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MINTRANSPORTE - Circular 20144000213151 de 2014

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20144000213151 de 2014
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2014

NIT.899.999.055.4

Poro contestar cite: Radicada MTNa.: 20144000213151

I~ml[1/1111111~I~IIIIIIII~I~IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII~IIIII/II~IIIIIIII~17.06.2014

Bogotá, 17-062014

Señores:

ALCALDES MUNICIPALES, 'GOBERNADORES, ORGANISMOS DE TRÁNSITO, EMPRESAS DE

TRANSPORTE PÚBLICO, CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR, TERMINALES DE

TRANSPORTE, DIRECTORES TERRITORIALES!JEl MINISTERIO DETRANSPORTE.

ASUNTO: Complementoriedod de Resoluciones 315 de 2013 y 1565 de 2014.,4 - .••. _.,.

Respeíodos Mandatarios y Representantes legales:, •.." Elcoritrol por parte de las empresas de 'servicio pública de transporte y'de las autoridades de tránsito'.y transporte¡ en relación con la revisióh tecnicomecánica yel mantenimiento preventivo y córredivo de los vehículos de servició' pública, hace parte de la política pública y de.las estrategias del Gobierno Nacional para la disminución" de <la-accidentalidad violen Colombia. t."l' ." / r . "1 Por ella; además' del control al cumplimiento de 'las obligaciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito en cuanto a la realización""de la de la revisión,tecnicomecánica que deben realizarse en los Centros Habilitados por el Ministe"rio de Transporte, en las plazos

fijados por la Ley, las autoridades de Transporte y Trónsito están' en la obligacián 'exigir el mantenimiento preventivo y correctivo de los.vehículos que¡operan, .'conforme a las reglamentaciones expedidas por el Ministerio de Transporte, es decir, lás Res'oluciones 315 de 2013 y 1565 de 2014.. ! i' . . • '~ ¡ /; f La Resolu~i6n, 315 de 2013, aclarada por la Resolución 378 dé 2013, que tuvo como objeto "adoptar medidas poro garantizar la seguridad en el transporte público terrestre automotor y se didon otras disposiciones, -cuyo oplicaci6n se extiende' a toiJas lás modalidades del transporte de pasajeros y en todos' los radios"de acción pará la prestación del servicio~ señala obligaciones \ por parte de las empresas de, transporte.' y de! los te;minales de transporte respedo de: ,e . " / J'.• .'.,/' " l' ." o\. /_ -, / ", ••/ .' al La revisióntecnicomecánica obligatori.a yel ~antenimiento ..preventivo'y corredivo de los vehículos.' . ..,""'- ,->~~ b) Alistamiento del vehículo cl Elcontrol de la jornada laboral de I~s conductores. Hace pocos días, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 1565 del 6 de Junio de 2014, "Porla cual se expide la guía metodól6gica para la elaboración del plan estratégico de segundad via/~ que estará o cargo de todo entidad, organización o empresa del sedar

público o privado que para cumplir susfines misionaleso en el desarrollo de susactividades Av.ElDorodo CAN entrecorreros 57 y59, Bogof6, Colombia, Teléfonos: (57+ 1)3240800 Fax(57+ 1)4287054 htfp: //www.mintronsporte.gov.coE.mai1:mintrons@minlransporle.gav.co-queiosyredamos@mintronsporle.gov.co Alenci6n 01Ciudadano: Sede Cenfral Luneso Viernesde B:30 o.m.. 4:30 p.m., lineo Gratuito Nacional 18000112042 C6digo Postal 111321\ ) RPR05P£RIDAQ ~ uPARATODOS -,~~~S:;~~:q¡ .- l:EIUlFICAnA "-... NIT.899.999.055-4

Para contestar cite: RadicadaMTNa.: 20144000213151 1111111111111111111111mlllllllllllll~1111111111I1111II~IIIIIIIIII[II~IIIIII 17-06-2014 posea, fabrique, ensamble, comercialice, contrate, o administre flotos de vehículos automotores o no automotores superiores o diez (10) unidades, o contrate o administre personal de condudores. ..;p<' -=. ~ Vale resaltar que la Resolución 1565, fu~expedida(omo desarr':;¡¡o.de la Ley 1503 de 2011 y el Decreto 2851 de 2013, por tanto, es abligato.ria su cumplimiento en todo el Territorio Nacional y las autoridades de tránsito y transporte .~unicipaJes deben realizar las gestiones

necesarias para su implementación, desarrollo y control. / . - , .- . - ~~'~ . Teniendo en cuenta que a propósito de la expedición de la Resolución 1565 de 2014, a ésta Dirección han'.llegado comunicaciones ~.oIicitando""'-irÍformociónsobre ,Ia;vigencio de la ResoluCión 31.5 de 2013, a continuación se exponen algunas consider~ciones al réspecto:"'" .•.•••. . ~ f "-.•• -... .~ "' l " .'-' L" __ '-" \ ~ ~ • Al En Relación con la revisión tecnicomecánica obligatoria y elmantenimiento preventIvo y correctivo de 16svehículos: 'c~ .,....- / ---------~-- --... '_ ~ " "..:.... . ..' ::::: _. .....a- .',<;""" •.•. :' - JO La Resolución 315 de 2013, ordena que para los vehículos dé-servicio público, además de las revisiones obligatorias, I~s emp'resas deben contar con sLJ~propio"'progra'ma de revisión y manteni~iento preventivo para los~equipos cán.' los' cuales presta' el: servicio de transporte, señalando que la continuidad del programó es ~uñade las condicidnes. determinantes para la verificación del mantenimiento de las condiciones que -dieron origen al acto administrativo de habilitación. -3.-. • j I _....'-o '1 j La mism~ resolución determinó que la revi;ión -té~nico mecánica obligatori& de los ~ehículos

de serviéio público, debe re'alizase diredamente por la empresa de transporté vincul~dora, a través de,1Centro de Diagnó_stico Automotor \ A~to'rizado que s~leccióne para el e1edo, con cargo al propietario del. vehículo y que las empresas de transporte terrestre automotor de pasajeros son las respon~ables' derealizar diredamente el :m~antenimient-opreventivo de los vehículos vinculados a su ptJrqu~ automotor a través de un centro especiálizodo y c.on cargo al propietario \del vehículo, entendiendo que" 'los ~vehículo; de lservicio público' deben ser sometidos o mantenimiento p~eventfvoy correctivo: / / I a. El ~'antenimie~ío.pr:~ntiv>~sI6 seri~~¿erve~cione~ reparaciones realizadas al vehículo con la finalidad. de. anticipar fallas .~ desperféctos y no puede entenderse por.montenimiéntb preventivo,las~'aCt¡vjdodes de"revisión o inspección, can una periodicidad mínima de dos (2) meses, el control debe realizarse llevando una ficho de mantenimiento". \ b. El mantenimiento correcti~o 'es aquel que-Ose ejecuta en cualquier momento al vehículo y ante lo evidencia de uno foil? en cualquiera de sus componentes. Por su parte, la guía adoptada por la Resolución 1565, específicamente su numeral 8.2.1, en relación con el mantenimiento preventivo, las empresas debe diseñar e instituir un plan de Av. El Dorado CAN entre carreros 57 y 59, 809ot6, Colombia, Teléfonos: (57+ 1) 3240800 Fax (57+ 1) 4287054

http://www.mintronsporle.gov.co-E-moil:min1rons@mintronsporle.gov.co-quejosyreclomos@mintronsporle.gov.co Atenci6n 01Ciudadono: Sede Centrollunes a Viernes de 8:30 O.m. - 4:30 p.m., Jrneo Gratuito Nacionol 18000112042 C6digo Pos101111321NIT.899.999.055.4 !1PR,O,SP,".fRIDAD uPARATODOS -~~,.--_..,"'OOClCl""""'"'"'_ure<;o>l~ .-sCE!mRCAOA Para contestar cite: RadicadaMTNa.: 20144000213151 I~IIIIIIIIII~IIIII~III~mil11111111111111111111~1II11111111111111111111111 17.06.2014 mantenimiento preventivo de sus vehículos y las características que debe de incluir el plan de mantenimiento preventivo, serán: • ( ••• ) 11 Debe conocerse loaa /0 'Informacióny especificaciones técnicas de los vehículos.. incluyendo los sistemas de seguridad oelivo y pasiva. • Se deben respetar las recomendaciones técnicas de mantenimiento y operación que hocen los fabricantes de los vehículas. e.. ./ ~ O Deben definirse los sistemas de seguridad aeliva y pasiva que serán ob¡eto del programa de mantenimiento. ., _ o La definici6n de los sistemas de seguridad activa ypasi~a, que serán ob¡eto del plan de mantenimiento preventivo.. deben ser como mínimo, aquel/os establecidos én la

revisióntécnico mecánica definida dentro de laler. ' o ,A cada sistema que se defina dentro del plan de, mantenimiento, se le debe describir las operaciones específicas que deben de>rea/izarse y los'elementos requeridos por reemplazar (si aplica). . o •A cada sisiema que se defina' dentro delplan de manten/miento, se 'le debe establecer un"periodopara realizac/~s oper¿;ci??'éS.'\ ~ . ~... ...- i - ~ . El numeral 8.2.2 de la misma guía,; señala', que~ toda 'la información del plan de mantenimiento de cada vehícúlo, debe esta'rj'régistrada, entendiendo que se debe poder obtener información histórica y trazabilidad de las operaciones hechas, de tal manera que se garantice el cumplimiento del plan de, mantenimiento,""las empresas contratantes del servicio de transporte público 'deberán verificar que ,Ici'e'mpresa contratista cuente y ejecute el plan, esta condición que será exigida expresamente en él contrato de se'rvicios paro su suscripción y cumplimiento. 1 : ' jo Así mismo, el numeral 8.2.3, establece"que Jo empresa d~be garantizar que la implementación del plan de mantenimiento .serealice a traves de personél idóneo. utilizando la tecnología adecuada y guiado par las prot~colos y recómendaciones del fabricante del vehículo \ - '':..7 ~ \. /'?"< r"- 8) Alistamiento' del vehículo, ',',. J / / , " " ". I .,." ~

"". '. "- // ..•./ -' La Resolución 0315 establece en su artículo'4 que todas las empresas de' transporte terrestre de pasajeros, las empresas de transporte de carga y las empresas de transporte mixto, realizarán el alistamiento diaria de cada vehículo, dentro del período comprendida entre el último despacho del día y el primero det día siguiente, ~-~onde se verificarán como mínimo los siguientes aspedos: , • Fugas del motor, tensión correas¡ tapas, niveles de aceite de motor¡ transmisión, dirección, frenos, nivel agua limpia brisas, aditivos de radiador, filtros húmedos y secos. o Baterías: niveles de electrólito, aiustes de bardes y sulfatación. Av. ElDorado CAN entre carreros 57 y 59, 8ogotó, Colombia, Teléfonos: (57 +1) 3240800 Fax (57 +1) 4287054 http : //www.mintronsporfe.gov.coE-moil: mintrans@mintransporle.gov.co - quejasyreclomos@mintronsporfe.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central lunes o Viernes de 8:30 a.m .. 4:30 p.m., línea Gra1uito Nocional 18000112042 Código Pos1al 111321@ r~~'-....nPR... OSP..fRI....•......PAD

'JuPARATODOS

I NIT.899.999.055-4

Para contestar cite: RadicadoMTNo.: 20144000213151 . .<,.. o' ,.' IIIIIIIIII~1IIII1IIIImlllllllllllllmlllllllllllllllllllllllllllllllllllllll'17.06.2014

  • Llantas: desgaste, presión de aire.
  • Equipodecarretera.
  • Botiquín.

En el parágrafo del mismo artículo señala que el alistamiento lo realizará la empresa con personal diferente de"sus conductores, pero can la participación del conductor del vehículo a ser despachada y que del procesa de alistamiento y de las personas que 'participaran en el mismo, así.co~mo de su relación con Ja empresa, se dejará constancia en la planilla de viaje ocasional, planilla de despacho _0 ex1rado de contrato, según el caso. ''" J - / -o •••• Par s~parte, la guí~ adaptada por la R;,'salución 15ó5, ;eñala en su numeral 8.2.4, establece el procedimiento de inspección diari'; de las vehículos como complementa él plan de mantenimiento prevé'ntivo, señalando'; que la empresa .9~be establecer protocolos de inspección diaria a Jos"vehíéulos, en ~donde se "revl'sénlos elementos de seguridad adiva y pasiva más relevantes, que p~rmitan conocer su '~stado antes de emprender..lo" márcha y que la empresa debe garantiza'r:'que la ¡información de las elementos y sistemas de seguridad activa ypasiva del vehículo a los que"se'les ha~é1~elchequeo-óntes de..marcha, serán ajustados al tipo del vehículo de la empresa: adjuntan'do un'madelo a~exo. .: h " .••~ ~- .' __ ':"";'.1"'1/ - -.... ~, '

, , "~'-~ /i ." '. Visto el modelo adoptpdo 'por la"anterior disposición, encontra"mos que casi todos los aspedos mencionado en la resolución 31S-'se.ei!cúentr-ón contenido's en el modelo, por lo anterior y considerando que el modelo, puede complementarse, podemos cq"nduir que' también en éste aspedo las dos disposieiori'es no son contradidorias, adicionalmente la"sempresas de servicio pública 'deben dejar las éarrespandientest constancias en la planilla de viaje ocasional, planilla de despacho a 'extraCta de contrata, !según 'el caso. " . ,,' \ l. j':; ClControl de la jarnada'laboial de los conductores. "; --" "t \ I En cuanta ,.0 la ¡a"iada y,el'controi a conductores, el !,{iiículo6 dé la resolución 315, determinó que todas los vehículas\de se~ici¿;¡:;¡¡blica de. transporte terrestre de 'pasajeras y mixto, poro iorealización de 'operaciones de transporte -con uno duración superior o ocho (8) horas de recorrida entr~'el lugar de "origen y el.l~gár de.destina:deberón cantar can un segunda conductor. "',.•/' ,".'~ /' ••.••.._/ , /..•••••. ;-,.r, ,/ t.... /'"" ..... ......, " las empresas de tra~sporte deberáñ" adoptar las ~edidas'conducent~s paro garantizar los descansos necesarios de los condudo~és, lo cual se entiende como uno condición necesaria

poro prestación del servicio yque el términal de transporte, se encuentra en lo obligación de informar de manero inmediato o la autoridad de transporte y tránsito más cercana el incumplimiento de lo anterior. ;:....-l Por su parte, la guía metodológico en el numeral 8.3. Infraestrudura Segura, ítem. "Rutas externas", establece que entre los aspedos de control se encuentran las jornadas de trabajo y Av. El Dorado CAN en1re correros 57 y 59, 80g016, Colombia, Teléfonos: (57 +1) 3240800 fax (57 +1) 4287054 http: //www.min1ronsporle.gov.coE-mail: mintrons@minfronsporle.gov.co - quejosyreclamos@minlransporte.gov"co Atenci6n 01Ciudadano: Sede Central Lunes o Viernes de 8:30 o.m. - 4:30 p.m., líneo Gro!uiio Nocional 180001120.42 Código Postal 111321'~~ .••o

~~~i~~~CD:lTIFI~

NIT.899.999.055-4

Para contestar cite: Radicada MT Na.: 20144000213151

II1I11I~IIIIIIIII~III[IIIIIIIIIIIIIUIII~~IIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIII~111117-06-2014 las rutas y los itinerarios.

En este orden de ideas, los controles la empresa debe realizar en cuanto a las jornadas de trabajo y para que los condudores cumplan con la obligación de mantener vigente su licencia de

conducción, la realización.' dé los exámenes, las enfermedades detectadas de y las restricciones (usa de gafas audífanós y demós), puede desarrollarse dentro de un misma programa que contenga todos los áspedos de las dos normas. ~ . ~" / Es important~'destacar que en cuanto a la necesidad de contar con los relevadores poro las rutas cuya duráción excede la' jo'mada laboral del conductor, es _posible que la empresa genere una estrategia (comprobable para el terminal de transporte, la Policía o los' Agentes de Trónsito), mediante 'Ia"cúal' se pueda verificar que durante el recorrido se realice el "relevo del condúctor, garantizando"que no se e'x:ceda la jornada laboral. . ~ ,/r"'- ',... /... ..... " \, "\.. .__ .. ..= . f "._.... _ ~. ,'.-' Es decir que -confarcon un segundo conductor, no implica que éste acompañe al primero durante todo, el recorrid6j'~pues ello significa que el relevador tendrá una jornada .Iaboral compuesta por las h~fas cómo acompañante"y las harás como conductor, 10 cual hace inocua la medida. . /' " ....,' . ",fl . CONCLUSIoNES: . /' ./ I o i (\., .'.. .Por tod<? lo a-nterior y, c¿mo i~strumento ,pa.r~~fci~ilitar él cumplimiento d~'~'las obligaciones incorporadas en las citados"disposiciones, a continuación se concluye: ., - ., . -", ~1 ,\ "'. _~ ~.t "",.' ,~

1. Las dos disposiciones ~señaladas son complementarias, la ~Resolución 1565 no derogó la Resoluciqn 315 de 2013, en consecuencia debe realizarse una interpretación integral, armónica y coordina'da de las dos ~normas, con el objeto de evitar reprocesos y duplicidad de informes y actividades que co'nduc¿n alr\,ismo objetivo. ! j , I . 'j" \ -, t.. \ \ \ ..~, ... ,2. El programa de 'revisión y mantenimiento preventivo y alistamiénto de los..vehículos,~ diseñado para dar cumplimiento a ',la Resolución 315 de 2013,.puedeéstar contenido dentro delJllan estratégicol,de seguridad viál, para dar cumplimiento a la Resolución lS6S"'y su correspondiente guía metodológica, específicamente a los numerales 8.2.1,/8.2.2 Y 8.2.31 para tal efedo se deberó dar estricto'cumplimie~to a los condiciones es'tablecidas en ambas disposiciones. , \.\ "" ", ...' / /

3. La revisión preventi~a debe r~~lizars~'por,:pe"rs~nal idóneol calific~do y debe contar con los equipos necesariós, que permita-¡' verificar -'como mínimo. aquellos establecidos en la revisión técnico mecónica d~finida dentro de la ley.~ '. ',,- _ ~ .. --- -\

4. Conforme a lo monifestado en la circular 200942200402791 y la circular 20134200330511, expedidas por la Dirección de Transporté y Tránsito del, Mil'!isterio de Transporte en relación con las

I'Revisiones Preventivas/', para demostrar el cumplimiento de sus programas de revisión y mantenimiento, preventivo y su plan estratégico de; seguridad vial, las empresas de servicio público de transporte pueden apoyarse en los Centros de Diagnóstico Automotor, habilitados por el Ministerio de Transporte¡ que conforme a su acreditación expedida por el Organismo Nacional de Acreditación (ONAC), cuentan can la idoneidad necesaria. Av. El Dorado CAN entre correros 57 y 59, Bogot6, Colombia, Teléfonos: (57+ 1) 3240800 Fax (57+ 1) 4287054 hffp: 11_.mintransporfe.gav.co - E-mail: mintrons@minlronsporfe.gov.co-quejasyredamos@mintronsporte.gov.co Atención 01 Ciudadano: Sede Cenlrol Lunes o Viernes de 8:30 o.m .• 4:30 p.m., líneo Gratuito Nocional 18000112042 Código Postal 111321

.1@ri• -- ....1~P.R05P.ElUDADf~.c1 aPARATOOOS

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NIT.B99.999.055-4

Paro contestar cite: Radicada MT Na.: 20144000213151

11II1I1~I~1~llllllllll~I[IIIIII~III~I~IIIIIII~III~IImiII1111111111117-06-2014

5. Los centros especializados, propios de las Empresas de Transporte o de terceros que les presten el servicio de revisión y mantenimiento preventivo, de que trata los normas en comento, deben

contar con la tecnología suficiente y personal capacitQdo.~-Por lo tanto, las autoridades locales no deben permitir o direccionar que dichos mantenimientos se realicen en Iltalleres" sin reconocimiento técnico.. \ jYDALUCYOSPI ARIAS Directora de Transporte yTránsito / / ~

6. Las autoridades que no verifiquen la realización de las reVISiones preventivas y correctivas, dando estricto cumplimiento a las condiciones, procedimiento y requisitos señalados en las normas ..aquí citadas, p,!dr6n s'er objeto de sanción por parte. de los Órganos de ControL\" ¡"/~ :;",~.T" ~ -'. '~','_' -', 7.. Pararealizar el alistamiento de los vehículos las empresas de Transporte pueden diligenciar'un solo~form_ato:" que ,_contemple todos los aspectos contenidos en las Resoluciones 315 de. 2013 Y 1565 de2014. ' !

8. El c:t:;'Pbra .que los Conductores no exced: la jornada loborol/~rovés de la implementóción de' relevadores-;;no im'plica que el segundo conductór~permanezca en'el:vehículo desdeque se despacha en el "terminal o municipio ~deorigen: de una ruta. Pero -~i es responsabilidad del terminal garantizar el control para garanti~a.r el cumplimiento de 10dispuesto en lo resolución 31'5. ' ~ -, ~ -)_ .. , - ... r¡ - ~, 1; ,

9. El c!ntrolai los ;~nd~ctore;-'impl_ica -el seguimie':lto __d~i vencimi~to d; su licencia de

conducción, de la afiliación al sistema de seguridad social Y' de'los resultados de las evaluaciones médicas ~que se re,alizan en cumplimiento de I~s normas de tránsito ylaborales. ; ~ ~ i l, \ ~ . ''/ " Por lo anterior, los-invito~para que en coda uno de sus municipios se realicen las mesas de trabajo necesarici-s entre autoridades, de tr6nsito, organismos de apoyo al tránsito Y terminales de transporte;- para coordinar las ~ctividades en pro de la seguridad vial y para hcicer más efectivos lo programas, adoptados po," I,asempresas' de transporte. < ~ / \ "- ,-c /;-i Cordialmenle, \ \ \ / 1 \\ \\ \,> " /// /' // , /, /"" // '~ Av. El Dorado CAN enfre carreras 57 y 59, Bogof6, Colombia, Teléfonos: (57 +1) 32-40800 Fox (57 +1) -428705-4 http://www.minlransporle_gov.co-E-moil:mintrans@minlransporle.gov.co-queiosyreclamos@mintrcnsporle.gov.co Atención el Ciudadano: Sede Central lunes a Viernes de 8:30 a,m. - -4:30 p.m., línea Graluila Nacionol 180001120-42 Código Postal 111321

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