MINTRABAJO - Resolución 5199 de 2023
Ministerio del Trabajo
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Detalles
- Título
- MINTRABAJO - Resolución 5199 de 2023
- Autor
- Ministerio del Trabajo
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2023
REPUBLICA DE COLOMBIA AS tinny iden
MINISTERIO DEL TRABAJO — RESOLUCIÓN NÚMERO (y ] Y G DE202 ( 21 DIC 2093) Por la cual se corrige un yerro de transcripción en la Resolución No. 5035 del 4 de diciembre de 2023 y se ordena un pago y una transferencia EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas en el artículo 33° del Decreto Ley 4108 de 2011, la Resolución 5281 del 03 de noviembre de 2011, en desarrollo del o previsto en la Sección 10 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Trabajo, y conforme con lo dispuesto en las Resoluciones 3289 del 5 de noviembre de 2021 y 199 de 2022, y CONSIDERANDO Que mediante el artículo primero de la Resolución 5035 del 4 de diciembre de 2023, se ordenó el pago y transferencia, a través de entidades financieras, del Incentivo para la Generación de Nuevos Empleos para los beneficiarios de Errores operativos/ Giros extraordinarios/ Auditoría UGPP, para los beneficiarios de las nóminas dé marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto de 2023, excepto a las entidades financieras Davivienda y Bancolombia a quienes se les entregarán los ciclos 6, 16 y 17, respectivamente, por la suma. de OCHOCIENTOS QUINCE MILLONES
SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($815.642.000).
Que, fue evidenciado por parte de la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar un yerro en el Número de Identificación Tributaria - NIT del Banco Pichincha, toda vez que el número de NIT que corresponde es 890.200.756-7 según cuenta de cobro presentada por esta entidad financiera. Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, dispone que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que es pertinente corregir la Resolución 5035 del 4 de diciembre de 2023, expedida por el secretario general del Ministerio del Trabajo, “Por medio de la cual se ordena el pago y transferencia a través de las entidades financieras del Incentivo para la generación de nuevos empleos para los beneficiarios de Errores operativos/ Giros extraordinarios/ Auditoría UGPP para los beneficiarios de las nóminas de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto de 2023. Exceptuando a las Entidades Financieras: Davivienda y Bancolombia quienes entregarán ciclos 6, 16 y 17. J
RESOLUCIÓN No. 0 19 9 _pe2023 21 DIC 2023 HOJ2 Ade 2
Por la cual se corrige un yerro de transcripción en la Resolución No. 5035 del 4 de diciembre de 2023 y se ordena un pago y una Transferencia Que la corrección de la Resolución 5035 del 4 de diciembre de 2023, cumple con lo normado en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y no genera modificaciones de fondo o carácter material. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corrección error. Corregir el error de digitación evidenciado en el artículo primero de la Resolución 5035 del 4 de diciembre de 2023, en el sentido de indicar que el número de identificación tributaria NIT del Banco Pichincha corresponde al No. § 890.200.756-7 y ordenar el pago y transferencia de los recursos del Incentivo para la |] Generación de Nuevos Empleos, para las postulaciones de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2023 correspondientes a las nóminas de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2023, a la entidad financiera, Banco Pichincha, identificado con el NIT 890.200.756-7, cuenta CUD No. 62015979-0, por valor de DOS
MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($2.842.000).
Artículo 2. Todas las estipulaciones y términos ordenados en la Resolución 5035 del | 4 de diciembre de 2023, no modificadas y/o aclaradas por la presente Resolución,
continúan vigentes sin variación alguna. Artículo 3. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.Ca .lo s a! DIC 2023
GUILLERMO ANDRES ROJAS FORERO
Secretarip General —
Elaboró: Ana Maria R. — Contratista SFPE.AP
Reviso: Claudia N. - Director(a) DGPESF 147—
- Aprobó: Claudia N. - Director(a) DEPESF.¿2—
Vo. Bo.: L. LancheAsresoor sSG .
W. Pachón — Jefe Oficina Asesora. el Nazly R. — Coordinador Grupo Normativo fl hy /
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