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MINTRANSPORTE - Circular 20164000424381 de 2016

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20164000424381 de 2016
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2016

@ MINTRANSPORTE

NIT.899.999 .055-4

TODOS POR UN

· NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20164000424381 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 28-09-2016

Bogotá, 28-09-2016

CIRCULAR ENTIDAD ISO 9001 ·2'008

NTC GP 1 000:2009

CERTIFICADA 00-.!0-.400000á A dla-::!0'\40t>OOO:J; ,-.

PARA: GOBERNADORES, ALCALDES MUNICIPALES Y ORGANISMOS DE TRÁNSITO DE: DIRECTORA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO Asunto: Comparendos por SOAT y condiciones tecnicomec6nicos Respetados Señores: En cumplimiento de los funciones de lo Dirección de Tránsito y Transporte establecidas en el artículo 14, numeral 14, literal 3º del Decreto 087 de 211 O, esto Dependencia se permite impartir directrices en relación con los temas del asunto en los siguientes términos: Por medio de los Circulares 20 l 342003305 l l del 12 de septiembre de 2013, 20144000135701 del 06 de moyo de 2014 y 20144000213141 del 17 de junio de 2014 impartió instrucciones o los Gobernadores, Alcaldes Municipales y Organismos de Tránsito paro el control de los infracciones de tránsito previstos en los numerales 2 y 35 de los literales C y D,

impartió instrucciones o los Gobernadores, Alcaldes Municipales y Organismos de Tránsito paro el control de los infracciones de tránsito previstos en los numerales 2 y 35 de los literales C y D, respectivamente, del artículo l 31 de lo Ley 7 69 de 2002 modificado por el artículo 21 de lo Ley 1383 de 201 O. Del mismo modo, en los señalados Circulares, en especial lo 20144000213141 del 1 7 de junio de 2014, se concluyó: 11 l. El Uso de ayudas técnicos, poro lo capturo de pruebas, tiene amplio sustento legal, no solo en el Código Nocional de Tr6nsito, sino en los normas que rigen en general lo aduoción administrativo, así como en pronunciamientos iurisprudencioles.

2. Lo utilización de medios técnicos y tecnológicos poro lo detección y/o capturo de pruebas poro determinar los infracciones de tr6nsito, entre los que se encuentro lo utilización de lo información cargado en el Registro Único Nocional de Tránsito, es un medio idóneo poro el e¡ercicio del control por porte de los autoridades de Tráns,fio y lo consecuente imposición de sanciones. "

Avenido E,peronzo (Calle 241 No, 62 d9, Complejo Empresoriol Gran Estación 11, Caslado Esfera, 809016 Colombia. Teléfonos· (57+1) 32'10800 (57+1) 6001242

. v.-ww ofifir r gov r - PQRS·WEB: http / /r.J s'.•)fl(I"• u"" ,;,oj n,r·rw,fipcr1c -..)"' ,/; ,1 , l\tcnc,ón al C,vdodono Sedo Ccnlrol lvnc, o v;c,no, do 8.30 o m 4·30 p.o, , Hnco Groru,10 Nocoonol O 18000 l l 20A2 Código Po,tal 111321@ MINTRANSPORTE NIT.899.999.055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20164000424381 111111 IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII mi mi IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 28-09-2016

ENTIDAD 1so eoo1 ·2ooa NTC OP 1 000:2009

CERTIFICADA

00.20"'14000003 A 6C..2Q,40()HtJ83 H Lo efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, son fines esenciales del Estado, por lo tanto, las actuaciones administrativos se deben desarrollar observando los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, bueno fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad, de conformidad con la Ley 1437 de 2011. Por su parle, en el morco del principio de la razonabilidad administrativo los servidores públicos deben tomar las medidos que les correspondan en razón o sus funciones con sujeción estricto o lo norma jurídica que regulo la materia y con los limitaciones que lo misma impone en aras de evitar el desbordamiento de los previsiones señaladas. En virtud de lo anterior y con la finalidad de garantizarle o los ciudadanos los previsiones

o lo norma jurídica que regulo la materia y con los limitaciones que lo misma impone en aras de evitar el desbordamiento de los previsiones señaladas. En virtud de lo anterior y con la finalidad de garantizarle o los ciudadanos los previsiones constitucionales, legales y los principios de lo función administrativo que son aplicables a este tipo de procedimientos, se hace necesario fijar las directrices y criterios, poro la elaboración de órdenes de comparendo por lo comisión de las infracciones de tránsito previstos en los numerales 2 y 35 de los literales c y d, respectivamente, del artículo 131 de la Ley 7 69 de 2002 modificado por el artículo 21 de lo Ley 1383 de 201 O, o propietarios o conductores de vehículos que son captados, en forma consecutiva, a través de medios técnicos y tecnológicos. En ese orden de ideos, tratándose de infracciones detectadas por medios técnicos y tecnológicos, de conformidad con el artículo 135 del Código Nacional de Tránsito Terrestre modificado por el artículo 22 de la Ley 1383 de 201 O, se debe enviar, por correo certificado, lo copia de la orden de comparendo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes o la fecha de la captura de las imágenes y datos pertinentes, para que luego se surta la gestión de envío de dicha correspondencia, la cual se encuentra definido en el artículo 3 de la Ley 1369 de 2009, como el servicio por el cual el operador postal oficial o concesionario recibe, clasifica, transporta y entrego objetos postales. Por lo anterior, el envío de una orden de comparendo elaborado o partir de evidencias obtenidos por medios técnicos o tecnológicos está sometido al término legalmente establecido y su entrega al posible infractor se efectúa uno vez se llevan a cabo los actividades propios de

Por lo anterior, el envío de una orden de comparendo elaborado o partir de evidencias obtenidos por medios técnicos o tecnológicos está sometido al término legalmente establecido y su entrega al posible infractor se efectúa uno vez se llevan a cabo los actividades propios de lo gestión de lo correspondencia. En ese sentido, las autoridades de tránsito, como competentes poro cumplir las dos (2) funciones asignados por lo Ley en el territorio de su jurisdicción: regular y sancionar, o través de acciones orientados o la prevención, deben adoptar los mecanismos pertinentes poro efectuar una gestión de contacto (llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto, etc.) con el propietario o conductor del vehículo que ha sido detectado transitado sin que en el Registro Único Nacional de Tránsito exista cargado el certificado respectivo de la revisión técnicomecánica obligatorio dentro del plazo legal, paro que el mismo sea informado de esa situación de manera simultánea al envío de la orden de comparendo. Avenido Esperanzo IColle 2d) No. 62-49, Compleio Empresarial Gran Estación 11, Costado Esfera, Bogotá Colombia. Teléfonos (57+1132110800 (57+1) 60012112 . ,o, J ,, rcfio• ,, - PQRS-WEB: htt_pj f!¡es1r_o_n¡lc,, ·umc0.:ol n,filrq_r)IP<WC !;·>•· fioiJ,q,/

l\lcnc;ón ol C,udodono Sede Control lunes o V,crnes de 8:30 o m • 4:30 p m , líneo Grotuila Noc,onol O 180001 12042 C6d,go Postal 11 1321(!fi MINTRANSPORTE ·•••••••••••••••••••••••••••••••••••·••

ENTIOAO

NIT.899.999.055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20164000424381 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 28-09-2016

Por todo lo anterior, les corresponde a los Gobernadores, Alcaldes Municipales y Organismos de Tránsito adoptar los instructivos necesarios que prevean las medidas correspondientes para que la elaboración de una nueva orden de comparendo a través de medios técnicos y tecnológicos, si se evidencia, por parte del mismo propietario o conductor, la comisión de las infracciones de tránsito descritas en la presente Circular, se efectúe una vez se haya realizado la gestión de contado respectiva a fin de informar al ciudadano sobre el vencimiento de los documentos relacionados con la infracción en cumplimiento del principio de publicidad de la actuación administrativa, así como el envío de la orden de comparendo y el tratamiento de la correspondencia conforme lo preceptúa la Ley. Cordialmente, Dire ora de Transporte y Tr6nsito /wonido [sporanza (Callo ?A} Na 6?-A9, Complejo Fmprosarial Gran E,tación 11, Coslado [sforo, Bogoló Colombia

Cordialmente, Dire ora de Transporte y Tr6nsito /wonido [sporanza (Callo ?A} Na 6?-A9, Complejo Fmprosarial Gran E,tación 11, Coslado [sforo, Bogoló Colombia lolólonos (5/, 1) 32A0800 (5/ _. 1) 6001 2A? ),:ti .. / /www ,n::1::-::J•,sµ.J1 t<; Bfi.., -=fi PGRS·WfiB h::y // 9c:s::v::o.fo•;.fi::a.,r.td_::u:il:;.)1'fir,': :fi ':i'-""' ,,.:<:.;/pfi: / Ncr,fi1é'"I el C1vd00cf'lc Sede Canf:"O l1,11'lcs o V1crnca de e JO o m 1. 30 p fi, lheo Groh,uta No.::i ono l 0180001 1 íOA? Cóo 90 Pc,tal 11137

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