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MINTRANSPORTE - Resolución 20253040005565 de 2025

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Resolución 20253040005565 de 2025
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040005565 de 21-02-2025

20253040005565

"Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Chocó”.

EL DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el parágrafo 1º del artículo 3 de la Resolución 411 de 2020 y,

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Transporte tiene como objetivo principal la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación económica en materia de transporte, tránsito e infraestructura de los modos de transporte carretero, marítimo, fluvial, férreo, a éreo y la regulación técnica en materia de transporte y tránsito.

Que la Ley 105 de 1993 define las competencias sobre la Infraestructura de Transporte estableciendo que las vías nacionales son aquellas a cargo de la Nación, las vías departamentales son a quellas a cargo de los departamentos y las vías municipales y distritales aquellas a cargo de los municipios.

Que la Ley 1228 de 2008 en su artículo 1° determina: “Las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional se denominan arteriales o de primer orden, intermunicipales o de segundo orden y veredales o de tercer orden. Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la Nación, los departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio d e Transporte será la autoridad que, mediante criterios técnicos, determine a qué categoría pertenecen”.

a carreteras a cargo de la Nación, los departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio d e Transporte será la autoridad que, mediante criterios técnicos, determine a qué categoría pertenecen”.

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 1240 de 2013, mediante la cual adopta los criterios técnicos de Funcionalidad de la vía, Tránsito Promedio Diario – TPD, Diseño y/o características geométricas de la vía y Población para categorizar las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional denominadas arteriales o de primer orden, intermunicipales o de segundo orden y veredales o de tercer orden.

Que el artículo tercero de la citada Resolución, señaló que la matriz de criterios técnicos de categorización de las vías, debía ser reportada a la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, dentro d e los dieciocho (18) meses siguientes a la expedición de dicho acto administrativo.

Que una vez vencido dicho término, se corroboró que las Entidades Territoriales no dieron cumplimiento al diligenciamiento de la matriz de criterios técnicos de categorización de sus vías.RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040005565 de 21-02-2025 20253040005565

"Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Chocó”.

Que el documento Conpes 3857 de 2016, fijó un plazo de dos (2) años para que las entidades territoriales realicen el levantamiento y procesamiento de la información correspondiente al inventario de la red vial terciaria, en

Que el documento Conpes 3857 de 2016, fijó un plazo de dos (2) años para que las entidades territoriales realicen el levantamiento y procesamiento de la información correspondiente al inventario de la red vial terciaria, en cumplimiento de lo establecido en las Resoluciones 1860 de 2013 y 1067 de 2015.

Que conforme a lo anterior, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 1530 de 2017 “por la cual se adoptan los criterios técnicos, la Matriz y la Guía Metodológica para la categori zación de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional y se dictan otras disposiciones”, modificada por la Resolución 1322 de 2018, "por medio de la cual se amplía el plazo para diligenciar la matriz de categorización de las vías que conforman el sistema nacional de carreteras o red vial Nacional, y se modifica el inciso segundo del numeral 3.3 de la "Guía para realizar la categorización de la red vial nacional".

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 6704 de 2019 “por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 1321 de 2018 y el artículo 1º de la resolución 1322 de 2018, del Ministerio de Transporte”, donde entre otros, se amplía el plazo para diligenciar la matriz de categorización de vías que conforman el sistema nacional de carreteras o red vial Nacional, hasta el 26 de febrero de 2020.

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 411 del 26 de febrero de 2020 "Por la cual se establecen los criterios técnicos para la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 411 del 26 de febrero de 2020 "Por la cual se establecen los criterios técnicos para la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional y se dictan otras disposiciones", la presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial y deroga las Resoluciones 1530 de 2017, 1322 de 2018 y 6704 de 2019 y demás normas que le sean contrarias.

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20223040034555 del 17 de junio de 2022 “Por medio de la cual se prorrogan los plazos establecidos en los artículos 3º de la Resolución 411 de febrero 26 de 2020, y 2º de la Resolución 412 de febrero 26 de 2020”, y en su artículo 1º estableció que la matriz de categorización debidamente diligenciada debe ser reportada a este Ministerio, antes del día veinticuatro (24) de diciembre del año 2024, y en su artículo 3º señaló que los demás términos establecidos en la Resolución 411 de 2020 continuarán vigentes en los que no se oponga a dicho acto administrativo, esta resolución rige a partir de la fecha de publicación en el diario oficial número 52.072 del 21 de junio de 2022.

Que el Ministerio de transporte expidió la Resolución 20243040063325 del 23 de diciembre de 2024 “Por la cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 1º de la Resolución 20223040034555 del 17 de junio de 2022 y s e

23 de diciembre de 2024 “Por la cual se prorroga el plazo establecido en el artículo 1º de la Resolución 20223040034555 del 17 de junio de 2022 y s e modifican los artículos 3º y parcialmente el 4° de la Resolución 411 del 26RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040005565 de 21-02-2025 20253040005565

"Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Chocó”.

de febrero de 2020, expedidas por el Ministerio de Transporte”, y en su artículo 3º amplió el plazo para entregar al Ministerio la matriz de categorización hasta el día 24 de julio del año 2027, y también modificó los artículos 3º y 4º de la Resolución 411 de 2020, y para finalizar en su artículo 6º señaló que los demás términos establecidos en la Resolución 411 de 2020 continuarán vigentes en los que no se oponga a dicho acto adm inistrativo, esta resolución rige a partir de la fecha de publicación en la página web del Ministerio, siendo esta el 30 de diciembre de 2024.

Que teniendo en cuenta que el Departamento de Chocó, allegó información en los términos definidos en la Resoluci ón 411 de 2020, mediante oficio Radicado MT Nº 20243031054622 del 26 de junio de 2024 , se realizó la revisión y validación de dicha información, de acuerdo con los criterios establecidos en este acto administrativo.

Que el Ministerio de Transporte revisó y presento observaciones a dicha

revisión y validación de dicha información, de acuerdo con los criterios establecidos en este acto administrativo.

Que el Ministerio de Transporte revisó y presento observaciones a dicha información, mediante oficio Radicado MT Nº 20245300818281 del 15 de julio de 2024, teniendo en cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución 411 del 26 de febrero de 2020 y encontró que no está completa y no cumple con las exigencias contempladas en la normatividad vigente, por lo tanto, se establece que no es viable la Categorización de las vías del Departamento del Chocó.

Que teniendo en cuenta que el Departamento de Chocó, allegó información en los término s definidos en la Resolución 411 de 2020, mediante oficio Radicado MT Nº 20243031966932 del 26 de noviembre de 2024 , se realizó la revisión y validación de dicha información, de acuerdo con los criterios establecidos en este acto administrativo.

Que el Ministerio de Transporte revisó y validó dicha información, teniendo en cuenta los criterios técnicos establecidos en la Resolución 411 del 26 de febrero de 2020 y encontró que está completa y cumple con las exigencias contempladas en la normatividad vigente, por lo tanto, se establece que es viable la Categorización de las vías del Departamento del Chocó.

Que la categorización que se expide en la presente resolución tiene como propósito dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° de la Ley 1228 de 2008 y en ningún momento se constituye en soporte legal para subsanar o suplir el cumplimiento de las exigencias de la normativa ambiental para las intervenciones que se hayan realizado en los tramos viales allí

de 2008 y en ningún momento se constituye en soporte legal para subsanar o suplir el cumplimiento de las exigencias de la normativa ambiental para las intervenciones que se hayan realizado en los tramos viales allí considerados o que se pretendan desarrollar sobre los mismos.

Que el contenido de la presente Resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte en cumplimiento de lo determinado en el literal 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, desde el día 12 de diciembre del 2024 hasta el día 6 de febrero del 2025 con el objeto de recibir opiniones,RESOLUCIÓN NÚMERO 20253040005565 de 21-02-2025 20253040005565

"Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Chocó”.

sugerencias o propuestas alternativas.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Determinar la categoría de las vías correspondientes del Departamento de Chocó, así:

CODIGO DE LA VIA NOMBRE DE LA VÍA CLASIFICACIÓN 44500 RIOSUCIO - BELEN DE BAJIRA (Sector K26+200 - K67+500) VÍA DE SEGUNDO ORDEN

44500-1 CURVARADO - CASA BOMBA (BRISAS) VÍA DE SEGUNDO ORDEN

05CH01 EL VALLE - CIUDAD MUTIS VIA DE TERCER ODEN 1307 NOVITA - LAS ANIMAS - QUIBDO (Sector Novita - Las animas) VIA DE PRIMER ODEN 4800 NOVITA - SAN JOSE DEL PALMAR (sector Novita - Altos de Galapago) VIA DE PRIMER ODEN

1307 NOVITA - LAS ANIMAS - QUIBDO (Sector Novita - Las animas) VIA DE PRIMER ODEN 4800 NOVITA - SAN JOSE DEL PALMAR (sector Novita - Altos de Galapago) VIA DE PRIMER ODEN 43975 PLAYA DE ORO - EL CARMELO - BAGADO VIA DE TERCER ODEN

13CH02 QUIBDO - GUAYABAL VIA DE TERCER ORDEN

60CH01 EL SIETE - CARMEN DE ATRATO VIA DE TERCER ORDEN

44291 ATRATO - LLORO VIA DE SEGUNDO ORDEN

13CH03 CONDOTO - ANDAGOYA VIA DE SEGUNDO ORDEN

13CH04 CONDOTO - SANTA RITA VIA DE SEGUNDO ORDEN

13CH01 ISTMINA - PIE DE PEPE - PUERTO MELUK VIA DE SEGUNDO ORDEN 43504 ISTMINA - ANDAGOYA VIA DE SEGUNDO ORDEN 43502 EL CANTON DE SAN PABLO - K9 CARRETERA PANAMERICANA - MANAGRU VIA DE TERCER ORDEN

ARTÍCULO 2º. La presente Resolución para la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional no modifican las competencias establecidas en la Ley 105 de 1993, respecto a las vías categorizadas en la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º. El presente acto administrativo adopta la categorización de las vías mencionadas en el artículo primero, reportadas por el ente territorial, como herramienta de planeación e información, y no constituye ningún tipo de autorización por parte de este Ministerio para intervenciones sobre dichas vías.

En el momento en que la entidad territorial formule o estructure cualquier tipo de proyecto para la intervención de esos corredores viales deberá considerar y contemplar la normatividad técnica y ambiental vigente.

sobre dichas vías.

En el momento en que la entidad territorial formule o estructure cualquier tipo de proyecto para la intervención de esos corredores viales deberá considerar y contemplar la normatividad técnica y ambiental vigente.

ARTÍCULO 4º. En el evento de modifica ción de las condiciones iniciales mediante las cuales fueron categorizadas las vías del Departamento deRESOLUCIÓN NÚMERO 20253040005565 de 21-02-2025 20253040005565

"Por la cual se expide la categorización de las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional correspondientes al Departamento de Chocó”.

Chocó, éstas podrán ser recategorizadas, previa solicitud escrita dirigida al Ministerio de Transporte, junto con la matriz de criterios diligenciada co n la información actualizada de la vía, en medio físico y digital, debidamente suscrita por el representante legal, de acuerdo con lo consagrado en la Resolución 411 del 26 de febrero de 2020 o cualquiera que la modifique o sustituya.

ARTÍCULO 5º. La pre sente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

FERNEY CAMACHO

Director de Infraestructura

Elaboró: Zuly Lorena Cabezas Bermeo/ Ingeniero Grupo Apoyo a las Regiones.

Reviso: Carlos Eduardo Quintero Suarez/ Abogado Grupo Apoyo a las Regiones.

Vo.Bo.: Esperanza Ledezma Lloreda/ Coordinadora Grupo Apoyo a las Regiones.

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