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MINTRANSPORTE - Circular 20154000141521 de 2015

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20154000141521 de 2015
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2015

@)MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4

TODOSPORUN

~.. NUEVOPAÍs~ PAZ EQUIDAD EDUCACiÓN

ENTIDAD W'" ''"'',

G:EE1~J[~~~cs~g~~~g~oos1.••• CERTIFICADA .. "SÓ=2014óooaeá"A"SG-20140oeSS3 H

Poro contestar cite: Radicado MTNo.: 20154000141521 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111

28-05-2015

CIRCULAR

Señores: GOBERNACIONES, ALCALDIAS,ALCALDíASLOCALES,AUTORIDADESDEPOLlCIA Asunto: Operación Centros de Reconocimiento de Conductores yCentros de Enseñanza Automovilística Enatención o los recientes inquietudes manifestados ante esto Cartero, en relación con algunos establecimientos comerciales que se dedican o ofrecer lo realización de exámenes poro obtener lo licencio de conducción, lomismo que losque indican que tienen por objeto loenseñanza automovilístico yque realmente no han cumplido con losexigencias de Leyporo cumplir con eso actividad; en este sentido el Despacho se permite formular los siguientes precisiones yaclaraciones con el fin de pedir su acompa- ñamiento en acciones de control Centro de Reconocimiento de Conductores Estos establecimientos están enmarcados en lo descrito por lo Resolución 217 del 2014, en donde es cloro que poro que puedo operar debe habilitarse de acuerdo con lodescrito en elartículo 8yluego de

haber cumplido con dichos requisitos se le otorgara el permiso o autorización poro operar de conformidad con loestipulado en elartículo 9de lomismo norma. Asílos cosos ycuando un establecimiento de comercio no esté debidamente acreditado poro ejercer lo labor como Centro de Reconocimiento de Conductores, deberán tomarse los medidos policivas del coso yno dejar que propendan yque se expandan este tipo de locales en los áreas de influencio donde estánlos organismos de tránsito olosconcesionarios de dichos servicios. Es por ello que con ocasión de algunos quejos puntuales sobre lo existencia de establecimientos de comercio que dicen expedir certificados de aptitud psicotécnico poro loobtención de lolicencio de conducción sin hacer los respectivos pruebas, por loque debe aplicarse los medidos del Código de Policía Nocional o local poro impedir que se realicen actividades ilegales yse engañe o los ciudadanos que requieren dichos documentos. Vemos con mucho preocupación que estos establecimientos ofrecen servicIos poro los que no están autorizados ypor ello estamos seguros que loacción de loautoridad local es fundamental Centro de Enseñanza Automovilístico Frente o este tipo de actividad, es preciso que se tengo en cuento que poro que puedan operar como escuela de enseñanza, es preciso que igualmente estén habilitados por el Ministerio de Transporte y cumplan con lodispuesto por elDecreto 1500 yResolución 3245 de 2009. Enese sentido poro que puedo operar un establecimiento cuyo objeto seo lo realización de actividades

inherentes o lo enseñanza de lo práctico automovilístico, previamente o ello deberá estor registrado y acreditado por porte elMinisterio de Transporte. Estoes que deberán cumplir con todos ycodo uno de AvenidaEldarada CANBogotá,Colombia,Teléfonos:(57+1)3240BOOFax(57+1)5953596 http://www.mintransporte.gov.co - E-mail:mintrans@mintransporte.gov.co-quejasyreclamos@mintransporte.gov.co AtenciónalCiudadano: SedeCentrallunesaViernesdeB:30a.m.-4:30 p.m., líneaGratuitaNacional 1BOOO112042r.! _I~_._ n_ ••._.1 , 1 1"'\1(~ MINTRANSPORTE N11899.999.055-4

TODOSPORUN

•.. NUEVOpAís~ PAZ EQUIDAD EDUCACIÚN

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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20154000141521 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 28-05-2015 los requisitos establecidos tanto en el Decreto 1500 como la Resolución 3245, ambas de 2009, para poder fungir como Centros de Enseñanza Automovilística.

La norma es clara en exigir que la expedición del certificado de formación de conductores para luego poder obtener de la licencia de conducción deba estar asociada a los reportes diarios que deba hacer cada academia de conducción. Esta serie de actos irregulares que viene desarrollándose en establecimientos de comercio que han sido

dispuestos en sitios cercanos a los organismos de tránsito y/o Concesionarios de servicios de tránsito, hacen que los ciudadanos que requieren estos documentos puedan ser engañados o estafados, razón por la cual es preciso que se tomen medidas de autoridad de policía para evitar que se siga con esta serie de prácticas indebidas. Al ser competencia de las autoridades locales como Alcaldías Municipales o locales, es preciso que se deba velar por el correcto funcionamiento de los locales comerciales de acuerdo con su naturaleza, razón por la cual se solicita amablemente su colaboración para lograr que sean sellados o canceladas las licencias de funcionamiento de dichos establecimientos. '\\,. Cordialmente, "" Avenida Eldarada CAN Bagal6, Colombia, Teléfonos:(57+1) 3240800 Fax(57+1)5953596 hHp://www.mintransporte.gav.ca - E-mail:mintrans@mintransporte.gav.ca-quejasyreclamas@mintransporte.gav.ca Atenciónal Ciudadana: Sede Central Lunesa Viernesde 8:30 a.m.. 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 r!J:_._ n_ .•._.1 ",.." ••••,

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