MINTRANSPORTE - Circular 20154000064083 de 2015
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20154000064083 de 2015
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2015
CERTIFICADA
@MINTRANSPORTE
NIT.899.999.055-4 MEMORANDO 20154000064083 11111111111111111111111111111111mi11111mllllllllllllllllll~111111111111I1 24-04-2015 Bogotá,24-04-2015
PARA: DIRECTORESTERRITORIALES
DE: DIRECTORDETRANSPORTEYTRANSITO ASUNTO: VALIDEZ FIRMAMECANICA ENPÓLIZASCOMPAÑíAS DESEGUROS Conelfindeunificarcriteriosatener encuenta por lasDirecciones TerritorialesdelMinisteriodeTransporte para la expedición de latarjeta de operación en cuanto a lavalidez yeficacia de lafirma electrónica odigital que está dispuesta en losdocumentos contentivos de loscertificados expedidos por lascompañías de seguros amparando vehículosen pólizasglobales ensusdiferentes modalidades, esnecesario precisar: En lo que hace referencia a las certificaciones expedidas por las compañías de seguros sobre seguros de responsabilidad civilcontractual y extra-contractual, amparando vehículos en pólizas globales yla misma es de manera electrónica odigitalizada, esprocedente queestos documentos estén confirmadigitalbajo elamparo dela Ley527 de 1997 oLeyde Comercio Electrónico,razón porlacualesposible lafirma digitalendichos certificados. Lodescrito anteriormente hace necesario que se desarrollen medidas alternativas por parte de las direcciones territoriales afindefacilitarque dichosdocumentos sean tenidos comovólidosyseproceda conlaexpedición delas
tarjetas deoperación. Entol sentido, elartículo 230 de lo Ley1450 de 2011, estoblece que todos losentidades de laAdministrocián Público deberón adelantar las acciones señaladas en la Estrategia de Gobierno en línea, liderada por Ministerio de Tecnologías delaInformación ylasComunicaciones ydetermina como acciones prioritarias laprestación detrámites yserviciosenlínea. Porsu parte, la Ley1437 de 2011, por la cual se expidió el Código de Procedimiento Administrativo yde lo Contencioso Administrativo, señala ensuartículo 3que lasaduaciones administrativas sedesarrollarán entre otros, conarreglo alosprincipiosdel,eficacia, economía yceleridad. Lamisma norma, establece queenvirtuddelprincipio de economía, las autoridades deberán proceder con austeridad yeficiencia, optimizar eluso deltiempo yde los demós recursos yenvirtuddelprincipio deceleridad, incentivarán elusode lastecnologías de lainformación ylas comunicaciones. Porsuparte, elartículo4delDecretoLey019 de2012, hace referencia alusodemedios electrónicos comoelemento necesario en laoptimización de lostrámites ante laAdministración Pública,y establece que" las autoridades deben incentivar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a efedos de que los procesos administrativos se adelanten con dIligencia dentro de los términos legales y sin dJ'laciones injustificadas', locua1es perfedamente válidopara elcaso delaexpedición delastarjetas deoperación conlaexhibicióndedichodocumento deforma digital.