MINTRANSPORTE - Concepto 20211340522611 de 2021
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20211340522611 de 2021
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2021
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340522611
20211340522611 26-05-2021 Bogotá D.C. Señora
LILIANA MAYORGA LEÓN
linamayor@gmail.com
Bogotá D.C ASUNTO: Tránsito – Normatividad tránsito vehículos de carga extradimensionada.
Respetada Señora, En atención a la petición allegada a esta Cartera Ministerial a través de radicado 20213030663672 del 06 de abril de 2021, mediante la cual consulta acerca de la de la normatividad y los trámites que deben atender los vehículos de carga extradimensionada para transitar por el territorio nacional; esta Oficina Asesora de Jurídica se pronuncia en los siguientes términos: PETICIÓN “(…) No se bajó que normatividad ellos pueden transitar, si tienen alguna exclusión por días o lo pueden hacer todo el tiempo en los horarios que ellos deseen sin respetar la tranquilidad de los habitantes de la vereda, si existe alguna restricción por favor me podrían colaborar con la información. (…) Cuál es la normatividad para estas zonas de alto flujo de vehículos teniendo en cuenta que es zona de influencia de hidrocarburos y el transito es constante. Existe reglamentación para ellos, o alguna limitante. Deben solicitar el plan vial, teniendo en cuenta los puntos de riesgos de seguridad vial. Deben hacer contratación de auxiliares viales o controladores viales. Es cierto que las volquetas no les exigen la norma que contraten auxiliares viales (…) (…) Cuáles son los vehículos de cargas extradimencionales y cuáles no, que tan cierto es que las cargas que no son extradimencionales, no les obliga tampoco a contratar auxiliares viales o
controladores viales, cual es la normatividad para que estos vehículos transiten por estas vías. Cuáles son las medidas de la vía o las características de las vías terciarias y que son 1 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
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20211340522611 26-05-2021 adecuadas o pavimentadas para el uso de Ecopetrol y sus empresas Aliadas. Se hizo adecuación de una vía solo para uso de ellos, la cual conecta el Municipio de Guamal Con el Municipio de Acacias , se construyó un puente sobre el rio Orotoy el cual según ellos es de uso exclusivo de Ecopetrol y el dueño de la finca, no se supone que Ecopetrol no puede invertir en predios privados, pueden ellos colocar unos portones y negar el paso o tránsito de los demás personas ajenos a Ecopetrol y vecinos de la zona que trabajamos en el vecino municipio y nos es más cerca por este sector que devolvernos hasta el municipio y dar la vuelta (…)” CONSIDERACIONES Sea lo primero señalar que de conformidad con el artículo 8 del Decreto 087 del 17 de
enero de 2011 modificado por el Decreto 1773 de 2018, son funciones de la oficina asesora de jurídica de este Ministerio las siguientes: “8.1. Asesorar y asistir al Ministro y demás dependencias del Ministerio en la aplicación e interpretación de las normas constitucionales y legales. 8.7. Atender y resolver las consultas y derechos de petición relacionados con las funciones de la oficina, presentados ante el Ministerio por personas de carácter público o privado”. Significa lo anterior que sus funciones son específicas no siendo viable entrar a analizar un caso en concreto, así las cosas, esté Despacho de acuerdo con sus funciones se referirá de manera general y en lo que le compete al tema objeto de análisis, así: Con el objeto de atender las consultas por usted realizadas, se relaciona un cuadro con la normatividad vigente a la fecha en materia de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, junto con las anotaciones de modificaciones, vigencias y derogatorias de las que hayan sido objeto. En efecto, es preciso manifestar que los actos administrativos expedidos por esta Cartera Ministerial pueden consultarse en su integridad a través de internet por medio de la página web dispuesta por este Ministerio http://www.mintransporte.gov.co/normatividad. Cuadro Normativo Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga "Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y requisitos entre LEY 105 DE 1993 la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones” LEY 336 DE 1996 "Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte."
"Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre LEY 769 DE 2002 y se dictan otras disposiciones” Decreto 1079 de 2015, Libro 2 de Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario la Parte 1 del Titulo 1 del Capítulo del Sector Transporte” 7
Vigencias: Se compilan todas las normas relacionadas con el Servicio El Decreto 1079 de 2015 ha sido modificado y adicionado por Público de Transporte Terrestre los siguientes Decretos: Automotor de Carga Decreto 1514 de 2016 "Por el cual se adoptan medidas especiales y transitorias para sanear el registro inicial de los
2 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
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20211340522611 26-05-2021 vehículos de transporte de carga y se adiciona la subsección 1 a la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015." Decreto 1517 de 2016 "Por el cual se crea el Registro Único
Nacional de Desintegración Física de Vehículos e Ingreso de Nuevos Vehículos de Transporte Terrestre Automotor de Carga (RUNIS TAC) y se adicionan unos artículos a la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015." Decreto 153 de 2017 "Por el cual se modifica y adiciona la Subsección 1 de la Sección 7 del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015, en relación con las medidas especiales y transitorias para normalizar el registro inicial de vehículos de transporte de carga." Decreto 2156 de 2018 "Por el cual se modifica el artículo 2.2.1.7.7.14 de la Subsección 1 de la Sección 7 Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015 en relación con r plazo establecido para la ejecución de los recursos del Programa de Promoción para la Reposición y Renovación del Parque Automotor de Carga." Decreto 632 de 2019 "Por el cual se modifica, adiciona y deroga algunas disposiciones de la Subsección 1 de la Sección 7 del Capitulo 7 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte” Decreto 1120 de 2019 "Por el cual se modifican unos articulas de la Sección 7 del Capitulo 7 del Titulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario
del Sector Transporte." "Por el cual se dictan disposiciones sobre el acarreo de Decreto 2044 de 1998 productos especiales, en vehículos de servicio público de transporte de carga " Resoluciones sobre Servicio Público de Transporte Automotor de Carga "Por la cual se adopta e implementa el Registro Nacional de Resolución 377 d e2013 Despachos de Carga (RNDC). " "Por la cual se establece la aplicación de los articulas 2° del Decreto número 2228 de 2013 y se dictan otras disposiciones. " Resolución 4497 de 2011 Es preciso tener en cuenta que el Decreto 2228 de 2013 se encuentra compilado en el Decreto único Reglamentario del Sector Transporte 1079 de 2015. “Por la cual se adopta el Sistema de Información para la Regulación del Transporte de Carga por Carretera, se Resolución 2502 de 2015 determina el procedimiento de intervención del Valor a Pagar y se dictan otras disposiciones. " Resolución 5967 de 2009 "Por la cual se establece el Protocolo de Actualización del Sistema de Información de Costos Eficientes para el Transporte Público de Carga por Carretera - SICE TAC."
Vigencia: La Resolución 2502 de 2015 fue modificada por:
3 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/
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20211340522611 26-05-2021 Resolución 3444 de 2016 - "Por la cual se modifica el Anexo 1 de la Resolución 2502 del 24 de julio de 2015 y se dictan otras disposiciones. " "Por la cual se dictan unas disposiciones para el registro de Resolución 3015 de 2019 vehículos Especiales Automotores y no automotores de transporte de Carga." "Por medio de la cual se reglamentan los artículos 2.2.1.7.7.2 Y 2.2.1.7.7.5 del Decreto 1079 de 2015Único Reglamentario Resolución 4100 de 2004 del Sector Transporte modificados por los artículos 2° y 5° del Decreto 1120 del 2019 "Por la cual se adoptan los límites de pesos, y dimensiones en los vehículos de transporte terrestre automotor de carga por carretera, para su operación normal en la red vial a nivel nacional” Vigencia: La Resolución 4100 de 2004 fue derogada parcialmente y modificada así: Resolución 2888 de 2005 Resolución 2888 de 2005 "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 4100 del 28 de diciembre de 2004. " Resolución 1782 de 2009 "Por la cual se modifica el artículo 8° de la Resolución 4100 del 28 de diciembre de 2004." Resolución 6427 de 2009 "Por la cual se dictan unas
disposiciones para el control de peso a Vehículos de Transporte de Carga de dos ejes." "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 4100 del 28 de diciembre de 2004." Vigencia: La Resolución 2888 de 2005 fue derogada parcialmente y modificada así: Resolución 6427 de 2009 Resolución 2308 de 2014 "Por la cual se establecen medidas para el control de peso a vehículos de transporte de carga y se dictan otras disposiciones” Derogada parcialmente por Resolución 6427 de 2009 "Por la cual se dictan unas disposiciones para el control de peso a Vehículos de Transporte de Carga de dos Ejes " Resolución 2308 de 2014 "Por la cual se dictan unas disposiciones para el control de peso a Vehículos de Transporte de Carga de dos ejes" Vigencia: La Resolución 6427 de 2009 fue objeto de modificaciones, así: Resolución 4918 de 2018 "Por la cual se modifica el parágrafo 1° del artículo 1° de la Resolución número 6427 del 17 de diciembre de 2009, modificado por la Resolución número 2498 del 28 de junio de 2018" Resolución 2498 de 2018 "Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 6427 de 17 de diciembre de 2009 4 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2
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20211340522611 26-05-2021 del Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones para el control de peso a vehículos de transporte de carga rígidos de dos (2) ejes" "Por la cual se establecen medidas para el control de peso a Resolución 2308 de 2014 vehículos de transporte de carga y se dictan otras disposiciones " "Por la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas y extradimensionadas, y las especificaciones de los vehículos destinados a esta clase de transporte" Vigencia: La Resolución 4959 de 2006 fue objeto de modificaciones, así: Resolución 4193 De 2007 "Por la cual se modifica parcialmente el literal c) del artículo 9° y el literal d) del artículo 13 de la Resolución número 4959 de 2006, para el transporte de carga indivisible extradimensionada y/o extrapesada, " Resolución 1724 De 2007 "Por la cual se fijan los contenidos mínimos del curso específico en tránsito y seguridad vial para la capacitación de los integrantes del Resolución 4959 de 2006 personal técnico y auxiliar acompañante, considerados en el artículo 16 de la Resolución número 4959 de 2006, para el
transporte de carga indivisible, extrapesada, extradimensionada o extrapesada y extra dimensionada a la vez." Resolución 10377 de 2012 "Por la cual se elimina el trámite de Registro de los Operadores de Transporte de carga Extradimensionada contemplado en la Resolución número 4959 del 8 de noviembre de 2006," Resolución 20203040019395 de 2020 “Por la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 12 de la Resolución número 4959 de 2006 del Ministerio de Transporte, “por la cual se fijan los requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles extrapesadas, extradimensionadas, y las especificaciones de los vehículos destinados a esta clase de transporte””. Resolución 332 de 2017 "Por la cual se definen las condiciones y el procedimiento de los trámites inherentes a la política pública de modernización del parque automotor de carga y se dictan otras disposiciones." Vigencia: La Resolución 332 de 2017 fue objeto de modificaciones, así: Resolución 721 de 2018 "Por la cual se modifican los artículos 17 y 40 Y el Anexo 2 de la Resolución número 332 de 2017, y se dictan otras disposiciones." Es preciso mencionar que el Artículo 77 de la Resolución 332 de 2017 establece: 5 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2
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20211340522611 26-05-2021 "Artículo 77. Transitoriedad. Hasta tanto se cuente con el Operador y el Auditor de que trata la presente resolución, los procedimientos establecidos en la Resolución 7036 de 2012, se continuaran aplicando en lo pertinente; la labor de inspección y vigilancia la seguirá realizando la Dijín y el sistema' RUNT continuará realizando las mismas validaciones y procesar" A la fecha las disposiciones normativas de la Resolución 7036 de 2012 que no han sido derogadas o modificada expresamente por otras normas siguen vigentes hasta tanto se cuente con el Operador y el Auditor de que trata la Resolución 332 de 2017. Resolución 736 de 2012 "Por la cual se definen las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento económico por desintegración física total de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor de carga y para el registro inicial de vehículos de transporte de carga por reposición, y se dictan otras disposiciones." Vigencia: Disposiciones vigentes hasta tanto se cumplan los presupuestos señalados en el artículo 77 de la Resolución 332 de 2017 La Resolución 7036 de 2012 fue objeto de modificaciones y adiciones, así: Resolución 3457 de 2013 "Por la cual se adiciona un
parágrafo al artículo 55 de la Resolución número 7036 del 31 de julio de 2012." Resolución 11270 de 2012 "Por la cual se modifican los artículos 9° Y 20 de la Resolución número 7036 del 31 de julio de 2012, que define las condiciones y el procedimiento para el reconocimiento económico por desintegración y para el ingreso por reposición de vehículos de carga." Resolución 5459 de 2013 “Por la cual se establecen las condiciones y procedimiento para la modificación de la postulación inicial de vehículos para el reconocimiento económico por desintegración física total de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor de carga y se modifica la Resolución número 7036 de 2012 para el registro inicial de vehículos de transporte de carga por reposición." Resolución 4428 de 2014 “Por la cual se modifican los numerales 1.7 del artículo I y 1.7 del artículo 11 de la Resolución 7036 de 2012." Resolución 756 de 2015 "Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución número 7036 de 2012." Resolución 1235 de 2013 "Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución número 11270 del 7 de diciembre de 2012." Resolución 10904 de 2012 “Por la cual se modifican los 6 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2
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20211340522611 26-05-2021 numerales 1 .2, 1.4 Y 1 .7 de los artículos 1 y 11, el parágrafo del artículo 60 y el artículo 63, se adicionan dos incisos al artículo 64 y se derogan los parágrafos de los articulas 2°, 12 Y 21, de la Resolución 7036 del 31 de julio de 2012 y se dictan otras disposiciones." Resolución 2645 de 2015 "Por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 10.904 de 2012." Resolución 727 de 2013 “Por la cual se adopta la tabla de equivalencia parcial para la acreditación del peso bruto vehicular de que trata el artículo 4° de la Resolución número 10904 del 13 de noviembre de 2012." Resolución 3455 De 2017 “Por la cual se modifica la Resolución 727 del 20 de marzo de 2013 y se dictan otras disposiciones." "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones." Vigencia: Resolución 2307 de 2014 La Resolución 2307 de 2014 fue objeto de modificaciones, así: Resolución 2415 de 2014 "Por la cual se modifica y se
adicionan unos parágrafos a la Resolución número 2307 del 12 de agosto de 2014 y se dictan otras disposiciones." "Por la cual se establecen condiciones específicas para el Resolución 4596 de 2007 cobro de tarifas de peaje para vehículos de carga con tecnología de eie retráctil." “Por la cual se constituye el Observatorio de Transporte de carga por Carretera (OTCC)." Vigencia: La Resolución 10106 de 2012 fue objeto de modificaciones, así: Resolución 790 de 2018 "Por la cual se modifica la Resolución número 10106 de 19 de octubre de 2012, Resolución 10106 de 2012 expedida por el Ministerio de Transporte, modificada por la Resolución número 3227 de 2016." Resolución 3227 de 2016 “Por la cual se modifican los artículos 2°, 4°, 5°, 6° Y se adicionan unos artículos a la Resolución 10106 de 2012." Resolución 3741 de 2016 "Por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 10106 de 2012, modificado por el artículo 10 de la Resolución 3227 de 2016." “Por la cual se establece el marco para una prueba piloto de Resolución 2546 de 2018 Vehículos Combinados de Carga (VCC), o extradimensionales en el territorio nacional." "Por la cual se reglamenta la instalación y uso de cintas Resolución 1572 de 2019 retrorreflectivas y se dictan otras disposiciones." “Por la cual se establece el procedimiento para ajustar y/o
completar en el sistema RUNT las características de los Resolución 1081 de 2019 vehículos rígidos de dos (2) ejes destinados al transporte de carga” 7 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
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20211340522611 26-05-2021 CONPES 3489 de 2013 Política Nacional de Transporte Público Automotor de Carga. Política Para La Modernización Del Sector Transporte CONPES 3963 de 2019 Automotor De Carga Bajo este panorama normativo, vale la pena resaltar que mediante el artículo 29 de la Ley 769 de 2002, se determinó que los vehículos deben someterse a las dimensiones y pesos determinados por el Ministerio de Transporte, así: "Articulo 29. Dimensiones y pesos. Los vehículos deberán someterse a las dimensiones y pesos, incluida carrocería y accesorios, que para tal efecto determine el Ministerio de Transporte, para lo cual debe tener en cuenta la normatividad técnica nacional e internacional. " De esta manera, en virtud de la facultad legal otorgada a esta Cartera Ministerial, se
expidió la Resolución 4100 del 28 de diciembre de 2004, por medio de la cual se reglamentó la tipología de los vehículos automotores de carga para el transporte terrestre, así como los requisitos relacionados con pesos y dimensiones, tal como lo enmarca el artículo 1° del mencionado acto administrativo: "Artículo 1 Objeto. La presente resolución tiene por objeto reglamentar la tipología para vehículos automotores de carga para transporte terrestre, así como los, requisitos relacionados con dimensiones, máximos pesos brutos vehiculares y máximos pesos por eje, para su operación normal en la red vial en todo el territorio nacional, de acuerdo con las definiciones, designación y clasificación establecidas en la Norma Técnica Colombiana NTC 4788 "Tipología para vehículos de transporte de carga terrestre". Es decir que, a lo largo de la precitada Resolución podrá encontrar todo lo referente a los requisitos y procedimientos para: (i) La expedición de permisos para transporte de carga extradimensionada, (ii) La expedición de permisos para el transporte de cargas extrapesadas o extradimensionadas y extrapesadas a la vez y, (iii) Las condiciones para la operación y condiciones de seguridad, requeridas para el trasporte del vehículo que usted misma aduce. En consecuencia, con el fin de responder la necesidad de atender ciertas operaciones de transporte de carga que requieren vehículos que sobrepasan las dimensiones y pesos establecidos en la Resolución 4100 de 2004, este Ministerio expidió la Resolución 5967 de 2009, donde se definieron estos vehículos de la siguiente manera: "Artículo 1°. Defínanse como Vehículos especiales automotores y no automotores carga,
aquellos que sobrepasan los límites máximos de dimensiones y pesos y/o cuya colfiración no se encuentra establecida en las Resoluciones 4100 de diciembre 28 de 2004 I 2 88 del 14 de octubre de 2005, o las normas que la modifiquen o sustituyan, destinados al transporte de cargas indivisibles, ya sean extradimensionadas y/o extrapesadas." Así pues, en cuanto a la autorización para la circulación en el territorio nacional de los vehículos especiales automotores y no automotores de carga, el artículo 5° de la Resolución 5967 del 01 de diciembre de 2009 expedida por el Ministerio de Transporte, establece: "Artículo 5°. Para su circulación dentro de las vías públicas o privadas abiertas a vehículos 8 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
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20211340522611 26-05-2021 especiales automotores y no automotores de carga deben solicitar y obtener el correspondiente permiso para el transporte de cargas indivisibles, extradimensionadas y
extrapesadas de acuerdo con los requisitos exigidos en la Resolución 4959 de 8 de noviembre de 2006, o la norma que lo modifique o sustituya." De igual manera, mediante la Resolución 4959 de 2006, esta Cartera Ministerial reglamentó lo relacionado con el trámite de los permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, de la siguiente manera: "Artículo 1°. Objeto. La presente resolución tiene por objeto reglamentar la competencia, los parámetros y los procedimientos del trámite de los permisos para transportar cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas por las vías nacionales, departamentales, metropolitanas, distritales o municipales, así como las especificaciones de los vehículos que se destinen a esta clase de transporte y las medidas técnicas que se deben adoptar para la protección de la infraestructura vial y de seguridad vial y manejo del tránsito para garantizar la movilización segura de las personas, de los usuarios de las vías y de la carga a transportar” En efecto, el mismo cuerpo normativo indicó que la entidad competente para expedir los permisos para el transporte de cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, sería la siguiente: “Artículo 5°. Competencia. La facultad de conceder o negar los permisos para el transporte de carga que exceda las dimensiones de los vehículos de carga autorizados para la circulación por las vías públicas del país corresponde, en las vías a cargo de la Nación, al Instituto Nacional de Vías ya sean estas concesionadas o no concesionadas, en el primer caso, en coordinación con el Instituto Nacional de Concesiones. Cuando se trate de vías
departamentales, metropolitanas, municipales o distritales, les corresponde a las autoridades de los entes territoriales, distritales o áreas metropolitanas ajustándose a lo contemplado en el artículo 6° de la presente resolución” En este orden de ideas, para el tránsito de los vehículos especiales automotores y no automotores de carga por el territorio nacional es obligatorio contar con el permiso para el transporte de cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas, conforme a los requisitos señalados en la Resolución 4959 de 2006 expedida por el Ministerio de Transporte. Por otro lado, en lo que se refiere a restricciones de movilidad de este tipo de vehículos, el artículo 6 y el literal c) del artículo 16 del mencionado acto, indican una prohibición horaria respecto de su circulación enmarcada entre las 18:00 p.m. y las 06:00 a.m.; no obstante, si el permiso le fue otorgado y no establece restricción alguna se entendería que, conforme a lo preceptuado en el literal b) artículo 15 de la pluricitada Resolución 4959 de 2006 el transportador deberá comunicar el número de días en que utilizará la vía, los horarios en que se llevara a cabo el transporte y la ruta con kilometraje total y con mapa del recorrido. En los anteriores términos se absuelve de forma abstracta el objeto de consulta, concepto que se emite dentro del término señalado en el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, y tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de
9 Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación II, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 http://www.mintransporte.gov.co – PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pqr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20211340522611
20211340522611 26-05-2021 Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no son de obligatorio cumplimiento ni tienen efectos vinculantes. Cordialmente,
BEATRIZ HELENA GARCÍA GUZMÁN
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
Proyectó: Viviana Alejandra Gil García-Abogada Grupo Conceptos y Apoyo Legal
Revisó: William Jesús Gómez RojasCoordinador Grupo Conceptos y Apoyo Legal
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