🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRABAJO - Resolución 5363 de 2023

Ministerio del Trabajo

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 5363 de 2023
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2023

REPUBLICA DE COLOMBIA he e. E ra

Libertad y Orden MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO 9363 DE2023 ( 26 DIC 2023 ) Por la cual se reconoce y se ordena el pago de los recursos a la población beneficiaria del incentivo de la experiencia piloto Plan de Empleo EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas en el artículo 33 del Decreto Ley 4108 de 2011, la Resolución 5281 del 03 de noviembre de 2011, en desarrollo de lo previsto. CONSIDERANDO Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social a través del documento CONPES 3974 de 18 de octubre 2019 autorizó a la Nación para contratar un empréstito externo con la banca multilateral hasta por 20 millones de dólares, o su equivalente en otras monedas, destinado a financiar el Programa para Fortalecer Políticas de Empleo. Que, con fundamento en lo señalado, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) celebraron el 30 de enero de 2020, el Contrato de Préstamo 4934/0C-CO por veinte millones de dólares (US$20.000.000) y en adición al préstamo, se celebró el Convenio de Financiamiento No Reembolsable 4935/GR-CO con cargo a los recursos de la Facilidad No Reembolsable del BID (GRF) por dos millones seiscientos veinticinco mil dólares

(US$2.625.000) y el Convenio de Financiamiento No Reembolsable GRT/CF-17823-CO con cargo a los recursos del Gobierno de Suiza, a través de su Secretaría de Estado para Asuntos Económicos (SECO) por dos millones quinientos mil dólares (US$2.500.000). Que el Programa para Fortalecer Políticas de Empleo -PFPEbusca contribuir al cumplimiento de los objetivos sectoriales y las metas consignadas en el Plan Nacional de Desarrollo -PND2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, artículo 174 de la Ley 1955 de 2019, el cual sigue vigente, en relación con la inserción laboral y la empleabilidad de la población colombiana, facilitando la vinculación al mercado de trabajo, el acceso a oportunidades de trabajo formal y la eliminación de barreras a toda la población que busca emplearse. Que el programa para Fortalecer Políticas de Empleo tiene como objetivo general “Aumentar la empleabilidad de la fuerza laboral nacional y migrante”, según lo dispuesto en el numeral 1.01. del Anexo Unico, elemento integrante del Contrato de Préstamo 4934/0C-CO de fecha 30 de enero de 2020. Que, como objetivos específicos, el Programa señala los siguientes: “i) aumentar la cobertura y efectividad de las políticas de empleo; y ii) fortalecer el sistema que asegura la pertinencia y la calidad de la Formación para el Trabajo (FT) y ampliar el alcance de la certificación basada en competencias.” de conformidad con lo previsto en el numeral 1.02 del Anexo Único del Contrato de Préstamo 4934/0CCO de fecha 30 de enero de 2020. RESOLUCIÓN No. 22363 pe 26 DIC 2023 2023 HOJ2A d e Continuación de la Resolución: “Por la cual se reconoce y se ordena el pago de los recursos a la población beneficiaria del incentivo de la Iniciativa Plan de Empleo” Que el numeral 5 del artículo 2 del Decreto 4108 de 2011, establece como una de las funciones del Ministerio del Trabajo “Formular, dirigir y evaluar las políticas y lineamientos de formación para el trabajo, la normalización y certificación de competencias laborales y su articulación con las políticas de formación del capital humano, en coordinación con otras entidades competentes.” En el subnumeral ii, del literal B, del numeral 4 del Contrato MT-BID-063-2023 con la Fundación Alberto Merani, se estableció que el valor estimado por concepto de incentivos es hasta por la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($288.000.000.00) para la asignación, validación y dispersión de entrega de incentivos monetarios en las regiones, departamentos y municipios priorizados a favor de la población beneficiaria de la Iniciativa “Plan de Empleo”, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Manual Operativo. Que los recursos mencionados, se encuentran amparados con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 8623 del 15 de agosto de 2023, del Contrato MT-BID-063-2023. Que de conformidad con el Acta No. 1, del 13 de diciembre de 2023, el Comité Evaluador, aprobó la lista

de selección, de acuerdo con lo presentado por la Fundación Internacional de Pedagogía Conceptual, Alberto Merani, como operador del Programa, quien verificó de acuerdo con el Manual Operativo que las personas postuladas cumplen con los requisitos para ser beneficiarios; con 720 beneficiarios a la fecha, según anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Que de acuerdo con las metas de la Iniciativa “Plan de Empleo”, en el marco de la cuarta convocatoria del programa, al momento de expedir el presente acto administrativo, se determina que, acorde el análisis del operador y con la recomendación del Comité Evaluador, en 720 el número de personas certificadas y receptoras del incentivo cumplen con los requisitos de acceso a los incentivos. Que de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo de la Iniciativa Plan de Empleo, el valor del incentivo por beneficiario asciende a la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000,00 COP), dirigida a 720 personas beneficiarias, correspondiente a:

VALOR INCENTIVO VALOR TOTAL DEL

CUMPLIMIENTO POR INCENTIVO

BENEFICIARIO $400.000 80% de participación efectiva TOTAL para 720 beneficiarios para el año $288.000.000 2023 Que la Fundación Internacional de Pedagogía Conceptual, Alberto Merani, es la encargada de adelantar la dispersión de los recursos a los beneficiarios de los incentivos, para lo cual, la fundación maneja dentro de su portafolio de servicio diferentes opciones para realizar la dispersión de los incentivos por medios de entrega como son: transferencia por entidad bancaria, depósitos electrónicos de bajo monto y/o pagos electrónicos vigiladas por el ente regulatorio correspondiente.

Que los recursos “por concepto de incentivos” no ingresan al patrimonio del consultor y en consecuencia se reciben en administración para su asignación, validación y dispersión. Que en este sentido el operador, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para entregar los incentivos, ha determinado que a la fecha 720 inscritos en el programa cumplen los requisitos para ser beneficiarios, por lo cual presentó para aprobación al Comité Evaluador el listado, que asciende a una cifra de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS y iO COP). RESOLUCIÓN No. 2953 pe 26 DIC 2023 2023 HOJ3 Ad e Continuación de la Resolución: “Por la cual se reconoce y se ordena el pago de los recursos a la población beneficiaria del incentivo de la Iniciativa Plan de Empleo” Los beneficiaros autorizados y los montos a pagar para cada uno de ellos se relacionan en el Anexo Técnico, el cual hace parte integral de la presente resolución. Que el Ministerio del Trabajo mediante Resolución No. 5281 del 03 de noviembre de 2011, delegó en el Secretario General del Ministerio la competencia de ordenación del gasto sin límite de cuantía, en asuntos contractuales y no contractuales, sin consideración a la naturaleza u objeto del bien o servicio. Que, por lo indicado, el Secretario General del Ministerio del Trabajo es competente para suscribir el presente acto administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Pago y transferencia. Ordenar el pago por la suma DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS COLOMBIANOS ($288.000.000 COP), de los recursos de la Iniciativa Plan de

Empleo, a favor de los 720 de personas beneficiarias del incentivo que cumplieron a la fecha con los requisitos de acceso a los mismos, por lo que se evidencia que el Operador FUNDACIÓN INTERNACIONAL DE PEDAGOGÍA CONCEPTUAL "ALBERTO MERAN!” ha cumplido con los requisitos pactados en el Contrato MT-BID-063-2023 en el marco de la Iniciativa “Plan de Empleo”. Artículo 2. Dispersión de los recursos. Conforme con el Manual Operativo el operador de la Iniciativa Plan de Empleo, FUNDACIÓN INTERNACIONAL DE PEDAGOGÍA CONCEPTUAL “ALBERTO MERANI", efectuará la dispersión de los recursos, a través de la cuenta bancaria creada para cada beneficiario o por medio del operador de pago postal habilitado, en los términos de dicho manual. Parágrafo. Durante los diez (10) días siguientes a la expedición de esta resolución, el operador del programa, la Fundación Internacional de Pedagogía Conceptual Alberto Merani, informará al Ministerio del Trabajo el resultado del proceso de dispersión adjuntando la certificación del revisor fiscal. Así mismo, deberá efectuar el reintegro de los recursos que no puedan ser efectivamente dispersados a los beneficiarios. Artículo 3. Improcedencia de recursos. Contra la presente Resolución no proceden recursos de conformidad con el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. alos) ¢ IC 2023 E

GUILLERMO ANDRÉS RQJAS FORERO

Secretario Gerteral

Elaboró: Laura Cabra Velásquez / Apoyo UTG1

Aprobó: Iván Quiñones. / Gerente Programa Saber Hacer Vale

Vo. Bo.. Sandra Castiblanco/ Especialista Legal UCP

Consultar sobre este documento ...