MINTRANSPORTE - Circular 20164010319791 de 2016
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20164010319791 de 2016
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2016
@ MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4
TODOSPORUN
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164010319791
I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 19-07-2016
Bogotá D.C., Señores
ORGANISMOS DE TRÁNSITO A NIVEL NACIONAL
Ciudad ENTIDAD 13-U 3Hkf $fifieªfifififififiººª CERTIFICADA SG-2014006883 A SG--2O140060B3 H Asunto: Certificado individual de aduana para vehículos del programa PROFIA. Mediante Decreto 1567 del 31/07/2015 se estableció el Programa de Fomento para la Industria Automotriz "PROFIA" mediante el cual se autoriza al beneficiario del Programa, a importar con franquicia o exoneración del gravamen arancelario, las mercancías o bienes contenidos en las subpartidas arancelarias señaladas en el Artículo 3 de dicho decreto, con el compromiso de incorporarlos en la producción de vehículos o autopartes para la venta en el mercado nacional o externo. Una vez se cumpla con el compromiso de producir los bienes objeto del Programa, la libre disposición no requerirá la presentación de una declaración de modificación. Con la Resolución 13292 del 04/12/2009 se estableció el contenido para la expedición del certificado individual de aduana para vehículos automotores, correspondiente a vehículos importados como a los vehículos ensamblados, los cuales requieren de una declaración de importación. Como quiera que los vehículos del Programa PROFIA no requieren presentar una declaración
certificado individual de aduana para vehículos automotores, correspondiente a vehículos importados como a los vehículos ensamblados, los cuales requieren de una declaración de importación. Como quiera que los vehículos del Programa PROFIA no requieren presentar una declaración de importación, la Resolución 150 del 17/07/2014 adicionó a la Resolución 13292 del 04/12/2009 así: ,,Cuando se trate de vehículos ensamblados en el país, mediante Programa de Fomento para la Industria Automotriz la empresa ensambladora expedirá el certificado individual de aduanas, en el que conste: Número del documento ,,Certificado de producción" que hará las veces de número de Aceptación de la Declaración de importación y número de levante; la fecha del documento del "Certificado de Producción" que hará las veces de fecha de la aceptación y fecha de levante, clase de vehículo, marca, línea, modelo, color, número de motor, número de chasis, VIN, número de pasajeros, cilindra/e en (cm3}, peso bruto del vehículo en kilogramos y número del certificado de Emisiones por Prueba Dinámica, CEPO. li ara los efectos del Programa de Fomento para la Industria Automotriz de que 1 rata el Decreto 7567 del 37/07/2075, el número y la fecha de la declaración Avenido Eldorodo CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57+ 1) 3240800 Fax (57+ 1) 5953596 http://www.mintronsporte.gov.co - E-mail: mintrons@mintronsporte.gov.co - quejosyreclomos@mintronsporte.gov.co
Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes o Viernes de 8:30 a.m.· 4:30 p.m., líneo Gratuito Nocional 18000112042
Código Postal 111 321@ MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4
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Para contestar cite: Radicado MT No.: 20164010319791 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 19-07-2016
ENTIDAD CS•ii •dU·W fific 9 fifififigfi:aas
CERTIFICADA
SG-20'1-4006883 A SG-20'14006883 1-1 de importación corresponde al número y fecha del 11 Cerlificado de Producción" de que trata el artículo 7 8 de la presente resolución. 11 Con el fin de que el certificado individual de aduana expedido para los vehículos del programa PROFIA sea consistente frente a lo dispuesto en la norma, en este, además de los datos que contiene el referido certificado, debe especificar contener los siguientes datos: No. Certificado de producción / No. Declaración de importación: No. Certificado de producción/ No. Aceptación: Fecha de Producción / Fecha de levante: Fecha de Producción / Fecha de Aceptación: Así las cosas, para efectos del registro de estos automotores, es válido el certificado individual de aduanas expedido en las condiciones señaladas, como para la expedición de los certificados de capacidad transportadora por parte de las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte. Los certificados individuales de aduanas de los vehículos no correspondientes al programa
de aduanas expedido en las condiciones señaladas, como para la expedición de los certificados de capacidad transportadora por parte de las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte. Los certificados individuales de aduanas de los vehículos no correspondientes al programa PROFIA se seguirán expidiendo en las condiciones que define la Resolución 13292 del 04/12/2009. Avenida Eldarodo CAN Bogotá, Colombia, Teléfonos: (57 + l) 3240800 Fax (57 + l) 5953596 http://www.mintronsporte.gov.co - E-mail: mintrans@mintronsporte.gov.co - quejosyreclamos@mintransporte.gov.co Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m.· 4:30 p.m., línea Gratuita Nacional l 8000112042 Código Postal l 11 321