MINTRANSPORTE - Circular 20134000285321 de 2013
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20134000285321 de 2013
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2013
ti'\::!JMfnTramport&¡"l~~ l.,l,¡ 'f.~ . ., NIT.899.999 .055-4
Para contestar cite: Radicado MTNo.: 20134000285321 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111
06-08-2013 Bogotá D. C, 06-08-2013
Señores:
ORGANISMOS DE TRÁNSITO Y AUTORIDADES DE TRANSPORTE
""";;~~D.."\ ~~~~=2009t " ~ CERTIRCADAf \. '", ,.,/ Asunto: Alcance circular No. 20134000252691 del 10 de julio de 2013 sobre paz y salvo empresas de transporte. En atención a las solicitudes recibidas en relación con la circular relacionada en asunto, se considera necesario realizar las siguientes precisiones, para evitar confusiones en la aplicación de la normatividad vigente. Para la correcta interpretación de la circular mencionada y de los requisitos actualmente vigentes en relación con los trámites asociados a vehículos matriculados en el servicio público, debe primero precisarse que son unos los trámites de tránsito y otros los trámites de transporte. Como trámite de tránsitO, el traspaso de un vehículo de servicIo público deberá estar acompañado del respectivo 11 el contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación, suscrito por el cedente y el cesionario y la aceptación de la empresa'~ como se consagra en el numeral 7 del artículo 12 de la Resolución 12379 de 2012. Como trámite de transporte, el cambio de empresa se encuentra por el contrario regulado en
el artículo 54 del Decreto 170 de 2001, en el artículo 60 del Decreto 171, en el artículo 34 del Decreto 172 de 2001, en el artículo 44 del Decreto 174 de 2001 yen el artículo 45 del Decreto 175 de 2001, contemplando como uno de los requisitos el paz y salvo de la empresa de la cual se desvincula el vehículo, el cual deberá adjuntarse a la solicitud o en su defecto el pronunciamiento de la autoridad administrativa o judicial competente. Por lo anterior, debe concluirse que las autoridades de transporte no podrán autorizar el cambio de empresa sin la presentación del paz y salvo de la empresa de la cual se desvincola el vehículo o en su defecto el pronunciamiento de la autoridad administrativa o judicial competente; así mismo, las autoridades de tránsito encargadas de dar trámite a la solicitud de traspaso del vehículo de servicio público, no podrán autorizar dicho trámite sin la presentación del contrato de cesión del derecho de vinculación o afiliación, en el que conste la aceptación de la empresa. Se reitera que para el trámite de traspaso de propiedad de un vehículo de servicio público, ningún funcionario podrá exigir como requisito la presentación del paz y salvo de la empresa en la cual se encuentra vinculado el automotor. Av. ElDorado CAN entre correros 57 y 59, Bogot6, Colombia, Teléfonos: (57 + 1) 3240800 Fax (57 + 1) 4287054
http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co-quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atenci6n 01Ciudadano: Sede Centrol Lunes o Viernes de 8:30 o.m. - 4:30 p.m., línea Gratuito Nocional 18000112042r"'.!.-I: __ 0 __ .•._1 111")1")1MinTransp9rte.\' ~ ••..k"b.,,~'!f;~"'; , NIT.899. 999 .055-4
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20134000285321 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 06-08-2013 .."';~~~AD...\,~.w¥;'í'j:'~s:?'~=2C09, ',~ CERTIFICADA; '_ •••••. ,.w'ww .•_ •••. __ / Finalmente, les preciso que en aquellos Organismos de Tránsito donde tienen delegada .sus funciones como autoridad de transporte, al permitir cualquier trámite de transporte, tiene que velar por que se anexe el paz y salvo de la empresa.
Cordialmente, y OSPINA ARI es ra de Transporte y Tránsito Av. El Dorado CAN entre carreras 57 y 59, 80got6, Colombia, Teléfonos: (57 + 1) 3240800 Fax (57 + 1) 4287054 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co-quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042r.LJ: __ 0 __ .1._1 1" ')1")1