MINTRANSPORTE - Concepto 20241340900291 de 2024
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Concepto 20241340900291 de 2024
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2024
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340900291
20241340900291 31-07-2024 Bogotá D.C.
Señora:
LUZ ELIZABETH GARCÍA
Representante Legal Centals S.A.S
Correo E.: gerencia@centals.com.co Villanueva - Casanare Asunto: Solicitud de concepto.
TRANSPORTE - Transporte de Carga. Radicado No. 20233030732842 del 05 de mayo de 2023. Radicado No. 20233030761062 del 10 de mayo de 2023. Respetada señora García, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a las solicitudes contenidas en los documentos radicados con el No. 20233030732842 del 05 de mayo de 2023 y No. 20233030761062 del 10 de mayo de 2023, mediante los cuales formula la siguiente: CONSULTA “Teniendo en cuenta el asunto de referencia, yo Luz Elizabeth Garcia, como aparece al pie de mi firma, actuando en calidad de Representante Legal de la empresa Centals S.A.S. E.S.P., identificada con Nit. No. 900363251, me dirijo a ustedes con el fin de comunicarles que actualmente tenemos un contrato de alquiler de vehículo tipo furgón, para transporte de residuos sólidos por carretera con una persona particular, esta persona no tiene habilitada la resolución emitida por el MINTRANSPORTE como establece el decreto 1079 de 2015. Por lo anterior requerimos de su oportuna respuesta y/o
información para poder llegar a un acuerdo con la comunidad del área de influencia, donde ejecutamos nuestras actividades aclarando todas las dudas que se generen al respecto y saber si la persona nos puede seguir prestando el servicio de alquiler?”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades. 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. ]nl etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc
anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www ]s[
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340900291
31-07-2024 Bogotá D.C.
Señora: ]
LUZ ELIZABETH GARCIA Asunto: Solicitud de concepto.
TRANSPORTE - Transporte de Carga. Radicado No. 20233030732842 del 05 de mayo de 2023. Radicado No. 20233030761062 del 10 de mayo de 2023. Respetada señora García, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones, se permite dar respuesta a las solicitudes contenidas en los documentos radicados con el No. 20233030732842 del 05 de mayo de 2023 y No. 20233030761062 del 10 de mayo de 2023, mediante los cuales formula la siguiente: CONSULTA “Teniendo en cuenta el asunto de referencia, yo Luz Elizabeth Garcia, como aparece al pie de mi firma, actuando en calidad de Representante Legal de la empresa Centals S.A.S. E.S.P., identificada con Nit. No. 900363251, me dirijo a ustedes con el fin de comunicarles que actualmente tenemos un contrato de alquiler de vehículo tipo furgón, para transporte de residuos sólidos por carretera con una persona particular, esta persona no tiene habilitada la resolución emitida por el MINTRANSPORTE como establece el decreto 1079 de 2015. Por lo anterior requerimos de su oportuna respuesta y/o información para poder llegar a un acuerdo con la comunidad del área de influencia,
donde ejecutamos nuestras actividades aclarando todas las dudas que se generen al respecto y saber si la persona nos puede seguir prestando el servicio de alquiler?”. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades. Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
PPaarraa ccoonntteessttaar r cciittee: :
RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.: . : 220022441133440099000022991 1
20241340900291 3311--0077--22002244 77. . CCoonncceepptutuaar r yy aabbssoollvveer r llaass ccoonnssuultltaass qquuee sseeaann ssoommeteitdidaas s aa ssuu ccoonnssiiddeerraacciióónn qquuee ffoorrmmuulelenn llooss oorrggaanniissmmoos s ppúúbbliliccooss yy pprriivvaaddoso,s , aassíí ccoommoo llaass ppeerrssoonnaas s ppaarrttiiccuullaarreess yy llaass ddeemmáás s qquuee sseeaann ssoommeteitdidaas s aa ssuu ccoonnssiiddeeraracicóión”n.” . PPoorr lloo aanntteeriroiro,r , ddeebbeemmoso s sseeññaalalar r qquuee eel l GGrruuppoo CCoonncceepptotos s yy AAppooyyoo LLeeggala l ddee llaa OOffiicciinnaa AAsseessoorara JJuurrííddiiccaa ttiieennee ffuunncciioonneess eessppeecícfíificcaas,s , lloo qquuee iimmppliliccaa aannaalilizzaar r ddee mmaannereara aabbssttrraacctata yy ggeennerearla l eel l tteemmaa oobbjjeettoo ddee eessttuuddioi.o . NNoo ttiieennee ffaaccuullttaaddeess ppaarraa rreessoollvveer r ccaassooss ccoonnccrreettoos s
pprreesseennttaaddoos s aa llaa aaddmminiinsitsrtaracicóión.n . MMaarrccoo nnoorrmmataitvivoo yy jjuurriisspprruuddeencnicaila l EEl l aarrttííccuulloo 55 ddee llaa LLeeyy 333366 ddee 1199996,6 , ““PPoorr llaa ccuuaal l ssee aaddoopptata eel l EEssttaattuuttoo NNaacciioonnala l ddee TTrraannsspporotret”e,” , eessttaabblleeccee rreessppeeccttoo ddeel l sseerrvvicicioio ppúúbbliliccoo yy pprriivvaaddoo ddee ttrraannsspporotret,e , lloo ssiigguuiieenntet:e : ““AArrttííccuulloo 552º, . EEl l ccaarráácctteer r ddee sseerrvvicicioio ppúúbbliliccoo eesseenncicaila l bbaajjoo llaa rreegguullaacciióónn ddeel l EEssttaaddoo qquuee llaa lleeyy llee oottoorrggaa aa llaa ooppeerraacciióónn ddee llaass eemmppreressaas s ddee ttrraannssppoortrtee ppúúblbilcico,o , iimmppliliccaarráá llaa pprreellaacciióónn ddeel l iinntteerrééss ggeenneerarla l ssoobbrree eel l ppaartriticculualra,r , eessppeecciiaallmmeenntete eenn ccuuaannttoo aa llaa ggaarraanntítaía ddee llaa
pprreessttaacciióónn ddeel l sseerrvviciciioo yy aa llaa pprrootteecccciióónn ddee llooss uussuuaariroios,s , ccoonnffoorrmmee aa llooss ddeerreecchhoos s yy oobblliiggaacciioonneess qquuee sseeññaalele eel l RReeggllaammeentnoto ppaarraa ccaaddaa MMoodod.o . EEll sseerrvviicciioo pprriivvaaddoo ddee ttrraannssppoortrtee eess aaqquuele l qquuee ttiieennddee aa ssaattiissffaacceerr nneecceessiiddaaddees s ddee mmoovivliilizzaacciióónn ddee ppeerrssoonnaas s oo ccoossaas,s , ddeennttrroo ddeel l áámmbibtitoo ddee llaass aaccttiivviiddaaddeess eexxcclluussiivvaass ddee llaass ppeerrssoonnaas s nnaattuurraaleless yy//oo jjuurrííddiiccaas.s . EEnn ttaal l ccaassoo ssuuss eeqquuiippooss pprrooppiiooss ddeebbeerráánn ccuummplpilri r ccoonn llaa nnoorrmmataitviviiddaadd eessttaabblleecciiddaa ppoorr eel l MMiinnisistteeriroio ddee TTrraannsspporotret.e . CCuuaannddoo nnoo ssee uuttiilliicceenn eeqquuiippooss pprrooppioios,s , llaa ccoonnttrraattaacciióónn ddeel l sseerrvviicciioo ddee ttrraannssppoortrtee ddeebbeerárá
rreeaalliizzaarrssee ccoonn eemmppreressaas s ddee ttrraannssppoortrtee ppúúbbliliccoo lleeggaallmmeenntete hhaabbiilliittaaddaass eenn llooss ttéérrmmiinnooss ddeel l pprreesseenntete EEssttaattuuttoo ((.…..))””. . ((NNFFTT) ) EEl l aarrttííccuulloo 22 ddee llaa LLeeyy 776699 ddee 2200002,2 , ““PPoorr llaa ccuuaal l ssee eexxppiiddee eel l CCóóddiiggoo NNaacciioonnala l ddee TTrráánnssititoo TTeerrrreessttrree yy ssee ddiiccttaann oottrraass ddiissppoossiicciioonnese”s,” , ddeeffiinnee: : ““AArrttííccuulloo 220o. . DDeefifinniicciioonnese.s . PPaarraa llaa aapplliiccaacciióónn ee iinntteerrpprreettaacciióónn ddee eessttee ccóóddigigo,o , ssee tteennddrráánn eenn ccuueenntata llaass ssiigguuiieenntteess ddeeffiinniicciioonnees:s : ((.…..)) Homologación: Es la confrontación de las especificaciones técnico-mecánicas, ambientales, de pesos, dimensiones, comodidad y seguridad con las normas legales vigentes para su respectiva aprobación. (…) Vehículo de servicio particular: Vehículo automotor destinado a satisfacer las necesidades privadas de movilización de personas, animales o cosas.
Vehículo de servicio público: Vehículo automotor homologado, destinado al transporte de pasajeros, carga o ambos por las vías de uso público mediante el cobro de una tarifa, 2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www Homologación: Es la confrontación de las especificaciones técnico-mecánicas, ambientales, de pesos, dimensiones, comodidad y seguridad con las normas legales vigentes para su respectiva aprobación. (...) Vehículo de servicio particular: Vehículo automotor destinado a satisfacer las necesidades privadas de movilización de personas, animales o cosas.
Vehículo de servicio público: Vehículo automotor homologado, destinado al transporte de
pasajeros, carga o ambos por las vías de uso público mediante el cobro de una tarifa, Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340900291
20241340900291 31-07-2024 porte, flete o pasaje. (…)”. Por su parte, el artículo 2.2.1.7.3 del Decreto 1079 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, define el servicio público de transporte de carga, de la siguiente manera: “Artículo 2.2.1.7.3. Servicio público de transporte terrestre automotor de carga. Es aquel destinado a satisfacer las necesidades generales de movilización de cosas de un lugar a otro, en vehículos automotores de servicio público a cambio de una remuneración o precio, bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y
debidamente habilitada en esta modalidad, excepto el servicio de transporte de que trata el Decreto 2044 del 30 de septiembre de 1988”. (NFT) Respecto a los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos, el Decreto 1077 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, dispuso: “Artículo 2.3.2.2.2.3.36. Características de los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos. Los vehículos para la prestación del servicio de aseo, empleados en las actividades de recolección y transporte de residuos con destino a disposición final, deberán tener, entre otras, las siguientes características:
1. Los vehículos recolectores deberán ser motorizados, y estar claramente identificados
(color, logotipos, placa de identificación, entre otras características).
2. En los municipios o distritos con más de 5.000 usuarios en el servicio público de aseo, deberán estar provistos de equipo de comunicaciones.
3. En los distritos o municipios con más de 5.000 usuarios en el servicio público de aseo, deberán contar con equipos de compactación de residuos. Se exceptúan aquellos que se destinen a la recolección de residuos separados con destino al aprovechamiento, manejo de residuos de construcción y demolición y otros residuos que no sean susceptibles de ser compactados.
4. La salida del tubo de escape debe estar hacia arriba y por encima de su altura máxima.
Se deberá cumplir con las demás normas vigentes para emisiones atmosféricas y ajustarse a los requerimientos de tránsito.
5. Los vehículos con caja compactadora deberán tener un sistema de compactación que
pueda ser detenido en caso de emergencia.
6. Las cajas compactadoras de los vehículos destinados a la recolección y transporte de los residuos sólidos con destino a disposición final, deberán ser de tipo de compactación cerrada, de manera que impidan la pérdida del líquido (lixiviado), y contar con un mecanismo automático que permita una rápida acción de descarga. 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.
Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. !ORO etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20241340900291 31-07-2024 porte, flete o pasaje.
(...)”. Por su parte, el artículo 2.2.1.7.3 del Decreto 1079 de 2015, “Por medio del cual se
expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Transporte”, define el servicio público de transporte de carga, de la siguiente manera: “Artículo 2.2.1.7.3. Servicio público de transporte terrestre automotor de carga. Es aquel destinado a satisfacer las necesidades generales de movilización de cosas de un lugar a otro, en vehículos automotores de servicio público a cambio de una remuneración o precio, bajo la responsabilidad de una empresa de transporte legalmente constituida y debidamente habilitada en esta modalidad, excepto el servicio de transporte de que trata el Decreto 2044 del 30 de septiembre de 1988”. (NFT) Respecto a los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos, el Decreto 1077 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, dispuso: “Artículo 2.3.2.2.2.3.36. Características de los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos. Los vehículos para la prestación del servicio de aseo, empleados en las actividades de recolección y transporte de residuos con destino a disposición final, deberán tener, entre otras, las siguientes características:
1. Los vehículos recolectores deberán ser motorizados, y estar claramente identificados
(color, logotipos, placa de identificación, entre otras características).
2. En los municipios o distritos con más de 5.000 usuarios en el servicio público de aseo, deberán estar provistos de equipo de comunicaciones.
3. En los distritos o municipios con más de 5.000 usuarios en el servicio público de aseo, deberán contar con equipos de compactación de residuos. Se exceptúan aquellos que se
destinen a la recolección de residuos separados con destino al aprovechamiento, manejo de residuos de construcción y demolición y otros residuos que no sean susceptibles de ser compactados.
4. La salida del tubo de escape debe estar hacia arriba y por encima de su altura máxima.
Se deberá cumplir con las demás normas vigentes para emisiones atmosféricas y ajustarse a los requerimientos de tránsito.
5. Los vehículos con caja compactadora deberán tener un sistema de compactación que pueda ser detenido en caso de emergencia.
6. Las cajas compactadoras de los vehículos destinados a la recolección y transporte de los residuos sólidos con destino a disposición final, deberán ser de tipo de compactación cerrada, de manera que impidan la pérdida del líquido (lixiviado), y contar con un mecanismo automático que permita una rápida acción de descarga.
Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
PPaarraa ccoonntteessttaar r cciittee: :
RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.: . : 220022441133440099000022991 1
20241340900291 3311--0077--22002244
7. Los equipos destinados a la recolección deberán tener estribos con superficies antideslizantes, y manijas adecuadas para sujetarse de tal forma que el personal pueda transportarse momentáneamente en forma segura.
8. Los equipos deberán posibilitar el cargue y el descargue de los residuos sólidos almacenados de forma tal que evite la dispersión de estos y la emisión de partículas.
9. Deberán estar diseñados de tal forma que no se permita el esparcimiento de los residuos sólidos durante el recorrido.
10. En los vehículos que no utilicen caja compactadora, los residuos sólidos deberán estar cubiertos durante el transporte, de manera que se reduzca el contacto con la lluvia, el viento y se evite el esparcimiento e impacto visual. Así mismo, deberán estar provistos de mecanismos que eviten la pérdida del líquido (lixiviado).
11. En los vehículos destinados a la recolección a partir de cajas de almacenamiento, deberán contar con un sistema adecuado para levantarlas y descargar su contenido en el vehículo recolector.
12. Las especificaciones de los vehículos deberán corresponder a la capacidad y dimensión de las vías públicas.
13. Deberán cumplir con las especificaciones técnicas existentes para no afectar la salud ocupacional de los conductores y operarios.
14. Deberán estar dotados con equipos de carretera y de atención de incendios.
15. Deberán estar dotados de dispositivos que minimicen el ruido, especialmente aquellos utilizados en la recolección de residuos sólidos en zonas residenciales y en las vecindades
de hoteles, hospitales, clínicas, centros educativos, centros asistenciales e instituciones similares.
16. Estarán dotados de elementos complementarios tales como cepillos, escobas y palas para efectuar la limpieza de la vía pública en los casos de dispersión de residuos durante la operación de recolección, de forma que una vez realizada la recolección, no queden residuos diseminados en la vía pública.
17. Deberán estar dotados de balizas o luces de tipo estroboscópico, ubicadas una sobre la cabina y otra en la parte posterior de la caja de compactación, así como de luces en la zona de la tolva. Para los vehículos recolectores sin compactación las luces deberán estar ubicadas sobre la cabina.
Parágrafo. Los prestadores que por condiciones de capacidad, acceso o condiciones topográficas no puedan utilizar vehículos con las características señaladas en este artículo deberán informarlo y sustentarlo ante la SSPD y esta entidad determinará la existencia de tales condiciones para permitir que se emplee otro tipo de vehículos”. Dicho ello, la Corte Suprema de Justicia ha señalado en ratio de la Sentencia 6669 de 2001, lo siguiente: “(…) En ese orden de ideas, como el quid del asunto estriba en dilucidar a quién se le 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf
Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m. al ap ]naM
7. Los equipos destinados a la recolección deberán tener estribos con superficies antideslizantes, y manijas adecuadas para sujetarse de tal forma que el personal pueda transportarse momentáneamente en forma segura.
8. Los equipos deberán posibilitar el cargue y el descargue de los residuos sólidos almacenados de forma tal que evite la dispersión de estos y la emisión de partículas.
9. Deberán estar diseñados de tal forma que no se permita el esparcimiento de los residuos sólidos durante el recorrido.
10. En los vehículos que no utilicen caja compactadora, los residuos sólidos deberán estar cubiertos durante el transporte, de manera que se reduzca el contacto con la lluvia, el viento y se evite el esparcimiento e impacto visual. Así mismo, deberán estar provistos de mecanismos que eviten la pérdida del líquido (lixiviado).
11. En los vehículos destinados a la recolección a partir de cajas de almacenamiento, deberán contar con un sistema adecuado para levantarlas y descargar su contenido en el vehículo recolector.
12. Las especificaciones de los vehículos deberán corresponder a la capacidad y dimensión de las vías públicas.
13. Deberán cumplir con las especificaciones técnicas existentes para no afectar la salud ocupacional de los conductores y operarios.
14. Deberán estar dotados con equipos de carretera y de atención de incendios.
15. Deberán estar dotados de dispositivos que minimicen el ruido, especialmente aquellos utilizados en la recolección de residuos sólidos en zonas residenciales y en las vecindades de hoteles, hospitales, clínicas, centros educativos, centros asistenciales e instituciones similares.
16. Estarán dotados de elementos complementarios tales como cepillos, escobas y palas para efectuar la limpieza de la vía pública en los casos de dispersión de residuos durante la operación de recolección, de forma que una vez realizada la recolección, no queden residuos diseminados en la vía pública.
17. Deberán estar dotados de balizas o luces de tipo estroboscópico, ubicadas una sobre la cabina y otra en la parte posterior de la caja de compactación, así como de luces en la etropsnarT ed oiretsiniM le ne etnemacinórtcele odamrif otnemucoD ocinórtcele otnemucod led acitnetua aipoc anu se atsE oc.vog.etropsnartnim.www zona de la tolva. Para los vehículos recolectores sin compactación las luces deberán estar ubicadas sobre la cabina.
Parágrafo. Los prestadores que por condiciones de capacidad, acceso o condiciones topográficas no puedan utilizar vehículos con las características señaladas en este artículo deberán informarlo y sustentarlo ante la SSPD y esta entidad determinará la existencia de tales condiciones para permitir que se emplee otro tipo de vehículos”. !ORO Dicho ello, la Corte Suprema de Justicia ha señalado en ratio de la Sentencia 6669 de
2001, lo siguiente: “(...) En ese orden de ideas, como el quid del asunto estriba en dilucidar a quién se le Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFTeTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042
Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadanoOmintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.
Fo PPaarraa ccoonntteessttaar r cciittee: : ; RRaaddiiccaaddoo MMTT NNoo.:. : 220022441133440099000022991 1 20241340900291 3311--0077--22002244 ddaa rraazzóón,n , eess nneecceessarairoio aaffiirrmmara,r , ddee uunn llaaddoo, , qquuee eel l ccoonnttrraattoo ddee aarrrreennddaammieienntoto ddee ccoossaass qquuee ppoor r ssuu nnaattuurraalleezzaa ssiirrvveenn ppaarraa ttrraannssppoortrtaar r oottrraass eess ddiissttiinnttoo ddeel l ccoonnttrraattoo ddee ttrraannssppoortrtee
yy nnoo iimmppliliccaa uunnaa ooppeerraacciióónn aassiimmililaabblele aa ééssttee, , ppoor r lloo qquuee rreessuultltaa iinnddiissppeennssaabblele ddiissttiinngguuirir eennttrree uunnaa yy oottrraa fifigguurraa. . ((.…..)) ssii bbiieenn eel l oobbjjeettoo ddee uunnoo yy oottrroo ccoonnttrraattoo mmaarcrcaa llaa ddiiffeerreenncciaia ssuussttaanncicaila l qquuee llooss sseeppaarraa yy ddiissttiinngguue,e , ppuueess eel l aarrrreennddaammieienntoto ccoonnssisisttee eenn pprrooppoorrcciioonnaar r eel l ggooccee ddee uunnaa ccoossaa rreessppeeccttoo ddee llaa ccuuaal l eel l aarrrreennddaatatrairoio ssee ssiirrvvee ddee eellllaa eenn llooss ttéérrmmiinnooss ppaaccttaaddo,o , oo, , aa ffaallttaa ddee aaccuueerrddoo sseeggúúnn eel l uussoo nnaattuurarla l aa qquuee eessttáá ddeessttiinnaadda;a ; yy eel l ttrraannssppoortrtee iimmppliliccaa llaa pprreessttaacciióónn ddeel l sseerrvviciciioo aa ccaarrggoo ddeel l ttrraannssppoorrttaaddoor r ddee ccoonndducuicri r ppeerrssoonnaas s oo ccoossaass ddee uunn lluuggaar r aa oottrroo; ;
ssee iimmppoonnee ddiilluucciiddaar r aa ccuuáál l ddee eessaass ddooss eessppeeccieiess ddee ccoonnttrraattoo ppeerrtteenneeccee eel l qquuee cceelleebbrraann ddooss ppaarrtteess eenn eel l qquuee uunnaa llee ppeerrmmititee aa oottrraa ggoozzaarr ddee uunn vveehhícícuulol,o , ccuuyyoo uussoo nnaattuuraral l aa ssuu vveezz eess eel l ddee ttrraassllaaddaarr ccoossaass ddee uunn lluuggaarr aa oottrraa, , ppuunnttoo ssoobbrree eel l ccuuaal l ccaabbee hhaacceer r llaa ssiigguuiieennttee ddiissttiinncciióónn: : aa)) SSi i ssee eennttrreeggaa eell ggooccee ddeel l mmiissmmoo ssiinn ccoonndducutcotro,r , eess ccllaarroo qquuee ssee ddaa uunn ccoonnttrraattoo ddee aarrrreennddaammieienntoto ddee ccoossaas,s , ppuueess llaass ooppeerraacciioonnees s ddee ttrraannssppoortrtee qquuee ppuueeddeenn lllleevvaarrssee aa ccaabboo ccoonn eel l vveehhííccuulolo ssoonn eenntteerraammeentnete ppoorr ccuueenntata yy rriieessggoo ddeel l aarrrreennddataatrairoi,o , qquuiieenn ccoommoo
uussuuarairoi,o , eejjeerrccee eel l ccoonntrtrool l aabbssooluluttoo ddee aaqquuelellalas;s ; yy aassí,í , ssii éél l lloo ddeessttiinnaa aa ttrraannssppoorrttaarrssee oo aa ttrraannssppoortrtaar r ccoossaass ssuuyyaass nnoo ssee eejjeeccuuttaa uunn ccoonnttrraattoo ddee ttrraannsspporotret,e , ddeessddee lluueeggoo qquuee ttaammppooccoo ssee ppuueeddee ccoonnffuunndidri r eel l oobbjjeettoo ddeel l ccoonntrtraatot,o , ccoonnssiisstteennttee eenn eel l ggooccee ddeel l vveehhícículuol,o , ccoonn llooss mmooddoos s eenn qquuee eel l aarrrreennddaatatrairoio ssaattiissffaaggaa ééssttee; ; eenn ccaammbiboi,o , ssii lloo ddeessttiinnaa aa ttrraannssppoortrtaar r ppaassaajjeerrooss oo ccoossaass aajjeennaass eexxiiggiieennddoo eel l ppaaggoo ddee uunn pprreeccioio oo flfleettee, , ffuunnggee ffrreennttee aa ttaalleess tteerrcceerrooss ccoommoo ttrraannssppoorrttaaddoso.s . EEnn aaqquueellllooss eevveennttooss ccllaarroo
eessttáá eell aarrrreennddaaddoor r oobbrraa ccoommoo ttrraannssppoortrtaadodro.r . bb)) SSi i ssee eennttrreeggaa eel l vveehhííccuulolo pprroovvisisttoo ddee ccoonndducutcotro,r , lloo qquuee ooccuurrrirriráá ccoonn mmáás s ffrreeccuueenncicaia ccuuaannddoo ssee ttrraattaa ddee mmaaquqiunianrairaia eessppeecciaialliizzaaddaa oo qquuee ddee aallgguunnaa mmaannereara rreeqquuiieerree pprreecciissooss ccoonnoocciimmieienntotos s ttééccnniiccooss qquuee nnoo eessttáánn aal l aallccaannccee ddeel l ccoommúúnn ddee llaass ppeerrssoonnaass ((uunn ttrraaccttoro,r , uunnaa ggrrúúa,a , uunn aavviióón,n , eettcc.).,) , eel l eessccrruutitinnioio ssoobbrree llaa nnaattuurraalleezzaa jjuurrííddiiccaa ddeel l ccoonnttrraattoo cceelleebbrraaddoo eennttrree qquuii
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