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MINTRANSPORTE - Circular 20191010093981 de 2019

Ministerio de Transporte

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Detalles

Título
MINTRANSPORTE - Circular 20191010093981 de 2019
Autor
Ministerio de Transporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2019

La movilidad es de todos Para contestar cite: ___ j Radicado MT No.: 20191010093981 11m1 lllíl 11i1 fifi111m fi11111111 liíl 11fi1111111fi11111111m 11111 fi1111) 08-03-2019 ISO 9001 :2015

COMPAI\IIA f ... ,··.--.,,:fi ISO 9001 :.Ot:> CERTIF'ICAOA fi--9G-tf'INU2A

Bogotá,08-03-2019

Para: EMPRESAS DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR,

AUTORIDADES DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO.

De: Viceministro de Transporte Asunto: Revisión y Mantenimiento Preventivo Teniendo en cuenta que, el Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte, establece como requisito de habilita·ción, que las empresas que prestan el servicio público de Transporte terrestre automotor deben contar con un programa de revisión y mantenimiento preventivo, para los equipos con los cuales prestará el servicio. Que así mismo, la Resolución No. 0000315 del 06 de febrero de 2013, aclarada mediante resolución 378 de 2013, adopta medidas para garantizar la seguridad en el transporte Público, y determina que: l. "{. .. ) El mantenimiento de los vehículos constituye la serie de intervenciones y reparaciones realizadas al vehlculo con la finalidad de anticipar fallas o desperfectos; no podrá entenderse por mantenimiento preventivo las actividades de revisión o ínspeccidn. El mantenimiento correctivo es aquel que se ejecuta en cualquier momento al vehiculo y ante la evidencia de una falla de cualquiera de sus

no podrá entenderse por mantenimiento preventivo las actividades de revisión o ínspeccidn. El mantenimiento correctivo es aquel que se ejecuta en cualquier momento al vehiculo y ante la evidencia de una falla de cualquiera de sus componentes( .. )". (subrayado fuera de texto).

Se resalta que: ✓ Las actividades de ejecución del programa de revisión y mantenimiento preventivo de los vehículos son propias de las responsabilidades de las empresas habilitadas para la prestación del servicio que se les autoriza. ✓ La empresa podrá cumplir con la realización del programa de revisión y mantenimiento preventivo, ejecutándolo directamente en un centro especializado propio o en uno de terceros contratado para el efecto. En ninguno caso la empresa podrá percibir beneficios económicos de esta actividad. ✓ No hay definición reglamentaria para "centro especializado", por lo que es fundamental que el lugar en donde se realice, cuente con instalaciones adecuadas, equipos necesarios y personal capacitado, que permitan realizar las actividades de revisión y mantenimiento de los sistemas y componentes de los vehículos según su tipología, teniendo en cuenta que, conforme a lo establecido en el numeral 8.2.3 de la Resolución 1565 de 2014, "( .. ) la empresa debe garantizar que la implementación del plan de mantenimiento se realice a través de personal idóneo, utilizando la tecnología adecuada y guiado por los protocolos y recomendaciones del fabricante del vehículo ( . .)''. ✓ No puede confundirse la revisión y mantenimiento preventivo del vehículo, con las obligaciones y acciones derivadas de la ley 769 de 2002, para la Certificación de la

Avenida La Esperpnu (CaUe 24) No. 62•49, Complejo Empresarial Gran Eatac;ión 11, Costado Esfor8, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Telótonoe: (57♦1) 3240800 (57+1) 4263186 l:lttp;//w:ww.m,i:1traosporte,c:;ov.fio - PQRS-WEB: http_://ges\iondoi::111t1entalmlntransporte.cov,(:o/pq,/ Atención al Ciudadano: Sede central Lunes a v,.m.,. de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., linea Gratuita fitclo"al 018000112042. Código POrttl 111311 •ISO 9001 :2015

COMPAI\IIA fi:•fi:) ISO 9001 lll>\5 CERTIFICADA

Para contestar cite: Radicado MT No.: 20191010093981 l lllfil 111111m u1111m I nm 11111 IIfi IIH 111111fi1 íllll 11111 ílll 1111

08-03-2019 Revisión Técnico Mecánica de este. Además, determina la resolución en comento, que: fi ... I01t11INl.lJ,. 2. "El Mantenimiento preventivo se realizará a cada vehículo en los periodos determinados por la empresa, para lo cuál se garantizará como mínimo el mantenimiento cada dos (2) meses, llevando una ficha de mantenimiento donde consignará el registro de las intervenciones y reparaciones realizadas, indicando día, mes y año, centro especializado e ingeniero mecánico que lo realizó y el detalle de fas actividades adelantadas durante la labor. En la ficha de mantenimiento, además, se relacionarán las intervenciones correctivas

mes y año, centro especializado e ingeniero mecánico que lo realizó y el detalle de fas actividades adelantadas durante la labor. En la ficha de mantenimiento, además, se relacionarán las intervenciones correctivas realizadas indicando día, mes y año, centro especializado y técnico que realizó el mantenimiento, detalle de las actividades adelantadas durante la labor de mantenimiento correctivo y la aprobación de la empresa (. .. }': En consecuencia, para cada uno de los vehículos con los que prestará el servicio, la empresa deberá: ✓ Realizar el mantenimiento preventivo mínimo cada dos (2) meses. ✓ Llevar una ficha de mantenimiento, y, en esta, consignar el registro de las revisiones preventivas, intervenciones y reparaciones realizadas, así como de las intervenciones correctivas realizadas. ✓ El registro contendrá, para cada actividad, el día, mes, año, en que se realizaron, el detalle de las actividades adelantadas, identificación del sitio en el que se realizó. personal técnico que las realizó y, en todo caso la "aprobación de la empresa''. Tratándose del Plan de mantenimiento preventivo, deben tenerse en cuenta los lineamientos establecidos en los numerales 8.2.1, 8.2.2, y 8.2.3 de la Guía metodológica para la elaboración del plan estratégico de seguridad vial contenida en la Resolución 1565 de 2014. Adicionalmente, para aquellas empresas de servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Pasajeros por Carretera, deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Resolució 184 del 28 de diciembre de 2018.

ILOOSTOS fi

Proyectó: Dia a Milena Gondlez C. Abogada Vocemlnlsterlo de Tranoporte.

Resolució 184 del 28 de diciembre de 2018.

ILOOSTOS fi

Proyectó: Dia a Milena Gondlez C. Abogada Vocemlnlsterlo de Tranoporte.

ana Cardona Sa\azar• Asrsora Despacho Viceministerio de Tra Of't Revisó: an Felipe Sanabria SaenaDirector de Transporte y Tránsito iana Cardona sataiarAsesora Despacho Vieemini,tMio de Tra portr Fecha de el oración: 08-03•1019 Número dt adicado <¡ut ro•ponde: N/A Tipo d• res vHta Total (X) Pfircial () Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación 11, Costado fifera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos: (57+1) 3240800 (57+1) 4263185 hfi://www.mlntranspor1e-eov.co - PQRS-WEB: http://eestlondofiumen1almlntran$porte.ggv,co/pqr/ Atención al Ciudadano: S<!de Central t.une, a Vitrn .. do 8:30 Lm .• 4:30 p.m .• llm,a Gratuita Nacional 1118000112Clo42. C6dlgo Postal 111321 fi

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