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MINTRABAJO - Resolución 4274 de 2021

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 4274 de 2021
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2021

REPÚBLICA DE COLOMBIA al SS AN i 0

MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO Ú4 2 T 4 DE 2021 ( 27DIC WA, Por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima -CAFASURpara el período 2021 — 2023 EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de las atribuciones legales, y en particular las que le confiere el artículo 22 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 6 del Decreto — Ley 4108 de 2011, en desarrollo de la Resolución 474 de 2019, y CONSIDERANDO Que el artículo 52 de la Ley 21 de 1982, modificado por el artículo 22 de la Ley 789 de 2002, señala que los representantes de los trabajadores beneficiarios serán escogidos por el Ministerio de Trabajo de listas que presentarán las centrales obreras con Personería Jurídica reconocida y de los listados enviados por las Cajas de Compensación de todos los trabajadores beneficiarios no sindicalizados. Que el Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 0474 de 2019 estableció el procedimiento para la convocatoria, postulación, selección y designación de los representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados al Consejo Directivo de las Cajas de Compensación Familiar; procedimiento surtido por las Centrales Obreras y las Cajas de Compensación Familiar, para elaborar y presentar al Ministerio del Trabajo los correspondientes listados de candidatos. Que los estatutos de la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima —CAFASURseñala que el Consejo Directivo estará compuesto por cinco (5) consejeros principales en representación de los empleadores, con sus respectivos suplentes, elegidos por la Asamblea General, y cinco (5) consejeros principales en representación de los trabajadores y sus respectivos suplentes, seleccionados por el Ministerio del Trabajo, de conformidad con la normatividad vigente. Asimismo, su periodo de duración es de dos (2) años contados a partir del momento de su elección. 714 asa EN DIC 2021 HOJA N' 2 RESOLUCIÓN NÚMERO % 0 a y . nn” Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ant Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima —CAFASURpara el período 2021 - 2023” Que la Secretaría Técnica del Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 16 de marzo de 2021 publicó en la página web de esta entidad, los términos y el mecanismo de recepción digital, a través del correo electrónico consejosdirectivoscciAOmintrabajo.gov.co, relacionado con los documentos que deben presentar los candidatos a representantes de los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados, de conformidad con el artículo 8 de la Resolución 0474 de 2019, Que la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima -CAFASUR, allegó al Ministerio del Trabajo el pasado 8 de abril del 2021, a través del correo electrónico infofODcafasur.com.co , los documentos digitales de la convocatoria de los trabajadores que se postularon, el acta de cierre y los respectivos listados de aspirantes con la

documentación requerida para efectos de la designación de los representantes de los trabajadores no sindicalizados. Que fueron recibidas, a través de correo electrónico, las hojas de vida de postulaciones para la designación de los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo, así: e La Central Obrera CUT con personería jurídica reconocida envió la postulación de hojas de vida el pasado 23 de abril de 2021 a través del correo electrónico cut(Mcut.org.co e La Central Obrera CTU-USCTRAB con personería jurídica reconocida envió la postulación de hojas de vida el pasado 9 de abril de 2021 a través del correo electrónico vicepresidenciausctrab(MHgmail.com Que conforme con lo mencionado fueron recibidos los listados y documentos digitales de los aspirantes para ser parte del Consejo Directivo como representantes de los trabajadores sindicalizados. Que el Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 24 de noviembre de 2021 verificó las hojas de vida y demás documentos suministrados por la Caja de Compensación Familiar y las Centrales Obreras, así como el cumplimiento de los requisitos exigidos por las normas vigentes y los contemplados en la Resolución 0474 de 2019, con el fin de comprobar la idoneidad de los candidatos habilitados para ser designados como integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar. Que para la designación de los integrantes del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima -CAFASUR, esta cartera Ministerial remitió oficio el 29 de noviembre de 2021 con radicado de salida No. 08SE2021214000000058048, a la

Superintendencia del Subsidio Familiar, con los documentos soporte necesarios para que esa Entidad adelante el proceso de verificación frente al cumplimiento de requisitos legales e idoneidad, acorde con lo regulado en el artículo 15 de la Resolución 474 de 2019. Que el pasado 20 de diciembre 2021, la Superintendencia del Subsidio Familiar mediante Oficio No. 2-2021-026634, informó a este Ministerio sobre el proceso de validación del cumplimiento de los requisitos legales por parte de los postulados como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima -CAFASUR, acorde con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades y demás 4274

RESOLUCIÓN NÚMERO de2021 77 DIC 2021 HOJA N? 3

Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima —-CAFASURpara el período 2021 - 2023” criterios exigidos por la Ley, y en virtud del numeral 5 del artículo 16 del Decreto Ley 2595 de 2012.

Que se exceptuó la designación de la señora Ángela Milena Molina Mendoza, postulante no sindicalizada, seleccionada como suplente, quien trabaja en Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los rios Coello “USOCOELLO” y se encuentra en comunidad de oficina o en el mismo lugar de trabajo con Rodolfo Arias Camargo. Asimismo, José Javier Capera Figueroa, postulante no sindicalizado, quien trabaja en la

Fundación de Estudios Superiores, Monseñor Abraham Escudero Montoya “FUNDES” y se encuentra en comunidad de oficina o en el mismo lugar de trabajo con María Victoria Motta. En este sentido, este Ministerio, sólo designará a tres suplentes, quienes cumplen con los requisitos de la postulación y control de la Superintendencia de Subsidio familiar, designados por el Comité de Análisis y Evaluación del Ministerio del Trabajo, el 01 de diciembre de 2021 y en aplicación a la Resolución 474 de 2019. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Designación de los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima -CAFASUR. Designar como representantes de los trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima -CAFASUR - para el período 20212023, a las siguientes personas: Principales Cédula Representante de 1 | Alba Lucia Aquite 39.551.362 No sindicalizada 2 | Rodolfo Arias Camargo 93.124.615 CUT 3 | Arelis Rodríguez Mallorquín 65.704.723 No sindicalizada 4 | Luz Marina Vázquez Peña 65.693.871 No sindicalizada 5 | Yolanda Moreno Ramírez 65.697.341 No sindicalizada Suplentes Cédula Representante de 1 | María Victoria Motta 65.696.449 No sindicalizada Rosalba Aurora Rodríguez Ortiz 65.700.633 No sindicalizada 3 | Oscar Mauricio Luna 93.134.961 No sindicalizado Artículo 2. Período. El período de los representantes de los trabajadores principales y suplentes será el establecido en los estatutos de la Caja de Compensación Familiar del

Tolima -CAFASUR, correspondiente a dos (2) años, contados a partir del año 2021 y hasta el año 2023. Artículo 3. Posesión. La posesión de los representantes de los trabajadores principales y suplentes se entenderá surtida con la autorización que imparta la Superintendencia del Subsidio Familiar y no requerirá presentación personal.

RESOLUCIÓN NÚMERO . de 2021 7 DIC 2021, HOJA N 4

Continuación de la Resolución: “por la cual se designan los Representantes de los Trabajadores ante el Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar del Sur del Tolima —CAFASURpara el período 2021 - 2023” Artículo 4. La Superintendencia del Subsidio Familiar dará cumplimiento a los trámites de reconocimiento y registro respectivo, que tendrán efectividad a partir de la autorización de los designados.

Artículo 5. Comunicación. Comunicar la presente Resolución a las personas designadas; a la Superintendencia del Subsidio Familiar; y, al director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar del Tolima -CAFASUR, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 del 2011. Artículo 6. Vigencía. La presente resolución rige a partir de su comunicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., a los 297 VIL 2UZI ÁNGEL CUSTOBÍO CABRERA BÁEZ h Ministro del Trabajo

Proyectó: Ccuevas

Revisó: AUribe, Imunoz

Vo. Bueno: APardo

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