MINTRANSPORTE - Circular 20144010489341 de 2014
Ministerio de Transporte
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20144010489341 de 2014
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2014
@ MINTRANSPORTE
NIT.899. 999.055-4 Bogotá D.C., l 0-12-2014 Señores
TODOSPORUN
NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20144010489341 11111111111111111 lllll lllll lllll llllli 111111111111111111111: 111111111111111 IIII IIII 10-12-2014
ORGANISMOS DE TRÁNSITO A NIVEL NACIONAL Ciudad Asunto: Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2015. ENTIOAD tSO 9ü'J 1 ·.iCC!l fi·TC e;¡:, ioc,o,eoon C.Cl:<'!'1FICAOA Atendiendo lo establecido en el Artículo 15 de la Ley l 005 de 2006, a las Asambleas Departamentales y a los Concejos Municipales o Distritales, conforme a los Artículos 338 de la Constitución Política y 168 de la Ley 769 de 2002, les corresponde fijar el método y el sistema para determinar las tarifas por derechos de trónsito. En este mismo sentido, la Ley l 005 de 2006 determinó que las tarifas deberán ser fijadas con base en un estudio económico que involucre todos los costos asociados al servicio. Adicionalmente, se estableció que dentro del cálculo de la tarifa se debe contemplar un costo del 35% que será transferido por el Organismo de Tránsito al Ministerio de Transporte, por la facultad de asignar series, códigos y rangos de las especies venales. "Artículo 15. Licencia de conducción, Licencia de Tránsito y Placa Única Nacional.
asignar series, códigos y rangos de las especies venales. "Artículo 15. Licencia de conducción, Licencia de Tránsito y Placa Única Nacional. Corresponde a las Asambleas Departamentales/ Conceios Municipales o Distrito/es de conformidad con el artículo 338 de la Carta Política/ y el artículo 7 68 de la Ley 7 6 9 de 2002/ fiiar el método y el sistema para determinar las tarifas por derechos de tránsito/ correspondientes a licencias de conducción/ licencias de tránsito y placa única nacional. Dichas tarifas estarán basadas en un estudio económico sobre los costos del servicio con indicadores de eficiencia/ eficacia y economía. Dentro de ese cálculo deberá contemplarse un 35% que será transferido por el correspondiente organismo de tránsito al Ministerio de Transporte/ por concepto de costos inherentes a la facultad que tiene el Ministerio de Transporte de asignar series/ códigos y rangos de la especie venal respectiva.// Ahora bien, la Resolución Nº 2395 de 2009 mediante la cual se fijan las tarifas a favor del Ministerio de Transporte por las especies venales asignadas a los Organismos de Tránsito del país, establece lo siguiente: "ARTÍCULO CUARTO.- REPORTE ANUAL AL RUNT. Anualmente/ los Organismos de Tránsito del país deberán reportar en el Sistema del Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT-/ las nuevas tarifas/ de acuerdo con los protocolos establecidos/ dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su expedición por parte de las respectivas Asambleas Departamentales o Concejos Municipales según el caso.
nuevas tarifas/ de acuerdo con los protocolos establecidos/ dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su expedición por parte de las respectivas Asambleas Departamentales o Concejos Municipales según el caso. Cualquier modificación que un Organismo de Tránsito del país/ efectúe en los valores de las tarifas de derechos de tránsito a su cargo/ deberá reportarlo al Sistema del Registro Único Nacional de Tránsito -RUNT-/ de acuerdo con los protocolos establecidos/ dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes." Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co - quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal 111321@) MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4
TODOSPORUN
NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20144010489341 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 10-12-2014 i • .. a aoo. fif -fifia llll'C 0P 1000.eCIOS ._ CEF!T11'1CAOA Así mismo, los derechos a favor de la Dirección del Tesoro Nacional - Ministerio de Transporte corresponden al 35% del total facturado al usuario solicitante del trámite ante el Organismo de
._ CEF!T11'1CAOA Así mismo, los derechos a favor de la Dirección del Tesoro Nacional - Ministerio de Transporte corresponden al 35% del total facturado al usuario solicitante del trámite ante el Organismo de Tránsito, aspecto que fue precisado por la Resolución 2395 de 2009, así: "ARTICULO TERCERO.- DERECHOS DE TRÁNSITO. Para los efectos previstos en este artículo/ entiéndase por derechos de tr6nsito el valor total facturado que cancelan los usuarios/ propietarios y conductores de vehículos para obtener el beneficio de su matrícula y trámites asociados ante un Organismo de Tránsito para la obtención de las licencias y placas respectivas/ según el caso/ exceptuándose el concepto de retención en la fuente de vehículos en el evento que sea incluido en la factura." (Negrillas fuera de texto). En el evento en que el ente territorial tenga establecido un impuesto, como el de estampilla, este concepto no constituye un costo asociado al servicio y por lo tanto se liquida en forma independiente. Dado todo lo anterior y con el propósito de establecer un criterio unificado frente al proceso de REP ORT E y CARGUE de las tarifas en el sistema HQ-RUNT para los trámites establecidos por los Concejos Municipales, Distritales y las Asambleas Departamentales, esta Dirección define el siguiente procedimiento:
1. Una vez expedido el correspondiente acto administrativo (Acuerdo Municipal o Distrital u Ordenanza Departamental) por parte de la autoridad territorial que establece las tarifas de los trámites, el Organismo de Tránsito dentro de las 24 horas siguientes a la expedición, deberá enviarlo a la Concesión RU NT a través de la herramienta REM EDY (firmado digitalmente)
trámites, el Organismo de Tránsito dentro de las 24 horas siguientes a la expedición, deberá enviarlo a la Concesión RU NT a través de la herramienta REM EDY (firmado digitalmente) adjuntando adicionalmente en una Plantilla Excel la relación de los trámites debidamente tarifados, con copia de estos documentos a la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Transporte, al correo electrónico jmdiaz@mintransporte.gov.co. En el evento en que la Concesión RUNT no reciba el Acto Administrativo y la Plantilla Excel dentro de la oportunidad establecida, informará al Ministerio de Transporte de esta novedad para tomar las acciones pertinentes.
2. Una vez recibidos los documentos requeridos (Acto Administrativo y Plantilla Excel) la Concesión RUNT procederá, dentro de las 24 horas siguientes y en coordinación con el Organismo de Tránsito, a dar el debido acceso a la funcionalidad en la plataforma HQ-RUNT para el cargue de las tarifas, durante un término de un (1) día hábil.
3. Si el Acuerdo Municipal o Distrital o la Ordenanza Departamental dispone aumentos anuales sucesivos asociados o referenciados a índices, como el IPC, SMLV o UVT, el Organismo de Tránsito deberá enviar, adicionalmente a la Concesión RUNT con copia al Ministerio de Transporte, dentro del mismo lapso y oportunidad, el correspondiente Acto Administrativo (Resolución u otro) expedido por la autoridad competente, donde se actualizan las tarifas para el periodo correspondiente.
En el evento en que la Concesión RUNT no reciba el Acto Administrativo (Resolución u otro) en su debida oportunidad, informará al Ministerio de Transporte de esta novedad para tomar las acciones pertinentes.
correspondiente. En el evento en que la Concesión RUNT no reciba el Acto Administrativo (Resolución u otro) en su debida oportunidad, informará al Ministerio de Transporte de esta novedad para tomar las acciones pertinentes. Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co - quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal 111321@) MINTRANSPORTE N IT.899. 999 .055-4
TODOSPORUN
NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No. : 20144010489341 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 10-12-2014
... EM'lCAP
!SOIJ!JOi•=
NTCG!'l11XXJ:=
,_ CEmlFICAOA
4. Sólo si el Acuerdo u Ordenanza indica que el valor de la tarifa se debe redondear en una determinada forma, el cargue del valor de la respectiva tarifa se redondeará en cumplimiento de dicho acto administrativo, en caso contrario, el valor de la tarifa se debe cargar sin aplicar redondeo alguno.
5. Cuando el Organismo de Tránsito, manifieste que para el año siguiente no habrá aumento en las tarifas y se evidencie que tal decisión está en contravía de lo dispuesto en el Acuerdo u
redondeo alguno.
5. Cuando el Organismo de Tránsito, manifieste que para el año siguiente no habrá aumento en las tarifas y se evidencie que tal decisión está en contravía de lo dispuesto en el Acuerdo u Ordenanza, se atenderá y aplicará lo establecido en estos últimos, salvo la existencia de un nuevo Acuerdo u Ordenanza que así lo disponga.
6. Cumplido el plazo para el cargue indicado en el numeral 2, la Concesión RUNT procederá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a revisar y validar en la plataforma HQ-RUNT que las tarifas cargadas por el Organismo de Tránsito concuerden con la información registrada en el respectivo Acto Administrativo y la Plantilla Excel. De los resultados esta revisión y validación, la Concesión presentará un informe a la Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Transporte con copia a la lnterventoría, en el cual se indicarán todas las diferencias identificadas, informe que deberá ser radicado dentro de los ocho (8) días hábiles después de cumplido el plazo indicado en el numeral 2
7. L a Subdirección Administrativa y Financiera del Ministerio de Transporte evaluará el informe entregado por la Concesión RUNT e impartirá las instrucciones pertinentes a la Concesión o a los Organismos de Tránsito para normalizar la situación detectada, según corresponda. Hasta tanto sean corregidas las inconsistencias, los trámites que presenten diferencias serán deshabilitados en la plataforma HQ-RUNT.
8. Sobre la base de las instrucciones que imparta el Ministerio, se volverá al numeral 2 indicado anteriormente, hasta lograr total consistencia y pertinencia entre los documentos soporte y los
la plataforma HQ-RUNT.
8. Sobre la base de las instrucciones que imparta el Ministerio, se volverá al numeral 2 indicado anteriormente, hasta lograr total consistencia y pertinencia entre los documentos soporte y los valores cargados en el sistema HQ-RUNT por tarifas de trámites de los Organismos de Tránsito.
Con respecto a la denominación de los trámites, ésta debe hacerse conforme a las normas que los crearon, para lo cual el Ministerio de Transporte expidió la Circular MT-20144010289831 del 8 de agosto de 2014, publicada en las páginas del Ministerio y de la Concesión RUNT que establece la relación de trámites y la denominación reglamentaria en los registros nacionales RNA, RNC, RNRYS,
RNMA, y RN ET.
Finalmente, para mejorar la información al ciudadano y reducir la posibilidad de errores y reclamaciones, el Ministerio de Transporte recomienda adoptar en los actos administrativos que expidan, tanto los Concejos Municipales o Distritales o las Asambleas Departamentales, como los mismos entes territoriales Alcaldías, Departamentos, Secretarías de Movilidad o Tránsito y Organismos de Transito, las siguientes medidas: • El estudio económico de los costos del servicio que determina el valor total del trámite o tarifa a pagar por el ciudadano, debe incluir todos los costos asociados a la expedición de dicho trámite; por lo tanto, no pueden existir costos liquidados ni facturados en forma adicional o independiente. • El 35% con destino a la Dirección del Tesoro Nacional, se calcula como un costo dentro del estudio económico (Costo inherente a la facultad que tiene el Ministerio de Transporte de asignar series, códigos y rangos de la especie venal respectiva ).
- El 35% con destino a la Dirección del Tesoro Nacional, se calcula como un costo dentro del estudio económico (Costo inherente a la facultad que tiene el Ministerio de Transporte de asignar series, códigos y rangos de la especie venal respectiva ).
Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co - quejasyreclamos@mintransporte,gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal 111321@ MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4
TODOSPORUN
NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20144010489341 111111111111 Hlll 1'1111111111 111111111111111 Hlll lllll lllll 1IIIII IIIII IIIII IIII IIII 10-12-2014 .... ENTID/lO ISO saa1 ,,illO! 1'.'TC t:W 1000:2':Xl fifiT!FlCA□A El cuadro siguiente muestra a título de ejemplo, como se calcularía el valor a pagar al Ministerio de Transporte: +Costo de especie venal o sustrato +Costo papelería + Costo sistematización
+ Otros Costos Subtotal Costos = + Ministerio de Transporte = T oto I Costos o Ta rifa = 65% 35% 100% La presente Circular deja sin efecto las instrucciones impartidas en el oficio MT20134010439841 del 17 de diciembre de 2013.
+ Ministerio de Transporte = T oto I Costos o Ta rifa = 65% 35% 100% La presente Circular deja sin efecto las instrucciones impartidas en el oficio MT20134010439841 del 17 de diciembre de 2013. Cordialmente M ·RA Sub ra Administrativa y Financiera (E) fifi
DAVID BEC RfiONSECA
Asesor Des cho Ministra Coordinador Grupo RUNT Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+1) 3240800 Fax (57+1) 5953596 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co - quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8 30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal 111321