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MINTRANSPORTE - Circular 20174000020993 de 2017

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20174000020993 de 2017
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2017

ENTll:AO ISO 9001 2000

NTC GP 11)00 fi009

CERTll'ICADA NIT.899 .999 .055-4 !"10-PO,,,ooAHU:.J,.. oo.,-.n 111ooc.un:1 t-t MEMORANDO 20174000020993 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll llll llll 14-02-2017 Bogotá, 14-02-2017

PARA: DIRECTORES TERRITORIALES DE: DIRECCIÓN DE TR ANSPORTE Y TRÁNSITO ASUNTO: ALCANCE Y APLICACIÓN DECRETO 2189 DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2016

En consideración o los inquietudes formulados por funcionarios de los· diferentes Direcciones Territoriales, en relación con el alcance y lo aplicación del Decreto 2189 oel 28 de diciembre de 2016 "Por el cual se adiciono y modifico el Decreto 087 de 2011", de manero comedido me permito hacer los siguientes precisiones:

1. Como se puede apreciar de lo lectura del Decreto 2189 del 28 de diciembre de 2016, el objetivo del mismo es unificar en lo Subdirección de Transporte los funciones en materia de rutas y horarios de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretero y mixto, al igual que en los cosos de zonas de operación regional, modalidades que en virtud de lo preceptuado en el Decreto 1079 de 2015, son competencia del Ministerio de Transporte.

Teniendo en cuento lo anterior, los Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte son las competentes paro atender todos los peticiones de habilitación

1079 de 2015, son competencia del Ministerio de Transporte. Teniendo en cuento lo anterior, los Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte son las competentes paro atender todos los peticiones de habilitación de los empresas de servicio público de transporte terrestre automotor especial y de cargo, al igual que los solicitudes relacionados con lo fijación, modificación e incremento de lo capacidad transportadora de los empresas de servicio público de transporte terrestre automotor especial y, poro expedir, modificar y cancelar la Tarjeta de Operación de los vehículos de los empresas de transporte especial, transporte de pasajeros por carretero y mixto de conformidad con lo reglamentación que exige dicho documento.

2. El Decreto 2189 de 2016 no cambio lo reglamentación vigente poro las diferentes modalidades y que como se ha señalado lo modificación que contemplo el citado decreto, se centro en la competencia para atender los trámites relacionados con rutas y horarios de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretero y mixto, al igual que en los cosos de zonas de operación regional, lo decisión del cambio de competencia rige y aplica o partir del día 28 de diciembre17 MINTRANSPORTE

NIT.899 .999.055-4 MEMORANDO 20174000020993 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll llll llll 14-02-2017

ENTIDAD ISO 9001 !2000

NTC CP 1000.2009

•-■CERTIFICADA 80-fin1nOOtiA83 A so-201¿¡00000;:i H de 2016. Por consiguiente abstenerse de dar trámite alguno o los temas de

NTC CP 1000.2009

•-■CERTIFICADA 80-fin1nOOtiA83 A so-201¿¡00000;:i H de 2016. Por consiguiente abstenerse de dar trámite alguno o los temas de competencia de lo Subdirección de Transporte los cuales se han señalado en la presente circular, so peno de las sanciones disciplinarios correspondientes. En consecuencia todos los peticiones, trámites, recursos, etc, de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera y mixto, al igual que en los cosos de zonas de operación regional, que al momento de lo publicación del decreto 2189 de 2016, es decir al 28 de diciembre de 2016, estuviesen pendientes de resolver en los Direcciones Territoriales sobre dichos materias y las que se hayan radicado y radiquen con posterioridad o lo entrado en vigencia del decreto, los debe asumir lo Subdirección de Transporte, que es la competente de conformidad con lo dispuesto en el decreto antes citado. Con base en lo expuesto, es necesario que los Señores Directores Territoriales envíen a la Subdirección de Transporte, las peticiones pendientes por resolver y que fueron radicadas antes de la expedición del Decreto 2189 de 2016, con los correspondientes antecedentes, así como los formulados por los empresa con posterioridad. Para tal efecto es necesario que se diligencie y remito el cuadro que se adjunto o lo presente comunicación, anexando o los solicitudes expedientes y antecedentes o más tardar el próximo 27 de febrero de 2017.

3. Para garantizar lo oportuno y adecuada atención de las peticiones de los empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera y

más tardar el próximo 27 de febrero de 2017.

3. Para garantizar lo oportuno y adecuada atención de las peticiones de los empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera y mixto, al igual que en los casos de zonas de operación regional, es indispensable que los señores Directores Territoriales mediante acta de entrega o lo Subdirección de Transporte, envíen por coda empresa en los modalidades antes citados y habilitados en su respectivo jurisdicción, las carpetas con los correspondientes expedientes originales de todos los actos odministratiyos expedidos (habilitación, asignac1on de rutas y horarios, fijación y modificación de capacidad transportadora, modificación y prolongación de rutas, reestructuración de horarios, racionalización de porque automotor, etc), organizados en formo cronológico, debidamente foliados, y morcados, dejando fotocopio de dichos documentos.

Al respecto y teniendo presente que estos documentos son fundamentales paro asumir las funciones asignadas o lo Subdirección de Transporte, es muy importante que esta información seo remitido a más tardar el día 15 de marzo de 2017.(1f,, 1 INTRANSPOfiTE NIT.899.999.055-4

MEMORANDO

20174000020993

I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 14-02-2017

ENTIOAO

ISO 900'1!fi000

NTC GP "1000 2009

CERTIFICADA Finalmente les agradezco su colaboración, con el fin de que sea debidamente socializada la presente comunicación, tanto a nivel • como externo y remitida oportunamente la información y documentos solicifi ¡' Cordialmente, o !

CERTIFICADA Finalmente les agradezco su colaboración, con el fin de que sea debidamente socializada la presente comunicación, tanto a nivel • como externo y remitida oportunamente la información y documentos solicifi ¡' Cordialmente, o ! Proyec1o y loboró: Oiono Morcelo Cardona S., Ló!ro fifio""'""''-"-.,, Corñ, fi Neljy Villomizfic..

Revisó: Jorg Alejandro Uribe.

Fecho de elo oroci6n: l 4/02/2017DIRECCION DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO SUBDIRECCION DE TRANSPORTE RELACIÓN DE PETICIONES PENDIENTES DE RESOLVER REMITIDAS A LA SUBDIRECCIÓN DE TRANSPORTE EN VIRTUD DEL DECRETO 21 89 DE 20 l 6 MODALIDADES PASAJEROS POR CARRETERA Y MIXTO DIRECCIÓN TERRITORIAL: No. No. RADICADO FECHA DE RAZON SOCIAL EMPRESA NIT EMPRESA TRAMITE SOLICITADO No. FOLIOS RADICADO PETICIÓN

Fecha de elaboración: Nombre Director Territorial:

Firma Director Territorial:

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