MINTRABAJO - Resolución 3722 de 2026

Ministerio de Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 3722 de 2026
Autor
Ministerio de Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2026

REPUBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Orden MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO 37 22 DE 2026 ( 19007 20% ) Por la cual se deroga la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026 y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024 LA MINISTRA DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 208, 209 y 211 de la Constitución Política de 1991; los artículos 9, 10, 11, 12, 60 y 61 de la Ley 489 de 1998; y los artículos 6, 8 y 35 del Decreto Ley 4108 de 2011, modificados por el Decreto 223 de 2023, y CONSIDERANDO Que el artículo 208 de la Constitución Política dispone que los ministros son jefes de la administración en su respectiva dependencia y que les corresponde, bajo la dirección del Presidente de la República, formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, en los principios de igualdad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política prevé que la ley fijará las condiciones

en los principios de igualdad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política prevé que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades y reconoce la facultad del delegante de reasumir la competencia en los términos previstos por el ordenamiento jurídico. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 autoriza a los ministros para delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos en empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa. : Que el artículo 10 de la Ley 489 de 1998 dispone que el acto de delegación deberá constar por escrito y determinar la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren, y establece el deber del delegante de mantenerse informado sobre el desarrollo de las delegaciones otorgadas. Que el artículo 11 de la Ley 489 de 1998 determina las funciones que no pueden ser objeto de delegación, entre ellas la expedición de reglamentos de carácter general, salvo autorización legal, las funciones recibidas en virtud de delegación y aquellas queRESOLUCION No. 3 7 2 2 DE 2026 19 OCT 2026 HOJA 2 de 4 Por la cual se deroga la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026 y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como

Por la cual se deroga la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026 y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024 por su naturaleza o por mandato constitucional o legal no sean susceptibles de transferencia. Que los artículos 60 y 61 de la Ley 489 de 1998 radican la dirección de los ministerios en el respectivo ministro y le atribuyen, entre otras funciones, ejercer las competencias que le confieran la Constitución y la ley, dirigir la administración de personal y vigilar el cumplimiento de las funciones otorgadas o delegadas a las dependencias y funcionarios del Ministerio. Que el artículo 6 del Decreto Ley 4108 de 2011, modificado por el artículo 2 del Decreto 223 de 2023, atribuye al Despacho del Ministro del Trabajo, entre otras funciones, ejercer la representación legal del Ministerio, dirigir la administración de personal y vigilar el cumplimiento de las funciones que se hayan delegado en funcionarios de la entidad. ' Que el artículo 8 del Decreto Ley 4108 de 2011, modificado por el artículo 3 del Decreto 223 de 2023, asigna a la Oficina Asesora Jurídica la función de representar judicial y extrajudicialmente al Ministerio en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que este deba promover, mediante poder o delegación, y supervisar su trámite. Que el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 regula los efectos de la delegación y reconoce la posibilidad de que la autoridad delegante reasuma la competencia, de conformidad

supervisar su trámite. Que el artículo 12 de la Ley 489 de 1998 regula los efectos de la delegación y reconoce la posibilidad de que la autoridad delegante reasuma la competencia, de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política. Que el artículo 86 de la Constitución Política consagra la acción de tutela como un procedimiento preferente y: sumario para la protección inmediata de los derechos fundamentales, circunstancia que impone a las autoridades vinculadas al trámite el deber de actuar con especial oportunidad y diligencia. Que los artículos 13, 16, 19 y 20 del Decreto 2591 de 1991 regulan, respectivamente, la vinculación de la autoridad accionada, la notificación de las providencias por el medio que el juez considere más expedito y eficaz, la rendición de informes y antecedentes y la presunción de veracidad derivada de la falta de respuesta oportuna, y que los artículos 27, 31 y 52 del mismo decreto regulan, respectivamente, el cumplimiento del fallo, su impugnación y el incidente de desacato. Que el artículo 2.2.3.1.3.1 del Decreto 1069 de 2015 establece reglas especiales para el reparto de acciones de tutela masivas y dispone que la autoridad demandada deberá informar al juez, en el informe de contestación, sobre la existencia de acciones anteriores promovidas por la misma acción u omisión cuando tenga conocimiento de dicha circunstancia. Que mediante la Resolución 5017 de 10 de noviembre del 2014 se creó el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela en la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo y se le atribuyeron funciones relacionadas con la atención de acciones de

Que mediante la Resolución 5017 de 10 de noviembre del 2014 se creó el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela en la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo y se le atribuyeron funciones relacionadas con la atención de acciones de tutela, incidentes de desacato, seguimiento de actuaciones y coordinación de los insumos requeridos para la defensa institucional. Que mediante Resolución No. 5561 del 30 de noviembre del 2011 y 2625 de 2016 se delegaron funciones en materia de representación judicial y constitución de apoderados para la defensa judicial de la Entidad.1

RESOLUCIÓN No. 3/22 De2026 19007 2026 HoJA3 de 4

Por la cual se deroga la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026 y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024 Que mediante la Resolución No. 3149 del 25 de agosto de 2017 se modificaron las Resoluciones Nos. 5561 de 2011 y 2625 de 2016, en el sentido de delegar en un Asesor de la Oficina Asesora Jurídica y en un Asesor del Despacho del Ministro del Trabajo la facultad de ejercer la representación y defensa de los intereses del Ministerio del Trabajo en las acciones de tutela en las que sea parte la Entidad; presentar impugnaciones, interponer las nulidades correspondientes y, en general, adelantar las actuaciones procesales necesarias para el ejercicio de la defensa judicial.

Ministerio del Trabajo en las acciones de tutela en las que sea parte la Entidad; presentar impugnaciones, interponer las nulidades correspondientes y, en general, adelantar las actuaciones procesales necesarias para el ejercicio de la defensa judicial. Así mismo, se les delegó la función de coordinar y solicitar a las dependencias que dispongan de la información requerida para el trámite oportuno de las acciones de tutela, el suministro de dicha información, así como recaudar y aportar las pruebas que resulten pertinentes para la adecuada defensa de los intereses del Ministerio del Trabajo. Que mediante la Resolución 3339 del 16 de septiembre del 2026 se delegó en la Subdirección de Gestión del Talento Humano la representación judicial y atención integral de las acciones de tutela relacionadas con el Proceso de Selección No. 2618 de 2024. Que resulta necesario concentrar nuevamente en el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica la atención especializada de las acciones de tutela relacionadas con el Proceso de Selección No. 2618 de 2024, dependencia que mantiene la representación judicial del Ministerio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Ley 4108 de 2011, modificado por el artículo 3 del Decreto 223 de 2023. Que de conformidad con la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas pueden modificar o revocar actos de delegación y reasumir las competencias delegadas. Que los artículos 119 de la Ley 489 de 1998 y 65 de la Ley 1437 de 2011 disponen la publicación de los actos administrativos de carácter general expedidos por las autoridades del orden nacional como requisito para su vigencia y oponibilidad.

Que los artículos 119 de la Ley 489 de 1998 y 65 de la Ley 1437 de 2011 disponen la publicación de los actos administrativos de carácter general expedidos por las autoridades del orden nacional como requisito para su vigencia y oponibilidad. En mérito de lo expuesto, la Ministra del Trabajo, en ejercicio de sus facultades legales, RESUELVE: Artículo 1. Derogatoria. Deróguese integralmente la Resolución 3339 del 16 de septiembre de 2026. ; Articulo 2. Reasuncion de las funciones delegadas. Como consecuencia de la derogatoria de la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026, el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Juridica reasumira la representación judicial, asi como la atención y el trámite integral de las acciones de tutela relacionadas con el Proceso de Selección No. 2618 de 2024 del Ministerio del Trabajo, de conformidad con las competencias asignadas a dicho Grupo mediante la Resolución 5017 de 2014 y en los términos y condiciones de la Resolución No. 3149 de 2017.RESOLUCIÓN No. 3 7 7 7 pe 2026 19001 2026 osas des Por la cual se deroga la Resolución No. 3339 del 16 de septiembre de 2026 y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024 Artículo 3. Alcance. La reasunción comprende la contestación de acciones de tutela,

de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024 Artículo 3. Alcance. La reasunción comprende la contestación de acciones de tutela, requerimientos judiciales, impugnaciones e incidentes de desacato, así como el seguimiento al cumplimiento de los fallos y las actuaciones procesales que resulten necesarias para la defensa judicial de los intereses del Ministerio del Trabajo con ocasión del Proceso de Selección No. 2618 de 2024. Artículo 4. Apoyo Técnico. La Subdirección de Gestión del Talento Humano colaborará con la remisión de los insumos técnicos que requiera el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica para la atención y trámite integral de dichas acciones. Artículo 5. Actuaciones en curso. Las acciones de tutela objeto de la presente resolución que sean notificadas a partir de su entrada en vigencia serán asumidas por el Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica. Las acciones que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, tengan un término judicial en curso continuarán siendo atendidas por la Subdirección de Gestión del Talento Humano. Cumplida esta actuación, se remitirán los antecedentes al Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica y las actuaciones posteriores de esa misma tutela serán asumidas por dicho Grupo hasta la culminación del trámite constitucional. En ningún caso el traslado interno suspenderá, interrumpirá o ampliará los términos judiciales. Artículo 6. Publicación y comunicación. Publicar la presente resolución en el Diario

hasta la culminación del trámite constitucional. En ningún caso el traslado interno suspenderá, interrumpirá o ampliará los términos judiciales. Artículo 6. Publicación y comunicación. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y comunicarla a la Secretaría General, a la Subdirección de Gestión del Talento Humano, a la Oficina Asesora Jurídica, al Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela y a las demás dependencias que deban conocerla para su aplicación. Artículo 7. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las que le sean contrarias, contra la misma no procede recurso alguno.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 1 9 OCT 2026 dias del mes de octubre de 2026. NATALIA EUGENIA LOPEZ FUENTES MINISTRA DEL TRABAJO Proyecto: Mario Ceballos — Contratista de la Subdirección de Talento Hui analy William Grimaldo Sarmiento - Profesional Especializado OA.

Revisó: Sandra Patricia Silva - Subdirectora de Talento Humano

Nazly Mileth Rodrigez Moreno - Coordinadora Asuntos Normativos ons WV

Aprobó: Sandra Patricia Silva - Subdirectora de Talento Humano 4

Maria de los Angeles Meza— Jefe Oficina Asesora ren 3No. Radicado: 08S12026120100000020493 A cna: Remitente: Sede: CENTRALES DT 2026-10-16 09:40:34 am”

GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE ASUNTOS

Depen NORMATIVOS .

Tra b aj O Destinatario DESPACHO DEL MINISTRO ca

Remitente: Sede: CENTRALES DT 2026-10-16 09:40:34 am”

GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE ASUNTOS

Depen NORMATIVOS .

Tra b aj O Destinatario DESPACHO DEL MINISTRO ca Bogotá. D.C. 16 de octubre de 2026 e al o © octubre de OCT TF

MEMORANDO

PARA: DRA. ALBA ESTELA CABALLERO PADILLA

Secretaria Privada Despacho Ministra del Trabajo DE: JEFE DE OFICINA ASESORA JURIDICA ASUNTO: Remisión de Proyecto de Resolución "Por el cual se deroga la resolución No. 3339 de 16 de septiembre de 2026y se dispone la reasunción, por parte del Grupo Interno de Trabajo de Acciones de Tutela de la Oficina Asesora Jurídica, de la representación judicial, así como de la atención y el trámite integral de las acciones de tutela con ocasión del Proceso de selección No. 2618 de 2024” Cordial saludo: De manera atenta se remite el Proyecto de Resolución señalado en el asunto en versión final liderado por la Subdirección de Talento Humano y revisado por la Oficina Asesora Jurídica. Lo anterior para trámite de firma de la Señora Ministra, una vez surtido el trámite de firma, se solicita que sea informado a los correos nrodriguez@mintrabajo.gov.co; y sballen@mintrabajo.gov.co; con el fin de dar cierre al presente asunto. Cordialmente, MOMBA Aura Re MARÍA DE LOS ÁNGELES MEZA RODRÍGUEZ Jefe Oficina Asesora Jurídica Anexos: Proyecto de Resolución original, en dos (2) folios

cierre al presente asunto. Cordialmente, MOMBA Aura Re MARÍA DE LOS ÁNGELES MEZA RODRÍGUEZ Jefe Oficina Asesora Jurídica Anexos: Proyecto de Resolución original, en dos (2) folios Al responder por favor citar este número de radicado aj mp 1 fo o o s. a E] 3 Q. o 2. e pl a o = 3 = ES] y pon E 2. 9 23 =< go 3 Qo 22 os < 2 Be oN ze 20 32 80 So 39 bo im 3.3 a 30 Bo aS sy 2 oo Elaboró: Revisó: Aprobó: ; \ Sammy Valentina Ballen Medina Nazly Rodríguez Moreno | ; ; Nazly Rodriguez Moreno/; Ú f Auxiliar Administrativo—==-, Coordinadora Ñ Coordinadora b | o) GIT Asuntos Normativos GIT Asuntos Normativos/ GIT Asuntos Normativos ( la Sl \ | AL ald ne Ministerio del Trabajo Atención presencial Línea nacional gratuita, i ve {ov Sede administrativa Con cita previa en cada Dirección desde teléfono fijo:

Dirección: Carrera 7 No, 31 - 10 Territorial o Inspección Municipal 018000 112518 Página | 1

Edificio Worktech II Piso 20 del Trabajo. www.mintrabajo.gov.co Bogotá

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