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MINTRANSPORTE - Concepto 20251340607581 de 2025

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Concepto 20251340607581 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20251340607581

20251340607581 16-05-2025 Bogotá D.C., Señor GILBERTO RAMOS CASTRO Gerente Cooperativa de Transportadores de Ciénaga de Oro -COOTRANSCORO-. cootranscoro@hotmail.com Calle 5 No. 11 – 04, Barrio Los Alpes Ciénaga de Oro – Córdoba Asunto: Solicitud de concepto. TRANSPORTE – S.P .T. TERRESTRE AUTOMOTOR MIXTO – Tarjeta de operación.

Radicado: No. 20243031412882 del 27 de agosto de 2024.

Respetado señor Ramos, reciba un cordial saludo de parte del Ministerio de Transporte. La Coordinación del Grupo Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte, en ejercicio de sus funciones , se permite dar respuesta a su solicitud contenida en el documento radicado con el No. 20243031412882 del 27 de agosto de 2024, mediante el cual formula la siguiente: CONSUL TA “1. ¿Si una empresa de transporte solicita la expedición de una tarjeta de operación de un vehículo determinado, que no cuente con contrato de vinculación administrativa, la autoridad de tránsito debe expedir o no la mencionada tarjeta de operación? Si o NO 2. ¿Para el caso de empresas de servicio público de transporte en la modalidad mixto, teniendo en cuenta que es esta la que solicita la expedición de la tarjeta de operación de un vehículo determinado, y es esta la que adjunta los documentos requeridos en la plataforma RUNT, SI SE ANEXA CERTIFICACIÓN DE NO VIGENCIA DE CONTRATO DE VINCULACIÓN, el Ministerio de transporte expide o no la tarjeta de operación? SI o NO

plataforma RUNT, SI SE ANEXA CERTIFICACIÓN DE NO VIGENCIA DE CONTRATO DE VINCULACIÓN, el Ministerio de transporte expide o no la tarjeta de operación? SI o NO 3. ¿Para el caso de empresas de servicio público de transporte en la modalidad mixto, teniendo en cuenta que la solicitud de expedición de tarjeta de operación de un vehículo se realiza por la plataforma RUNT, quien es el encargado de hacer la inspección de los requisitos exigidos por la ley para la expedición o no de la tarjeta de operación, es decir si es un funcionario del RUNT o del Ministerio de Transporte? 4. ¿Para el caso de empresas de servicio público de transporte en la modalidad mixto, teniendo en cuenta que la solicitud de expedición de tarjeta de operación de un vehículo se realiza por la plataforma RUNT, quien es el encargado de hacer la APROBACION de la expedición o no de la tarjeta de operación, es decir si es un funcionario del RUNT o del Ministerio de Transporte?

5. En el caso que una tarjeta de operación fuera expedida, sin los requisitos legales del decreto 1079 de 2015, sin un contrato de vinculación con la empresa por parte del ministerio de transporte, cuál sería el procedimiento de nulidad que debiera seguir la 1 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf

Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340607581

20251340607581 16-05-2025 empresa para solicitar la nulidad por la irregularidad presentada. CONSIDERACIONES En virtud de lo preceptuado en el artículo 2 de la Resolución 0005280 del 29 de noviembre de 2013, mediante el cual se establecen entre otras, las funciones del Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica de este Ministerio: “6. Conceptuar en materia de transporte Aéreo, Marítimo, Fluvial, Férreo, Masivo y Terrestre, que no sean competencia de otras entidades.

7. Conceptuar y absolver las consultas que sean sometidas a su consideración que formulen los organismos públicos y privados, así como las personas particulares y las demás que sean sometidas a su consideración”.

Por lo anterior, debemos señalar que el Grupo de Conceptos y Apoyo Legal de la Oficina Asesora de Jurídica tiene funciones específicas, lo que implica analizar de manera abstracta y general el tema objeto de estudio. No tiene dentro de sus funciones resolver casos de carácter particular y concreto presentados a la administración. Marco normativo El Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, preceptúa: “Artículo 2.2.1.5.1.2. Clasificación de zonas de operación. Las zonas de operación según

El Decreto 1079 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte”, preceptúa: “Artículo 2.2.1.5.1.2. Clasificación de zonas de operación. Las zonas de operación según el perímetro territorial se clasifican en:

Zonas de operación metropolitana, distrital o municipal. Cuando los servicios de transporte mixto se prestan entre las veredas y su cabecera municipal o entre veredas de la misma jurisdicción.

Zonas de Operación Regional. Cuando los servicios de transporte mixto se prestan dentro de una zona geográficamente definida, integrada por varios municipios de una misma región o corredor, para satisfacer las necesidades de movilización hacia la zona de mercado, centro de acopio o abastecimiento ubicado en uno de los municipios, y desde las veredas y cabeceras municipales de los demás municipios que la integran.

Las Zonas de Operación Regional deberán ser definidas por el Ministerio de Transporte de oficio o a solicitud de los alcaldes municipales o gobernadores, según el caso. Artículo 2.2.1.5.2.1. Autoridades de transporte. Son autoridades de transporte competentes las siguientes: • En la Jurisdicción Nacional o Intermunicipal: el Ministerio de Transporte. • En la Jurisdicción Distrital y/o Municipal: los alcaldes municipales o distritales o las entidades en las que ellos deleguen tal atribución.

2 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340607581

20251340607581 16-05-2025 • En la Jurisdicción de una Área Metropolitana constituida de conformidad con la ley: la autoridad única de transporte metropolitano o los alcaldes respectivos en forma conjunta, coordinada y concertada. Parágrafo. Las autoridades locales no podrán autorizar servicios por fuera del territorio de su jurisdicción, so pena de incurrir en causal de mala conducta. (…) Artículo 2.2.1.5.9.1. Definición. La tarjeta de operación es el documento único que autoriza a un vehículo automotor para prestar el servicio público de transporte mixto bajo la responsabilidad de una empresa, de acuerdo con los servicios a esta autorizados y/o registrados. Artículo 2.2.1.5.9.2. Expedición. La autoridad competente expedirá la tarjeta de

bajo la responsabilidad de una empresa, de acuerdo con los servicios a esta autorizados y/o registrados. Artículo 2.2.1.5.9.2. Expedición. La autoridad competente expedirá la tarjeta de operación únicamente a los vehículos legalmente vinculados a las empresas de transporte público debidamente habilitadas, de acuerdo con la capacidad transportadora fijada a cada una de ellas. Artículo 2.2.1.5.9.3. Vigencia de la tarjeta de operación. La tarjeta de operación se expedirá por el término de dos (2) años y podrá modificarse o cancelarse si cambian las condiciones exigidas a la empresa para el otorgamiento de la habilitación. (…) Artículo 2.2.1.5.9.5. Requisitos para su obtención o renovación. Para obtener o renovar la tarjeta de operación, la empresa acreditará ante la autoridad competente los siguientes documentos:

1. Solicitud suscrita por el representante legal, adjuntando la relación de los vehículos, discriminados por clase y por nivel de servicio, indicando los datos establecidos en el numeral 2 del artículo anterior, para cada uno de ellos.

En caso de renovación, duplicado o cambio de empresa, se indicará el número de las tarjetas de operación anteriores.

2. Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de propiedad de la empresa.

(…)”. Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a los interrogantes 1 y 2. En principio debemos señalar que, en la modalidad de Servicio Público de Transporte

Conclusión En virtud de las normas parcialmente transcritas y frente a los interrogantes elevados en su escrito de consulta, se precisa lo siguiente: Respuesta a los interrogantes 1 y 2. En principio debemos señalar que, en la modalidad de Servicio Público de Transporte T errestre Automotor Mixto, la prestación del servicio se clasifica, como zonas de operación 3 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340607581

20251340607581 16-05-2025 metropolitana, distrital o municipal, cuando el servicio se presta entre las veredas y la cabecera municipal o entre veredas de la misma jurisdicción, y zonas de Operación Regional, cuando el servicio se presta dentro de una zona geográficamente definida,

integrada por varios municipios de una misma región o corredor, en el primer caso, la autoridad de transporte, es el alcalde o en el funcionario en el que este haya delegado tal función, y en el segundo, el Ministerio de Transporte. Ahora, frente a la expedición de la tarjeta de operación, ésta será expedida únicamente a los vehículos legalmente vinculados a las empresas de transporte público debidamente habilitadas, de acuerdo con la capacidad transportadora fijada a cada una de estas, por lo cual, las empresas de transporte deberán acreditar ante la autoridad de transporte competente los requisitos para su obtención o renovación establecidos en el artículo 2.2.1.5.9.5. del Decreto 1079 de 2015, entre estos, una “Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de propiedad de la empresa.”. Es de resaltar, en este punto, que el artículo 2.2.1.5.8.2 ibídem, dispone que la vinculación de un vehículo a una empresa de Servicio Público de Transporte T errestre Automotor Mixto es la incorporación de éste al parque automotor de éste, y se formaliza con la celebración del contrato de vinculación entre el propietario del vehículo y la empresa y se oficializa con la expedición de la tarjeta de operación por parte de la autoridad de transporte competente. En cuanto al trámite de tarjeta de operación, tratándose de servicios con zonas de operación metropolitana, distrital o municipal, la solicitud se radica ante la autoridad de transporte del orden territorial cumplimento los requisitos establecidos en la norma para

operación metropolitana, distrital o municipal, la solicitud se radica ante la autoridad de transporte del orden territorial cumplimento los requisitos establecidos en la norma para tal fin, y por su parte, tratándose de servicios con zonas de operación regional, el trámite de se realiza conforme a lo dispuesto en la Circular Externa 20224010944921 del 19 de agosto de 2022, en la que se virtualiza el trámite de expedición y renovación de la tarjeta de operación, a través de la plataforma HQ RUNT. En ese orden, la expedición de la tarjeta de operación no tiene como requisito para esta modalidad de servicio, adjuntar copia del contrato de vinculación vigente, sino una “Certificación suscrita por el representante legal sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos que no son de propiedad de la empresa.” , razón por la cual, solo serán expedidas las tarjetas de operación que cuenten con la referida certificación. Respuesta al interrogante 3 y 4. Tratándose de la gestión de tarjetas de operación cuyo trámite se realiza a través de la plataforma HQ RUNT, de empresas con zonas de operación regional, quien realiza la validación en línea de la información, son los funcionarios de la Dirección T erritorial del Ministerio de Transporte competente en el domicilio de la empresa de transporte, toda vez, que la concesión que administra y opera el Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT-, o sus empleados no tiene funciones de autoridad de transporte. 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte.

sus empleados no tiene funciones de autoridad de transporte. 4 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.Para contestar cite:

Radicado MT No.: 20251340607581

20251340607581 16-05-2025 Una vez, validada la información por parte del funcionario, si esta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2.2.1.5.9.5 del Decreto 1079 de 2 015, el sistema expide la respectiva tarjeta de operación. Respuesta al interrogante 5. En el entendido que la tarjeta de operación es un acto administrativo de carácter particular y concreto, en el evento que no haya sido solicitada respecto de un vehículo , se considera, que lo que se debe solicitar es su revocatoria, en los términos establecidos en el artículo 93 y 97 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de

93 y 97 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”. Dicho lo anterior, se absuelve el objeto de la consulta, concepto que tiene el alcance de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia no es de obligatorio cumplimiento, ni tiene efectos vinculantes, pues se trata de “… orientaciones, puntos de vista, consejos y cumplen tanto una función didáctica como una función de comunicación fluida y transparente ”, conforme al pronunciamiento de la Corte Constitucional mediante Sentencia C-542 de 2005. Cordialmente,

AMPARO ASTRID RAMÍREZ CRUZ

Coordinadora Grupo Conceptos y Apoyo Legal Oficina Asesora de Jurídica Ministerio de Transporte Proyectó: Pedro Nel Salinas Hernández – Contratista - Grupo Conceptos y Apoyo Legal – OAJ. 5 ________________________________________________________________________ Ministerio de Transporte Recuerde que no debe hacer ningún tipo de pago para agilizar trámites en el Ministerio de Transporte. Denuncie presuntos actos de corrupción en los trámites y servicios de la Entidad al 018000 110950 Atención virtual de lunes a viernes de 7:00 a.m. A 5:00 p.m., agendando su cita a través del enlace: https://bit.ly/2UFT eTf Línea de servicio al ciudadano: (+57 601) 3240800 opción 1. Línea gratuita nacional: 01 8000 112042

Radicación de PQRS-WEB: https://mintransporte.powerappsportals.com Correo electrónico: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co de lunes a viernes de 7:30 a.m. A 4:30 p.m.

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