convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo y abril del año 2022, ii) TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES M/CTE. ($3.231.000.000,oo M/CTE), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 40222 de fecha 28 de enero de 2022, para administración en el marco del encargo fiduciario, los cuales fueron destinados al pago de los auxilios de práctica de los estudiantes de la 8 convocatoria, durante los mismos meses antes mencionados. ª Que se amplió el plazo de ejecución del contrato por 151 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación de la primera prórroga, es decir desde el 2 de marzo hasta el 30 de julio de 2022. Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2022 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario llevará a cabo los pagos del auxilio de práctica de los meses de mayo y junio de 2022, para los beneficiarios de la 8 convocatoria del programa, y los pagos del auxilio de práctica de ª la 9 convocatoria correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre

ª y diciembre de 2022. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1645 del 20 de mayo de 2022, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. - FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato 542 de 2022 el 23 de mayo de 2022 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar /os servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar /os incentivos a /os estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven, en /os términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021 y la Resolución 080 de 2022, así como /as demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia y el Manual Operativo del programa Estado Joven" Que en el marco del contrato 542 de 2022, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.899.000.000, M/CTE), serán transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.º 45622 de fecha 24 de

febrero 2022, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que en el marco de las prácticas laborales se realiza una supervisión de la actividad formativa adelantada por el estudiante, de tal manera que estos cuentan con la asignación de un monitor, quien es un docente vinculado a la institución educativa y un tutor designado por el escenario de práctica. Estos delegados tienen entre sus funciones, elaborar en conjunto el informe de seguimiento mensual del desempeño del estudiante, como requisito para el giro del auxilio de práctica mensual. Que para la operación del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, cuenta con el aplicativo "Estado Joven". Que el numeral 6.4 del manual operativo señala que durante el desarrollo de las prácticas se realizan los respectivos pagos del auxilio de práctica, para lo cual, cada estudiante 2 59 4 l l JUL 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No fi Continuación de la Resolución "Por meoo de la cuéil se adoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos p,-:;r los estárdares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.". ·------------------------------------------------------ -------------------------------·----------------------- presenta informes mensuales, firmados pcr el tutor y monitor. El Ministerio del Trabajo verifica que los informes se encuentren completos, conforme con los estándares estipulados por el programa y si cumP'9n los requisitos, autoriza al operador de pagos del

programa, el pago del auxilio mensual de práctica, el cual se gira dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la autorización de pagos por parte del Ministerio del Trabajo. Que el auxilio de práctica mensual equivale a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y para el año 2022, de conformidód con el :Jecreto 1724 de· 2021, corresponde a la cifra de UN MILLÓN DE PESOS 1\.1/CTE ($1.00C.000 M/CTE). Este auxilio se otorga únicamente en el tiempo de duración de la práctica y en ningún caso se considerará un salario. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.1 del manual operativo del programa, las incapacidades, licencias o ausencias de duración menor a cinco (5) días hábiles no generan alteración en el pago del auxi io de práctica mensual. En el evento de situaciones mayores a cinco (5) días hábiles, e inferiores o iguales a quince (15) días hábiles, el auxilio de práctica se pagará propordonal al tiempo ejecurado. En este último caso, el tutor y monitor de práctica deberán validarla y reportarlo al programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. En el evento en que la incapacidad, licencia o ausencia supere los quince (15) días hábiles, el estudiante debe solici:ar interrupción de la práctica laboral. Que de acuerdo con lo establecido en el contrato 542 de 2022 el Ministerio del Trabajo pagará al operador la comisión fiduciaria correspondiente a su gestión como administrador del encargo fiduciario, en la modalidad de valor por giro, es decir, se pagará una suma fija

por CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($ 4. 768) por cada giro o pago efectivamente realizado a cada beneficiario del programa Estado Joven. El pago de esta comisión al operador será llevado a cabo mes vencido, una vez el· Ministerio del Trabajo verifique el número de pagos realizados por el operador, de acuerdo con los requisitos establecidos en el rranual operatrvo del programa y el contrato. Que por medio de oficio No. 10516, FIDUAGRARIA S.A. le solicitó al Ministerio del Trabajo la transferencia de recursos objeto de 2dministración fiduciaria, de acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima del contrato 542 de 2022, solicitando que dichos recursos fueran consignados en la cuenta de ahorros No. 256-12995-8, del Banco de Occidente y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la dependencia de Tesorería del Ministerio del Trabajo gestionó una solicitud de PAC extraordinaria por valor de DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE

($2.050.000.000 M/CTE).

Que la Directora de Movilidad y Formación para el Trabajo, en calidad de supervisora del contrato No. 542 de 2022 suscrito entre el Ministerio del Trabajo y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARIA S.A., teniendo en cuenta que el 2 de junio 2022 se cumplió el perfeccionamiento del contrato y con la solicitud de transferencia de recursos objeto de administración remitida por parte de Fiduagraria S.A., dio aval

respecto al cumplimiento del total de requisitos para el perfeccionamiento del contrato, y solicitó el 7 de julio de 2022 a la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, el desembolso de los primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.0 45622 de fecha 24 de febrero. 2 5 9 4 l 1 JUL 2Q22 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 j HOJA No _§ Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.". ------- -·- ------------ - - - - -·- --- -- - ------ -- -- ---- - - - - - - - - - ---- ·------------------------ Concepto Rubro Uso Rll Valor Traslado administración de C-3603-1300-3 RE C 11 recursos para el pago de auxilio mensual de practica a los C-3603-1300-3-0-3603021A-02-02-02beneficiarios de las 02(Rubro desagregado) 007-001-05-4 208222 $8.899.000.000 convocatorias 2022 del programa de prácticas laborales en el sector público "Estado Joven" Que la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, a través del memorando con radicado de salida 08Sl2022400000000013681 de fecha 7 de julio de 2022, dirigido a la Subdirectora

Administrativa y Financiera del Ministerio del Trabajo, autorizó y ordenó el desembolso, previa verificación de los documentos soporte requeridos, de los primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A. Que en cumplimiento de la cláusula séptima numeral 12 del título de las obligaciones específicas de la fiduciaria del contrato No. 542 de 2022, el operador de pago FIDUAGRARIA S.A, entregó al Ministerio del Trabajo el manual de procedimientos para la administración y pago de recursos del programa, el cual, en el numeral 4.3 establece que las autorizaciones de pago del programa se gestionarán a través de la plataforma CP SUITE PAGOS - CENTRAL DE PAGOS DE FIDUAGRARIA S.A., la cual permite gestionar órdenes de pago de forma individual y masiva, de forma digital. Los pagos son autorizados en la plataforma mediante el uso de firma digital y claves de autorización, cuya sincronización es realizada previamente entre la Fiduciaria y el Fideicomitente. El Fideicomitente puede administrar la plataforma a través de la asignación de roles y perfiles y adicionalmente puede personalizar sus procesos de pagos. Que la ordenación del gasto se deberá realizar mediante acto administrativo que ordene el giro de los recursos a cada beneficiario del programa Estado Joven, que cumpla con los requisitos. Dichos recursos serán consignados a las cuentas bancarias reportadas por los estudiantes beneficiarios, a través del Formato de inscripción para transferencia del incentivo, registrado en el aplicativo del programa Estado Joven.

Que la Fiduciaria FIDUAGRARIA S.A., realizará todos los desembolsos que sean necesarios y que instruya el Fideicomitente, previa presentación de los documentos instruidos a continuación, los cuales deberán contar con el visto bueno o la aprobación del Supervisor y firma del ordenador del gasto:

1. Instrucción que será remitida previamente por el Ministerio del Trabajo, remitidos vía correo electrónico, indicando el cargue de los pagos en la Central de Pago, detallando cantidad de pagos y valor total.

2. Relación y/o Planilla de pagos con el detalle de los pagos que fueron cargados en la Central de pagos, la cual será cotejada frente a los pagos cargados.

Que la fiduciaria informará al FIDEICOMITENTE, máximo al día siguiente de conocer las inconsistencias que se presenten en la información contenida en los archivos, como cuentas corrientes o de ahorros, o cualquier otra que impidan tramitar los pagos a los beneficiarios finales incluyendo los rechazos bancarios del giro realizado, para que se adelanten las gestiones necesarias para subsanar las inconsistencias. 25 9 4 1 1 JUl 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No .J. "Por medio de la cual se a,_;toriza el pago de auxilio de práctica 1:1ensual los estudiantes Continudaelc aRi eósno lución a que cumplieron los requisitos exigidos por los estárdares del programa Estad-:J Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.". ___________________________________ __________________________________________________ ____________________________________ _ , , Que el 07 de julio de 2022 se desembolsó a FIDUAGRARIA S.A la suma de DOS MIL

CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración en el marco del contrato 542 de 2022. Que, de acuerdo con el Manual Operativo del Programa, en el evento en que surjan incapacidades, licencias o ausencias, el auxilio de práctica se pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este último caso, el tutor y ,ionitor de práctica están en la obligación de validar lo informado por el estudiante y reportar cualquier novedad al Comité Técnico del programa, para realizar la novedad en el giro del awdlio mensual. Que el numeral 5.4.4., del Manual Operativo del programa Estado Joven, indicó que es responsabilidad de las Entidades Estatales, "reportar mensualmente al Programa, a través del aplicativo dispuesto por el Ministerio del Trabajo y conforme al cronograma que se defina para tal fin, la confirmación del desarrollo de actividades de los estudiantes, para la autorización de pago del auxilio de práctica mensual, así como las novedades que se puedan presentar durante el desarrolle de las prácticas." Que para autorizar el primer pago de auxilio de práctica y conforme con la normatividad de este, además del informe de activicades, el Ministerio del Trabajo valida que cada estudiante presente: 1) Formato de inscripción para transferencia del incentivo firmado por el estudiante, donde indique la cuenta bancaria a la cual se debe consignar el auxilio mensual, 2) Acta de inicio de actividades, firmada por el tutor y 3) Plan de práctica, firmado por el tutor y monitor. Los documentos aportados por cada estudiante reposan en el aplicativo del programa. Que la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuark:> S.A-Fiduagraria S.A., en ejecución

del contrato 485 de 2021 realizó los tres primeros pagos de auxilio de práctica de la 8 ª convocatoria del programa Estado Joven correspondientes al mes de febrero, marzo y abril de 2022, a los estudiantes que cumplieron con los estándares mínimos exigidos por el programa, los cuales se autorizaron a través de las siguientes resoluciones: - A través de la Resolución 0831 de 2022 se autorizaron MIL VEINTISEIS (1.026) pagos del auxilio de auxilio de práctica mensual correspondientes al mes de febrero del año 2022. - A través de la Resolución 1237 de 2022 se autorizaron MIL DIECIOCHO (1.018) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de febrero y marzo. - A través de la Resolución 1572 de 2022 se autorizaron MIL CINCUENTA Y SIETE (1.057) pagos del auxilio de pfiáctica mensual correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril. - A través de la Resolución 1954 de 2022 se autorizaron TREINTA Y NUEVE (39) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de marzo y abril. - A través de la Resolución 2466 de 2022 se autorizaron DOS (02) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de marzo y abril. Que los pagos del auxilio de práctica mensual de mayo y junio de 2022 de la 8 convocatoria ª del programa Estado Joven, deben realizarse con cargo al contrato 542 de 2022. 25 9

RESOLUCIÓN NÚMERO 4 DE 2022

Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes

que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.".

Que a través de la Resolución 2529 de 2022 se autorizaron MIL DIECINUEVE (1.019) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes al mes de mayo de 2022, la cual constituye la sexta autorización de pagos de esta convocatoria. Que, para la séptima autorización de pagos, el Ministerio del Trabajo validó los documentos para autorizar OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS (896) pagos, que ascienden a OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($ 892.899.999), detallados así: - ONCE (11) estudiantes, que realizaron prácticas laborales durante el mes de mayo de 2022, y estaban pendientes del pago del auxilio de práctica mensual de este periodo a causa de incumplimiento en Ja oportunidad de los trámites para desembolso, por un valor total de UN MILLON DE PESOS M/CTE ($1.000.000,oo) para cada uno. En total, la autorización de pago para este grupo de estudiantes asciende a ONCE MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 11.000.000). - UN (1) estudiante, JAIME ANDRES PEREZ OLIER, identificado con CC. 1.002.242.975, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 6 de junio de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 6 días de este mes, equivalente a

DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($200.000,oo). - UN (1) estudiante, JOSE SEBASTIAN MARIN VASQUEZ, identificado con CC. 1.016.071.429, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 9 de junio de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 9 días de este mes, equivalente a TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($300.000,oo). - UN (1) estudiante, DARWIN BONED CHAMORRO RINCON, identificado con CC. 1.083.923.886, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 16 de junio de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 16 días de este mes, equivalente a QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 533.333,oo). - UNA (1) estudiante, DANIELA JIMENEZ URIBE, identificada con CC. 1.060.655.896, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 16 de junio de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 16 días de este mes, equivalente a QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 533.333,oo). - UNA (1) estudiante, MARIA DEL CARMEN PRADA SARMIENTO, identificada con CC. 1.005.455.501, quien finalizó anticipadamente la práctica laboral el 1O de junio de 2022, por lo tanto, se autoriza el pago por 1O días de este mes, equivalente a

TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS

M/CTE ($ 333.333,00,oo). - OCHOCIENTOS OCHENTA (880) estudiantes que realizaron prácticas laborales durante el mes de junio de 2022, y presentaron los soportes y verificación de tutores de práctica en las entidades estatales, que son requeridos por el programa Estado Joven, conforme al Manual Operativo, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLOND EP ESOSM /CT(E$ 1 0.00.000p,aorcoaa) d,ua n od ee llEonst .o teall , valor autorizado para el pago a este grupo de estudiantes asciende a OCHOCIENTOS OCHENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 880.000.000). 2 5 9 4 tl JUL 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No .-ª Continuación de la Resolución "Por medio de la cuai se au:oriza el pag.J de auxilio de práctica mensual a /os estudiantes que cumplieron /os requisitos exigidos por /os estánjares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de mayo y junio de 2022.".

Que a la fecha de expedición de la presente Resolu::ión, la SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.- FIDUAGRARIA S.A. cuenta con MIL TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 1.032.533.333 M/CTE), de la vigencia presupuesta! 2022, objeto de administración, disponibles para el pago de los auxilios de práctica aquí autorizados, que

se desembolsarán a cada cuenta bancaria de los estudiantes beneficiarios d

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