MINTRABAJO - Resolución 4090 de 2021
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 4090 de 2021
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2021
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIONNUMERO 40 90 DE 2021 ( 20 DIC 2021 ) Por la cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas en el numeral 1° del artículo 6 del Decreto - Ley 4108 de 2011 y en desarrollo de lo previsto en Capítulo 3 y 6 del Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, y CONSIDERANDO Que en el Capítulo IV de la Ley 100 de 1993, se crea el Fondo de Solidaridad Pensional con el objeto de subsidiar los aportes al Sistema General de Pensiones de los trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte. En el Libro IV de la citada Ley se establecen los Servicios Sociales Complementarios. Que el artículo 2° de la Ley 797 de 2003, modificó el litera! i) del artículo 13 de la Ley 100 de 1993, y creó la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, con el propósito de destinar recursos para los servicios sociales complementarios previstos en la Ley 100 de 1993. Que de conformidad con el artículo 164 de la Ley 1450 de 2011, vigente conforme lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley 1753 de 2015, las personas que dejen de
ser madres comunitarias y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión, ni sean beneficiarias del mecanismo de Beneficios Económicos Periódicos, tendrán acceso a un subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional. Asimismo, indica la norma que “La identificación de las posibles beneficiarias a este subsidio la realizará el ICBF, entidad que complementará en una proporción que se defina el subsidio a otorgar por parte de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional”. Que el Capítulo 3 del Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, “Por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones”, reglamento el artículo 164 de la Ley 1450 de 2011, estableciendo las condiciones para el acceso de las personas que han dejado de ser madres comunitarias a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1450 de 2011, determinando los requisitos, criterios de priorización, valor del subsidio, y causales de pérdida del subsidio. 20 DIC 2021
RESOLUCION NUMERO 40 9 0 DE 2021 HOJANo 2
Continuación Resolución “Por la cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” Que en el parágrafo del artículo 2.2.14.3.4 del Decreto 1833 de 2016, se dispone que los cupos para el acceso al subsidio de la subcuenta de Subsistencia del
Fondo de Solidaridad Pensional serán asignados anualmente por el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional y las bases de ponderación de cada uno de los criterios señalados, serán las que establezca el Ministerio del Trabajo. Que en la Adenda No. 1 al Documento CONPES Social S105 de julio 15 de 2019 se indicó: “En relación con el componente monetario del PPSAM, actualmente Programa Colombia Mayor, se establece un rango para la entrega del efectivo, dado que en algunos municipios los beneficiarios tienen algún ingreso mínimo y por otra parte, el poder de compra del dinero no es igual para todos los entes territoriales. Ese rango deberá ser de mínimo $40.000 pesos y no podrá superar el límite máximo establecido por la Ley 100 de 1993 (Articulo 258) o la norma que lo sustituye o modifique. En todo caso, el monto exacto de este componente deberá ser un múltiplo de $5.000 pesos dentro del rango establecido”. Con el contenido de lo trascrito, se modificó el tope máximo del valor del subsidio y se hizo viable incrementar el valor del subsidio a OCHENTA MIL PESOS M/CTE. ($80.000). Que, por lo anotado, mediante Resolución 5245 del 28 de noviembre de 2019 se llevó a cabo la unificación del valor del subsidio del Programa Colombia Mayor a OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($80.000), para las personas que dejaron de ser madres comunitarias a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1450 de 2011. Que mediante Resolución 5298 del 29 de noviembre de 2019 se llevó a cabo la unificación del valor del subsidio del Programa Colombia Mayor fijándolo en
OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($80.000), para las personas que dejaron de ser madres sustitutas y no reúnen los requisitos para tener una pensión. Que el artículo 215 de la Ley 1955 de 2019, "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", estableció: "Tendrán acceso al Subsidio de la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional de que trata la Ley 797 de 2003, las personas que dejen de ser madres sustitutas a partir del 24 de noviembre de 2015, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años y que no reúnan los requisitos para acceder a una pensión.” Que el Decreto 1173 de 2020 adicionó el Capítulo 6 del Título 14 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, y reglamentó el artículo 215 de la Ley 1955 de 2019, estableciendo las condiciones para el acceso de las Madres Sustitutas, que hayan desarrollado la labor por un tiempo no menor de 10 años, al subsidio otorgado por la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional, determinando los requisitos, criterios de priorización, valor del subsidio, y causales de pérdida. Que mediante la Ley 2063 del 28 de noviembre de 2020, “por el cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 70. de Enero al 31 de Diciembre de 2021” y en el Anexo del Decreto 1805 del 31 de diciembre de 2020, “por el cual se liquida el Presupuesto
General de la Nación para la vigencia fiscal de 2021, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, se apropiaron en el Presupuesto de Gastos Inversión del Ministerio del Trabajo para la vigencia fiscal 2021, Unidad 3601011090 20 DIC 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 HOJA No 3
Continuación Resolución “Por la cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” Gestión General, Programa 3601 - Protección Social, Subprograma 1300 — Intersubsectorial Trabajo y Bienestar Social, Proyecto 6 — Implantación Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Solidaridad Nacional, Recurso 11 - Otros Recursos del Tesoro, Recurso 16 — Fondos Especiales, recursos por valor
CIENTO NOVENTA Y DOS MIL NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS
CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE.
($192.092.547.999). Que en la citada Ley, en su artículo 118, señaló que “Con el fin de garantizar la fuente de recursos de los subsidios de que tratan los artículos 164 de la Ley 1450 de 2011 y 215 de la Ley 1955 de 2019, para la vigencia 2021, la proporción a cargo del ICBF que complementa el subsidio otorgado será cubierto con cargo a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional”.
Que en sesión del 18 y 19 de enero de 2021, el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional aprobó el traslado de recursos del proyecto de inversión “Implementación Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Solidaridad Nacional” Código BPIN 2017011000432, al proyecto de inversión “Implantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión ó BEP-Nacional’ Código BPIN 2020011000235, por la suma de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($3.460.678.079), con el fin de poder garantizar la disponibilidad de recursos para la ejecución del Programa, lo cual se concretó mediante la expedición de la Resolución 347 del 17 de febrero de 2021, “por la cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio del Trabajo para la vigencia fiscal 2021”. Que mediante Resolución 0434 de 25 de febrero de 2021 se asignaron Recursos a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad PensionalImplantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión ó BEP-Nacional, con destino a financiar los subsidios del Programa Exmadres Comunitarias. por un valor de DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS
MILLONES DE PESOS MICTE. ($2.592.000.000) y CIENTO CINCUENTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MICTE. ($152.640.000) respectivamente.
Que en la misma sesión, el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional aprobó la ampliación de cobertura del Programa de Subsidio a Exmadres Sustitutas en 80 nuevos cupos y para el Programa de Subsidio a Exmadres Comunitarias en 90 cupos. Que mediante Resolución 0638 de 26 de marzo de 2021 se asignaron Recursos a la subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad PensionalImplantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión 6 BEP-Nacional, con destino a financiar la ampliación de cupos del Programa Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas por un valor de CIENTO TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($134.400.000) 20 DIC 2021
RESOLUCIÓN NÚMERO 4 (9 Qj DE 2021 HOJANo 4
Continuación Resolución “Porl a cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” y CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($184.800.000) respectivamente. Que en sesión del 18, 19 y 20 de mayo de 2021, el Comité Directivo del Fondo de
Solidaridad Pensional aprobó el traslado de recursos del proyecto de inversión “Implementación Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Solidaridad Nacional’ Código BPIN 2017011000432, al proyecto de inversión “Implantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pension 6 BEP-Naciona? Código BPIN 2020011000235, por la suma de OCHO MIL SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE. ($8.073.876.000), con el fin de garantizar la disponibilidad de recursos para la ejecución del Programa, lo cual se concretó mediante la expedición de la Resolución 1526 del 7 de julio de 2021, “por la cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio del Trabajo para la vigencia fiscal 2021”. Que, en la misma sesión, el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional aprobó la ampliación de cobertura del programa de Subsidio a Exmadres Comunitarias en 1750 nuevos cupos y para el Programa de Subsidio a Exmadres Sustitutas en 250 cupos. En la misma sesión, el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional aprobó el aumento del valor del subsidio del Programa de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas. Que mediante Resolución 1827 de 30 de julio de 2021 se asignaron Recursos a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional -Implantación de
un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión ó BEP-Nacional, con destino a financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del subsidio de 1.750 nuevos cupos por valor de CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS MICTE. ($4.620.000.000), para el Programa Exmadres Comunitarias. Que mediante Resolución 1827 de 30 de julio de 2021 se asignaron Recursos a la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional -Implantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión 6 BEP-Nacional, con destino a financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del subsidio de 250 nuevos cupos por valor de SEISCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS MICTE. ($660.000.000) y para financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del aumento de! subsidio por valor de DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($2.592.000.000) y CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MICTE. ($152.640.000) para del Programa Exmadres Sustitutas. Que mediante Resolución 1950 de 6 de agosto de 2021 “por la cual se corrige el numeral 3 del artículo 2 de la Resolución 1827 del 30 de julio de 2021, por la cual
se realiza ampliación de cobertura, asignación parcial y aumento del valor del subsidio con cargo a los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, en desarrollo del Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” en la cual se asignaron recursos, para financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del aumento del subsidio por valor
RESOLUCIONNUMERO 4090 pe 2021 HOJA No 5
Continuación Resolución “Por la cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” de DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MICTE. ($2.592.000.000), para el Programa de Exmadres Comunitarias. Que en sesión del 12 al 16 de noviembre de 2021, el Comité Directivo del Fondo de Solidaridad Pensional aprobó el traslado de recursos del proyecto de inversión “Implementación Fondo de Solidaridad Pensional Subcuenta de Solidaridad Nacional” Código BPIN 2017011000432, al proyecto de inversión “Implantación de un Subsidio Económico en Dinero para la Protección en la Vejez de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas que no Pudieron Acceder a una Pensión 6 BEP-Nacional' Código BPIN 2020011000235, por la suma de NOVECIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS MICTE. ($940.000.000), con el fin de poder garantizar la disponibilidad de recursos para la ejecución del Programa, lo cual se
concretó mediante la expedición de la Resolución 3935 del 7 de diciembre de 2021, “por la cual se efectúa un traslado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio del Trabajo para la vigencia fiscal 2021”. Que además de los recursos trasladados, la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional cuenta con recursos disponibles para asignar por valor de DOSCIENTOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($204.400.000), según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1021 del 25 de febrero de 2021, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio del Trabajo, para garantizar la continuidad de la financiación de los subsidios del Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignación Parcial de Recursos. Asígnese parcialmente los recursos de los Programas de subsidio a Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas, así:
1. Para el. Programa de Subsidio a Exmadres Comunitarias se asignan recursos, para financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del subsidio de 4.498 cupos y para financiar el 100% del valor del aumento del subsidio
por valor de MIL VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA
MIL PESOS MICTE. ($1.029.960.000).
2. Para el Programa de Subsidio a Exmadres Sustitutas se asignan recursos, para financiar en la vigencia 2021 el 100% del valor del subsidio de 475 cupos y para financiar el 100% del valor del aumento del subsidio por valor
de CIENTO CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS MICTE. ($114.440.000) Parágrafo. Los recursos asignados al Programa de Exmadres Comunitarias y Exmadres Sustitutas a través de la presente Resolución, se adicionan a los recursos que fueron asignados a dicho Programa mediante los actos administrativos Nos. 0434 del 25 de febrero de 2021, 638 del 26 de marzo de 2021, 1827 del 30 de junio de 2021 y 1950 de 6 de agosto de 2021. 20 DIC 2021
RESOLUCIONNUMERO 4 0 9 0 DE 2021 HOJA No 6
Continuación Resolución “Por la cual se realiza una asignación parcial de los recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional para la vigencia fiscal 2021, al Programa de Exmadres Comunitarias y Sustitutas” Artículo 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 2 () DIC 2021 ÁNGEL C do CABRERA BÁEZ lipistro del Trabajo
Elaboró: C, Muñoz / A, Bulla4
Revisó y Aprobó: J. Hernández $-
Vo.Bo. Amanda P,, Vo.Bo. C. Cobo Hz
Vo. Bo.: Efvanni Paola P.