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MINTRANSPORTE - Circular 20174000233451 de 2017

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20174000233451 de 2017
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2017

(f? MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20174000233451 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 14-06-2017

Bogotá, 14-06-2017

ENTIDAD ISO 0001 :2008 -,,) NTC GP 1000:2009

CERTIFICADA

!J0-20'1400UOO::t /\

Ll0•:.?01400600:l H

PARA: AUTORIDADES DE TRÁNSITO, DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

DE LA· PO LICÍA NACIONAL, FABRICANTES, ENSAMBLADORES,

IMPORTADORES, USUARIOS Y CUIDADANÍA EN GENERAL DE: DIRECCIÓN DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO ASUNTO: Aplicación de la Resolución 160 de 2017

Teniendo en cuenta que la Resolución 5443 de 2009 "por la cual se adopta la parametrización y el procedimiento para el registro de información al Registro Nacional Automotor del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) "señala en su Artículo 5º. Actualización tablas de parometrización: "Cuando por cambios normativos, de producción o importación de nuevos prototipos de vehículos, u otros factores técnicos dehi11dos por el Mú1isterio de Transporte, sea necesario actualizar o modih"car los tablas de parometrización anexas a la presente resolución, lo Dirección de Transporte y Tránsito del M1i11sterio de Transporte deberá autorizar e 1i1formar por escrito al Concesionario del RUNT, paro que este

anexas a la presente resolución, lo Dirección de Transporte y Tránsito del M1i11sterio de Transporte deberá autorizar e 1i1formar por escrito al Concesionario del RUNT, paro que este realice los correspondientes afustes tanto de los tablas como del manual." De igual manera y dando alcance a lo mencionado en la Resolución 160 de 2017, "Por la cual se reglamenta el registro y la circulación de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo y se dictan otras disposiciones" en su artículo 7, el cual hace referencia a la "Actualización de las tablas de parametrización del RUNT", esta cartera se permite precisar algunos aspectos frente a la aplicación de esta disposición normativa de la siguiente manera: • La exigencia del registro inicial (Matrícula) de los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo1 no aplica para las unidades nacionalizadas antes del 2 de Febrero de 2017, toda vez que de acuerdo con el artículo 4º, parágrafo 2ºde la Resolución 160, el registro de los que hayan ingresado al país o hayan sido fabricados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente acto administrativo, ser6 voluntario. Se considera que todas las unidades que antes del 2 de febrero de 20 l 7, se encontraran nacionalizadas, en inventario y/o en las vitrinas de los comercializadores, NO deberán cumplir con el registro \ inicial (Matrícula), salvo que el propietario de las mismas así lo desee a modo \ 1 Ministerio de Transporte, Resolución 169 de 2017, orticulo 2. Definiciones

\ inicial (Matrícula), salvo que el propietario de las mismas así lo desee a modo \ 1 Ministerio de Transporte, Resolución 169 de 2017, orticulo 2. Definiciones /\vcnidc, t:ldorc,clo CAN Bogoló, Colombi,,, Teléfonos: (57+ l) 32'10800 Fux (5i' 1 1) .')953596 ht1p://www. minlronsporlc.gov.co - E·moil: mintrons@mintronsportc.gov.,:o - <1ucjosyrcclornos@minlronsporlc.gov.co Atención al Civdad,ono: Sede Centwl Lvncs o Viernes de 8:30 o.m. • 4:30 p.m., lineo Gratvilo Nocionol 180001120'12 Código Poslc,I 111 321fi)) MINTRANSPORTE NIT.899 .999.055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20174000233451 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 11111 1111111111111 14-06-2017

EN"flOAO

1fi0 0001-2onn NTC GP 1000:2009 ·-· CERTIFICADA propio. Para las unidades de tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclos nacionalizadas o fabricadas después de! 2 de febrero de 2017 existe la obligación del registro inicia! (Matrícula) y obtener la respectiva licencia de tránsito, una vez el RUNT realice las actualizaciones necesarias a las tablas de parametrización, el manual y los campos de registros de potencia. Lo anterior implica que si las unidades de tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo fueron

tránsito, una vez el RUNT realice las actualizaciones necesarias a las tablas de parametrización, el manual y los campos de registros de potencia. Lo anterior implica que si las unidades de tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo fueron nacionalizadas antes del 2 de febrero de 2017 o son comercializadas y facturadas antes del 2 de agosto de 2017, no estarán sujetas a contar con licencia de tránsito (Matrícula), debido a que el 2 de agosto de 2017 se cumple el plazo establecido en el artículo 19 de la Resolución 160, para que el RUNT realice la pararnetrización y habilitación del registro de los vehículos de tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo. o En el mismo sentido, es importante resaltar que la expedición del Seguro Obliglatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT y su exigencia por parte de las autoridades de tránsito para las unidades de tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo, NO podrá hacerse efectiva hasta que se habilite el registro inicial (Matrícula) de acuerdo a lo mencionado; es decir, para las unidades nacionalizadas o fabricadas antes del 2 de febrero de 2017 o aquellas comercializadas y facturadas antes de la fecha en que se pueda obtener la respectiva licencia de tránsito NO será exigible el SOAT. Para las unidades nacionalizadas o fabricadas después del 2 de febrero de 201 7 existirá la obligación de expedir el SOAT si fueron comercializadas y facturadas después de la fecha en que se haya cumplido con la parametrización y actulización del RUNT para obtener la respectiva licencia de fránsito. • La exigencia de la licencia para conductores será exigible a partir del 02 de

la fecha en que se haya cumplido con la parametrización y actulización del RUNT para obtener la respectiva licencia de fránsito. • La exigencia de la licencia para conductores será exigible a partir del 02 de agosto de 201 7, en los términos del artículo 9º de la resolución así: Licencia de la categoría A 1 para los conductores de los vehículos tipo ciclomotor o tricimoto y licencia de la categoría B 1 para los conductores de los vehículos clase cuadriciclos. • La revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes solo será exigible y la realizarán los Centros de Diagnóstico AutomotorCOA, para todos los vehículos automotores tipo ciclomotor, tricimoto y cuadricidos, una vez el ICONTEC emita la norma técnica que establezca los parámetros, pruebas y requisitos para su realización. Cumplida esta condición, se procederá a realizar la primera revisión lecnicomecánica y de emisiones contaminantes para los vehículos nuevos \ciclomotor o tricimoto, a partir del segundo (2do) año contado a partir de la /\venido Eldorodo CAN Bogoté,, Colombio, Teléfonos: (57+ l) 3240800 Fox 157+ 1) 5953596 h1tp://www.mintmnsportc.gov.co - E-moil: minlrons@minlronsportc.gov.co - c¡uejosyreclomos@minlronsporte.gov.co Atención ol Ciudadono: Sede Centro! Lunes o Viernes de 8:30 o.m. • 4:30 p.m., líneo Grcituila Nacional 18000112042 Códi go Po,tc,I l 1 l 321(yfi) MINTRANSPORTE NIT.899. 999.055-4

Poro contestar cite:

Códi go Po,tc,I l 1 l 321(yfi) MINTRANSPORTE NIT.899. 999.055-4

Poro contestar cite: Radicado MT No.: 20174000233451 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 14-06-2017

ENTIDAD ISO 9001:200t;S NTC GP •J 000:2009

CERTIFICADA !JU.-:.:!01 "lOOFilHJfi /\ fi;u.:fi01 '1001300:J l t fecha de su mafrícula y a parfir del (6to) para cuadriciclos. En adelante deben someterse a ella anualmente. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en los artículos 201 y 202 del Decreto Ley 019 de 2012 que modifica el Código Nacional de Tránsito Terrestre en sus artículos 51 y 52. Sin embargo, para las unidades del tipo ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo nacionalizadas o fabricadas antes del 2 de febrero no les será exigible la revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes. • De acuerdo a las características definidas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y en la Resolución 160 o cualquier norma posterior a ésta que defina las características de las bicicletas y las bicicletas de pedaleo asistido, podrán usar la infraestructura para la circulación de ciclistas.

Proyectó: Diana Morcelo Cardona Solazar Fecho de eloboroció11: 09/06/2017

Número de radicado que responde: 20174000233451

Tipo de respuesto Total () Parcial()

Proyectó: Diana Morcelo Cardona Solazar Fecho de eloboroció11: 09/06/2017

Número de radicado que responde: 20174000233451

Tipo de respuesto Total () Parcial() Avcnidco i:ldorodo CAN Bogotá, Colombí o, Teléfonos: 157 + 1) 3240800 fox (57 + 1) 5953596 l1ltp:/ /w·ww.rnintronsportc.gov.co - E·moil: mintrons@mintrün:sporle.gov.co - 9uc(osyrcclomos@míntronsportc.gov.co Atención ol Ciuclodono: Sede Centrol Lune, o Viernes de 8:30 a.m. • 4:30 p.m., líneo Grntuita Nacional 180001120'12 Código Poste,! 1 1 1321

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