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MINTRABAJO - Resolución 945 de 2023

Ministerio del Trabajo

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Detalles

Título
MINTRABAJO - Resolución 945 de 2023
Autor
Ministerio del Trabajo
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2023

MINISTERIO DEL TRABAJO

4 5 1•º 9 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 21 MAR 2023 ( ) Pomre ddieol ac uasela utoerlpi azgado ea uxidlep iroá cmteincsaau l aoles s tudiantes quceu mpllioersre oqnu iesxiitgopisodl roo esss tánddaeprlre osg rEasmtaaJ doov 1eO nª convocdautroarenilmta ee,sd ef ebrdee2r 0o2 3. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Ene jerdceis cufisao c ullteagdaeyles en ps a,r tilcacusol nafre ernie dlaar st í3c3du ello DecrLeet4yo1 0d8e2 01l1aR, e sol5u2c8id1óe0 nl3 d en oviedmeb2 r0e1y 1e ,n desardrelo opl rleov einls atR oe sol4u5cd2ie ó0ln1d em ardzeo2 02m1o,d ifpiocra da laRse solu0c8id0oe n2le1d s e e nedreo2 02y25 34d9e2 l9d ed iciedme2b 0r2ey2 , CONSIDERANDO: Quee la rtí1c3du ell oaL e1y7 8d0e2 01c6o nteqmupel a a "El Gobierno Nacional, través del Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, desarrollará y reglamentará una política que incentive, fomente y coordine los programas

a de jóvenes talentos, orientados que jóvenes sin experiencia puedan realizar prácticas laborales, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud, en las entidades públicas, las cuales contarán como experiencia para el acceso al servicio público. (. . .)" Qued ec onforcmoilndso a edñ aleaned alo r tí1c5du ell oaL e1y7 8d0e2 01l6a,ps r ácticas laborsaolne s "una actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores y educación superior de pregrado, durante un tiempo determinado, en un ambiente laboral real, con o supervisión y sobre asuntos relacionados con su área de estudio desempeño y su tipo de formación; para el cumplimiento de un requisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditará para el desempeño laboral. Por tratarse de una actividad formativa, la práctica laboral no constituye relación de trabajo". Quee ll itae)dr eaallr tí1c6du ell oaL e1y7 8d0e2 01e6s tabllaee dcaimdóí nipmaar a realpirzáacrt liacbaosre anlC eosl omebnil ao,ss i guiteénrtmeisn os, "a) Edad: En concordancia con lo establecido por el Código de la Infancia y la Adolescencia, las prácticas laborales no podrán ser realizadas por personas menores de quince (15) años de edad. En todo caso, los adolescentes entre los quince (15) y diecisiete (17) años de edad, requieren la respectiva autorización para tal fin, de acuerdo con la reglamentación que se expida para

el efecto." /1

RESOLUCIÓN NÚMERO ..O 9 4 5

DE 2023 2 7 MAR 2023

HOJA No .1

Continuación de la Resolución "Pomre didoel ac uasel a utoerlpi azgado ea uxidlepi roá cmteincsaua laoles s tudiantes quec umplileorrosen q uiesxiitgopisdo loros es s tánddaeprlre osg rEasmtaa Jdoov e1On ª c onvocadtuorraeinlamt ,ee s def ebrdee2r 0o2 3". Que en cumplimiento del parágrafo 3 del artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3546 de 2018, por la cual se regulan las prácticas laborales, modificada parcialmente por la Resolución 623 de 2020. Que el artículo 192 de la Ley 1955 de 2019 amplió los niveles objeto de la regulación de prácticas laborales contemplados por el artículo 15 de la Ley 1780 de 2016, incluyendo a los programas de educación superior de posgrado, de educación para el trabajo y desarrollo humano, así como la formación profesional integral del Sena. Que, en cumplimiento de lo señalado, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 "Por la cual se establecen medidas para implementar el programa Estado Joven - prácticas laborales en el sector público.", la cual fue modificada por la Resolución 080 de 2022. ° Que el artículo 1 de la Resolución 452 de 2021, modificada por la Resolución 080 de 2022, ° y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, indica lo siguiente: "Artículo 1

Objeto. lmpleméntese el programa de incentivos para las prácticas laborales en el sector público "Estado Joven", financiado a través del Presupuesto General de la Nación, con los recursos de inversión para la correspondiente vigencia fiscal, con el objeto de que los estudiantes de programas de formación complementaria ofrecidos por las escuelas normales superiores, la educación superior de pregrado, la educación para el trabajo y desarrollo humano y la formación profesional integral del SENA, adelanten sus prácticas laborales de cinco (5) meses en las entidades estatales como escenario de práctica, relacionadas con las necesidades específicas que estas últimas establezcan, recibiendo un auxilio de práctica laboral, para que los jóvenes adquieran la experiencia profesional a la que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, relacionada con su campo de estudio, y mejoren sus niveles de empleabilidad y su transición al mercado de trabajo" º Que en el artículo 2 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, definió como beneficiarios del programa Estado Joven a los estudiantes en proceso de formación en los niveles normalistas, técnico laboral, técnico profesional, tecnólogo, profesional universitario pregrado, o programas de formación profesional integral. ° Que el artículo 4 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021 modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, expresa que "En el programa existirá una modalidad, a saber, práctica tiempo completo, de

treinta y ocho (38) horas a la semana, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 16 de la Ley 1780 de 2016". º Que en el artículo 5 de la Resolución 452 del 01 de marzo de 2021, modificada por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, establece que los beneficiarios del programa recibirán un auxilio de práctica mensual equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente, el cual se financia con cargo a los recursos de inversión asignados al Ministerio del Trabajo mediante el Presupuesto General de la Nación, en el proyecto de inversión de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movilidad laboral de los trabajadores Nacional", código BPIN

2018011000109. ° Que el artículo 6 de la Resolución 452 de 2021, modificado por la Resolución 080 de 2022, y por la Resolución 5349 de 2022 del Ministerio del Trabajo, expresa que "en caso de que un estudiante postulado al programa sea seleccionado para su vinculación a la práctica¿;j

/ :1 / 9 4 5 2 7 MAR 2023

RESOLUCIÓN NÚMERO o DE 2023 HOJA No 3

Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". laboral, la Entidad Estatal escenario de práctica asumirá la afiliación y cotización en riesgos

laborales, conforme con lo establecido en el Decreto 55 de 2015, compilado por el Decreto 1072 de 2015 Decreto único Reglamentario del Sector Trabajo". Que, en atención a los recursos disponibles, el programa Estado Joven estableció que, para las dos (2) convocatorias a ejecutarse durante la vigencia 2023, se podrían financiar un total de DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIªC INCO (2.225) cupos para plazas de práctica laboral en el sector público. Para la 1O convocatoria a ejecutarse durante el primer semestre del año 2023, se financiarán MIL TRESCIENTOS (1.300) cupos para plazas de práctica laboral en entidades del sector público. Que el 27 de septiembre de 2022, el Ministerio del Trabajo en articulación con el ª Departamento Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 1O convocatoria a entidades estatales, recibiendo solicitudes para DOS MIL NOVECIENTAS TREINTA Y UNA (2.931) plazas de práctica distribuidas en DOSCIENTOS SETENTA Y UN (271) entidades estatales a nivel nacional. Que el 1O de noviembre de 2022, el Ministerio del Trabajo en articulación con el Departamªe nto Administrativo de la Función Pública, publicaron los términos de referencia de la 1O convocatoria a estudiantes, cuyo resultado arrojó la selección de MIL CUATROCIENTOS CUATRO (1.404) estudiantes, de los cuales MIL TRESCIENTOS (1.300) se vincularon al programa para adelantar prácticas laborales durante el 1 semestre de 2023.

ª Que conforme con lo establecido en el numeral 12 de los términos de referencia de la 1O ° convocatoria a estudiantes del programa Estado Joven, los beneficiarios vinculados iniciaron las prácticas laborales el 1 de febrero de 2023 y finalizarán a más tardar el 30 de junio de 2023. Que de acuerdo con el Manual Operativo del programa adoptado mediante Circular 021 de 2021, modificado a través de la Circular 065 de 2021 y la Circular 0035 de 2022 del Ministerio del Trabajo, los pagos del auxilio de práctica mensual de los beneficiarios se realizarán a través de un operador de pagos, que tiene la responsabilidad de administrar los recursos del programa. Que el Ministerio del Trabajo adelantó el proceso de Licitación Pública No. LP-MT-001 de 2022 para la contratación de un operador de pagos, el cual mediante encargo fiduciario ª llevará a cabo los pagos del auxilio de práctica de los meses de mayo y junio de 2022, para ª los beneficiarios de la 8 convocatoria del programa, y los pagos del auxilio de práctica de la 9 convocatoria correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022. Que, surtido el proceso de selección, la Secretaria General del Ministerio del Trabajo, mediante la Resolución No. 1645 del 20 de mayo de 2022, adjudicó el contrato al proponente SOCIEDAD FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A. - FIDUAGRARIA S.A. con NIT: 800159998-0, representado legalmente por Mauricio Ordoñez

Gómez, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.553.835, o quien haga sus veces, de conformidad con la oferta presentada. Que el Ministerio del Trabajo el 23 de mayo de 2022 suscribió el Contrato 542 de 2022 con FIDUAGRARIA S.A., con el objeto de "Contratar los servicios de encargo fiduciario para custodiar, administrar y pagar los incentivos a los estudiantes beneficiarios del programa Estado Joven, en los términos y condiciones dispuestas en la Resolución 452 de 2021 y la s{ / 0945 2 7 MAR 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 HOJA Nofi Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". .................................._ _______________________________________ ............................................................................................................................................................................................................................ Resolución 080 de 2022, así como las demás normas que regulen, adicionen y modifiquen esta materia y el Manual Operativo del programa Estado Joven". Que en el marco del Contrato 542 de 2022, se estableció que los recursos objeto de administración por parte de FIDUAGRARIA S.A., son de OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($8.899.000.000), que serían transferidos al operador para la constitución del encargo fiduciario y pago a los estudiantes de acuerdo con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45622 de fecha 24 de febrero 2022, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del

contrato y de acuerdo con la disponibilidad de PAC del Ministerio del Trabajo. Que la cláusula segunda del Contrato 542 de 2022, inicialmente estableció que el plazo de ejecución del contrato era hasta el 31 de diciembre de 2022. Que el Contrato No. 542 de 2022, suscrito entre Fiduagraria S.A. y el Ministerio del Trabajo, tuvo una primera modificación y prórroga por 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de terminación del contrato, es decir, desde el primero (1r o) de enero hasta el dos (2) de marzo del año 2023 (inclusive). Que se amplió el plazo de ejecución del contrato en ciento veinte (120) días calendario, contados a partir de la actual fecha de terminación del contrato, es decir, desde el 3 de marzo de 2023 hasta el 30 de junio de 2023, inclusive. Que al citado contrato a través de la prórroga dos (2) adición uno (1) le fueron adicionados los siguientes recursos: i) VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL DOSCIENTOS DIECISÉIS PESOS M/CTE ($21.215.216), respaldados con el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45023 de fecha 6 de febrero de 2023, correspondiente al pago de la comisión fiduciaria, por los giros que efectivamente se realicen a los ª estudiantes beneficiarios de la 1 O convocatoria del programa Estado Joven, durante los meses de febrero, marzo y abril del año 2023, y la suma de CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($4.524.000.000), respaldados con el

Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 45323 de fecha 7 de febrero de 2023, para ser administrados en el marco del encargo fiduciario, los cuales serán destinados al pago ª de los auxilios de práctica de los estudiantes de la 1 O convocatoria, durante los mismos meses antes mencionados. Que en el marco de las prácticas laborales se realiza una supervisión de la actividad formativa adelantada por el estudiante, de tal manera que estos cuentan con la asignación de un quien es un docente vinculado a la institución educativa y un designado por el meosnceitonra, rio de práctica. Estos delegados tienen entre sus funcionetsu toerl aborar, en conjunto con el estudiante, el informe de seguimiento mensual y dar su aprobación al mismo, como requisito para el giro del auxilio de práctica mensual. Que para la operación del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo a través de la Dirección de Movilidad y Formación para el Trabajo, cuenta con el aplicativo "Estado Joven". Que el numeral 5.3 del manual operativo señala que el auxilio de práctica se gira al finalizar el mes siguiente al periodo en el cual se desarrollaron las actividades, previa presentación y validación de los documentos requeridos para cada mes, firmados por el estudiante, el tutor y el monitor. Que el numeral 5.4.1 del mismo manual, señala que existe un Comité Técnico, definido como una instancia coordinadora, encargada de velar por el correcto funcionamiento d¡fi 1

O 9 5 2 7 MAR 2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 4 DE 2023 HOJA No fi

Continuaci?n de la Reso!u?ión "P_o: medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplteron los reqws1tos ex1g1dos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria durante el mes de febrero de 2023". _.,_ _________________________ ., ,._ ________________________________ .,. .. .......................... __ .................................................................................................................................................... pr ?Wª fiª· integrad fi por el(la) Director(a) de Movilidad y Formación para el Trabajo del M1 _nisteno del TrabaJo, o fiu _delegado(a), quien ejerce la Presidencia del Comité, y el(la) D1rector(a) de Empleo Publico del Departamento Administrativo de la Función Pública quiene fi participan _ fion voz y voto. Esta instancia tiene entre sus funciones avalar los pagofi del auxilio de practica mensual de los estudiantes vinculados al programa e implementar controles que permitan su verificación. Que el auxilio de práctica mensual equivale a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV ) y para el año 2023, de conformidad con el Decreto 2613 de 2022, corresponde a la cifra de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS M/CTE. ($1.160.000). Este auxilio se otorga únicamente en el tiempo de duración de la práctica y en ningún caso se considerará un salario. Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7.1 del manual operativo del programa, las incapacidades, licencias o ausencias de duración menor o igual a cinco (5) días hábiles no generan alteración en el pago del auxilio de práctica mensual. En el evento de situaciones mayores a cinco (5) días hábiles, e inferiores o iguales a quince (15) días

hábiles, el auxilio de práctica se· pagará proporcional al tiempo ejecutado. En este caso, el tutor y monitor de práctica deberán validarla y reportarlo al programa, para realizar la novedad en el giro del auxilio mensual. En el evento en que la incapacidad, licencia o ausencia supere los quince (15) días hábiles, el estudiante debe solicitar interrupción de la práctica laboral. Que de acuerdo con lo establecido en el Contrato 542 de 2022, el Ministerio del Trabajo pagará al operador la comisión fiduciaria correspondiente a su gestión como administrador del encargo fiduciario, en la modalidad de valor por giro, es decir, se pagará una suma fija de CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE. ($ 4.768) por cada giro o pago efectivamente realizado a cada beneficiario del programa Estado Joven. El pago de esta comisión al operador será llevado a cabo mes vencido, una vez el Ministerio del Trabajo verifique el número de pagos realizados por el operador, de acuerdo con los requisitos establecidos en el manual operativo del programa y el contrato. Que durante la vigencia fiscal del año 2023 y para dar continuidad a la aplicación de un mecanismo necesario para que los jóvenes estudiantes rompan la brecha de empleabilidad a través de la equivalencia de experiencia profesional previa, a la que se refiere la Ley 2039 de 2020, reglamentada por el Decreto 616 de 2021 del Ministerio del Trabajo, y continuar con la implementación de un mecanismo que incentive la realización de prácticas laborales en el sector público, se asignaron al Ministerio del Trabajo TRECE MIL TRECIENTOS

CINCO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE

($13.305.128.370) del Presupuesto General de la Nación, a través del proyecto de inversión "Fortalecimiento de la política de formación para el trabajo, aseguramiento de la calidad y movílídad laboral de los trabajadores Nacionaf', código BP IN 2018011000109, desª tinadosª a la implementación del programa "Estado Joven" durante el año 2023, 10 y 11 convocatoria vigencia 2023. Que en cumplimiento de la cláusula séptima numeral 12 del título de las obligaciones específicas de la fiduciaria del Contrato 542 de 2022, el operador de pago FIDUAGRARIA S.A., entregó al Ministerio del Trabajo el manual de procedimientos para la administración y pago de recursos del programa, el cual, en el numeral 4.3, establece que las autorizaciones de pago del programa se gestionarán a través de la plataforma CP SUITE PAGOS - CENTRAL DE PAGOS DE FIDUAGRARIA S.A., la cual permite gestionar digitalmente órdenes de pago de forma individual y masiva. Los pagos son autorizados en la plataforma mediante el uso de firma digital y claves de autorización, cuya sincronización es realizada previamente entre la Fiduciaria y el Fideicomitente. El Fideicomitente pued O 9 4 5 2. MAR 2023 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 7 HOJA No fi Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". -----------------------------------------------·····.. · ·---·------------..- ---------------------------------····· .. ···--·--------------------------------------------------·--

administrar la plataforma a través de la asignación de roles y perfiles y adicionalmente puede personalizar sus procesos de pagos. Que la ordenación del gasto se deberá realizar mediante acto administrativo que ordene el giro de los recursos a cada beneficiario del programa Estado Joven, que cumpla con los requisitos. Dichos recursos serán consignados a las cuentas bancarias reportadas por los estudiantes beneficiarios, a través del registrado en el aplicativo del prFogorrammaato E dstea dions Jcorvipecnió. n para transferencia del incentivo, Que la Fiduciaria FIDUAGRARIA S.A., realizará todos los desembolsos que sean necesarios y que instruya el Fideicomitente, previa presentación de los documentos instruidos a continuación, los cuales deberán contar con el visto bueno o la aprobación del supervisor y firma del ordenador del gasto: Instrucción que será remitida previamente por el Ministerio del Trabajo, a través de 1. correo electrónico, indicando el cargue de los pagos en la Central de Pago, detallando cantidad de pagos y valor total. Relación y/o Planilla de pagos con el detalle de los pagos que fueron cargados en la

2. Central de pagos, la cual será cotejada frente a los pagos cargados.

Que la fiduciaria informará al FIDEICOMITENTE, máximo al día siguiente de conocer las inconsistencias que se presenten en la información contenida en los archivos, como cuentas corrientes o de ahorros, o cualquier otra, que impidan tramitar los pagos a los beneficiarios finales incluyendo los rechazos bancarios del giro realizado, para que se adelanten las gestiones necesarias para subsanar las inconsistencias. Que conforme a la cláusula séptima del Contrato 542 de 2022, FIDUAGRARIA S.A.

realizará los pagos dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes contados a partir de la autorización de pagos por parte del Ministerio del Trabajo. Que el numeral 5.4.4 del Manual Operativo del programa Estado Joven, indicó que es responsabilidad de las Entidades Estatales, a "reportar mensualmente al Programa, través del aplicativo dispuesto por el Ministerio del Trabajo y conforme al cronograma que se defina para tal fin, la confirmación del desarrollo de actividades de los estudiantes, para la autorización de pago del auxilio de práctica mensual, así como las novedades que se puedan presentar durante el desarrollo de las prácticas". Que para autorizar el primer pago de auxilio de práctica y conforme con la normatividad de este, además del informe de actividades, el Ministerio del Trabajo valida que cada estudiante presente: 1) firmado por el estudiante, donde inFdoiqrumea tloa dceu einnstacr ibpacniócna rpiaa raa trlaa ncsufearl esnec iad edbeel inccoennstiigvnoa r el auxilio mensual, 2) Acta de inicio de actividades, firmada por el y 3) Plan de práctica, firmado por el tutor y monitor. Así como, los documentos aportadotsu ptoorr cada estudiante que reposan en el aplicativo del programa. Que para la primera autorización de pagos de auxilio de práctica a los estudiantes que ª cumplieron los requisitos mínimos de la 1O convocatoria del programa Estado Joven, el Ministerio del Trabajo validó los documentos para autorizar el pago a mil ciento ochenta y dos (1.182) estudiantes, por un valor total de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINdTeAt aYll aSdIoEsT Eas Mí: IL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO

PESOS M/CTE ($1.364.237.334),

9 5

RESOLUCIÓN NÚMERO O 4 DE 2023 7 MAR 2023 HOJA No .1.

2 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". , - , i ----- - ------------------------- UN (1) NICOLAS CANON RODRIGUEZ, - estudiante, identificado con CC. 1.020.797.513, quien tuvo una suspensión de la práctica laboral por incapacidad, por lo DOtaSnCtoIE, sNeT OaSu toSrEizTaE NeTl Ap aMgIoL dSeE IS7C IEdNíaTs OSd eS EeSsEteN TmAe sY, coSrIrEeTspEo nPdEieSnOteSs 1

Ma /CTE ($270.667).

UN (1) ELIECER ELIAS ARROYO ARROYO: - estudiante, identificado con CC. 1.005.440.473, quien inició la práctica laboral el 21 de febrero 2023T, pRoEr SloC tIaEnNtoT, OsSe OauCtoHrEizNaT Ael pYag o SdEeIS 1O MdILía s SdEeI SeCstIeE NmTeOsS, coSrreEsSpEoNnTdiAe nteYs aS IETE PESOS

M/CTE ($386.667).

UN (1) DUVÁN ANDRÉS SIERRA MÁRQUEZ, - estudiante, identificado con CC. 1.003.291.196, quien inició la práctica laboral el 20 de febrero 20C2U3A, pToRrO loC tIaEnNtoT, OsSe VauEtIoNriTzIaC IeNl CpOag Mo IdLe T 1R1E dSíCasIE dNeT OesSt eT RmEeIsN, TcAo rYre TspRoEnSd iPenEtSesO Sa M/CTE ($425.333). UNA (1) ANGELICA PACHECO GRANDETH, - estudiante, identificada con CC. 1.001.591.139, quien inició la práctica laboral el 1 5d e febrero 2023, SpEorIS loC tIaEnNtTo,O sSe DauIEtoCriIzOaC HeOl pMaIgLo S dEeIS C1I6E NdTíaOsS dSeE SeEsNteT Am Ye sS, IEcToErr ePsEpSonOdSie Mnt/eCsT E ($618.667). UNA (1) ANGY JULIETH SERRANO SERRRANO, - estudiante, identificada con CC. 1.005.325.165, quien inició la práctica laboral el 15 de febrero 2023, SpEorI SloC tIaEnNtTo,O sSe DauIEtoCriIzOaC HeOl pMaIgLo S dEeIS C1I6E NdTíaOsS dSeE SeEsNteT Am Yes S, IEcToErr ePsEpSoOndSie Mnt/eCsT E ($618.667).

UN (1) CRISTIAN DAVID MERCADO QUINTERO, - estudiante, identificado con CC. 1 .067.953.795, quien inició la práctica laboral el 1 4d e febrero 2023, SpoErI SloC tIaEnNtTo,O sSe CauINtoCriUzaE NeTl Ap aYg oS dIEeT E1 7M dILía sT RdEeS eCsIEteN TmOeSs , TcRorEreINsTpAon dYie TntResE Sa PESOS M/CTE ($657 .333). UN (1) CHRISTIAN ANDRES REYES GIRON, - estudiante, identificado con CC. 1.037.485.202, quien inició la práctica laboral el 13 de febrero 2023, SpoErI SloC tIaEnNtTo, OsSe CauINtoCriUzaE NeTl Ap aYgoS IdEeT E1 8M dILía sT RdEeS eCsIEteN TmOeSs, TcRorEreINsTpoAn dYie nTtResE Sa PESOS M/CTE ($696.000). 1 UNA (1) DINA ALEXANDRA LONDOÑO MORA, - estudiante, identificada con CC. 1.000.452.71 6, que inició su práctica el 1 de febrero de 2023 y que la terminó anticipadamente, finalizando el desarrollo de actividades el 21 de febrero de 2023, poOr CloH OtaCnIEtoN, TsOeS aDuOtoCrizEa M eILl PpaEgSoO Sd eM /2C1T Ed í(a$s8 1d2e.0 0es0)te. mes, correspondientes

a / ,• O 9 4 2 7 MAR 2023 -ª RESOLUCIÓN NÚMERO 5 DE 2023 HOJA No Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cumplieron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 1 Oª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". -·-----------------------------------------·-----------------------------------..· ··.................................................................................................................................................. .... .. - SEIS (6) estudiantes, quienes iniciaron la práctica laboral el 1O de febrero de 2023, por lo tanto, se autoriza el pago de 21 días de este mes, correspondientes a OCHOCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($812.000), para cada uno de ellos, por la suma total de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($4.872.000). - MIL CIENTO SESENTA Y OCHO (1.168) estudiantes, que realizaron prácticas laborales durante el mes de febrero de 2023, y presentaron los soportes requeridos por el programa Estado Joven, por lo tanto, se autoriza el pago de UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL PESOS M/CTE ($1.160.000), para cada uno de ellos. En total, el valor autorizado para el pago de este grupo de mil ciento sesenta y ocho (1.168) estudiantes asciende a la suma de MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y

CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE

($1.354.880.000). Que a la fecha de expedición de la presente Resolución, la SOCIEDAD FIDUCIARIA DE

DESARROLLO AGROPECUARIO S.A.- FIDUAGRARIA S.A. cuenta con MIL

OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE ($1.828.233.335), los cuales, de conformidad con el objeto y alcance del objeto del Contrato 542 de 2022, amparan el desembolso de los recursos requeridos por la suma de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y ª CUATRO PESOS M/CTE ($1.364.237.334): correspondiente al pago de auxilio de práctica del mes de febrero 2023 de la 1O convocatoria del programa. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Autorización de pago. Ordenar y autorizar el pago de MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.364.237.334){ con cargo a los recursos administrados por la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A., en el marco del ª Contrato No. 542 de 2022. Estos recursos se distribuirán a través de MIL CIENTO OCHENTA Y DOS (1.182) PAGOS a los estudiantes vinculados a través de la 10 convocatoria del programa Estado Joven, que desarrollaron prácticas laborales durante el mes de febrero de 2023 y cumplieron los requisitos establecidos en el Manual Operativo y

demás normatividad del programa para recibir el auxilio de práctica mensual, así: • UN (1) estudiante, NICOLÁS CAÑON RODRÍGUEZ, identificado con CC. 1.020.797.513, quien tuvo una suspensión de la práctica laboral por incapacidad, por lo tanto, se autoriza el pago de 7 días de este mes, correspondientes a DOSCIENTOS SETENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($270.667). • UN (1) estudiante, ELIECER ELIAS ARROYO ARROYO, identificado con CC. 1.005.440.473, quien inició la práctica laboral el 21 de febrero 2023, por lo tanto, se autoriza el pago de 1 O días de este mes, correspondientes a TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS u .,L M/CTE ($386.667). \ 0 9 4 5 2 MAR 2023 .-ª RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 7 HOJA No Continuaci?n de la Resolución "Por medio de la cual se autoriza el pago de auxilio de práctica mensual a los estudiantes que cump/Jeron los requisitos exigidos por los estándares del programa Estado Joven 10ª convocatoria, durante el mes de febrero de 2023". .. ..............................................................................................................................................................................................................................._ _________________________.. • UN (1) estudiante, DUVÁN ANDRÉS SIERRA MÁRQUEZ, identificado con CC. 1.003.291.

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