MINTRANSPORTE - Circular 20154110421181 de 2015
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20154110421181 de 2015
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2015
(?ij:MINTRANSPORTE
NIT.899.999.055-4
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ENTIDAD ISO 9001 :200a
NTC GP 1000:2009
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28-12-2015 Bogotá, 28-12-2015 Señores
SECRETARIASDE HACIENDA Y ORGANISMO.S DE TRÁNSITO
Asunto: Bases Gravables Vehículos Automotores 2016
Teniendo en cuenta las inquietudes formuladas en relación con la Resolución Número 5358 del 30 de noviembre de 2015 "Porla cual se establece la base gravable de los VehículosAutomotores para la vigencia fiscal 2076", la cual se puede consultar en la pógina Web del Ministerio de Transporte en el link: hltps :ijwww. mintransporte.gov_co/Documentos/Normatividad/Resoluciones/2015, nos permItimos hacer las siguientes precisiones y comentarios: l. La Metodología utilizada para establecer la Base Gravable de los Vehículos para la vigencia fiscal 2016, fue el resultado de un contrato de consultaría que incluyó la definición de un modelo matemótico para el cálculo de los avalúos, estudio a través del cual se realizó el levantamiento de la información existente en el mercado de vehículos y se
definió un modelo econométrico que permite calcular el avalúo de cada vehículo y su depreciación en el tiempo.
2. La Metodología utilizada para definir las tablas de avalúos para la vigencia 2016, varío respecto de las expedidas en los años anteriores. Para la mencionada vigencia, se atendieron las observaciones de las distintas Secretarías de Hacienda del país, en especial sobre la problemática que se les presentaba por la agrupacián de líneas de los vehículos que se hacía, la cual generaba inconformidad de algunos contribuyentes quienes afirmaban que terminaban pagando por encima del valor real de sus vehículos.
El Ministerio de Transporte determinó conveniente desagregar las líneas de los vehículos a un nivel más detallado y en consecuencia, incluir en las tablas todas las líneas existentes en el mercado con su respectivo avalúo, especialmente en cuanto a Motocicletas, Vehículos de Carga y Vehículos de Pasajeros y así establecer con mayor precisión el avalúo real de cada vehículo.
3. Considerando que en algunas Secretarías de Hacienda no se dispone de toda la información de los vehículos que se requiere para poder consultar las tablas y además, que pueden existir casos en los cuales los valores del avalúo difieran sustancialmente frente a los valores del mercado, la resolución 5358 de 2015 señala el procedimiento que se debe adelantar para definir el avalúo en dichos eventos.
Avenido EldorodoCAN Bogotá,Colombia,Teléfonos:(57+1}32408oo Fax(57+1) 5953596 http://www.mintronsporte.gov.co-E-moil:minlrons@mintransporte.gov.co-queiosyredomos@mintransporte.gov.co Atenci6n al Ciudadano: Sede Centra! Luneso Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., líneo Gratuita NacionallBOOO112042•..•,.1" •• "' __ ,.1 ,', •.•...•, \
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28.12.2015 Al respecto es importante que se tenga presente lo establecido en los parágrafos 1 y 2 del artículos 3 y en el artículo 4 de la Resolucián 5358 de 2015, que de manera expresa señalan: "PARÁGRAFOl.. Cuando la Licencia de Tránsitono contemple informacián de marca, línea, CI'lindrada,número de pasaieros, capacidad de carga y modelo del vehículo, impidiendo la ubicación en las Tablas anexas a la presente resolución según el caso, se deberá obtener certificación de las características faltantes por parte del Organismo de Trónsito donde esté registrado el vehículo, de acuerdo con la información que se encuentre consignada en la carpeta del mismo. Con esta información, se surte el procedimiento establecido en el presente artículo. PARÁGRAFO2.- Para el automotor que de acuerdo a lo clase de vehículo consignada en la Licencio de Tránsito,no se encuentre en la respectivo tabla, pero con los datos de marco, línea, CI'lindrada,número de pasaieros y capacidad de carga, según corresponda, esté incluido en la tabla de otra clase de vehículo, su base gravable, será la definida en esta última. ARTIcULO 4.- Para los vehículos que no se encuentren en las tablas anexas a la presente resolución y para aquellos que presenten diferencias considerables frente a su valor comercial reo!, él propietario o poseedor deberá solicitar por escrito al Ministerio de Transporte, el valor del avalúo, indicando las características correspondientes a clase, marca, línea, cilindraie del motor, número de pasaieros, capacidad de carga y el año modelo, según la clase de vehículo. Recibida la solicitud, la Subdirección de Transporte del Ministerio de Transporte realizará el análisis respectivo y si es pertinente, determinará la base gravable del vehículo, de acuerdo con su valor real de mercado, sin tener en cuenta descuentos por adquisición en ferios o beneficios especiales concedidos a los compradores y dispondrá su inclusión en las tablas del siguiente año.
PARÁGRAFO.- Para los vehículos de pasaieros y carga, cuando para una determinada clase, marca, línea o referencia y cilindraie, el número de pasaieros o la capacidad de carga, según el caso, que aparece en la Licencia de Trónsito, no se encuentre en las respectivas tablas (tabla 6 y 7), la base gravable corres. ponderá a la definida en dichas tablas, para el vehículo de las mismas caracte. rísticas,con capacidad de pasaieros o de carga inferior, más próximo'~
4. Teniendo en cuenta las consultas permanentes que tienen que realizar las Secretarías de Hacienda y con el fin de facilitar la revisión del avalúo de los vehículos por parte de
AvenidaEldorodoCAN B090tó,Colombia,Teléfonos:(57+1) 3240800 Fax(57+1) 5953596 hltp://www.mintransporle.gov.co-E-moil:mintrons@mintransporte.gov.co-quejosyredamos@mintransporte.gov.co AtenciónalCiudadano:Sede Central lunes a Viernesde 8:30 a.m. -4:30 p.m., líneaGratuitoNacionallS000112042,..,.1....•.•.. ,.1"'''' ..••@MINTRANSPORTE NIT.899.999.055-4
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28-12-2015 los propietarios yen general de todos los usuarios, así como aclarar las dudas con la suficiente anterioridad, a partir del día 1 de enero de 2016, en la página web del Ministerio de Transporte, se podrá acceder al aplicativo desarrollado por la firma consultora para tal efecto, a través del siguiente link: hllp:/ /web.mintra nsporte.gov.co/sibga/ De igual manera las tablas para la vigencia 2016 y las expedidas para años anteriores en el link: hllps:/ /www.mintransporte.gov.co/publicaciones.php?id=2531
5. Con el fin de garantizar la áptima utilizacián del nuevo modelo adoptado y el ajuste que este tipo de herramientas normalmente requiere, les agradecemos se revisen detenidamente las tablas y el aplicativo y que a través de los correos ebojaca@mintransporte.gov.co y jaguillon@mintransporte.gov.co, nos den a conocer sus opiniones sobre los mismos, así como los inconvenientes que se tengan y observen, tanto en el modelo como en las tablas, al igual que en el proceso de implementacián en cada Secretaría yfinalmente, sus comentarios yrecomendaciones sobre los ajustes, variables, metodología, etc., que hacia el futuro consideran se deben tener en cuenta para la determinacián de las bases grava bies de los vehículos y la estructuracián de las respectivas tablas.
Cordialmente, DANIELANTONIO HINESTROSA GRISALES Director de Transporte y Tránsito ( E )
Proyecfó: Enrique Bojac6 Diaz
Elaboró: Enrique Bojacó Diaz
Revisó: Javier Orlando Aguill6n Buifrogo / Osear Alirio EspinosaGonz61ez / Ayda LucyOspino Arias Fechode elaboración: 22/12/2015
Número de radicadoque responde: 20154110421 '81
Tipo de respuesta Total () Parcial ( ) AvenidoEldoradoCAN Bogotó,Colombia,Teléfonos:(57+1)3240800 Fax(57+1)5953596 http://www.mintransporte.gov.co-E-moil:mintrans@mintransporte.gov.co-quejosyrec1omos@mintronsporte.gov.co Atención01Ciudodono:SedeCentrolLunesoViernesde 8:30 O,m,.Á:30p,m., lineoGrotuitoNocional 180001120Á2 r, _1' __ n .. '. I 111 ..,'" \ \ \