🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINTRANSPORTE - Circular 20174010198433 de 2017

Ministerio de Transporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20174010198433 de 2017
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2017

@) MINTRANSPORTE

NIT.899.999 055-4

TODOSPORUN

NUEVOPAIS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

MEMORANDO

20174010198433 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 Bogotá D.C., 23-11-2017

PARA: Direcciones Territoriales

DE: Director de Transporte y Tránsito 23-11-2017 /' ENTIDAD \ •so eoo, :2000 . -1 NTC GP 1 000:2009 , CERTIFICADA fi- -•' SG--201 4006883 A !JG-20140()8883 H Asunto: Reiteración Verificación Pólizas de Responsabilidad Civil Contractual - RCC y Responsabilidad Civil Extracontractual - RCE. Tal como se indicó mediante Memorando Circular No. 2017 4010126523 del 10/08/2017, el Ministerio de Transporte reitera que: El Decreto 1079 del 26 de mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte", establece que para las modalidades de transporte de pasajeros y mixto, las empresas de transporte deben contratar con una compañía de seguros autorizada en Colombia una Póliza de Responsabilidad Civil Contractual - RCC y Responsabilidad Civil Extracontractual - RCE, conforme a los Artículos 994 y 1003 del Código de Comercio, que amparen los riesgos inherentes a la actividad transportadora. Igualmente, este Decreto establece que la vigencia de las pólizas antes señaladas serán condición para la operación de los vehículos legalmente vinculados a las empresas autorizadas para la prestación servicio de transporte, por lo

Igualmente, este Decreto establece que la vigencia de las pólizas antes señaladas serán condición para la operación de los vehículos legalmente vinculados a las empresas autorizadas para la prestación servicio de transporte, por lo cual es preciso aclarar que todos los vehículos de transporte público de pasajeros y mixto, vehículos de propiedad de los Establecimientos Educativos que presten el transporte escolar y vehículos particulares autorizados para prestar el servicio de transporte escolar que se encuentren prestando servicio, deberán estar amparados por estas pólizas en estado activo y vigente. Por lo anterior, El Ministerio de Transporte a través de la Concesión RUNT puso en operación en la plataforma HQ­ RUNT desde el 12 de junio del presente año, el reporte registrado por las Compañías Aseguradoras concerniente a las pólizas de Responsabilidad Civil Contractual - RCC y Responsabilidad Civil Extracontractual - RCE arriba mencionadas. Las pólizas de seguro de RCC y RCE podrán ser consultadas en la página www.runt.com.co en el link "consulta ciudadanos" y será este reporte el único válido para que las autoridades de tránsito puedan verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para la operación de vehículos que presten el servicio de transporte. (Esta disposición aplica para todas las modalidades Transporte). En este sentido, los carnets que entregan las compañías aseguradoras no son documentos válidos para determinar si los vehículos están amparados por las pólizas de RCC y RCE, ya que como se expresó anteriormente, las pólizas relacionadas y que aplican para todas las modalidades de Transporte, deben ser consultadas únicamente en la página del RUNT. En dicha consulta también encontrarán los montos contratados por las empresas de transporte, se debe tener en cuenta que para las modalidades diferentes a la de transporte especial los montos deberán corresponder a sesenta

deben ser consultadas únicamente en la página del RUNT. En dicha consulta también encontrarán los montos contratados por las empresas de transporte, se debe tener en cuenta que para las modalidades diferentes a la de transporte especial los montos deberán corresponder a sesenta (60) S.M.M.L.V. y para el servicio de transporte especial los montos mínimos deberán ser cien (100) S.M.M.L.V.; Normatividad definida por el Decreto 1079 de 2015, mediante el cual se unifica la reglamentación en materia de transporte {Decretos 170, 171, 172, 175 de 2001 y 348 de 2015 y 431 de 2017 entre otros y por la cual se definen los siguientes amparos: A. Póliza de Responsabilidad Civil Contractual que debe cubrir al menos los siguientes riesgos: 1) Muerte; 2) Incapacidad permanente; 3) Incapacidad temporal; 4) Gastos médicos, quirúrgicos, ( farmacéuticos y hospitalarios. El monto asegurable por cada riesgo no podrá ser inferior a 60salarios mínimos@ MINTRANSPORTE NIT.899. 999 .055-4

TODOSPORUN

NUEVOPAIS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN

MEMORANDO 2017 4010198433 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 23-11-2017

/- ENTIDAD

(fi•@HM fic9 fififififioos \_ CERTIFICADA / S0-2014006883 A BG-2014008883 H mensuales legales vigentes, por persona. (100 S.M.L.M.V. para transporte especial) B. Póliza de Responsabilidad

(fi•@HM fic9 fififififioos \_ CERTIFICADA / S0-2014006883 A BG-2014008883 H mensuales legales vigentes, por persona. (100 S.M.L.M.V. para transporte especial) B. Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual que debe cubrir al menos los siguientes riesgos: 1) Muerte o lesiones a una persona; 2) Daños a bienes de terceros; 3) Muerte o lesiones a dos o más personas; El monto asegurable por cada riesgo no podrá ser inferior a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes, por persona. (100 S.M.L.M.V. para transporte especial). Así las cosas, es indispensable que en los operativos de control que realicen los Agentes de Tránsito, verifiquen que los vehículos tengan vigente para su operación los siguientes documentos: para los vehículos de transporte público de pasajeros y mixto: Tarjeta de Operación, SOAT, Revisión Técnico Mecánica, Pólizas de Responsabilidad Civil Contractual - RCC y Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual - RCE.; y para vehículos de propiedad de los Establecimientos Educativos que presten el transporte escolar y vehículos particulares autorizados para prestar el servicio de transporte escolar: SOAT, Revisión Técnico Mecánica, Pólizas de Responsabilidad Civil Contractual - RCC y Póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual - RCE.; En caso de no tener estos documentos en orden, los vehículos no pueden operar. Esperamos que esta información se socialice, con el fin de garantizar que las empresas presten sus serv1c1os isitos exigidos para tal fin, en procura de la seguridad de los usuarios.

Copia:

Dr. ORLANDO PATIÑO SILVA

Gerente General

CONCESIÓN RUNT S.A.

isitos exigidos para tal fin, en procura de la seguridad de los usuarios.

Copia:

Dr. ORLANDO PATIÑO SILVA

Gerente General

CONCESIÓN RUNT S.A.

Calle 26 No. 59 - 41 /65, Oficina 506 Edificio de la Cámara Colombiana de Infraestructura Bogotá D.C.

Copia: Dr. GERARDO GARCÍA LONDOÑO Director de lnterventoría

REDCOM Ltda.

Avenida Calle 28 No. 20 - 50, Piso3 Bogotá D.C.

Proyectó: Germán E. Buitrago Q¡&_

Elaboró: Germán E. Buitrago D.l1'9'

Revisó: Rafael A. Negrete Q.

Fecha de elaboración: 15/11/2017.

Número de radicado que responde: N/ A.

Tipo de respuesto Total (X) Porciol ( ) 2

Consultar sobre este documento ...