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MINTRANSPORTE - Circular 20164000535791 de 2016

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20164000535791 de 2016
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2016

ENTIDAD

1$0 9001·200U

NTC GP 1000·200!.I CERTIFICAD/\ N IT.899. 999 .055-4 O,G-20'1 000(HILl::1 4\ G&.:?0-, -,, )Q(HtU!"t •fi

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164000535791 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 23-12-2016

Bogotá, 23-12-2016

PARA: ORGANISMOS DE TRÁNSITO, AUTORIDADES

CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DE TRÁMITES

DE TRÁNSITO,

DE: DIRECTORA DE TRANSPORTE Y TRANSITO ASUNTO: APLICACIÓN CÓ DIGO NACIONAL DE TRÁNSITO De manero atento y con el fin de que se dé estricta aplicación y un adecuado control al trámite, expedición y emisión de las Licencias de Conducción, contenido en el Código Nocional de Tránsito, lo Dirección de Transporte y Tránsito se permite solicitar lo debido aplicación o los disposiciones allí establecidas, así: La ley 1383 de 201 O que modificó la Ley 769 de 2002, frente al otorgamiento de la Licencia de Conducción, dispuso: "Artículo 4º. El artículo 17 de la Ley 769 de 2002, quedará así: Artículo 7 7. Otorgamiento. la licencia de conducción será otorgada por primera vez a guíen cumpla con todos los requisitos descritos en el artfculo 7 9 de este código, por la entidad pública o privada autorizada para el efedo por el organismo de tránsito en su

guíen cumpla con todos los requisitos descritos en el artfculo 7 9 de este código, por la entidad pública o privada autorizada para el efedo por el organismo de tránsito en su respedíva iurísdicción. El formato de lo licencio de conducción será único nacional, paro lo cual el Ministerio de Transporte establecerá lo ficho técnico para su elaboración y los mecanismos de control correspondiente. Los nuevas licencias de conducción contendrán, como mínimo, los siguientes dotns: Nombre completo del conductor, número del documento de identificación, huello, t,!,o de sangre, fecho de nacimiento, categoría de licencio, restricciones, fecho de expedición y organismo que lo expidió. Dentro de las caraderfsticas técnicas que contendrán las licencias de conducción se í'ncluirán, entre otros, un códí'go de barra bí'dimensional u otro dísposí'fí'vo eledrónico, magnétí'co u óptico con los datos del registro que permita la ledura y adualízacíón de estos. Las nuevos licencias de conducción deberán permitir al organismo de tránsito confrontar lo identidad del respectivo titular de conformidad con los normas de ley vigentes sobre lo materia, sin costo alguno." De lo expuesto en el precepto citado, es claro que la expedición de la Licencia de Conducción por parte de los organismos de tránsito o quien haga sus veces, debe estar precedido de dar Avenida lo Esperanzo (Calle 2il) No. 62·49, Complejo Empresoriol Gron Estoci6n 11, Costado Esfera, Pisos 9 y 1 O, Bogoté, Colombia.

Teléfonos: 157+ 1) 3240800 (57+ 1) 6001242 1 ttp / jwwv: m,ntronsporte gcv fie - PQRS·WEB: h,1p / / gcshfidcfivmenlol '1\0Q.lron1.1,-.;,, t,- ',1Cv.r._oJ pqrj Alcnc,ón ol C,udodono Sede Ccnhol luncs o V,emc1 de 8:30 o m. • d:JO p ni .. lineo G,01uito Nocional 018000112042. Código Po11<,I I t 13?1URTE NIT.899. 999 .055-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164000535791 11111111111111111111111111111111 mi m111111111111111111111111111111111111111 23-12-2016

ENTIDAD

ISO UD01:200U NTC OP 1000:2009

CERTIFICADA !ie-201 a.uoooo:a A S0-2'01 400UUU3 H estricto cumplimiento a que se cumplan con todos y cada uno de los requisitos señalados por la ley y demás disposiciones que regulan lo materia. Esto es, que adicional a que cumplo con los requisitos del Código Nocional de Tránsito, atiendo todo lo concerniente con haber aprobado el curso en uno escuelo de enseñanza debidamente habilitado y practicado el exornen en un centro de reconocimiento de conductores, hoyo superado lo pruebo y dicho establecimiento este autorizado. Es por ello, que cuando poro la expedición, se condiciona a cumplir con los requisitos, ellos los describe la misma ley 1383 de 201 O, cuando determino: "Artículo 5º. El artículo 79 de la Ley 769 de 2002, quedará así:

Es por ello, que cuando poro la expedición, se condiciona a cumplir con los requisitos, ellos los describe la misma ley 1383 de 201 O, cuando determino: "Artículo 5º. El artículo 79 de la Ley 769 de 2002, quedará así: Artículo 7 9. Requisitos. Podrá obtener por primera vez una licencia de conducción paro vehículos, quien acredite el cumplimiento de los siguientes requisitos: Para vehículos de servicio diferente del servicio público:

7. Saber leer y escribir.

2. Tener 7 6 años cumplidos.

3. Aprobar un examen teórico-práctico de conducción para vehículos particulares que realizarán los organismos de tránsito de acuerdo con la reglamentación que exp,da el Ministerio de Transporte, o presentar un certificado de aptitud en conducc16n otorgado por un centro de enseñanza automovilística debidamente aprobado por el Ministerio de Educación Nacional en coordinación con el Ministerio de Transporte.

4. Certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, expedido por un centro de reconocimiento de condudores habilitado por el Ministerio de Transporte y debidamente acreditado como organismo de certificación de personas en el área de conductores de vehículos automotores.

Para vehículos de servicio público: Los mismos requisitos enumerados anteriormente, a excepción de la edad mínima que será de 18 años cumplidos y de los exámenes teórico-prádicos y de aptitud física y mental o los certificados de aptitud de conducción expedidos que estarán referidos a la conducción de vehículo de servicio público. Parágrafo 7 º. Para obtener la licencia de conducción por primera vez, o la recategorización, renovación, y refrendación de la misma, se debe demostrar ante las

conducción de vehículo de servicio público. Parágrafo 7 º. Para obtener la licencia de conducción por primera vez, o la recategorización, renovación, y refrendación de la misma, se debe demostrar ante las autoridades de tránsito la aptitud física, mental y de coordinación motriz, valiéndose para su valoración de los medios tecnológicos sistematizados y digitalizados requeridos, que permitan medir y evaluar dentro de los rangos establecidos por el Ministerio de Transporte según los parámetros y límites internacionales, entre otros: las capacidades de visión y orientación auditiva, la agudeza visual y campimetría, los tiempos de reacción y recuperación al encandilamiento, la capacidad de coordinación entre lo aceleración y el frenado, la coordinación integral motriz de la persono, lo /\venido Le, Espcronzci (Calle 2AI No. 62 49, Complejo Empresarial Gran Estación 11, Costado Esfcro, Pisos 9 y 1 O, Bogoló Colombia.

Teléfonos: 157+ 1) 3240800 (57+ 11 6001242 •• ,.w ,n,r,· ' '· ---fi !Jv' '•º - PQRS-WEB: hlfi) / /g,w,cn<lc,c •. nfin,(1I.mtfilrun,p ·•o 90"!.,.fiCfp,1r; l\1cnc,ón ol C,udodoo,o Sede Ccn1,ol Luncs o Viernes de 8:30 a.m. • 4:30 p rn., l;nco Gratuito Noc,onol O 180001 12042. Cód,yo Pos,ol 11 1321(fi) '--l. RAN P( E NIT.899. 999 .055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20164000535791

NIT.899. 999 .055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20164000535791

I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 23-12-2016 discriminación de colores y la phoria horizontal y vertical. ENTIDAD ,so uoo1·cooa NTC GP 1000·200!J CERTIFICADA Par6grafo 2°. El Ministerio de Transporte reglamentará para que en un plazo de hasta 7 2 meses los centros de reconocimiento de condudores cumplan con los requisitos de habilitación y acreditación. (. .. )" Al ser la Licencia de Conducción el documento público que acredita al ciudadano como persono opto poro conducir un vehículo y siendo está uno actividad catalogado como de peligro, es un deber y uno obligación o cargo de los autoridades de tránsito el hacer exigible y que se cumpla con todos y cada uno de los requisitos de ley poro su expedición. En ese sentido, se insto a todos y codo uno de los organismos de tránsito o entidades privados que tengan o su cargo la expedición de lo Licencia de Conducción, para que den estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Código Nocional de Tránsito, so peno de incurrir en conductos que ameriten investigaciones administrativos o cargo de lo Superintendencia de Puertos y T ronsporte Cordialmente, Avenido lo Espcronza (Collc 24) No. 62-d9, Cornplcjo Empresario! Gran Estoción 11, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogot6 Colarnbi co.

Teléfonos: 157+1) 32<10800 157+116001242

co.

Teléfonos: 157+1) 32<10800 157+116001242 f•np / /www m,ntrons!2._crtc gov ,fio - PORS•WEB: hJtp //r:;est ond_ocvmcnro_lin,nt o.i:11.portc_ . .g.ov co/pqr/ Atcnc,ón ol C,udodono Sede Centrnl lunes o V,cmcs de 8:30 o m. • fi 30 p.m., linea G,01u,to Noc,onal 01800011204? Cód,90 Po,tol 1113? t

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