MINTRABAJO - Resolución 3129 de 2023
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 3129 de 2023
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA
Libertad y Orden
MINISTERIO DEL TRABAJO
RESOLUCIÓN No 1 2 9 DE 04 SEP 2023 “Por la cual se transfiere a título gratuito un inmueble ubicado en la ciudad de Ibagué (Tolima) de propiedad del Ministerio del Trabajo a la Central de Inversiones S.A. — CISA” EL SECRETARIO GENERAL En ejercicio de las facultades legales, y en particular las conferidas por los artículos 238 de la Ley 450 de 2011, modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 de 2023 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida, el artículo 33 del Decreto 4108 de 2011, lo previsto en los artículos 1 y 2 de la Resolución 5281 de 2011, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 4108 del 2 de noviembre del 2011 “Por el cual se modifican los objetivos y estructura del Ministerio del Trabajo y se integra al Sector Administrativo del Trabajo” establece como objetivos de la Entidad “la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo decente, a través un sistema efectivo de vigilancia, información, registro, inspección y control; así como del entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales. El Ministerio de Trabajo fomenta políticas y estrategias para la generación de empleo estable, la formalización laboral, la protección a los desempleados, la formación de los trabajadores, la movilidad
laboral, las pensiones y otras prestaciones”. Que dicha disposición establece en su artículo 33 como funciones del Secretario General, entre otras, Y(...) 2. Dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionados con los asuntos financieros y contables, contratación pública, soporte técnico informático, servicios administrativos y gestión documental”; (...) Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio" y (...) 17. Dirigir, coordinar y controlar la gestión administrativa y financiera en las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales.” Que el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 de 2023 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece: ARTÍCULO 238. MOVILIZACIÓN DE ACTIVOS. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley, todas las entidades públicas del orden nacional deberán transferir a la Central de Inversiones S.A -CISA-, a título gratuito y mediante acto administrativo, los bienes inmuebles, participaciones accionarias y activos de su propiedad que no requieran para el ejercicio de sus funciones. CISA podrá gestionarlos, comercializarlos o transferirlos a 3123
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2023 HOJANo 2 04 SEP 2023
Continuación de la Resolución: “Por la cual se transfiere a título gratuito un inmueble ubicado en la ciudad de Ibagué (Tolima) de propiedad del Ministerio del Trabajo a la Central de Inversiones S.A.
=- CISA” entidades públicas a cualquier título para el desarrollo de proyectos en el marco de la presente ley. El registro de la transferencia de los inmuebles entre las entidades públicas y CISA estará exento de los gastos e impuestos nacionales asociados a dicho acto. (....)” Que el Decreto 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”, en el artículo 2.2.1.2.2.1.3 respecto de la transferencia de bienes a la Central de Inversiones S.A.- CISA, establece lo siguiente: Artículo 2.2.1.2.2.1.3. Transferencia de bienes a CISA. La enajenación de bienes de las entidades estatales del orden nacional a la Central de Inversiones CISA S. A., de que trata el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 047 de 2014 y las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, debe hacerse de conformidad con las reglas establecidas en tales normas. Que el Ministerio del Trabajo es propietario de un inmueble en la ciudad de Ibagué en el Departamento del Tolima, ubicado en la Carrera 3 calle 27-83 esquina, con matrícula inmobiliaria No. 350-168129 según certificado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ibagué y número catastral 73-001-01-06-0021-0010-000. Que el inmueble se encuentra identificado con los siguientes linderos, descritos en la Escritura Pública 627 del 20 de mayo de 1957, no legibles en la copia de la escritura, pero identificables según transcripción realizada por la Notaría Primera de
Ibagué, en el marco del contrato de permuta suscrito entre el Municipio de Ibagué y el Ministerio de Salud Pública: “Lote de terreno ejido con una superficie de un mil metros cuadrados (1000m2) ubicado en la esquina noroeste de la carrera 3, con calle 28, del área urbana de esta ciudad, con una extensión superficiaria de un mil ciento cuatro metros cuadrados (1.104 m2) determinado por los siguientes colindancias y medidas: Por el norte, en recta de veintitrés metros — setenta centímetros (23-70) con terreno ejido; por el oriente, en recta de cuarenta y dos metros veinte centímetros (42-20m) con la calle veintiocho (28); por el sur, en recta de veinticinco metros diez centímetros (25-10m), con la carrera tercera (3); y por el occidente, en recta de cuarenta metros treinta centímetros (40-30m), con terreno ejido destinado a una concentración escolar”. Que, de conformidad con las consultas realizadas en las bases de datos geográficas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, los linderos son los siguientes: + Por el norte con el predio identificado con código 730010106000000210901900000000 en 22 metros. + Por el occidente con el predio identificado con código 730010106000000210032000000000 en 39 metros. Por el sur con la carrera 3 en 23 metros Por el oriente con la calle 28 en 39 metros Que el inmueble se encuentra reportado y registrado en el Sistema de Información de Gestión de Activos -SIGA administrado por CISA; y, a la fecha, se encuentra libre
A 3129 04 SEP 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2023 HOJA No 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se transfiere a título gratuito un inmueble ubicado en la ciudad de Ibagué (Tolima) de propiedad del Ministerio del Trabajo a la Central de Inversiones S.A. =- CISA” de gravámenes, limitaciones y ocupaciones conforme con la verificación efectuada por la Subdirección Administrativa y Financiera.
Que el Subdirector Administrativo y Financiero, mediante Memorando No. 08SI12023410000000016947 del 23 de agosto del 2023, indicó: Ls) “Atendiendo las condiciones descritas en que se encuentra el inmueble según el Estudio de Vulnerabilidad Sísmica, el informe y recomendaciones presentadas por la ARL y el costo que tendría que incurrir la Entidad para hacer una repotenciación y reconstrucción del inmueble, el cual supera el valor comercial del mismo, la Subdirección Administrativa y Financiera considera que la infraestructura actual donde funciona la sede del Ministerio del Trabajo en Ibagué — Tolima no cuenta con la seguridad ni condiciones técnicas para que la Entidad puede desarrollar su objeto misional en el citado inmueble”. Que de conformidad con el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 del 2023, la transferencia a favor de la Central de Inversiones S.A — CISA de bienes inmuebles de las Entidades Públicas que no requieran para el ejercicio de sus funciones, deberá realizarse a título gratuito y mediante acto administrativo. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo Primero. Transferencia. El Ministerio del Trabajo, identificado con NIT 830.115.226-3 transfiere a título gratuito a la Central de Inversiones S.A. — CISA, identificada con NIT. 860.042.945-5, el derecho de dominio y la posesión real y material, pacífica e ininterrumpida que ejerce sobre el siguiente inmueble: Dirección Carrera 3 calle 27-83 esquina o Barrio El Claret de la Comuna 10 de ibagué Municipio Ibagué Departamento Tolima Número Predial 73-001-01-06-0021-0010-000 Folio de Matrícula Inmobiliaria 350-168129 Cédula Catastral 10600210010000,00 Dirección Catastral C282733K327 — o o NPN 01-06-0021-0010-000 Área de terreno 1000 Mt2 ; : 1151 Mt2 medición en campo Area construida 798 Mt2 según catastro Tipo de Inmueble Urbano Estrato Socio Económico 0. No residencial Uso Residencial combinado con comercio y servicios Destino Económico C Parágrafo. El inmueble se encuentra identificado con los siguientes linderos, descritos en la escritura pública 627 del 20 de mayo de 1957, no legibles en la copia de la escritura, pero identificables según transcripción realizada por la Notaría
UN » - 3129 04 SEP 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2023 HOJA No 4
Continuación de la Resolución: “Por la cual se transfiere a título gratuito un inmueble ubicado en la ciudad de Ibagué (Tolima) de propiedad del Ministerio del Trabajo a la Central de Inversiones S.A.
—- CISA” Primera de Ibagué, en el marco del contrato de permuta suscrito entre el Municipio de Ibagué y el Ministerio de Salud Pública: “Lote de terreno ejido con una superficie de un mil metros cuadrados (1000m2) ubicado en la esquina noroeste de la carrera 3, con calle 28, del área urbana de esta ciudad, con una extensión superficiaria de un mil ciento cuatro metros cuadrados (1.104 m2) determinado por los siguientes colindancias y medidas: Por el norte, en recta de veintitrés metros — setenta centímetros (23-70) con terreno ejido; por el oriente, en recta de cuarenta y dos metros veinte centímetros (42-20m) con la calle veintiocho (28); por el sur, en recta de veinticinco metros diez centímetros (25-10m), con la carrera tercera (3); y por el occidente, en recta de cuarenta metros treinta centímetros (40-30m), con terreno ejido destinado a una concentración escolar”. De conformidad con las consultas realizadas en las bases de datos geográficas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi los linderos son los siguientes: + Por el norte con el predio identificado con código 730010106000000210901900000000 en 22 metros. + Por el occidente con! el predio identificado con código 730010106000000210032000000000 en 39 metros. Por el sur con la carrera 3 en 23 metros Por el oriente con la calle 28 en 39 metros Artículo Segundo. La transferencia del derecho de dominio se realiza como cuerpo cierto, no obstante, la cabida, descripción y linderos señalados anteriormente,
comprenderá todos los derechos, anexidades, dependencias, reformas, adiciones y modificaciones del inmueble objeto de la presente Resolución. Artículo Tercero. Registro, gastos e impuestos. El Ministerio del Trabajo adelantará el registro de la presente Resolución ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Departamento del Tolima, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de expedición del acto administrativo. La transferencia de propiedad efectuada mediante el presente acto administrativo se encuentra exenta de gastos e impuestos conforme lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 modificado por el artículo 330 de la Ley 2294 del 2023. Parágrafo. Surtido el trámite anterior, el Ministerio del Trabajo allegará a la Gerencia de Inmuebles y Otros Activos de Central de Inversiones S.A. -CISA, copia de la presente Resolución y el Certificado de Tradición y Registro del inmueble expedido por la Oficina de Instrumentos Públicos del Tolima en el conste la transferencia de propiedad. Artículo Cuarto. Entrega del inmueble. El Ministerio del Trabajo hará entrega del inmueble a la Central de Inversiones S.A. -CISA dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la entrega del Certificado de Tradición y Registro del inmueble. 1 l 3123 0.4 SEP 2003
RESOLUCIÓN NÚMERO de 2023 HOJA No 5
Continuación de la Resolución: “Por la cual se transfiere a título gratuito un inmueble ubicado en la ciudad de Ibagué (Tolima) de propiedad del Ministerio del Trabajo a la Central de Inversiones S.A.
- CISA” Para la entrega del inmueble el Ministerio y CISA suscribirán un acta en la que conste el recibo material del bien y la entrega de los siguientes documentos: a.
Recibo de pago del Impuesto Predial. b. Paz y Salvo de Valorización. c. Copia de los recibos de los servicios públicos con sello de pago. Artículo Quinto. El presente acto administrativo deberá ser publicado en la página WEB de la Entidad.
Artículo Sexto. Vigencia: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 0 04 SEP 2023
GUILLERMO ANDRES ¡ROJAS FORERO
Secretario General Ministerio del [Trabajo Proyectó: Adriana Rojas Rodriguez, Subdirección Administrativa y cmo Ap ' Revisó: Efrain Garzón Rodriguez, Subdirección Administrativa y FinancierdCarlos Eduardo Umaña Lizarazo, Subdirector te y y
Aprobó: Catalina Triana Pérez, Secretaria General o) e
Andrés Pachón, Jefe Oficina Asesora Juridic. SL