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MINTRABAJO - Resolución 3232

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 3232
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año

REPÚBLDIECC OAL OMBIA LibeyOrt radde n MINISTDEERLIT OR ABAJO 3 2 3 2

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 ( O 5 AGO 2022 ) Por la cuai sead iciona la Resolución No. 3028 del 27de julio 2022 EL MINISTRO DEL TRABAJO Ene jerdceli afcsai cou lletgaeadnele sesps e lcacisoa nlf eerneAi lrd taís1c 1du5ell Laoe 4y8 d9e 199ye8 ne nlu me2r7da eAllr tí6c0du eDlleo c rNeo4t.1o 0d 8e2 01y1 , CONSIDERANDO Qumee dilaRane tseo lNuo3c.0i 2ód8ne2 7d ej udle2i 0o2 s2ec, r eenól Dai redceIc nisópne cción, VigilCaonnctyGir eaos,lt Tieórnr dietVloi rcieamlid neRi esltaecrLiiaoobn oeersI a nlsepse dcecli ón MinidsetTler raibeoalG j rou,Ip not deerT nroa bdaeIj nos peVcicgiióylnC a,on nctdireaRo ile sgos Laborales. Queen e pla rápgrriamdfeeoarl ro t qíuciudnlelto Rao e solNuo3c.0i 2ód8ne2 7d ej udlei2 o0 2s2e, establleorcsei qeuraiodsnii ctioposans raeadlr ee ssi cgnoaodrodd ieGnlra udIponort deeTr rnaobd aej o

InspeVcicgiióylCn ao,nn cdtierRa oi le sLgaobso rlaoclsu eafslu,ee sr on: "(. . .) cumplir con el requisito de tener licencia vigente y autorizada para el diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de conformidad con la Resolución 1151 de 2022 del Ministerio de Salud oa quella que la sustituya, complemente o modifique, así como contar con el curso virtual de 50 horas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo os ures pectiva actualización acorde ala Resolución 4927 de 2016 o aquella que la sustituya, modifique oc omplemente." Queenv irdteDuled c rNeo1t.4o d4 e2 02s2em odilfpail cadónep t ear sdoenla}v1li ndieTslrt aeybr aijoo posruc ondsuecc rteo3a 5rc5oa nr dgeIo nss pedceTt roarbyeSa sej gou SroicdCiaóaddl 2i 0gG0or3 a do 14l,o csu aflueesdr iosnt rmiebduiiladaRno etsse o lNuoc7.i6 ód9ne 2 02e2n tlradesi ferentes dependdeeln Eacn itaiinsdc aldu,yl aeDsni droe cTceirornieytOs of riicEaislnpeaessc iales. Quuen vae cza ractleorssie zravdipodúsob rlqeiuscae op so ylaodnse spaecnth eomsda ers i esgos

labosreia dleensqt,uin efoc i ucmópc lodenin c rheoqsu einss uti ottoasl idad. Qupeo lrao n tesrehi aocnree ceessatraibuoln pe ecreidroet droa nsiptaoqrruaile eos dsea rdv,i dores públiinctoesr eense ajdeorlscaf esur n cidoecn oeosr didneGalrc uiIpónont edreTn roa bdaej o InspeVcicgiióylCn ao,nn cdtierRa oi le sLgaobso rpauleeadsda,en llanone tcaerps aacrruaim ocp olni r lorse qumiesnictioosn ados. Quee,nm érdielte oox puesto, RESUELVE y ARTÍCULO PRIMERO. -Adición. Adicieóslni egsuPeia ernátTgerr aanfsaoAil rt toírQciuuoidl nreo, t._q ResolNuo3c.0i 2dó8en2 0 22: /J/fi 3322 O 5 AGO 2022

RESOLUCNIoÓ.N DE2 022 HOJ2Ad e2

Continuación de la Resolución: "Polrca u saeal d icliRaoe nsao lNuo3c.0i 2dó8en2 l 7d jeu lio 2022" "PARÁGTRRAAFNOS ITLaOsdR iIsOp.o sciotecnniioednnaee sslP aágrraPfroiro mdeel ArtícuQulitooen tnráanre nv iagso: ír

  • Conctoaenrcl urvsior dte5u 0ah lo rdaesSl i stdeeGm eas tdieSó eng uryiS daaledune d l Trabosa urj eos peaccttiuvaala ip zaardcte1iild ór een n,e dre2o 0 23. • Cumpcloeinrlr e qudiets einlteiorc evnicgieyaan utteo rpiazeradladi as eañdom,i niys tración ejecduecSlii ósntd eeGm eas tdieló Sane gurySi adlaeudned Tl r abaap jaortd,ie1 rld ee nero de2 024.

Durteae ntsep eridoetrd aoto nrsiiesdeaa pdl áni lcoalinsre amtoisce ontenniednol sa s ResoluNco4i.9o 2dn7ee2 s0 1yN6 o. 099d6e2 02d1eM li tneirdsieoTrl a joby aN o. 1511d e 202d2eM li tneirdsieSo a l, oua dqluleaqsul eam so difaidqiuceoisn ou,tintus eaynn" ARTÍCULSOEG UND. ODsiposiocneis Generales. Ladse mdáiss posciocnitoeennneli sad as ResolNuo3c.0i 2dó8e2n 0 2s2i gvuiegney nn otc eosn tmioedniefnoi a cdaicaciliógónun n a. ARTÍCULTOE RCE. -RVOgienca. iLap resReenstoelr uiacgp ieaó rdnte li fare cdhesa up ublicación enl paá gwiendbae M li nidsetTler raiboa jo.

PUBÍQLUESY EC ÚPMLASE

U5A G2O022

DadeanB ogoalt oás.

RERBAÁE Z BAJO ProyeJcatnón: eG t.Lh,ie n Gd.Ya,. S anchFe.Vz a,r gEarsi,sT i.n da ReviAsnóLa:. , AproJb ¿,,;R.ó i:fiaa :J Lefi J. .lS i t/?lv a '11- -• l,

' ,.. ' REPUBLDIECC OAL OMBIA lilertodyOrden

MINISTDEERLTIO R O2A B 8AJ O

3 RESOLUNCÚIMÓENR 0 DE2 022 (2 7J U2l022 ) "Por la cual se cr.e,a en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales" ELM INISDTERTLOR ABAJO, Ene jerdceli afcsai cou lletgaeadnele sesps e lcacisoa nlf eenrea ilrd ta1ís1c d5uel l Laoe 4 y8 d9e 199ye8 ne n lu me2r7da eallr t6í0cd ueDlleo c r4e10td8oe2 01y1 , CONSIDERANDO Quceo nfloeors mtea eballr etc1íe1c d5uel l Laoe 4y8 d9e1 99e8Rl,e presLeengdtaelal Ean n ttei dad podcrráeyo a rrg acnoicnza arráp,ce tremrao nt ernatnesG irtuIopnrotiseod r,eTn roasbc aoejnfilo nd , e

atelnadnsee rc esdiesdlea rdyvec isu cmicpoole nif ri yce afciicali ooesbn jceiptaoi lvíyopt sri,oc garsa mas deOlr ganismo. Queeal r t8íd ceDulel co2r 4et8do9e2 00s6e,ñ" Caualndao d e conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, loorsgan ismos y entidades a quienes se aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de estos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados ac umplir las funciones que determine el acto de creación, /acusale s estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquiéamente. " Qumee diDaenctr4ee1 t0do8e2 01s1ed, e telneans itnróou rcgtáudnreMialic nai dsetTler raiboa jo, señaleánen nldu omse2er7 da eallr t6í°,cl fuaal cou dleMtlia ndip saotrrrago a ync ioznafrgo rrumpaors intedrneto rsa tbeanjioee,ncn udeolne ats at riuncttyeul rnranaase cesdiedslae drevsi cio. Qucoen o casdielóL ane 1 y5 d6e220 12"Po r la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacionaf', ye Dle cr1e0t7doe22 01"Po5r m edio del cual se expide el Decrete Único Reglamentario del Sector Trabajo", see ntiheornyid eeps rgoofse sionales

comroi elsagboesyr e anlfeesrp,mr eodfaecdso imeo.o.Qf n earlml eadbaodr al. Queenl onsu mer7ya 8 ld eeaslr t2í7cd ueDlleo c r4e1t0do8e2 01s1ee, s taebnll Deaic rieódc ec ión InspeVcicgiióClnao,nn yctG ireaos,ltT ieórnr liftauo nrdcie iacólon,o rldiain nsapre vcicgiióyln a,n cia conptareroclalu ,m pldieml ia1eson rtdmoeaS lsi stGeemnaed reRa ile sPgroosf eshioRoyin easlgeoss, Laboraasclíoe mfsoo; n nluollsia nera mpiaefrnoatm oesln catu alrdt ecu urmap lidmeli aneson rtmoa s enm atdeers iaalo ucdu paycs ieognuearnlei t ldr aadeb nal djoeo s ,uc ompetencia. Queenl onsu mer36,ay l1 Oe d sea lr t2í8cd ueDlleo c r4e1t0do8e2 01e1s,t aebnll Seauc bidói rección deI nspedcelc Daii órned ceIc nisópne VcicgiiólCnao,nn yctG ireaos,ltT ieórnr liatfsou rnicadileo, n es cooryde isntaarmb elceacnepiras armdaoe sl aacnctidaoerin nessp evcicgiiyólc nao,nn cctioreanofl li ,n

ded acru mplail manisoe rndmteaSolsi stGeemnaed reRa ile sPgroosf eshioRoyin easLlgaeobsso, r ales; diseei ñmaprl eemsetnrtadatefre o gmieyadn sit foud seui ncóaun l otruireaan cltu amdpal idmeli aesn to obliglaecgieaonlmn eaests ed ert iraa ybs aejgou sroicdiianadtl de egl rotasrl a bajeanld dooe sr ue s, competceonocraidcaic;ni adorevn iegsi ylc aonndcteilr aooss le rvdiepc reivoesnd ceai cócni ddeen tes traybe anjfoe npnreodfaehdso eiyno fneanlln aebdqoaurpdear le,ls atesan nt iAddamdiensi sdter adoras RiesPgroosf eshioAoydn mailneiss,dt eRr iaedsLogarobasos r ales.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2 7 J U 2 L 0 22

DE 2022 HOJA2

Continuación de la Resolución: "Por la cual se crea en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control Y Gestión Territorial el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales" Que en el numeral 5 del artículo 3 de la Ley 1610 de 2013, estableció dentro de las funciones principales de las inspecciones de trabajo y seguridad social, la función de acompañamiento y garante del cumplimiento de las normas del Sistema General de Riesgos Laborales.

Que según lo establecido en el Decreto Ley 1295 de 1994 en su artículo_91 modificado y adicionado por

la Ley 1562 de 2012 artículo 13, y según lo establecido en el Decreto Unico Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015 en cuanto a la facultad sancionatoria que recae en los directores territoriales Y la función de inspección, vigilancia y control en cabeza de los inspectores de trabajo, se hace necesario conformar en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales que facilite cumplir de manera eficiente y eficaz los objetivos, políticas y lineamientos en materia de riesgos laborales en todo el territorio nacional Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. -Creación Grupo Interno de Trabajo. Créase en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales. ARTICULO SEGUNDO. - Funciones Grupo Interno de Trabajo. El Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales, tendrá las siguientes funciones:

1. Establecer y desarrollar mecanismos de comunicación que faciliten la labor de los inspectores de trabajo y seguridad social de las direcciones territoriales y oficinas especiales dedicados a la inspección, vigilancia y control en materia de riesgos laborales.

2. Promover lineamientos para el desarrollo de acciones de inspección preventiva en todos los sectores económicos del país.

3. En coordinación con el Grupo Interno de Trabajo de Gestión del Entrenamiento y Análisis de la

Inspección del Trabajo de la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial del Ministerio del Trabajo, promoverán la especialización de inspectores de trabajo en riesgos laborales en inspección, vigilancia y control, de acuerdo con los criterios de mayor siniestralidad, actividad económica, peligrosidad y/o condiciones de vulnerabilidad, diferenciación territorial y enfoque diferencial.

4. Formular lineamientos con el aval del componente técnico de la Direccion de Riesgos Laborales para la inspección, vigilancia y control de las normas del Sistema General de Riesgos Laborales.

5. Coordinar el desarrollo de las acciones de inspección, vigilancia y control sobre los servicios de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales que prestan las Administradoras

de Riesgos Laborales.

6. Promover el desarrollo y cumplimiento de acciones de inspección en materia de riesgos laborales a través de las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las metas de inspección en materia de riesgos laborales, realizadas por las Direcciones Territoriales y Oficinales Especiales.

8. Adoptar, desarrollar e implementar los programas del Sistema Integrado de Gestión del Ministerio del Trabajo que en materia de su competencia se establezcan.

9. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

-. ...

3O 2 8 27 J U2L0 22

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 HOJA 3

Continuación de la Resolución: "Por la cual se crea en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos

Laborales" ARTICTUELROC E-FRuOn.c idoeCnloe osr diConrreaspdonode ral c.oo rdinador designado al Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales, las siguientes funciones:

1. Desarrollar e impleme1tar las funciones de administración y control de la gestión del grupo establecidas en la presente Resolución. 2.R ealizar la custodia de la información y docurrentos que se emiten por parte del grupo. 3.R ealizar la supervisión de los contratos que le sean asignados.

4. Realizar el cargue de acciones en el plan de acción definido por la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial. 5.D istribuir las funciones de competencia del Grupo Interno de Trabajo, asignar las actividades específicas a realizar y hacer el reparto entre los servidores públicos que conforman dicho Grupo, cuando sea el caso, de acuerdo con los lineamientos metodológicos que señale la Entidad.

6. Velar porque todos los asuntos de competencia del Grupo atiendan a una unidad de criterio y se realicen bajo los parámetros de la Constitución, Ley, procedimientos, manuales, protocolos y lineamientos establecidos por la Entidad.

7. Hacer seguimiento a la gestión oportuna ce los asuntos que sean competencia de los funcionarios asignados al Grupo Interno de Trabajo.

8. Coordinar y gestionar con los funcionarios del Grupo, la respuesta a los derechos de petición y a las acciones de tutela que se presenten y que guarden relación con las funciones del Grupo de Trabajo, asi como :le las solicitudes de la Oficina Asesora Jurídica en los temas de su competencia.

9. Coordinar las actividades de recibo y entrega de puestos de trabajo, vigilando que se cumplan

de acuerdo con las res:>onsabilidades asignadas a cada cargo, conforme a los lineamientos y orientaciones dados por la Entidad. ARTÍCCUULAOR T•IO n.t egdreaGlcr iuóIpnno t edreTn roa bCaorrjesopon.de al Director de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial, designar a los servidores públicos que integrarán el grupo interno de trabajo, remitiendo a la Subdirección de Gestión de Talento Humano el listado de funcionarios para el trámite correspondiente. PARÁGRPARFIOM ELaR iOnte.gra ción de éstos no podrá ser inferior a cuatro (4) servidores, incluyendo el coordinador. PARÁGRSAEFGOU NCDadOa v.ez que exista una sclicitud de modificación al acto administrativo que integre el Grupo Interno de Trabajo de Inspección en Riesgos Laborales ésta deberá ser remitida a la Subdirección del Talento Humano. ARTÍCQUULION. TC.Oo ordiMnedaiancte iacóto nadm.in istrativo el Ministro del Trabajo o quien este delegue, dispondrá la designación del coordinador del grupo interno de trabajo creado en el presente proveido. El coordinador se designará de conformidad con los lineamientos de designación de coordinadores de la Entidad establecidos por la Resolución No. 996 de 2021 del Ministerio de Trabajo o aquella que la sustituya, complemente o modifique. .ORE M eO d I oF nR reA tP nR I opG urÁ G lR ed A rodP anidrooc odangised res arap ,roiretna ol a nóicida nE

renet ed otisiuqer le noc rilpmuc ebed selarobaL sogseiR ed lortnoC y aicnaligiV ,nóic ficepsn ?I ed ojabarT al ed nóiG ts ametsiS led nóicuce y nóicartsinimda ,oñesid le arap ada fizirotua y etn )e figiv aicnecil dulaS ed onetsm1 led 2202 ed 1511 noIcuR l oa sl nocda fidimrofnoc ed ojabarT le ne dulaS y dadirugeS fi_ saroh 05 ed It ro 1vsruc leoc ratnoc omoc Isa ,euqifidom o etnemelpmoc ,ay ?u fititsus al euq alleuqa o fi _ al a edroca no1cazhautca avitcepser us o ojabarT le ne dulaS y dadirugeS ed nóitseG ed ametsiS led .etnemelpmoc o euqifidom ,ayutitsus al euq alleuqa o 6102 ed 7294 nóiculoseR \ Í,,,. '7 >''

3O 2 B 27 J U2L0 22

RESOCLIÓUN NÚMERO DE 2022 HOJA4

Continuación de la Resolución: "Por la cual se crea en la Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial el Grupo Interno de Trabajo de Inspección, Vigilancia y Control de Riesgos Laborales" ARTÍCULO SEXTO. • Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los 'Jl ... 1ff . ..,J uH L _ .r411 u _ t_ fifi. '}i) )

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ANGEL CU fi10 C ERA BAEZ

MIN TRO D RABAJO J M ProyJeactnónG:e. l hfie wP ó?.

ReviAs.Gó o: n zaJlD.iez \azC ,./r a laJ,F. e ,í\ezáN,fá ddMra..Al!rcl' ,G .,L inG.d Y.a.S ancFhV.ea zr,g Earsi,sT i.n da .-A fipr -o =JbR.ó fi :a :: ALAg finaL ía. -.J ,S,.> i .lLvefi·a¡.,-tfi ,t · y

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