MINTRANSPORTE - Circular 20164010062943 de 2016
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20164010062943 de 2016
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2016
ENTIDAD @ MINTRANSPORTE TODOSPORUN NUEVOPAÍS 14-St39?t·t fi-ic ªfifififigfifiºªª CERTIFICADA , '
NIT.899.999.055-4
PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164010062943 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 18-04-2016
Bogotá D.C., 18-04-2016
PARA: Direcciones Territoriales DE: Directora de Transporte y Tránsito (E)
ASUNTO: Proceso CREI.
SG-2014006883 A-- SG-2O14OO60B3 H El numeral 11 del Artículo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el Artículo 38 de la Ley 1607 de 2012 señala: "Bienes que no causan el impuesto ... 11. Los vehículos, automotores, destinados al transporte público de pasajeros, destinados solo a reposición. Tendrán derecho a este beneficio los pequeños transportadores propietarios de menos de 3 vehículos y solo para efectos de la reposición de uno solo, y por una única vez. Este beneficio tendrá una vigencia de 4 años luego de que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transporte reglamente el tema". El Gobierno Nacional por medio del Decreto 248 de 2015 reglamentó las condiciones y procedimiento para acceder al beneficio de exclusión del IVA. Artículo l". Condiciones para acceder al beneficio de exclusión del /VA. Para acceder en la adquisición de vehículos de servicio de transporte público de pasaieros al beneficio de
acceder al beneficio de exclusión del IVA. Artículo l". Condiciones para acceder al beneficio de exclusión del /VA. Para acceder en la adquisición de vehículos de servicio de transporte público de pasaieros al beneficio de exclusión del /VA, estableCJdo en el numeral 7 7 del artículo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 38 de la Ley 7 607 de 20 7 2, deberán cumplirse las siguientes condiciones: l. Que el beneficiario se encuentre inscrito en el sistema RUNT.
2. Que el vehículo ob¡eto de reposición sea de servicio de transporte público de pasa¡éros y esté registrado en el sistema RUNT.
3. Que el beneficiario sea propietario de manera directa o indirecta de menos de tres (3) vehículos de servicio de transporte público de pasaieros, condición que se va/Jdará a través del sistema RUNT.
4. Que el contribuyente beneficiario se encuentre inscrito en el Registro Único Tributario (RUT).
5. Que el vehículo de servicio de transporte público a reponer se encuentre libre de todo gravamen o afectación iurídica que limite la libre disposición del automotor, condición que se validará a través del sistema RUNT.
6. Que el propietario no haya obtenido con anterioridad el beneficio de que trata el presente decreto, condición que se validará a través del sistema RUNT.
7. Que el interesado cancele ante el correspondiente Organismo de Tránsito la matrícula de un vehículo de servicio de transporte público de pasa¡éros de su propiedad, por desintegración física total para reposición con exclusión del /VA, la cual se debe realizar en una enfldad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte. La enfldad registrará en el sistema RUNT el respectivo Certificado de Desintegración Física Total.
exclusión del /VA, la cual se debe realizar en una enfldad desintegradora autorizada por el Ministerio de Transporte. La enfldad registrará en el sistema RUNT el respectivo Certificado de Desintegración Física Total.
8. Que el propietario adquiera un vehículo para matricularlo en el servicio de transporte público de pasaieros, homologado por el Ministerio de Transporte, de la misma clase y capacidad del automotor desintegrado y para prestar el servicio en la misma modalidad y radio de acción y sea registrado a nombre del beneficiario como titular del derecho de dominio.
9. Que el vehículo de servicio público de transporte de pasaieros que va a ser desintegrado tenga !arieta de operación y contrato de vinculación vigente.
El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 2901 de 2015, la cual establece: Artículo 1 . "Ob¡éto. Ordenar a la concesión RUNT diseñar, desarrollar y poner en operación la funcionalidad requerida para que todas aquellas personas que cumplan con los requisitos dispuestos en el Decreto 248 de 20 7 5, puedan postularse, realizar los procesos de validación a través de la plataforma RUNT y expedir el CREI para acceder al beneficio de exclusión del /VA contemplado en el numeral 7 7 del artículo 424 del Estatuto tributario, de Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+ l) 3240800 Fax (57+ l) 5953596 http://www.mintransparte.gov.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.ca - quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042 Código Postal l l 1 321
/@) MINTRANSPORTE
Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional 18000112042
Código Postal l l 1 321 /@) MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4
TODOSPORUN
NUEVOPAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164010062943 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 18-04-2016 conformidad con lo expuesto en la parle motiva del presente acto.".
Artículo 3_ Condiciones para acceder al beneficio de exclusión del IVA l7'·$i •$d j fi-?e 9 fifi figgfioos
CERTIFICADA
SG-2O14OO6B03 A SG-2O14OO6B03 H d) "Para efectos de dar cumplimiento a lo señalado en el numeral 9 del artículo del Decreto 248 de 20 7 5, el organismo de tránsito y/o transporte deberá verificar la vigencia del contrato de vinculación y de la tarieta de operación del vehículo a reponer. Si el Organismo no tiene competencia en materia de transporte, deberá generar un procedimiento para efecto de que la autoridad de T ransporfe coteie la información para proceder con el cargue de la información en el Sistema RUNT sobre la aprobación o negación del cumplimiento de este requisito. Para ello el organismo de tránsdo cuenta con 5 días hábiles contados a partir de la postulación del vehículo en RUNT.". En virtud de lo anterior, en la plataforma HQ-RUNT, se encontrará una opc1on para registrar la aprobación o
requisito. Para ello el organismo de tránsdo cuenta con 5 días hábiles contados a partir de la postulación del vehículo en RUNT.". En virtud de lo anterior, en la plataforma HQ-RUNT, se encontrará una opc1on para registrar la aprobación o negación del cumplimiento del requisito, luego que se ha verificado que el vehículo tiene un contrato de vinculación y una tarjeta de operación vigente. La Dirección Territorial deberá ingresar al sistema y registrar la aprobación o negación del cumplimiento de este requisito, para el caso en que la información no ha migrado a la plataforma HQ-RUNT, a continuación se describen los pasos para realizar esta actividad:
1. Ingresar al sistema HQ-RUNT
2. Autenticarse como usuarios del sistema
3. Seleccionar la opción Incorporar Autorizaciones/Certificaciones
4. Seleccionar la opción Registro de Información
5. Seleccionar la opción Aprobar solicitud CREI
6. Ingresar el número de la placa del vehículo postulado o el número de solicitud con el cual quedó registrada la postulación
7. Seleccionar la opción de aprobación o rechazo, según corresponda
8. En coso de rechazo, el usuario debe ingresar el motivo, el cual se selecciono de la lista desplegable
9. Firmar digitalmente el registro del resultado Es de resaltar que codo Dirección Territorial y sus funcionarios son los responsables de lo veracidad de lo información que se registro en lo plataforma HQ-RUNT. El sistema llevará trazabilidad de los autorizaciones, almacenando: fecho y hora del registro de autorización, funcionario que autorizo.
Esperamos que todas los Direcciones Territoriales den aplicación o las instrucciones impartidos en el presente comunicado para así evitar contratiempos a los ciudadanos que se postulen para obtener este beneficio.
almacenando: fecho y hora del registro de autorización, funcionario que autorizo. Esperamos que todas los Direcciones Territoriales den aplicación o las instrucciones impartidos en el presente comunicado para así evitar contratiempos a los ciudadanos que se postulen para obtener este beneficio.
Proyectó: Oigo P. Nieto M. 1 Elaboró: Oiga P. Nieto M. /
Revisó: David Becerra F.
Fecha de elaboración: Número de radicado Tipo de respuesta T oto 1 (X) Parcia 1 ( )
Avenida Eldorado CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+ l) 3240800 Fax (57+ l) 5953596 http://www.mintransparte.gav.co - E-mail: mintrans@mintransporte.gov.co - quejasyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m.· 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional l 8000112042 Código Postal 111321