MINTRANSPORTE - Circular 20114020073843 de 2011
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20114020073843 de 2011
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
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Ministerio de Transporte República de Colombia
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20114020073843 111111111 m I Ui lfilm! lmU!\111 UfiI Ifi !il Fecha: 09-05-2011
Bogotá, D.G. CIRCULAR
PARA: ORGANISMOS DE TRANSITO
DE: DIRECTOR DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO Pro p
ASUNTO: PROCEDIMIENTO REPOSICIÓN VEHÍCULOS DE CARGA Y POSTULADOS PARA RECONOCIMIENTO ECONOMICO Respecto de los trámites correspondientes al proceso de Certificación para el Cumplimiento de Requisitos y el incumplimiento injustificado en el envío de las carpetas originales y demás requerimientos de este Ministerio, que afectan considerablemente y demoran las actuaciones administrativas obligando a los peticionarios a recurrir a instancias judiciales, se hace necesario el mejoramiento en la atención a estos asuntos.
Con el Decreto 2085 del 11 de junio de 2008 "Por el cual se reglamenta el ingreso de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de carga", derogó la normatividad existente relacionada con la reposición vehicular (Dio. 286812006 y Res.115012005) y estableció nuevas condiciones sobre la materia. Luego fue modificado mediante el Decreto 2450 del 4 de julio de 2008, reglamentados a través de la Resolución 3253 del 8 de agosto de 2008, normatividad que obligatoriamente debe ser de conocimiento de los Organismos y de exigible cumplimiento. Es de obligatorio cumplimiento migrar la cancelación de la matrícula al sistema RUNT indicando el
través de la Resolución 3253 del 8 de agosto de 2008, normatividad que obligatoriamente debe ser de conocimiento de los Organismos y de exigible cumplimiento. Es de obligatorio cumplimiento migrar la cancelación de la matrícula al sistema RUNT indicando el motivo y cumplir con el artículo séptimo de la Resolución 003253 del 2008, la cual establece las condiciones y procedimientos para el registro inicial de vehículos al servicio particular y público de transporte terrestre automotor de carga por reposición, aclaramos que la cancelación de la matrícula es un acto administrativo expedido por ustedes y no el formato del Runt. "ARTICULO 7.- Una vez cancelada la licencia de tránsito, el Organismo de Tránsito remita la documentación a la Dirección de Transporte y Tránsito de este Ministerio, adjuntando los soportes debidamente foliados y relacionados mediante oficio individual por cada vehículo, utilizando el correo certificado u otro medio de transporte que garantice la seguridad e impida que la documentación sea manipulada por terceros. Así mismo, se requiere adjuntar los siguientes documentos: a. Original del certificado de tradición conforme a lo estipulado en la presente resolución. Avenida Eldorado CAN - Ministerio de Transporte - PBX: 3240800 - http://www.mintransporte.gov.co 1• • Ministerio de Transporte República de Colombia b. Original del certificado expedido por la SIJÍN acompañado del registro fotográfico del automotor objeto de reposición. c. Original del certificado de desintegración física total acompañado del registro fotográfico. d. Original del Acto Administrativo de cancelación de la licencia de tránsito ... " Respecto a las situaciones excepcionales (accidente-hurto-terrorismo), el documento mencionado en el
d. Original del Acto Administrativo de cancelación de la licencia de tránsito ... " Respecto a las situaciones excepcionales (accidente-hurto-terrorismo), el documento mencionado en el literal c) del Artículo precedente deberá ser reemplazado por las certificaciones exigidas en el Capítulo VII de la nonma ibídem, es decir, adjuntar los siguientes documentos: a. Original del certificado de tradición conforme a lo estipulado en la presente resolución. b. Original del certificado expedido por la SIJÍN en la que se detallen las características de identificación del vehículo que sean posibles o de no serlo se exprese tal condición. c. Original de la Certificación expedida por la autoridad competente en la que conste el lugar, fecha y condición del accidente o el motivo especifico que causó el daño. d. Original del Acto Administrativo de cancelación de la licencia de tránsito ... " Para el aporte de las pruebas debe tenerse en cuenta que en el caso de pérdida total o destrucción total causada por accidente de tránsito deben anexar: a. Original o copia auténtica del informe de accidente emitido por la autoridad que lo atendió y, b. Original de la Certificación de la ocurrencia del hecho expedida por el Director de Tránsito y Transporte de la Policía de Carreteras o por el Comandante del Distrito de la Policía Nacional de la jurisdicción según corresponda. c. Original del concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total, emitido por perito ya sea de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado o nombrado bajo las costas del propietario del vehículo por la autoridad de tránsito o por la judicial según corresponda.
emitido por perito ya sea de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado o nombrado bajo las costas del propietario del vehículo por la autoridad de tránsito o por la judicial según corresponda. Para el aporte de las pruebas debe tenerse en cuenta que en el caso de motín, sedición o asonada deben anexar: a. Original de la certificación expedida por el Comandante del Ejército de la brigada cuya jurisdicción corresponda a la zona donde consta la ocurrencia del siniestro especificando que el vehículo sufrió pérdida y/o destrucción total. b. Original del concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total, emitido por perito ya sea de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado o nombrado bajo las costas del propietario. Para el aporte de las pruebas debe tenerse en cuenta que en el caso de hurto deben anexar: Avenida Eldorado CAN - Ministerio de Transporte-PBX: 3240800-http://www.mintransporte.gov.co 2• Ministerio de Transporte República de Colombia Pro a. Original o copia auténtica de la denuncia del hurto del vehículo presentada ante la Fiscalía General de la Nación. b. Original de la Certificación de no recuperación del vehículo con posterioridad a un año después de la fecha del hurto, expedida por la Fiscalía general de la Nación. Así mismo, el Organismo de Tránsito expedirá el Certificado de Tradición original cumpliendo con lo establecido en el Art. 27 de la Resol. 003253 del 2008, plasmando completamente las características técnicas del vehículo, indicando clase, marca, modelo, números de chasis y motor, número de ejes,
establecido en el Art. 27 de la Resol. 003253 del 2008, plasmando completamente las características técnicas del vehículo, indicando clase, marca, modelo, números de chasis y motor, número de ejes, servicio, capacidad de carga, el dato histórico de propietarios y trámites especificados, sin asuntos judiciales pendientes ni limitaciones a la propiedad, y especificando el estado en que se encuentra el vehículo (activo o inactivo).
IMPORTANTE: Si el vehículo fue objeto de transformación, repotenciacíón, cambio de servicio, incremento en la capacidad de carga, es obligatorio remitir copia auténtica del acto administrativo que haya autorizado dicha modificación junto con los documentos mencionados anteriormente con el fin de avanzar en el estudio y evitar requerir todo el expediente, pero si es necesario verificar alguna información se requerirá el historial del vehículo, solicitud que debe ser respondida con carácter urgente para expedir el acto administrativo definitivo.
CANCELACION DE LA LICENCIA DE TRANSITO PARA VEHICULOS POSTULADOS CON FINES DE RECONOCIMIENTO ECONOMICO Debe darse cumplimiento con el artículo 10 de la resolución 5259 del 11 de diciembre del 2008, y migrar la cancelación de la matrícula al sistema RUNT. Una vez surtido a satisfacción el trámite de desintegración física total, el propietario del vehículo procederá a la cancelación ante el organismo de tránsito en el cual se encuentre matriculado el vehículo desintegrado para lo cual deberá cumplir los siguientes requisitos: a. Solicitud dirigida al organismo de tránsito indicando: - Nombres y apellidos completos del propietario, con indicación del documento de identidad o NIT según sea el caso. - Dirección del solicitante para efectos de notificación.
a. Solicitud dirigida al organismo de tránsito indicando: - Nombres y apellidos completos del propietario, con indicación del documento de identidad o NIT según sea el caso. - Dirección del solicitante para efectos de notificación. - La relación de documentos que se acompañan. - Capacidad de carga, número de ejes y clase de servicio originales del vehículo, y la firma del peticionario. b. Paz y Salvo de impuestos y por todo concepto del vehículo. c. Entrega del original de la licencia de tránsito, una vez devuelta por el Ministerio de Transporte. d. Certificado original de desintegración física total del vehículo, expedida por la entidad Avenida Eldorado CAN - Ministerio de TransportePBX: 3240800 - http://www.mintransporte.gov.co 3• • •
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Ministerio de Transporte República de Colombia Verificados los documentos mencionados y que estos cumplan con las exigencias de la presente resolución. El organismo de Tránsito expedirá el acto administrativo motivado de cancelación de la licencia de tránsito, indicando las causales y los documentos que fueron tenidos en cuenta para tomar la decisión, la cual contendrá lo siguiente: - Nombre e identificación del propietario. - Número de la placa. • Configuración del vehículo (articulado tractocamión, rígido dobletroque o rígido de dos ejes) y tipo de carrocería. - Marca. - Servicio (público)
- Línea - Modelo - Número de chasis. - Número de motor. - Capacidad original de carga en toneladas y cantidad o número de ejes.
carrocería. - Marca. - Servicio (público)
- Línea - Modelo - Número de chasis. - Número de motor. - Capacidad original de carga en toneladas y cantidad o número de ejes.
Teniendo en cuenta lo anterior, se solicita su estricto cumplimiento y que los trámites relacionados se realicen a la mayor brevedad posible. Igualmente les recordamos que de la eficiencia y prontitud en el trámite por parte de ustedes depende nuestro buen desempeño en atender tanto las solicitudes para la expedición de las certificaciones de cumplimiento de requisitos como los reconocimientos económicos para los vehículos postulados por desintegración física total. Cordialmente,
DANIEL EDUARDO PAEZ BARAJAS
Avenida Eldorado CAN -Ministerio de TransportePBX: 3240800-http:/lwww,mintransporte.gov.co 4