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MINTRANSPORTE - Circular 20164010114813 de 2016

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20164010114813 de 2016
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2016

@) MINTRANSPORTE

NIT.899.999.055-4

TODOSPORUN

NUEVOPAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

MEMORANDO 201640101-14813 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 Bogotá D.C., 19-07-2016

PARA: Direcciones Territoriales

DE: Directora de Transporte y Tránsito 19-07-2016 /·- ENTIDAD fim fifefifi fifi0:)8 fiCERTIFICADA s::r.2-0· 4DC.15aE3 t.. sfi;¡,-o• .:.oc,aae 3Asunto: Certificado individual de aduana para vehículos del programa PROFIA. Mediante Decreto 156 7 del 31 /07/2015 se estableció el Programa de Fomento para la Industria Automotriz "PROFIA" mediante el cual se autoriza al beneficiario del Programa, a importar con franquicia o exoneración del gravamen arancelario, las mercancías o bienes contenidos en las subpartidas arancelarias señaladas en el Artículo 3 de dicho decreto, con el compromiso de incorporarlos en la producción de vehículos o autopartes para la venta en el mercado nacional o externo. Una vez se cumpla con el compromiso de producir los bienes objeto del Programa, la libre disposición no requerirá la presentación de una declaración de modificación. Con la Resolución 13292 del 04/12/2009 se estableció el contenido para la expedición del certificado individual de aduana para vehículos automotores, correspondiente a vehículos importados como a los vehículos ensamblados, los cuales requieren de una declaración de importación.

Con la Resolución 13292 del 04/12/2009 se estableció el contenido para la expedición del certificado individual de aduana para vehículos automotores, correspondiente a vehículos importados como a los vehículos ensamblados, los cuales requieren de una declaración de importación. Como quiera que los vehículos del Programa PROFIA no requieren presentar una declaración de importación, la Resolución 150 del 17/07/2014 adicionó a la Resolución 13292 del 04/12/2009 así: "Cuando se trate de vehículos ensamblados en el país, mediante Programa de Fomento para la Industria Automotriz la empresa ensambladora expedirá el certificado individual de aduanas, en el que conste: Número del documento "Certificado de producción" que hará las veces de número de Aceptación de la Declaración de importación y número de levante; la fecha del documento del "Certificado de Producción" que hará las veces de fecha de la aceptación y fecha de levante, clase de vehículo, marca, línea, modelo, color, número de motor, número de chasis, V/N, número de pasajeros, oJindraje en (cm3}, peso bruto del vehículo en kilogramos y número del certificado de Emisiones por ;._Prueba Dinámica, CEPD.@ MINTRANSPORTE NIT.899.999.055-4

TODOSPORUN

NUEVOPAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

MEMORANDO 20164010114813 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 19-07-2016 ·- ENTIDAD G5am) fiefi: fi;¿fiofi=

·- CERTIFICADA

·- ENTIDAD G5am) fiefi: fi;¿fiofi= ·- CERTIFICADA 5:;...;;;:-0 • 400'3 SE '3 .!. s.:::;.....;.•o • 40C.•5.BE ::3Para los efectos del Programa de Fomento para la Industria Automotriz de que trata el Decreto 156 7 del 31/07/2015, el número y la fecha de la declaración de importación corresponde al número y fecha del "Certificado de Producción" de que trata el artículo 18 de la presente resolución." Con el fin de que el certificado individual de aduana expedido para los vehículos del programa PROFIA sea consistente frente a lo dispuesto en la norma, en este, además de los datos que contiene el referido certificado, debe especificar contener los siguientes datos: No. Certificado de producción/ No. Declaración de importación: No. Certificado de producción/ No. Aceptación: Fecha de Producción / Fecha de levante: Fecha de Producción/ Fecha de Aceptación: Así las cosas, para efectos del registro de estos automotores, es válido el certificado individual de aduanas expedido en las condiciones señaladas, como para la expedición de los certificados de capacidad transportadora por parte de las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte. Los certificados individuales de aduanas de los vehículos no correspondientes al programa PROFIA se seguirán expidiendo en las condiciones que define la Resolución 13292 del 04/12/2009.

Proyectó: Harry J. López H.

Elaboró: Isabel Neira G. f Revisó: Manuel Gonzólez H.

Fecha de elaboración: 19/07 016.

Número de radicado que responde: N/A o Ti po de respuesta Totol (X) Porciol ( )

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