MINTRABAJO - Resolucion 3181 de 2022
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolucion 3181 de 2022
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
REPÚBLDIECC AO LOMBIA fifi lfi"J.f{( : fi r . -... \.- ,_,_J
MINISTERIO DEL TRABAJO
3 181
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
O 3 AGO 2022 ( ) Pomre ddioel ac uaslea Ltoerlpi azgado ea uxidlepi roá cmteincsaua la oles s tudiantes quceu mplileorrseo qnu iesxitiogspi odlroo ses s tánddaeprlre osg rEasmtaaJ doov 8en convocadtuorraeinlmat e,es d ej undie2o 0 22. ª LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Ene jerdceis cuifsoa cullte2gdaeylse e nps a,r tilcacusol nafre ernie dlaa rst í3c3du ello DecrLeet4yo1 0d8e2 01l1aR, e solu5c2i8dó1en 0l 3 d en oviedmeb2 r0e1 y1e ,n desardreol lo:Jl roe veinsl taRo e solu4c5id2óe 0nl1 d em arzdoe2 02m1o,d ifipcolarad a Resolu0c8id0ó e2nl1 d ee nedreo2 02y2 , CONSIDERANDO: Quee la rtí1c3du ell oaL e1y7 8d0e2 01c6o nteqmupe"l EaGl o bieNrnaoc ioant arla,v és deMli nisdteelTr riaob ya jeolD epartaAmdemnitnoi stderl aatF iuvnoc iPóúnb lica,
desarryor legllaarmáe nutnaapr oál íqtuieicn ac enftoimveeyn,c t oeo rdliopnsre o gramas dej óvetnaelse notroise,n taaq duoejs ó vesnieensx peripeunecdiraaen a lpirzáacrt icas laborjauldeisc,yar teulraadc oicóenn dcesi ear veinec liá or edael as aleundl ,ae sn tidades públiccausa,l ceosn taráenx peripeanrecalai cac easlso e rvpiúcbilo(i ..c). o" . /as como Qued ec onforcmoidlnaos d e ñaleaned lao r tí1c5du ell oaL e1y7 8d0e2 01l6a,ps r ácticas laborsaoln"e ts; ancat ivfoirdmaadtd ievsaa rroploluran de as tudidaepn rtoeg radmea s formaccioómnpl emenotfarreicapi odlroa ses s cuenloarsm asluepse riyoe rdeusc ación superdiep orre grdaudroa,un ntt ei emdpeot ermiennua nda om,b ielnatbeor reaacllo ,n supervyis soibaórsneu nrteolsa cicoonsnau dá orsed aee stuodd ieos empyes ñuto i dpeo formacipóanre;alc umplimideeun ntr oe quipsairctauo l misnuaesrs tuduio obst eunne r títquulleoo a credpiatraearld á e sempleañboo Proatrlr .a tdaeru sneaa c tivfoirdmaadt iva,
lap rácltaibcoanr oca oln stirteulyaedc eit órna bajo". Quee ll itae)rd aeallr tí1c6ud lelo aL e1y7 8d0e 2 01e6s tabllaee cdiamódí nipmaar a realpirzáacrt liacbaosr eanlC eosl ombeinla o,ss i guietnétremsi" naoE)sd ,a dE:n ' concordcaonnl ceoi sat ablpeoecrliC dóod idgelo aI nfaynl cAaid ao lescenpcriáac,t icas /as labornaopl oedsr sáenrr e alipzoaprde arss omneanso rdeeqs u in(c1e5a )ñ odsee daEdn. todcoa sloo,as d olesceennt/troeeqss u in(c1e5y d) i eci(s1i7ae)ñt odes ee darde,q uieren lar espeacuttoirviaz paacrtiaaóf lnid nea, c uecrodlnora e glamenqtusaeec e ixópnip daar a ele fecto." Quee nc umplimdiepelan rtáog 3rd aefalor tí1c5ud lelo aL e1y7 8d0e2 01e6lM, i nisterio deTlr abeaxjpoi ldaRi eó solu3c5i4ód6ne 2 01p8o,l ra c uasler egullaapsnr ácticas labormaoldeisf,ip caaradela m epnotlreaR esolu6c2id3óe 2n 0 20.
(] O 3 AGO 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO 3 18 1 DE 2022 HOJA No .1
Continuación de la Resolución a /os "Pomre didoel ac uaslea utoreilpz aagd oe a uxidlepi roá cmtiecnas uale studiantes quec umplileorrsoe nq uiesxiitgoipsdo loros es s tánddaerpler so grEasmtaa Jdoov e8ªn c onvocadtuorraienalmt, ee s d e j--u---n---d-i--e-o2-- - 02-2-."-. ..· ·····------------------------------------------------------------·--------------------------------------------- Que el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 amplió los niveles objeto de la regulación de prácticas laborales contemplados por el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, incluyendo a los programas de educación superior de posgrado, de educación para el trabajo y desarrollo humano, así como la formación profesional integral del Sena. Que, en cumplimiento de los mandatos anteriores, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 "Por la cual se establecen medidas para implementar el programa Estado Joven - prácticas laborales en el sector público.", la cual fue modificada por la Resolución 080 de 2022. Que el artículo 1 de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, ° indica lo siguiente: "lmpleméntese el programa de incentivos para /as prácticas laborales en el sector público "Estado Joven", financiado a través del Presupuesto General de la Nación, con recursos de inversión para la vigencia fiscal 2022, con el objeto de que /os
estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, la educación superior de pregrado, la educación para el trabajo y desarrollo humano y la formación profesional integral del SENA, adelanten sus prácticas laborales de cinco (5) meses en /as entidades estatales como escenario de práctica, relacionadas con las necesidades específicas que estas últimas establezcan, recibiendo un auxilio de práctica laboral, para que /os jóvenes adquieran experiencia profesional a la que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, relacionada con su campo de estudio y mejoren sus niveles de empleabílídad y su transición al mercado de trabajo." Que en el artículo 2 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 definió como º beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. En el artículo 4 de ese acto administrativo se indica que las prácticas laborales ofertadas por el programa °s on de tiempo completo, con intensidad semanal de 38 horas. Que en el artículo 5 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la º Resolución 080 de 2022, establece que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente para el año 2022, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la
Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de /os trabajadores Nacional': código BPIN 2018011000109. Que el artículo 6 de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, expresa que "en° caso de que un estudiante postulado al programa sea seleccionado para su vinculación a la práctica laboral, la Entidad Estatal escenario de práctica asumirá la afiliación y cotización en riesgos laborales, conforme con Jo establecido en el Decreto 55 de 2015, compilado por el Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo." Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven est.ableció que, para la 8 convocatoria a ejecutarse durante el primer semestre del año 2022, se podrían finanªc iar MIL DOSCIENTOS TRECE (1.213) cupos para plazas de práctica laboral en entidades del sector público.
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RESOLUCIÓN NÚMERO J DE 2022 HOJA No _1
Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de j -u -n --i -o -- -d --e -- 2 --0 --2 --2 -. -" -. - ----------------------·---------------------------------------------------------··· ............................... __ , Que el 14 de octubre de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento
Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 8 convocatoria a Entidades Estatales, recibiendo solicitudes para DOS MIL TRESCIENTOSª OCHENTA Y OCHO (2.388) plazas de práctica distribuidas en DOSCIENTAS SETENTA Y DOS (272) Entidades Estatales a nivel nacional. Que el 16 de noviembre de 2021, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de MIL CIENTO CUARENTA (1.140) estudiantes, de los cuales MIL NOVENTA Y UNO (1.091) se vincularon al programa para adelanta· prácticas laborales durante el primer semestre de 2022, 8 ª convocatoria programa Estado Joven. Que conforme con lo establecido en el numeral 12 de los términos de referencia de la 8 ª convocatoria a estudiantes del programa Estado Joven, los beneficiarios vinculados iniciaron las prácticas laborales el 1 de febrero de 2022 y finalizan a más tardar el 30 de ° junio de 2022. Que de acuerdo con el Manual Operativo del programa adoptado mediante Circular 021 de 2021, modificado a través de la circular 065 de 2021 y la circular 0035 de 2022 del Ministerio del Trabajo, los pagos del auxilio de práctica mensual de los beneficiarios se realizarán a través de un operador de pagos, que tiene la responsabilidad de administrar los recursos del programa. Que el Ministerio del Trabajo para la 7 convocatoria del programa Estado Joven, segundo semestre año 2021, adelantó el proceªs o de Licitación Pública LP-MT-001 de 2021 para la
contratación de un operador de pagos. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante Resolución No. 1042 de 21 de mayo del año 2021, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. Sigla: FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la :;édula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato No. 485 de 2021 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar a los estudiantes beneficiarios del programa de prácticas laborales en el sector público "Estado Joven, el auxilio mensual de práctica en los términos y condiciones dispuestos en el Manual Operativo del programa." Que el contrato No. 485 de 2021, suscrito el 24 de mayo de 2021 entre Fiduagraria S.A. y el Ministerio del Trabajo, tuvo una modificación y prórroga por 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación del contrato, es decir desde el primero (1ro) de enero hasta el primero (1ro) de marzo del año 2022 y modificación de la cláusula sexta, indicando que el operador realizará los pagos dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la autorización de pagos por parte del Ministerio del Trabajo.
Que al citado contrato le fueron adicionados los siguientes recursos: i) VEINTE MILLONESNOVECIENTOS NOVEN A Y CINCO MIL TREINTA Y OCHO PESOS M/CTE ($20.995.038,oo) M/CTE, respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! Nº 40022 de fecha 28 de enero de 2022, correspondiente al pago de la comisión fiduciaria, 03 AGO 2022 3 181 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA Nofi Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a /os estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de junio de 2022.". -----------------------------------------·--------------------·----------------------------------------------------- por los giros que efectivamente se realicen a los estudiantes beneficiarios de la 8 convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo y abril deªl año 2022, ii) TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES • M/CTE. ($3.231.000.000,oo M/CTE), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 40222 de fecha 28 de enero de 2022, para administración en el marco del encargo fiduciario, los cuales fueron destinados al pago de los auxilios de práctica de los estudiantes de la 8 convocatoria, durante los mismos meses antes mencionados. ª Que se amplió el plazo de ejecución del contrato por 151 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación de la primera prórroga, es decir desde el 2 de
marzo hasta el 30 de julio de 2022. Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2022 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario llevará a cabo los pagos del auxilio de práctica de los meses de mayo y junio de 2022, para los beneficiarios de la 8 convocatoria del programa, y los pagos del auxilio de práctica de la 9 convocatoria corresªp ondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diª c iembre de 2022. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1645 del 20 de mayo de 2022, adjudicó el contrato al
proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.
FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada.
Que el Ministerio del Trabajo suscribió el contrato 542 de 2022 el 23 de mayo de 2022 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar los incentivos a los estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven, en los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021 y la Resolución 080 de 2022, así como las demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia y el Manual Operativo del programa Estado Joven"
Que en el marco del contrato 542 de 2022, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.899.000.000, M/CTE), serán transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! N.º 45622 de fecha 24 de febrero 2022, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que en el marco de las prácticas laborales se realiza una supervisión de la actividad formativa adelantada por el estudiante, de tal manera que estos cuentan con la asignación de un monitor, quien es un docente vinculado a la institución educativa y un tutor designado por el escenario de práctica. Estos delegados tienen entre sus funciones, elaborar en conjunto el informe de seguimiento mensual del desempeño del estudiante, como requisito para el giro del auxilio de práctica mensual. Que para la operación del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, cuenta con el aplicativo "Estado Joven". 31 8 1 O 3 AGO 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No 2
Continuación de la Resolución la se "PoMre didoe cuala utoerlpi azgado ea uxidlepi roá cmteincsaua la oles s tudiantes quceu mplileorrseo qnu !esxiitgopisod lrco ses s tánddaeprlre osg rEasmteaJ doov e8ªnc onvocadtuorraeinm late ,es d e
j ---u ---n --d -i--e -o2 -- -- 0---2---2----.---"---.--- ----------------- ----------------- --------------------------------------------------------- Que el numeral 6.4 del manual operativo señala que durante el desarrollo de las prácticas se realizan los respectivos pagos del auxilio de práctica, para lo cual, cada estudiante presenta informes mensuales, firmados por el tutor y monitor. El Ministerio del Trabajo verifica que los informes se encuentren completos, conforme con los estándares estipulados por el programa y si cumplen los requisitos, autoriza al operador de pagos del programa, el pago del auxi io mensual de práctica, el cual se gira dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, contados a partir de la autorización de pagos por parte del Ministerio del Trabajo. Que el auxilio de práctica mensual equivale a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y para el año 2022, de conformidad con el Decreto 1724 de 2021, corresponde a la cifra de UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($1.000.000 M/CTE). Este auxilio se otorga únicamente en el tiempo de duración de la práctica y en ningún caso se considerará un salario. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7. 1 del manual operativo del programa, las incapacidades, licencias o ausencias de duración menor a cinco (5) días hábiles no generan alteración en el pago del auxilio de práctica mensual. En el evento de situaciones mayores a cinco (5) días hábiles, e inferiores o iguales a quince (15) días hábiles, el auxilio de práctica se pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este último caso, el tutor y
monitor de práctica deberán validarla y reportarlo al programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. En el evento en que la incapacidad, licencia o ausencia supere los quince (15) días hábiles, el estudiante debe solicitar interrupción de la práctica laboral. • Que de acuerdo con lo establecido en el contrato 542 de 2022 el Ministerio del Trabajo pagará al operador la comisión fiduciaria correspondiente a su gestión como administrador del encargo fiduciario, en la modalidad de valor por giro, es decir, se pagará una suma fija por CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS MICTE ($ 4.768) por cada giro o pago efectivamente realizado a cada beneficiario del programa Estado Joven. El pago de esta comisión al operador será llevado a cabo mes vencido, una vez el Ministerio del Trabajo verifique el número de pagos realizados por el operador, de acuerdo con los requisitos establecidos en el manual operativo del programa y el contrato. Que por medio de oficio No. 10516, FIDUAGRARIA S.A. le solicitó al Ministerio del Trabajo la transferencia de recursos objeto de administración fiduciaria, de acuerdo con lo establecido en la cláusula séptima del contrato 542 de 2022, solicitando que dichos recursos fueran consignados en la cuenta de ahorros No. 256-12995-8, del Banco de Occidente y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la dependencia de Tesorería del Ministerio del Trabajo gestionó una solicitud de PAC extraordinaria por valor ce DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS MICTE
($2.050.000.000 M/CTE).
Que la Directora de Movilidad y Formación para el Trabajo, en calidad de supervisora del
contrato No. 542 de 2022 suscrito entre el Ministerio del Trabajo y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. - FIDUAGRARIA S.A., teniendo en cuenta que el 2 de junio 2022 se cumplió el perfeccionamiento del contrato y con la solicitud de transferencia de recursos objeto de ad-ninistración remitida por parte de Fiduagraria S.A., dio aval respecto al cumplimiento cel total de requisitos para el perfeccionamiento del contrato, y solicitó el 7 de julio de 2022 a la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, el desembolso de k>s primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Di ponibilidad Presupuesta! N.º 45622 de fecha 24 de febrero. 31 8 1 AGO 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 o 3 HOJA No _§ Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de junio de 2022.". ·----....- -------------..· -------------------------------------------------------------------------------------..- ---·----------------- Concepto Rubro Uso Ro Valor Traslado administración de C-3603-1300-3 REC 11 recursos para el pago de auxilio mensual de practica a los C-3603-1300-3-0-3603021A-02-02-02beneficiarios de las 02(Rubro desagregado) 007-001-05-4 208222 $8.899.000.000
convocatorias 2022 del programa de prácticas laborales en el sector público "Estado Joven" Que la secretaria general del Ministerio del Trabajo, a través del memorando con radicado de salida 08Sl2022400000000013681 de fecha 7 de julio de 2022, dirigido a la Subdirectora Administrativa y Financiera del Ministerio del Trabajo, autorizó y ordenó el desembolso, previa verificación de los documentos soporte requeridos, de los primeros DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A. Que en cumplimiento de la cláusula séptima numeral 12 del título de las obligaciones específicas de la fiduciaria del contrato No. 542 de 2021, el operador de pago FIDUAGRARIA S.A, entregó al Ministerio del Trabajo el manual de procedimientos para la administración y pago de recursos del programa, el cual, en el numeral 4.3 establece que las autorizaciones de pago del programa se gestionarán a través de la plataforma CP SUITE PAGOS - CENTRAL DE PAGOS DE FIDUAGRARIA S.A., la cual permite gestionar órdenes de pago de forma individual y masiva, de forma digital. Los pagos son autorizados en la plataforma mediante el uso de firma digital y claves de autorización, cuya sincronización es realizada previamente entre la Fiduciaria y el Fideicomitente. El Fideicomitente puede administrar la plataforma a través de la asignación de roles y perfiles y adicionalmente puede personalizar sus procesos de pagos. Que la ordenación del gasto se deberá realizar mediante acto administrativo que ordene el
giro de los recursos a cada beneficiario del programa Estado Joven, que cumpla con los requisitos. Dichos recursos serán consignados a las cuentas bancarias reportadas por los estudiantes beneficiarios, a través del Formato de inscripción para transferencia del incentivo, registrado en el aplicativo del programa Estado Joven. Que la Fiduciaria FIDUAGRARIA S.A., realizará todos los desembolsos que sean necesarios y que instruya el Fideicomitente, previa presentación de los documentos instruidos a continuación, los cuales deberán contar con el visto bueno o la aprobación del Supervisor y firma del ordenador del gasto:
1. Instrucción que será remitida previamente por el Ministerio del Trabajo, remitidos vía correo electrónico, indicando el cargue de los pagos en la Central de Pago, detallando cantidad de pagos y valor total.
2. Relación y/o Planilla de pagos con el detalle de los pagos que fueron cargados en la Central de pagos, la cual será cotejada frente a los pagos cargados.
Que la fiduciaria informará al FIDEICOMITENTE, máximo al día siguiente de conocer las inconsistencias que se presenten en la información contenida en los archivos, como cuentas corrientes o de ahorros, o cualquier otra que impidan tramitar los pagos a los beneficiarios finales incluyendo los rechazos bancarios del giro realizado, para que se adelanten las gestiones necesarias para subsanar las inconsistencias. 3 18 1 3 AGO 2022
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 o HOJA No J.
Continuación de la Resolución "Por medio de fa cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes
que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de junio de 2022.". --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------,-- Que el 07 de julio de 2022 se desembolsó a FIDUAGRARIA S.A la suma de DOS MIL CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.050.000.000 M/CTE), objeto de administración en el marco del contrato 542 de 2022. Que, de acuerdo con el Manual Operativo del Programa, en el evento en que surjan incapacidades, licencias o ausencias, el auxilio de práctica se pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este último caso, el tutor y monitor de práctica están en la obligación de validar lo informado por el estudiante y reportar cualquier novedad al Comité Técnico del programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. Que el numeral 5.4.4., del Manual Operativo del programa Estado Joven, indicó que es responsabilidad de las Entidades Estatales, ''reportar mensualmente al Programa, a través del aplicativo dispuesto por el Ministerio del Trabajo y conforme al cronograma que se defina para tal fin, la confirmación del desarrollo de actividades de /os estudiantes, para la autorización de pago del auxilio de práctica mensual, así como /as novedades que se puedan presentar durante el desarrollo de /as prácticas." Que para autorizar el primer pago de auxilio de práctica y conforme con la normatividad de este, además del informe de actividades, el Ministerio del Trabajo valida que cada estudiante presente: 1) Formato de inscripción para transferencia del incentivo firmado por el estudiante, donde indique la cuenta bancaria a la cual se debe consignar el auxilio
mensual, 2) Acta de inicio de actividades, firmada por el tutor y 3) Plan de práctica, firmado por el tutor y monitor. Los documentos aportados por cada estudiante reposan en el aplicativo del programa. Que la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.AFiduagraria S.A., en ejecución del contrato 485 de 2021 realizó los tres primeros pagos de auxilio de práctica de la 8 ª convocatoria del programa Estado Joven correspondientes al mes de febrero, marzo y abril de 2022, a los estudiantes que cumplieron con los estándares mínimos exigidos por el programa, los cuales se autorizaron a través de las siguientes resoluciones: - A través de la Resolución 0831 de 2022 se autorizaron MIL VEINTISEIS (1.026) pagos del auxilio de auxilio de práctica mensual correspondientes al mes de febrero del año 2022. - A través de la Resolución 1237 de 2022 se autorizaron MIL DIECIOCHO (1.018) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de febrero y marzo. - A través de la ResolJción 1572 de 2022 se autorizaron MIL CINCUENTA Y SIETE (1.057) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de febrero, marzo y abrl. - A través de la Resolución 1954 de 2022 se autorizaron TREINTA Y NUEVE (39) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de marzo y abril. - A través de la Resolución 2466 de 2022 se autorizaron DOS (02) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes a los meses de marzo y abril. Que los pagos del auxilio de práctica mensual de mayo y junio de 2022 de la 8 convocatoria
ª del programa Estado Joven, deben realizarse con cargo al contrato 542 de 2022. 3 181 O 3 AGO 2022 -ª RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA No Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de junio de 2022.". --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------............................................................._ _ Que a través de la Resolución 2529 de 2022 se autorizaron MIL DIECINUEVE (1.019) pagos del auxilio de práctica mensual correspondientes al mes de mayo, la cual constituye la sexta autorización de pagos de esta convocatoria. Que a través de la Resolución 2594 de 2022 se autorizaron OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS (896) pagos, correspondientes a los meses de mayo y junio, la cual constituye la séptima autorización de pagos de esta convocatoria. Que para la octava autorización de pagos, el Ministerio del Trabajo validó los documentos de NOVENTA Y TRES (93) estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por el programa Estado Joven de forma extemporánea. Como resultado de la verificación de los documentos se autorizan NOVENTA Y TRES (93) pagos que ascienden a la suma NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 92.300.000, oo), detallados así: - UNA (1) estudiante, LUISA FERNANDA SERPA YEPES, identificada con CC. No. $ 1.001.131.844, quien tuvo una incapacidad de 21 días durante el mes de junio, por
lo tanto, se autoriza el pago de 9 días de este mes, equivalente a TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 300.000, oo). - NOVENTA Y DOS (92) estudiantes, que realizaron prácticas laborales durante el mes de junio de 2022 y presentaron los soportes requeridos por el programa Estado Joven, conforme a lo establecido en el Manual Operativo, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLÓN DE PESOS M/CTE ($ 1.000.000, oo), para cada uno de ellos. En total, el valor autorizado para el pago a este grupo de estudiantes asciende a
NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($ 92.000.000, oo).
Que a la fecha de expedición de la presente Resolución, la SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.- FIDUAGRARIA S.A. cuenta con CIENTO TREINTA NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($139.633.334), de la vigencia presupuesta! 2022, objeto de administración contrato 542 de 2022, disponibles para el pago de los auxilios de práctica aquí autorizados, que se desembolsarán a cada cuenta bancaria de los estudiantes beneficiarios del programa "Estado Joven" en la 8 convocatoria - primer semestre 2022, de acuerdo con las instrucciones impartidas en la ª C entral de Pagos por el Ministerio del Trabajo.
RESUELVE: Artículo 1. Autorización de pago. Ordenar y autorizar el pago de NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 92.300.000, oo), con cargo a los
recursos administrados por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., en el marco del contrato No. 542 de 2022. Estos recursos se distribuirán a través de NOVENTA Y TRES (93) pagos a los estudiantes vinculados a través de la 8 convocatoria del programa Estado Joven, que desarrollaron prácticas laborales durante ªe l mes de junio de 2022 y cumplieron los requisitos establecidos en el Manual Operativo y demás normatividad del programa para recibir el auxilio de práctica mensual, así: - UNA (1) estudiante, LUISA FERNANDA SERPA YEPES, identificada con CC. No. $ 1.001.131.844, autorizada para el pago de 9 días del mes de junio, equivalente a TRESCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 300.000, oo). 3 1 8 1 3 AGO2 022 J! RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 O HOJA No Continuación de la Resolución "Por medio de la cuaí se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 8ª convocatoria, durante el mes de juni
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