MINTRANSPORTE - Circular 20204000096531 de 2020
Ministerio de Transporte
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Detalles
- Título
- MINTRANSPORTE - Circular 20204000096531 de 2020
- Autor
- Ministerio de Transporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2020
Para contestar cite: Radicado MT No.: 20204000096531 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 13-03-2020
Bogotá D.C., 13-03-2020 Señores ORGANISMOS DE TRÁNSITO Y PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE CARGA Asunto: Aplicación de La Resolución 2502 de 22 de febrero de 2002, en relación con el procedimiento de repotenciación de Los vehículos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga. En atención a Las inquietudes formuladas por Los Propietarios de Vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga, resulta pertinente hacer Las siguientes precisiones en cuanto al trámite de repotenciación de dichos vehículos ante Los Organismos de Tránsito. La Resolución 2502 de 2002 establece en Los artículos 2 y 5: "ARTÍCULO SEGUNDO - COMPETENCIA - El Organismo de Tránsito donde se encuentre registrado el vehículo reconocerá fa transformación o repotenciación cuando ésta cumpla con los requisitos establecidos en fa presente Resolución ( . .) ARTÍCULO QUINTO.- REQUISITOS. Para obtener el reconocimiento de transformación o repotenciación de un vehículo destinado al Servicio Púbfíco de Transporte Terrestre Automotor de Carga, su propietario acreditará los siguientes documentos:
1. Sofícitud en Formulario Único Nacional ante e[ Organismo de Tránsito
Transporte Terrestre Automotor de Carga, su propietario acreditará los siguientes documentos:
1. Sofícitud en Formulario Único Nacional ante e[ Organismo de Tránsito donde se encuentre registrado, especificando el cambio a efectuar.
2. Licencia de Tránsito original o denuncia por pérdida.
3. Pófíza vigente del Seguro Obfígatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT
4. Factura Cambiaría de Compraventa de fas partes reemplazadas. Cuando se trate de motor y cabina, adicionar Manifiesto de Importación.
5. Certificación de revisión expedida por el Centro de Diagnóstico.
6. Certificación de revisión efectuada por fa DIJIN o fa SIJIN.
7. Paz y Salvo por todo concepto ante e[ Organismo de Tránsito.
B. Pago de los derechos que se causen por este concepto." Considerando Lo anterior, todos Los Organismos de Tránsito en donde se encuentren registrados Los vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de
Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación 11, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 fiJ /www.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.míntranspoctg.goy.co/¡:,_c:¡rf Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321Para contestar cite:
Radicado MT No.: 20204000096531
Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321Para contestar cite: Radicado MT No.: 20204000096531 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111 13-03-2020
Carga, incluyendo volquetas, camiones y tractocamiones, deben adelantar el trámite de reconocimiento de La repotenciación de dichos vehículos cuando se cumplan Las condiciones establecidas únicamente en el ARTÍCULO TERCERO de La mencionada Resolución y se acrediten Los requisitos expresamente señalados en el ARTÍCULO QUINTO de La misma. Con el objetivo que dicha información pueda ser visualizada al ingresar por consulta ciudadana con La placa y número de La cédula del propietario, y teniendo en cuenta que La Resolución 1940 de 2009, al adoptar La Ficha Técnica para La elaboración de La Licencia de Tránsito, no contempló campo para consignar La información de La repotenciación, es necesario que Los Organismos de Tránsito registren el reconocimiento de La repotenciación en el sistema RUNT, a través del trámite de transformación, así: En 'Tipo de Transformación' seleccionar "repotenciación". En 'Tipo de Repotenciación' seleccionar el que corresponda, según La certificación expedida por el Centro de Diagnóstico, entre Las siguientes opciones: cambio de Motor y cambio de conjunto, cambio de conjunto, Reparación de Motor y cambio de Conjunto, Reparación de Motor o cambio de motor Seleccionar el modelo al cual fue repotenciado según Lo indicado en La certificación expedida por el Centro de Diagnóstico.
Motor y cambio de conjunto, cambio de conjunto, Reparación de Motor y cambio de Conjunto, Reparación de Motor o cambio de motor Seleccionar el modelo al cual fue repotenciado según Lo indicado en La certificación expedida por el Centro de Diagnóstico. Finalmente, en relación con Los costos asociados al trámite de reconocimiento de La repotenciación, estos serán asumidos por el propietario del vehículo, y corresponderán a Los contemplados en Los actos administrativos que regulan Las tarifas de Los respectivos Organismos de Tránsito y/o a Las tarifas de Los servicios RUNT consignados en La Resolución 4558 de 2019 o aquella que La modifique o sustituya. Atentamente, ficafi_r: ADRIANA RAfiEi fiAJÍN Directora de Transporte y Tránsito
Elaboró: Jhonny Balanta - Dirección de Transporte y Tránsito.
Revisó: Lazaro Dimas - Coordinador Grupo de Reposición Integral de Vehículo
Lorena Mateus - Abogada Dirección de Transporte y Tránsito.t<f Avenida La Esperanza (Calle 24) No. 62-49, Complejo Empresarial Gran Estación 11, Costado Esfera, Pisos 9 y 10, Bogotá Colombia. Teléfonos Línea de servicio al ciudadano: (57+1) 3240800 op. 2 Línea gratuita nacional 018000 112042 htt;¡;,;/Jwww.mintransporte.gov.co - PQRS-WEB: http://gestiondocumental.mintransporte.gov.co/pgr/ Atención al Ciudadano: Sede Central Lunes a Viernes de 8:30 a.m. - 4:30 p.m., Código Postal 111321 2