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MINTRANSPORTE - Circular 20174100334511 de 2017

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20174100334511 de 2017
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2017

---·--- ---fi···••·• -- ENTIDAD @) MINTRANSPORTE .... Üfi fi.?c9 ggfifigg:oos .NIT.899.9-99.055-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20174100334511

I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 18-08-2017

Bogotá, D.C., 18-08-2017 Señores

CERTIFICADA

50-CO"l-dOOOOOfi A 90-20.,4004loaa H

AUTORIDADES DE TRÁNSITO, DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL INTERPOL

- DIJÍN Y ENTIDADES DESINTEGRADORAS

ASUNTO: ALCANCE CIRCULAR 20174100140831 SOBRE PARÁMETROS PARA LA DESINTEGRACIÓN FÍSICA DE VEHÍCULOS En atención a inquietudes presentadas por algunos usuarios sobre la circular 2017 4100140831 del 20 de abril de 2017, por medio de la cual se establecen parámetros para efectuar la desintegración física total de vehículos, comedidamente me permito hacer las siguientes precisiones y aclaraciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Resolución 646 de 2014, para la expedición del Certificado de Desintegración Física de un vehículo se requiere que previamente se cumpla el procedimiento allí señalado. El referido artículo textualmente establece: Artículo 13. Certificado de desintegración física del vehículo. Lo entidad desintegrodoro, deberá expedir el certificado de desintegración físico total de un vehículo el mismo día que concluyo su desintegración, en el que se acredite el cumplimiento de la descomposición física de todos los componentes integrantes

desintegrodoro, deberá expedir el certificado de desintegración físico total de un vehículo el mismo día que concluyo su desintegración, en el que se acredite el cumplimiento de la descomposición física de todos los componentes integrantes del automotor y su disposición final conforme o lo establecido en la presente resolución y en las normas ambientales expedidos por lo autoridad competente. El mismo día de su expedición el certificado de desintegración físico total será re­ gistrado por la desintegrodoro directamente en el Registro Único Nocional de Tránsito (RUNT). (Negrillos y subrayado por fuero de la norma) En este orden de ideas y de conformidad con lo descrito en el artículo citado, las Entidades Desintegradoras debidamente habilitadas, para proceder a la expedición del Certificado de Desintegración física total de un vehículo deben atender el procedimiento establecido en la Resolución ibídem, el cual implica y obliga que no se puede realizar la desintegración de vehículos que no lleguen con todas sus partesfi Avenida Esperanza (Calle 24) Na. 62·49, Complejo Empresarial Gran Eslación 11, Costado Esfero, Bogotá Colombia.

Teléfonos: (57+113240800 157+1) 6001242 b.t[p://fiorte qov.!:Q - PQRS·WEB: b.Jm;L/.g.fiálio.rrdacumenlol,m;ntr<in_n?_Qile,go.!,',_<;.<>JJm.!Í Atención al Ciudodono: Sede Central lunes o Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m .. línea Graruifa Nocional 018000112042 Código Po!itol 111321@ MINTRANSPORTE NIT.899 .999 .055-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 2017410033451 l

NIT.899 .999 .055-4

Para contestar cite: Radicado MT No.: 2017410033451 l I IIIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIIII IIII IIII 18-08-2017

ENTIDAD r;:-;g.g3gb fificsg:fifig:oos :fi \ CERTIFICADA / - OG2014000ÓO:!I A S0-201400B003 H equipos y elementos, condición que es indispensable que quede incluida y se pueda evidenciar en el registro fotográfico y fílmico del proceso de recepción del vehículo que se debe efectuar, conforme a lo previsto en el artículo 1 O de la Resolución 646 de 2014. Así las cosas, la esencia de la norma en comento es sin duda que el vehículo llegue y se entregue a la Entidad Desintegradora, con todas sus partes para desintegrarlas, por lo que lo contemplado en la circular 20174100140831 del 20 de abril de 2017, en el sentido que los vehículos debían llegar a la desintegradora por sus propios medios, puede ser suplido con el hecho que lleguen por otro medio, pero siempre y cuando cuenten con todos y cada uno de sus componentes, equipos y partes, para poder adelantar la respectiva desintegración física total. Cordialmente, JUAN ALBfiAICEDO CAICEDO Subdirector de Transporte {E) fis Proyectó: Lózoro Romírez Solazar - Subdirección de Transporte fi / Revisó: Luis Alejandro Zombrano Ruiz - Dirección de Transporte y Tránsito fi Juan Alberto Caicedo Caicedo - Subdirector de Transporte (E)

fis Proyectó: Lózoro Romírez Solazar - Subdirección de Transporte fi / Revisó: Luis Alejandro Zombrano Ruiz - Dirección de Transporte y Tránsito fi Juan Alberto Caicedo Caicedo - Subdirector de Transporte (E) Avenido Esperanzo (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Eslación 11, Costado Esfera, Bogotó Colombia.

Teléfonos: (57+ l) 3240800 (57+ l) 6001242 rjJaJ.L=<'...,'flintran;;¡?,Qltfi.,g_9.:!.,<;_Q - PQRS-WEB: fitiJ,.;L/qestioncloº1_mentol.min1ronsporte.gov co/pqr/ A1ención al Ciudadana: Sede Central lunes a Viernes de 8:30 a.m.· 4:30 p.m., línea Gratuito Nocional 018000112042 Código Pasrol 111321

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